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CNAE 46.12Trámites de alta

Alta CNAE 46.12: Actividades de intermediarios del comercio al por mayor de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en tributación y seguridad social para realizar tu alta correctamente. Una gestoría te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036, a obtener el CNAE y epígrafe IAE más adecuados para tu actividad como intermediario, y a gestionar todas tus obligaciones fiscales y laborales posteriores. El coste de una gestoría es generalmente mucho menor que el de las sanciones y errores que podrías cometer si intentas hacerlo por tu cuenta, especialmente en una actividad especializada como la intermediación en combustibles, minerales y productos químicos.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu pasaporte o documento de identidad válido. El trámite es gratuito y te lo entregan de forma inmediata en la mayoría de casos. Si eres ciudadano extranjero, puedes obtener un Número de Identidad de Extranjero (NIE) que también te servirá para estos efectos.

2

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve

Dirígete a https://sede.agenciatributaria.gob.es e identifícate con tu certificado digital, tu DNI electrónico o tu credencial Cl@ve. Si no dispones de ninguno de estos sistemas de autenticación, puedes solicitarlos previamente en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. El acceso electrónico es obligatorio para realizar los trámites de forma telemática y es el método más rápido y seguro para darte de alta.

3

Rellena y presenta el modelo 036 (Declaración Censal)

Completa el formulario 036 indicando el código CNAE 46.12 como actividad principal y el epígrafe IAE 47.1 correspondiente a intermediarios del comercio al por mayor de combustibles y productos químicos. Este modelo debe presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de la actividad. Debes declarar tu domicilio fiscal, el local donde ejercerás la actividad, tus datos personales completos y la estructura organizativa de tu negocio.

4

Solicita los regímenes de IVA e IRPF que correspondan

En el mismo modelo 036 debes indicar el régimen de IVA que deseas aplicar (régimen general, régimen simplificado u otros). Para el IRPF, debes optar por el régimen de estimación directa o estimación objetiva si cumples los requisitos. Como intermediario del comercio al por mayor, lo más habitual es el régimen general de IVA. También debes comunicar si deseas acogerte a algún régimen especial de tributación que sea aplicable a tu actividad.

5

Solicita licencia de actividad en tu Ayuntamiento

Aunque no es responsabilidad de la AEAT, debes obtener la licencia de actividad en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ejercer tu actividad como intermediario. Presenta una solicitud con tu NIF, el CNAE 46.12 y la descripción de tu actividad. Algunos ayuntamientos pueden exigirte documentación adicional como proyecto técnico o informe ambiental dependiendo de la naturaleza específica de tu intermediación.

6

Afiliate a la Seguridad Social como autónomo

Si vas a ser autónomo, debes darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) en la Tesorería General de la Seguridad Social. Presenta el modelo TA.0521 con tu NIF, datos personales y la descripción de tu actividad. El alta debe realizarse antes de comenzar la actividad económica o dentro de los 30 días posteriores al inicio. Deberás pagar una cuota mensual que actualmente oscila entre el 15% y el 30% de la base de cotización que elijas.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.12

Documento de identidad válido (DNI, pasaporte o NIE) Lo tienes en tu poder. Si necesitas renovarlo, solicítalo en la comisaría nacional de policía o en tu ayuntamiento según corresponda.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Si no lo tienes, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. El trámite es gratuito y se realiza de forma inmediata.
Certificado digital o credencial Cl@ve Solicita tu certificado digital en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o tu credencial Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos son gratuitos y necesarios para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT.
Documentación sobre tu domicilio fiscal Contrato de alquiler, escritura de propiedad, recibo de servicios (agua, luz, gas) o certificado del ayuntamiento que acredite tu domicilio. Necesitas un domicilio español válido para ejercer como intermediario.
Documentación sobre el local de actividad Contrato de alquiler, escritura de propiedad u otro documento que acredite que dispones del local donde ejercerás tu actividad como intermediario. Debe ser un domicilio diferente del domicilio fiscal si así lo requiere tu modelo de negocio.
Datos bancarios para domiciliación de pagos Tu número de cuenta IBAN español. Lo tienes en tu banco o en los extractos de tu cuenta corriente. Es obligatorio para domiciliar las cuotas de IVA, IRPF y Seguridad Social.
Información sobre tu actividad específica Debes documentar con qué tipos de combustibles, minerales, metales o productos químicos vas a intermediar. Esto es importante para la clasificación correcta del CNAE y para obtener las autorizaciones sectoriales que puedan ser necesarias.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad. Si no lo haces en ese plazo, la AEAT puede imponerte sanciones administrativas. Además, debes darte de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de comenzar la actividad o dentro de los 30 días posteriores. El alta en el Ayuntamiento para la licencia de actividad debe realizarse también antes de iniciar operaciones, ya que trabajar sin licencia puede acarrear multas importantes. Recuerda que tus obligaciones fiscales comienzan desde el primer día de actividad: debes llevar contabilidad, emitir facturas, presentar declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) y declaración de la renta anual (modelo 100).

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 036 es la declaración censal general que debes usar como intermediario del comercio al por mayor, mientras que el 037 es una versión simplificada solo para personas físicas con actividades muy específicas y menor volumen de negocio. Como intermediario, necesitas el 036.
  • Olvidar indicar correctamente el epígrafe IAE 47.1 junto con el CNAE 46.12: ambos códigos son complementarios y necesarios para que la AEAT clasifique correctamente tu actividad y calcule adecuadamente tus obligaciones tributarias.
  • No obtener la licencia de actividad en el Ayuntamiento antes de comenzar operaciones: muchos intermediarios creen que solo es necesario el trámite ante la AEAT, pero la licencia municipal es obligatoria y su ausencia puede resultar en sanciones importantes.
  • Presentar el modelo 036 fuera del plazo de 10 días hábiles: la presentación tardía conlleva sanciones administrativas que pueden oscilar entre 100 y 3.000 euros dependiendo del retraso.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo en el tiempo establecido: esto puede resultar en cotizaciones retroactivas, recargos y sanciones de la Tesorería de la Seguridad Social.
  • Indicar un CNAE incorrecto o demasiado genérico: el CNAE 46.12 es específico para intermediarios, no para comerciantes directos. Si compras y vendes por tu cuenta, necesitarías otro CNAE diferente.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 46.12 y otros códigos de comercio al por mayor?
El CNAE 46.12 es específico para intermediarios del comercio al por mayor de combustibles, minerales, metales y productos químicos. La diferencia fundamental es que los intermediarios no compran ni venden productos por su cuenta, sino que actúan como mediadores entre compradores y vendedores, percibiendo una comisión. Si tú compras combustibles o productos químicos y los vendes directamente, necesitarías códigos CNAE diferentes como el 46.71 (comercio al por mayor de combustibles) o el 46.75 (comercio al por mayor de productos químicos). Es crucial que declares el CNAE correcto porque determina tus obligaciones fiscales y el régimen de tributación aplicable.
¿Necesito autorización especial para intermediar en combustibles o productos químicos?
Sí, dependiendo de los tipos específicos de combustibles, minerales y productos químicos en los que intermedies, podrías necesitar autorizaciones sectoriales adicionales. Por ejemplo, si intermedias en combustibles de alto riesgo o en productos químicos peligrosos, es probable que necesites permisos especiales de la Administración competente. Te recomendamos que consultes con la Consejería de Industria o Medio Ambiente de tu comunidad autónoma y con el Ayuntamiento de tu municipio para conocer exactamente qué autorizaciones específicas requiere tu actividad. La AEAT no es responsable de estas autorizaciones sectoriales, pero es imprescindible obtenerlas antes de comenzar tu actividad.
¿Cuál es la cuota del IAE para intermediarios con CNAE 46.12?
La cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) está exenta para autónomos con una cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros anuales. Como intermediario del comercio al por mayor, si tus ingresos están por debajo de ese umbral, no pagarás IAE. Sin embargo, debes seguir presentando el modelo 036 para comunicar tu actividad a la AEAT. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros, entonces sí deberás pagar una cuota anual del IAE que se calcula en función de tus ingresos. La cuota aproximada oscila entre 300 y 1.000 euros anuales para intermediarios, pero varía según la comunidad autónoma y el volumen exacto de negocio.
¿Qué régimen de IVA debo elegir como intermediario?
Como intermediario del comercio al por mayor, lo más habitual es que declares el régimen general de IVA con una cuota del 21%. Esto significa que deberás presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) indicando el IVA repercutido a tus clientes y el IVA soportado en tus gastos. Sin embargo, si cumples ciertos requisitos de volumen de negocio reducido, podrías optar por el régimen simplificado de IVA. Te recomendamos que consultes con un gestor porque la elección del régimen de IVA tiene importantes implicaciones fiscales y administrativas. La mayoría de intermediarios profesionales utilizan el régimen general porque facilita las relaciones comerciales con grandes empresas.
¿Cuáles son mis obligaciones contables y fiscales después de darme de alta?
Como intermediario del comercio al por mayor con CNAE 46.12, deberás: llevar un libro de registro de facturas de compra y venta, presentar declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre, presentar una declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente, mantener la contabilidad actualizada según el Código de Comercio, emitir facturas con todos los datos obligatorios a tus clientes, y conservar toda la documentación durante 5 años. Además, deberás presentar anualmente una declaración de operaciones con terceros (modelo 347) si tus operaciones superan ciertos umbrales. Es fundamental que cumples estas obligaciones porque el incumplimiento conlleva sanciones administrativas importantes.

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