Saltar al contenido
CNAE 32.12Trámites de alta

Alta CNAE 32.12: Fabricación de artículos de joyería y artículos similares

Consideramos altamente recomendable que contrates los servicios de una gestoría especializada en actividades manufactureras y tributarias. Una gestoría te ayudará a cumplimentar correctamente todos los formularios, a gestionar tus obligaciones fiscales (declaraciones trimestrales de IVA si corresponde, modelo 100 anual, IAE), y a mantener tu contabilidad en regla según la normativa actual. Esto te permitirá enfocarte completamente en tu negocio de fabricación de joyería mientras aseguras el cumplimiento legal.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y una copia. Este trámite es gratuito y es el primer requisito imprescindible para cualquier actividad económica en España.

2

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio

Es recomendable abrir una cuenta corriente específica para tu actividad de fabricación de joyería. Esta separación entre tus finanzas personales y las del negocio facilita la contabilidad, los pagos de impuestos y las auditorías. Presenta tu NIF y documento de identidad en tu entidad bancaria de confianza.

3

Presenta la declaración censal (modelo 036 o 037)

Debes rellenar el modelo 036 (declaración censal general) en la Sede Electrónica de la AEAT. En este formulario indicarás tu código CNAE 32.12 y el epígrafe IAE correspondiente a la fabricación de joyería. Si eres persona física con requisitos específicos, puedes usar el modelo 037 simplificado. Este trámite debe realizarse antes de iniciar tu actividad económica.

4

Solicita la afiliación a la Seguridad Social

Como autónomo, debes afiliarte al régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Presenta tu NIF y documentación de identidad en la Tesorería de la Seguridad Social o realiza el trámite telemáticamente a través de la Sede Electrónica. La afiliación es obligatoria antes de iniciar la actividad y establece tu obligación de cotizar mensualmente.

5

Registra tu actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un impuesto local municipal que grava el ejercicio de actividades económicas. En tu caso, como fabricante de joyería, necesitas identificar el epígrafe correcto en la tarifa del IAE de tu municipio. Si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000€ anuales, estarás exento de pago, pero aun así debes registrarte. Consulta con tu ayuntamiento para confirmar los requisitos locales específicos.

6

Obtén la licencia de actividad municipal

Dependiendo de tu municipio, es posible que necesites solicitar una licencia de actividad o una licencia de funcionamiento para tu taller de fabricación de joyería. Contacta con el ayuntamiento de tu localidad para conocer los requisitos específicos, documentación necesaria y tasas aplicables. Este trámite puede ser presencial o telemático según tu municipio.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 32.12

Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte Original y copia. Debes presentarlo en la Delegación de la AEAT para obtener tu NIF, en la Seguridad Social para tu afiliación, y en tu banco para abrir la cuenta corriente. Asegúrate de que el documento esté en vigor y sea válido.
Formulario de declaración censal (modelo 036 o 037) Disponible en la Sede Electrónica de la AEAT en https://sede.agenciatributaria.gob.es. Puedes rellenarlo online directamente con tu certificado digital o Cl@ve. El modelo 036 es obligatorio para todos; el 037 es una opción simplificada solo para personas físicas que cumplan ciertos requisitos.
Certificado digital o credenciales Cl@ve Obtenible a través de https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html o solicitando un certificado digital en la AEAT. Es imprescindible para acceder a la Sede Electrónica y realizar trámites telemáticos con la administración tributaria.
Documentación de afiliación a la Seguridad Social Disponible en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de la plataforma telemática. Necesitarás cumplimentar el formulario de afiliación al régimen de autónomos y presentar tu DNI y NIF.
Justificante de domicilio Puede ser un recibo de servicios (agua, luz, gas, teléfono) o un contrato de alquiler a tu nombre. Algunos trámites requieren acreditar tu domicilio fiscal para validar tu residencia y ubicación de la actividad económica.
Documentación de licencia municipal Solicita la información específica en el ayuntamiento de tu municipio. Generalmente incluye formularios de solicitud, planos del local, documentación de propiedad o arrendamiento, y certificados de compatibilidad urbanística.

Plazos importantes

Debes presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) antes de iniciar tu actividad como fabricante de joyería; la AEAT recomienda hacerlo con al menos una semana de anticipación. La afiliación a la Seguridad Social debe estar completada antes de tu primer día de actividad, ya que es obligatoria desde el inicio. Las cuotas de Seguridad Social vencen el último día del mes siguiente al que se devengan, aunque los primeros meses pueden tener plazos especiales. La presentación de la declaración de la renta (modelo 100) es anual, generalmente entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal, y debes mantener tus registros contables durante un mínimo de cuatro años.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el código CNAE 32.12 en el modelo 036/037. Muchos emprendedores confunden este código con otros relacionados con comercio de joyería (código 47.59) o reparación de joyería (código 95.29). Verifica que seleccionas específicamente la fabricación, no la venta ni la reparación.
  • Olvidar afiliarse a la Seguridad Social antes de iniciar la actividad. Algunos autónomos comienzan a trabajar sin completar esta obligación, lo que genera sanciones y pérdida de cobertura social. La afiliación debe estar vigente desde el primer día de actividad.
  • No solicitar la licencia de actividad municipal requerida en su localidad. Aunque es un trámite local, su incumplimiento puede resultar en clausura del taller y multas importantes. Cada municipio tiene requisitos diferentes, por lo que es fundamental contactar con el ayuntamiento antes de comenzar.
  • Confundir el modelo 036 con el 037 o intentar usar el 037 sin cumplir los requisitos de simplificación. El modelo 037 solo es válido para personas físicas con ciertas características; si no cumples los requisitos, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
  • No actualizar la declaración censal cuando hay cambios en la actividad, domicilio o datos fiscales. Estos cambios deben comunicarse mediante el modelo 036 de modificación en un plazo máximo de tres meses desde que ocurran.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 para darse de alta?
El modelo 036 es la declaración censal general obligatoria para todas las personas físicas y jurídicas que inicien una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada disponible solo para personas físicas (no sociedades) que cumplan ciertos requisitos, como no tener trabajadores, no realizar actividades con depósito de mercancías, y no ser representante de otras personas. Si cumples los requisitos para el 037, puedes usarlo; en caso contrario, debes presentar obligatoriamente el 036. En tu caso como fabricante de joyería, lo más probable es que debas usar el modelo 036.
¿Necesito pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) como fabricante de joyería?
El IAE es un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas. Como fabricante de joyería, debes registrarte en el IAE de tu municipio. Sin embargo, si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000€, estarás exento del pago de la cuota del IAE, aunque el registro sigue siendo obligatorio. Si superas esa cifra, deberás abonar la cuota correspondiente según la tarifa municipal. Verifica con tu ayuntamiento la tarifa exacta para el epígrafe de fabricación de joyería en tu localidad.
¿Debo registrarme en IVA como fabricante de joyería?
La obligación de registrarse en IVA depende de tu volumen de negocio. Si tu cifra de negocios en el año natural anterior supera los 10.000€ (o esperas superarla en el año en curso), debes solicitarla inscripción en el Registro de IVA. Como fabricante de joyería, es probable que debas hacerlo. Una vez registrado en IVA, deberás presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) si tu actividad lo requiere, o anuales si tienes derecho a presentación anual. Consulta con tu gestor o con la AEAT para confirmar tu obligación específica.
¿Qué documentación contable debo mantener como fabricante de joyería?
Como autónomo o pequeña empresa, debes mantener una contabilidad simplificada que incluya un libro de ingresos y gastos, así como documentación de todas tus operaciones (facturas emitidas y recibidas, justificantes de gastos, nóminas si tienes empleados, etc.). Esta documentación debe conservarse durante un mínimo de cuatro años desde el cierre del ejercicio fiscal. Es fundamental que emitas facturas por todos tus trabajos de fabricación de joyería, incluso si el cliente es particular. Una gestoría puede ayudarte a llevar esta contabilidad de forma correcta y eficiente.
¿Necesito licencia de actividad municipal para mi taller de fabricación de joyería?
Sí, en la mayoría de municipios españoles necesitas solicitar una licencia de actividad o licencia de funcionamiento para ejercer la fabricación de joyería. Los requisitos varían según el municipio, pero generalmente incluyen la presentación de formularios de solicitud, planos del local, documentación de propiedad o arrendamiento, y a veces un certificado de compatibilidad urbanística. Algunos municipios también pueden requerir inspecciones del taller. Contacta con el ayuntamiento de tu localidad para conocer los requisitos específicos, plazos y tasas aplicables antes de iniciar tu actividad.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora evita sanciones por facturación incorrecta

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Facturas sin número correlativo, sin IVA desglosado o fuera de plazo suponen sanciones de 150 € a 600 €. Quipu genera facturas conformes a la AEAT y calcula tus impuestos automáticamente.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.

Descarga la Guía Completa de Alta

Todos los pasos para darte de alta con el código 32.12: modelo 036, IMPORTASS y trámites municipales.