IAE 989.2: Organización de Congresos y Eventos
El código IAE 989.2 ampara los servicios de organización integral de congresos, asambleas, conferencias y eventos similares. Esencial para empresas y autónomos dedicados a la planificación y gestión de eventos profesionales.

IAE 989.2: Servicios de Organización de Congresos, Asambleas y Similares
Introducción
El código IAE 989.2 es la clasificación fiscal específica para empresas y autónomos dedicados a los servicios de organización de congresos, asambleas, conferencias y eventos similares. Este código ampara una amplia gama de actividades relacionadas con la planificación, coordinación y gestión integral de eventos profesionales y corporativos. Es especialmente relevante para consultoras de eventos, productoras audiovisuales orientadas a eventos, diseñadores de experiencias corporativas y organizadores de convenciones. La importancia de este código radica en su precisión a la hora de identificar correctamente la actividad económica ante la Administración Tributaria, lo que facilita la tributación adecuada y el cumplimiento de obligaciones fiscales específicas del sector.
Descripción Detallada de la Actividad
El IAE 989.2 engloba la organización y gestión integral de eventos de carácter profesional, académico y corporativo. Según la información oficial de la AEAT, esta clasificación incluye:
Actividades principales incluidas:
- Organización de congresos, convenciones y asambleas de empresas, asociaciones y entidades profesionales
- Planificación y coordinación de seminarios, charlas, conferencias y encuentros
- Gestión integral de ferias, muestras y exposiciones comerciales
- Organización de reuniones corporativas, coloquios y convenciones
- Diseño, producción y dirección de eventos empresariales con carácter profesional
- Organización de exposiciones artísticas, culturales y especializadas
- Planificación de experiencias gastronómicas corporativas, picnics empresariales y eventos de networking
- Coordinación de encuentros entre operadores turísticos, hoteles y agencias
Ejemplos concretos de negocios y profesionales:
Una empresa dedicada a la organización de congresos médicos internacionales, desde la selección de sede hasta la coordinación de ponentes, logística y catering. Un autónomo que organiza asambleas de comunidades de propietarios y reuniones de accionistas. Una consultora especializada en diseñar y ejecutar convenciones de ventas para grandes empresas. Una productora de eventos que organiza ferias gastronómicas temáticas para operadores turísticos. Un organizador de exposiciones de arte contemporáneo y cursos de artes plásticas en espacios alquilados.
Cuándo usar este código vs. otros similares:
Este código es apropiado cuando la actividad principal es la organización y planificación integral del evento. Si la actividad es únicamente la venta de entradas para eventos ya organizados por terceros, corresponde el código IAE 989.1. Si se trata de la gestión de un espacio físico (parque, recinto ferial) donde se celebran eventos, pero no se organiza el evento en sí, corresponde el código IAE 989.3. El IAE 989.2 se diferencia porque implica responsabilidad directa en la planificación, coordinación y ejecución del evento.
Actividades Excluidas
No están incluidas en el IAE 989.2 las siguientes actividades:
- Venta de entradas y taquilla: corresponde al código IAE 989.1 (Expedición de Billetes para Espectáculos)
- Gestión y explotación de espacios feriales o recintos: corresponde al código IAE 989.3 (Parques o Recintos Feria)
- Organización de espectáculos de música, teatro o cine: pueden corresponder a otros códigos del grupo 989 según la naturaleza específica
- Actividades de restauración o catering independientes: aunque pueden complementar un evento, si son la actividad principal corresponden a otros códigos de la sección de hostelería
- Alquiler de equipos audiovisuales o de decoración sin organización del evento: corresponde a códigos de alquiler específicos
- Consultoría empresarial general: si no está directamente vinculada a la organización de eventos
Es fundamental no confundir este código con el IAE 989.1 cuando la actividad incluye tanto organización como venta de entradas; en ese caso, la actividad principal determina la clasificación.
Códigos Relacionados y Equivalencias
Equivalencia CNAE-IAE:
El código IAE 989.2 se corresponde directamente con el CNAE 82.30 - Organización de convenciones y ferias de muestras. Esta equivalencia es importante para:
- Declaración de actividades en el censo de actividades económicas
- Compatibilidad con bases de datos administrativas
- Comunicaciones con organismos públicos que utilicen clasificación CNAE
- Análisis estadísticos y estudios sectoriales
Códigos IAE relacionados en la misma categoría:
- IAE 989.1 (Expedición de Billetes para Espectáculos): Se elige cuando la actividad principal es la venta de entradas para eventos ya organizados. Aunque puede existir cierta coordinación, el foco está en la comercialización de accesos.
- IAE 989.3 (Parques o Recintos Feria): Corresponde a la gestión y explotación de espacios físicos permanentes donde se celebran ferias y eventos. La diferencia clave es que el 989.3 se centra en la gestión del espacio, mientras que el 989.2 se centra en la organización del evento.
Criterio de elección:
La pregunta clave es: ¿cuál es la actividad principal y donde reside la responsabilidad contractual principal? Si es organizar y ejecutar el evento, es 989.2. Si es gestionar un espacio donde otros organizan eventos, es 989.3. Si es vender accesos a eventos ajenos, es 989.1.
Preguntas Frecuentes
¿Necesito dar de alta en el IAE 989.2 si organizo eventos de forma ocasional?
Sí, es obligatorio. El IAE debe darse de alta en el momento en que se inicia la actividad económica, aunque sea de forma ocasional o con carácter esporádico. La AEAT considera que la organización de eventos constituye una actividad económica desde el primer evento que se organiza con ánimo de lucro. No existe un umbral de ingresos o frecuencia que exima de la obligación de alta. Incluso si organizas un único congreso al año, debes estar dado de alta en este epígrafe.
¿Puedo estar dado de alta en IAE 989.2 si además alquilo el local donde se celebra el evento?
Sí, es posible. Sin embargo, debes valorar si ambas actividades son complementarias o si constituyen dos actividades principales diferenciadas. Si el alquiler del local es meramente accesorio a la organización del evento (proporcionas la infraestructura como parte del servicio de organización), puedes mantener un único código IAE 989.2. Si la explotación del espacio es una actividad independiente y significativa, podrías necesitar un código adicional. Es recomendable consultar con un asesor fiscal sobre tu caso específico. La AEAT ha aclarado en consultas que la organización de eventos mediante el alquiler del local con infraestructura necesaria corresponde al 989.2, siempre que la organización sea la actividad principal.
¿Qué diferencia hay entre organizar una feria gastronómica (989.2) y explotar un recinto ferial (989.3)?
La diferencia fundamental es la responsabilidad y el carácter de la actividad. En el IAE 989.2, organizas eventos específicos: contratas a proveedores, coordinas a expositores, diseñas la experiencia, asumes la responsabilidad de que el evento se celebre correctamente. En el IAE 989.3, gestionas un espacio físico permanente donde otros celebran sus eventos; tu actividad es mantener y explotar ese espacio. Un ejemplo: si eres una empresa que organiza una feria gastronómica específica en un espacio alquilado, es 989.2. Si eres el propietario/gestor de un recinto ferial permanente donde se celebran múltiples ferias organizadas por terceros, es 989.3.
¿Qué obligaciones fiscales específicas tengo como organizador de congresos?
Como titular de un negocio con código IAE 989.2, tienes las siguientes obligaciones: (1) IVA: debes facturar con IVA (generalmente al 21%) tus servicios de organización, y puedes recuperar el IVA soportado en gastos relacionados con los eventos; (2) IRPF o Impuesto sobre Sociedades: según seas autónomo o sociedad mercantil; (3) Declaración trimestral de IVA: presentación del modelo 303; (4) Declaración anual de la renta: modelo 100 (autónomos) o 200 (sociedades); (5) Libro de ingresos y gastos: registro contable obligatorio; (6) Retenciones: si contratas servicios a otros profesionales, debes practicar retenciones del 15% en algunos casos; (7) Seguridad Social: si eres autónomo, debes estar afiliado y cotizar mensualmente. Además, es recomendable mantener documentación detallada de cada evento para justificar gastos deducibles.
¿Puedo organizar eventos de diferentes tipos con el código 989.2 o necesito códigos diferentes?
El código IAE 989.2 es lo suficientemente amplio para incluir la organización de todo tipo de eventos profesionales: congresos médicos, asambleas corporativas, ferias comerciales, seminarios académicos, convenciones de ventas, exposiciones artísticas, experiencias gastronómicas corporativas, etc. No necesitas códigos diferentes para cada tipo de evento. Un único código 989.2 ampara toda tu actividad de organización de eventos. Sin embargo, si además realizas actividades complementarias muy diferenciadas (como consultoría empresarial, diseño gráfico o producción audiovisual no vinculada a eventos), podrías necesitar códigos adicionales. La clave es que la organización de eventos sea la actividad principal.
Conclusión
El código IAE 989.2 es la clasificación fiscal específica y obligatoria para cualquier empresa o autónomo que se dedique profesionalmente a la organización de congresos, asambleas, conferencias, ferias y eventos similares. Su correcta identificación es fundamental para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar sanciones administrativas. Es importante diferenciar claramente entre este código y los similares (989.1 y 989.3) en función de dónde resida la responsabilidad principal de la actividad. Si tienes dudas sobre la clasificación correcta de tu actividad, te recomendamos utilizar nuestro conversor IAE-CNAE o consultar directamente con la AEAT.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Necesito dar de alta en el IAE 989.2 si organizo eventos de forma ocasional?
Sí, es obligatorio. El IAE debe darse de alta en el momento en que se inicia la actividad económica, aunque sea de forma ocasional o con carácter esporádico. La AEAT considera que la organización de eventos constituye una actividad económica desde el primer evento que se organiza con ánimo de lucro. No existe un umbral de ingresos o frecuencia que exima de la obligación de alta. Incluso si organizas un único congreso al año, debes estar dado de alta en este epígrafe. La falta de alta puede resultar en sanciones significativas por parte de la Administración Tributaria.
¿Puedo estar dado de alta en IAE 989.2 si además alquilo el local donde se celebra el evento?
Sí, es posible. Sin embargo, debes valorar si ambas actividades son complementarias o si constituyen dos actividades principales diferenciadas. Si el alquiler del local es meramente accesorio a la organización del evento (proporcionas la infraestructura como parte del servicio de organización), puedes mantener un único código IAE 989.2. Si la explotación del espacio es una actividad independiente y significativa, podrías necesitar un código adicional. La AEAT ha aclarado en consultas que la organización de eventos mediante el alquiler del local con infraestructura necesaria corresponde al 989.2, siempre que la organización sea la actividad principal. Es recomendable consultar con un asesor fiscal sobre tu caso específico para evitar problemas de clasificación.
¿Qué diferencia hay entre organizar una feria gastronómica (989.2) y explotar un recinto ferial (989.3)?
La diferencia fundamental es la responsabilidad y el carácter de la actividad. En el IAE 989.2, organizas eventos específicos: contratas a proveedores, coordinas a expositores, diseñas la experiencia, asumes la responsabilidad de que el evento se celebre correctamente. En el IAE 989.3, gestionas un espacio físico permanente donde otros celebran sus eventos; tu actividad es mantener y explotar ese espacio. Un ejemplo práctico: si eres una empresa que organiza una feria gastronómica específica en un espacio alquilado, es 989.2. Si eres el propietario o gestor de un recinto ferial permanente donde se celebran múltiples ferias organizadas por terceros, es 989.3. La clave está en identificar si tu responsabilidad es el evento en sí o el espacio donde se celebran eventos.
¿Qué obligaciones fiscales específicas tengo como organizador de congresos?
Como titular de un negocio con código IAE 989.2, tienes las siguientes obligaciones principales: (1) IVA: debes facturar con IVA (generalmente al 21%) tus servicios de organización, y puedes recuperar el IVA soportado en gastos relacionados con los eventos; (2) IRPF o Impuesto sobre Sociedades: según seas autónomo o sociedad mercantil; (3) Declaración trimestral de IVA: presentación del modelo 303; (4) Declaración anual de la renta: modelo 100 (autónomos) o 200 (sociedades); (5) Libro de ingresos y gastos: registro contable obligatorio; (6) Retenciones: si contratas servicios a otros profesionales, debes practicar retenciones del 15% en algunos casos; (7) Seguridad Social: si eres autónomo, debes estar afiliado y cotizar mensualmente. Además, es recomendable mantener documentación detallada de cada evento para justificar gastos deducibles ante la AEAT.
¿Puedo organizar eventos de diferentes tipos con el código 989.2 o necesito códigos diferentes?
El código IAE 989.2 es lo suficientemente amplio para incluir la organización de todo tipo de eventos profesionales: congresos médicos, asambleas corporativas, ferias comerciales, seminarios académicos, convenciones de ventas, exposiciones artísticas, experiencias gastronómicas corporativas, encuentros de networking, etc. No necesitas códigos diferentes para cada tipo de evento. Un único código 989.2 ampara toda tu actividad de organización de eventos. Sin embargo, si además realizas actividades complementarias muy diferenciadas (como consultoría empresarial, diseño gráfico o producción audiovisual no vinculada a eventos), podrías necesitar códigos adicionales. La clave es que la organización de eventos sea la actividad principal o sustancial de tu negocio.
Fuentes: BOE, AEAT, INE, Seguridad Social
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Brian Mena
Creador del Conversor IAE CNAE, Ingeniero, MiFID II, emprendedor.
Especialista en códigos de actividad económica IAE y CNAE 2025, con amplia experiencia ayudando a autónomos y empresas españolas a identificar sus epígrafes correctos. Creador del Conversor IAE-CNAE, herramienta líder para la clasificación de actividades económicas en España.


