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CNAE 32.11Trámites de alta

Alta CNAE 32.11: Fabricación de monedas

Dado que la fabricación de monedas es una actividad compleja con requisitos técnicos, legales y fiscales muy específicos, te recomendamos encarecidamente contratar a una gestoría especializada en industria manufacturera y tributación de empresas. Una gestoría profesional te ayudará a cumplir correctamente todos los trámites de alta, a gestionar las obligaciones fiscales periódicas (declaraciones de IVA, IRPF, Seguridad Social), a optimizar tu estructura fiscal y a evitar sanciones. El coste de una gestoría es mínimo comparado con los riesgos de cometer errores administrativos que podrían paralizar tu negocio.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Antes de iniciar cualquier trámite de alta, debes solicitar un NIF provisional en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu DNI o pasaporte original y una solicitud del modelo EX-00. Si eres residente extranjero, también puedes tramitarlo en línea a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este número es imprescindible para todos los trámites posteriores de inscripción en el censo de actividades económicas.

2

Solicita la licencia de actividad en el Ayuntamiento

Debes obtener la licencia de actividad o licencia de obras en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ejercer la actividad de fabricación de monedas. Presenta una solicitud acompañada de documentación sobre el local (planos, certificado de vivienda, cédula de inscripción catastral) y un proyecto técnico que describa los procesos de producción, maquinaria, medidas de seguridad e impacto ambiental. Este trámite es obligatorio antes de registrarte en Hacienda.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Una vez tengas el NIF y la licencia municipal, debes presentar la declaración censal ante la AEAT utilizando el modelo 036 (declaración censal general) si tienes trabajadores o si prefieres el formulario estándar, o el modelo 037 (declaración censal simplificada) si eres persona física sin trabajadores y cumples los requisitos. En el modelo deberás indicar el código CNAE 32.11 y el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a fabricación de monedas. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o de forma presencial en las delegaciones.

4

Solicita el alta en el Régimen de la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes solicitar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de la sede telemática. Si tienes empleados, deberás dar de alta a tu empresa en el Régimen General de la Seguridad Social y afiliar a cada trabajador. Presenta el modelo TA-0521 para autónomos o los modelos correspondientes para empresas con trabajadores. Este trámite debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad.

5

Obtén el certificado digital de la AEAT

Para realizar trámites telemáticos posteriores (presentación de declaraciones fiscales, consultas, etc.), es recomendable obtener un certificado digital de la AEAT o utilizar el sistema Cl@ve. Puedes solicitarlo en la Sede Electrónica de la AEAT o en cualquier delegación. Este certificado te permitirá acceder a servicios en línea de forma segura y presentar declaraciones sin necesidad de acudir presencialmente.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 32.11

DNI o pasaporte original Documento de identidad personal. Necesario para solicitar el NIF en la Delegación de la AEAT o para verificar tu identidad en cualquier trámite administrativo.
Solicitud del modelo EX-00 (para NIF provisional) Formulario disponible en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o en las delegaciones provinciales. Debe completarse con tus datos personales y presentarse junto con el DNI.
Certificado de empadronamiento Obtenible en el Ayuntamiento de tu domicilio o en la oficina de gestión padronal. Acredita tu domicilio de residencia y es necesario para varios trámites administrativos.
Cédula de inscripción catastral del local Disponible en la Dirección General del Catastro (https://www.catastro.hacienda.gob.es) o solicitándola en la oficina catastral local. Identifica la parcela y construcción donde desarrollarás la actividad.
Planos y proyecto técnico del local Debes elaborarlos o encargarlos a un técnico competente. Deben incluir distribución de espacios, maquinaria, sistemas de seguridad, control ambiental y cumplimiento de normativa de higiene y seguridad en la fabricación de monedas.
Licencia de actividad del Ayuntamiento Expedida por el Ayuntamiento del municipio donde se ubicará tu taller. Se obtiene tras la solicitud y aprobación del proyecto técnico. Es imprescindible para el alta en la AEAT.
Modelo 036 o 037 completado Disponible en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml) o en las delegaciones. Debe incluir el CNAE 32.11 y el epígrafe IAE correspondiente.
Modelo TA-0521 (para autónomos) o modelos de afiliación de empresa Disponibles en la Tesorería de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es) o en las oficinas de afiliación. Necesario para registrarse en el régimen de Seguridad Social correspondiente.
Certificado de compatibilidad de actividades (si procede) Si tienes otras actividades profesionales, debes obtener este certificado de la AEAT para acreditar que la fabricación de monedas es compatible con tus otras ocupaciones.

Plazos importantes

El alta en el Régimen de la Seguridad Social debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. La presentación del modelo 036 o 037 debe hacerse antes de iniciar la actividad económica o, como máximo, en el plazo de 10 días hábiles desde el comienzo de la actividad. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de presentar el modelo de declaración censal en la AEAT. Una vez dado de alta, deberás cumplir con obligaciones fiscales periódicas: si tienes trabajadores o ingresos superiores a 600.000€ anuales, deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) o del modelo 303 (IVA trimestral), y una declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el CNAE 32.11 con otros códigos de fabricación de metales o joyería. El CNAE 32.11 es específico para monedas, mientras que la fabricación de joyas tiene otros códigos como 32.12. Verifica que el código sea exacto en todos tus trámites.
  • No solicitar la licencia de actividad municipal antes de presentar el modelo 036 en la AEAT. Este es un requisito previo imprescindible que muchos emprendedores olvidan, lo que retrasa el proceso de alta.
  • Presentar el modelo 037 cuando deberías usar el 036 por tener trabajadores o ingresos elevados. El modelo 037 solo es válido para personas físicas sin empleados y con determinados requisitos de ingresos. Si incumples esto, tu declaración será rechazada.
  • Olvidar incluir el epígrafe correcto del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en el modelo 036 o 037. Para fabricación de monedas, debes indicar el epígrafe específico además del CNAE.
  • No realizar el alta en la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Esto puede resultar en sanciones económicas y problemas legales de cotización.
  • Confundir el modelo 036 (declaración censal general) con otros modelos fiscales como el 130 (pago fraccionado del IRPF) o el 303 (IVA trimestral). El 036 es solo para darse de alta inicialmente, no para presentar declaraciones periódicas.
  • No actualizar el censo de actividades si cambias de domicilio, modificas el local de fabricación o amplías tu actividad. Debes comunicar estos cambios a la AEAT en el plazo de 10 días.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 32.11 y otros códigos de fabricación de metales?
El CNAE 32.11 es específico para la fabricación de monedas, incluyendo las de curso legal y de metales preciosos o no preciosos. Otros códigos como 32.12 (fabricación de joyas), 32.13 (fabricación de bisutería) o 25.5 (fabricación de estructuras metálicas) corresponden a actividades diferentes. Es crucial que selecciones el código correcto en tu modelo 036 o 037, ya que esto determina tus obligaciones fiscales, el epígrafe del IAE y el régimen de Seguridad Social aplicable.
¿Puedo presentar el modelo 037 simplificado si soy autónomo fabricante de monedas?
Sí, puedes presentar el modelo 037 si eres persona física, no tienes trabajadores, y tus ingresos no superan ciertos límites. Sin embargo, si tienes empleados o si tu volumen de negocio es importante, deberás usar el modelo 036 general. Consulta con la AEAT o con una gestoría para determinar cuál es el modelo más adecuado para tu situación específica, ya que usar el modelo incorrecto puede resultar en rechazo de tu solicitud.
¿Qué obligaciones fiscales periódicas tengo como fabricante de monedas?
Una vez dado de alta, deberás cumplir con varias obligaciones: si tienes trabajadores, deberás presentar nóminas mensuales y afiliaciones en la Seguridad Social; deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 (IVA) si tienes obligación de tributar por IVA; deberás presentar el modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) si no estás acogido al régimen simplificado; y deberás presentar una declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Además, deberás mantener registros contables y libros de ingresos y gastos según la normativa mercantil.
¿Cuánto cuesta la cuota del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para fabricantes de monedas?
La cuota del IAE varía según el epígrafe específico y la cifra de negocios. Sin embargo, existe una exención para autónomos y pequeñas empresas con cifra de negocios inferior a 1.000.000€ anuales. Si tu volumen de negocio es inferior a este umbral, no tendrás que pagar cuota de IAE. Si lo superas, la cuota se calcula según la tarifa establecida por la AEAT para el epígrafe de fabricación de monedas. Consulta con tu gestoría para conocer la cuota exacta aplicable a tu negocio.
¿Qué documentación técnica debo incluir en mi solicitud de licencia de actividad municipal?
Debes incluir un proyecto técnico completo que describa: los planos detallados del local con distribución de espacios y maquinaria; los procesos de fabricación y acuñación de monedas; los sistemas de seguridad e higiene en el trabajo; las medidas de protección ambiental y gestión de residuos; los sistemas de control de calidad; y el cumplimiento de normativa específica sobre metales preciosos si aplica. También debes incluir la cédula catastral, un certificado de vivienda del local, y documentación sobre los suministros (electricidad, agua, etc.). Este proyecto debe ser elaborado por un técnico competente (ingeniero o arquitecto técnico) y debe demostrar que tu actividad es viable y segura.

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