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CNAE 27.12Trámites de alta

Alta CNAE 27.12: Fabricación de aparatos de distribución y control eléctrico

Gestionar el alta como fabricante de aparatos de distribución y control eléctrico implica cumplir con múltiples obligaciones fiscales, laborales y administrativas que pueden resultar complejas. Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en el sector industrial y eléctrico, que se encargará de tramitar el modelo 036/037, gestionar tu afiliación a la Seguridad Social, obtener las licencias necesarias y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones periódicas. Una gestoría experimentada te ayudará a evitar errores costosos y optimizará tu situación fiscal desde el primer día de actividad.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el número de identificación fiscal (NIF)

Si eres una persona física, debes obtener tu NIF en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Administración de Hacienda Pública correspondiente. Si ya eres autónomo o tienes actividad empresarial anterior, probablemente ya dispongas de NIF. En caso de ser una sociedad mercantil, el NIF se asigna automáticamente al constituir la empresa ante el Registro Mercantil.

2

Prepara la documentación necesaria para el alta

Reúne todos los documentos requeridos como el DNI o pasaporte, comprobante de domicilio, documentación del local donde ejercerás la actividad (contrato de arrendamiento, escritura de propiedad o autorización del propietario), y cualquier documentación técnica que acredite que posees la capacidad para fabricar aparatos de distribución y control eléctrico. Asegúrate de que toda la documentación esté actualizada y sea legible para evitar rechazos administrativos.

3

Presenta el modelo 036 o 037 ante la AEAT

Debes cumplimentar y presentar el modelo 036 (declaración censal general) si eres una persona jurídica o si como persona física no cumples los requisitos para el modelo 037. Si eres una persona física con actividad empresarial sin trabajadores y sin establecimiento permanente, puedes optar por el modelo 037 (declaración censal simplificada). Puedes presentar estos formularios de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en la Delegación de Hacienda Pública correspondiente.

4

Solicita el alta en el Registro de Actividades Económicas (RAE) del IAE

Al presentar el modelo 036 o 037, se solicita simultáneamente el alta en el IAE con el epígrafe 9301 correspondiente a tu actividad. La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros. Verifica que el epígrafe asignado coincide exactamente con tu actividad de fabricación de aparatos de distribución y control eléctrico para evitar problemas fiscales posteriores.

5

Comunica el inicio de actividad a la Tesorería de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes afiliarte y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Si vas a contratar empleados, también debes solicitar el número de afiliación empresarial (NAE) y cumplir con las obligaciones de cotización y declaración de trabajadores. Esta comunicación puede realizarse telemáticamente a través del sistema RED de la Seguridad Social o presencialmente en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente.

6

Obtén las licencias y autorizaciones específicas del sector

Dependiendo de tu comunidad autónoma y municipio, es posible que necesites obtener una licencia de actividad o licencia ambiental para ejercer la fabricación de aparatos eléctricos. Consulta con el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ubicar tu instalación para conocer los requisitos específicos de tu zona. También verifica si necesitas cumplir con normativas técnicas específicas del sector eléctrico como certificaciones de seguridad o conformidad con normas UNE.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 27.12

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original y fotocopia del DNI válido o pasaporte. Si eres una persona jurídica, necesitarás el CIF y documentación acreditativa de la representación legal. Obtén estos documentos en la Policía Nacional (comisarías) para el DNI o en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para el pasaporte.
Comprobante de domicilio Recibo de agua, luz, gas, teléfono o contrato de arrendamiento a tu nombre con fecha reciente (máximo tres meses). Si no dispones de estos documentos, puedes obtener un certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento del municipio donde residas. La AEAT también acepta declaración responsable del domicilio en algunos casos.
Documentación del local o establecimiento Contrato de arrendamiento del local comercial o industrial, escritura de propiedad si es de tu titularidad, o autorización del propietario para el ejercicio de la actividad. Si alquilas el local, asegúrate de que el contrato permite el uso industrial para la fabricación de aparatos eléctricos. Estos documentos deben estar firmados y con fecha vigente.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Si no dispones de NIF, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Administración de Hacienda Pública. Necesitarás presentar tu DNI o pasaporte. El NIF se asigna de forma inmediata y es imprescindible para cualquier trámite fiscal y empresarial.
Documentación técnica y de capacidad profesional Certificados de formación profesional, títulos académicos o experiencia laboral que acrediten tu capacidad para fabricar aparatos de distribución y control eléctrico. Si es necesario, adjunta certificados de cumplimiento con normativas técnicas UNE o certificaciones de seguridad eléctrica. Estos documentos son especialmente relevantes si la AEAT solicita aclaraciones sobre la viabilidad técnica de tu actividad.
Modelo 036 o 037 cumplimentado Descarga el formulario desde la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo presencialmente en la Delegación de Hacienda Pública. El modelo 036 es la declaración censal general (obligatorio para personas jurídicas y personas físicas sin requisitos para el 037), mientras que el modelo 037 es la versión simplificada (solo para personas físicas que cumplan ciertos criterios). Asegúrate de cumplimentar correctamente todos los campos, especialmente el código CNAE 27.12 y el epígrafe IAE 9301.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad económica. Si contratas a trabajadores, tienes 30 días para comunicarlo a la Seguridad Social. La afiliación como autónomo también debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Una vez dado de alta, debes cumplir con obligaciones periódicas como la presentación trimestral del modelo 303 (IVA) si estás acogido a este régimen, la declaración anual de la renta (modelo 100) si eres persona física, y las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social si eres autónomo.

Formularios online

Errores comunes

  • No especificar correctamente el código CNAE 27.12 en el modelo 036/037, lo que puede resultar en una clasificación errónea de tu actividad y obligaciones fiscales incorrectas. Verifica que el código CNAE y el epígrafe IAE 9301 aparezcan explícitamente en tu declaración censal.
  • Olvidar la afiliación en la Seguridad Social como autónomo dentro del plazo de 30 días, lo que puede derivar en sanciones y problemas para cotizar correctamente. Aunque presentes el modelo 036/037 ante la AEAT, esta comunicación no es automática a la Seguridad Social.
  • No obtener las licencias de actividad municipal o licencias ambientales requeridas antes de iniciar la fabricación, lo que puede resultar en clausura del establecimiento. Cada municipio tiene requisitos específicos, así que consulta siempre con el Ayuntamiento correspondiente.
  • Presentar documentación incompleta o ilegible en la solicitud de alta, causando retrasos en la tramitación o rechazos administrativos. Asegúrate de que todos los documentos sean originales o copias autenticadas, con fechas vigentes y datos correctos.
  • Confundir el modelo 036 (general) con el modelo 037 (simplificado) y presentar el formulario incorrecto según tu situación personal. El modelo 037 solo es válido para personas físicas sin trabajadores y sin establecimiento permanente, así que verifica si cumples los requisitos antes de utilizarlo.
  • No actualizar el CNAE o epígrafe IAE cuando cambias la naturaleza de tu actividad, lo que puede generar conflictos con la AEAT y la Seguridad Social. Si amplías tu actividad o cambias de línea de negocio, comunica los cambios a través del modelo 037 (modificación).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas que inicien una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada exclusivamente para personas físicas que cumplan ciertos requisitos: no tener trabajadores, no disponer de establecimiento permanente y no ejercer actividades de profesionales colegiados. Si eres autónomo fabricante de aparatos eléctricos sin empleados, puedes optar por el 037, pero si tienes trabajadores o una estructura más compleja, debes usar el 036.
¿Necesito una licencia especial para fabricar aparatos de distribución eléctrica?
Sí, además del alta en la AEAT y la Seguridad Social, necesitas obtener una licencia de actividad en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ubicar tu fábrica. Dependiendo de tu comunidad autónoma, también puede ser necesaria una licencia ambiental o una autorización de actividad potencialmente contaminante. Asimismo, tus productos deben cumplir con normativas técnicas europeas (CE) y normas UNE de seguridad eléctrica. Consulta con el Ayuntamiento y con un organismo notificado para asegurar el cumplimiento normativo.
¿Cuándo debo presentar el modelo 036 o 037?
Debes presentar el modelo 036 o 037 en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad económica. Si lo presentas fuera de plazo, la AEAT puede imponerte una sanción. Si aún no has iniciado la actividad pero deseas comunicar la intención de hacerlo, puedes presentar el modelo con anterioridad. Recuerda que esta presentación es obligatoria y es el primer paso para obtener tu NIF comercial y darte de alta en el IAE.
¿Tengo que pagar cuota de IAE siendo autónomo fabricante?
La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 euros. Como autónomo fabricante de aparatos de distribución y control eléctrico, es probable que disfrutes de esta exención siempre que mantengas tu volumen de negocio por debajo de ese umbral. Sin embargo, debes seguir presentando la declaración anual del IAE aunque no debas pagar cuota. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros, estarás obligado a abonar la cuota correspondiente al epígrafe 9301.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?
Una vez dado de alta con el CNAE 27.12, deberás cumplir con varias obligaciones periódicas: presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) si estás acogido al régimen general de IVA, presentar el modelo 100 (declaración anual de la renta) si eres persona física, cotizar mensualmente a la Seguridad Social como autónomo, y mantener un libro de registro de facturas emitidas y recibidas. Además, deberás presentar la declaración anual del IAE (modelo 037 modificación) si hay cambios en tu actividad. Te recomendamos que contrates una gestoría para gestionar estas obligaciones de forma correcta y puntual.

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