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CNAE 4673Guía completa

Guía CNAE 46.73: Comercio al por mayor de motocicletas, y repuestos y accesorios de motocicletas

El código CNAE 46.73 engloba todas las actividades de comercio al por mayor relacionadas con motocicletas, ciclomotores y sus componentes. Esta clasificación es fundamental para empresas distribuidoras que operan en el sector de las dos ruedas, permitiendo una correcta identificación fiscal y estadística de la actividad económica. Si tu negocio se dedica a vender motocicletas o piezas de recambio a otros comerciantes o empresas, este es tu código.

¿Qué es?

El CNAE 46.73 define la actividad de comercio al por mayor de motocicletas nuevas y usadas, incluyendo ciclomotores de todas las cilindradas. Comprende también la distribución mayorista de repuestos, piezas de recambio y accesorios para motocicletas, así como equipos de protección específicamente diseñados para motociclistas como cascos, guantes, trajes de protección y sistemas de seguridad. Esta actividad implica la compra de productos a fabricantes o proveedores internacionales y su reventa a minoristas, talleres de reparación o empresas del sector. El comercio se realiza generalmente sin transformación del producto, siendo la función principal la distribución y logística de estos bienes.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código CNAE todas aquellas empresas cuya actividad principal es la venta al por mayor de motocicletas, ciclomotores, repuestos y accesorios. Esto incluye distribuidoras oficiales de marcas de motocicletas, importadores de vehículos de dos ruedas, mayoristas de recambios y piezas mecánicas, distribuidores de equipamiento de protección, y empresas que actúan como intermediarias entre fabricantes y minoristas. También es aplicable a empresas que combinan la venta al por mayor con servicios complementarios como almacenamiento, logística o asesoramiento técnico a sus clientes comerciales.

Cómo darse de alta

Para registrarse con el código CNAE 46.73, debes iniciar el proceso de alta en el régimen de autónomo o sociedad mercantil según tu estructura empresarial. Accede a la Agencia Tributaria a través del sistema de Declaración Censal (modelo 036 o 037) y selecciona específicamente el código 46.73 como actividad económica principal. Es imprescindible que la descripción de tu actividad coincida exactamente con la definición oficial del código, especificando si te dedicas a motocicletas completas, repuestos, accesorios o equipamiento de protección. Deberás presentar la documentación requerida ante la Administración Pública y comunicar el alta en el Registro de Actividades Económicas del municipio donde establezca tu domicilio fiscal. Si tu empresa realiza importaciones, también será necesario registrarse en el sistema AEAT de comercio exterior.

Documentos necesarios

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF) del titular o representante legal
  • Certificado de domicilio fiscal o contrato de alquiler del local donde se ejercerá la actividad
  • Documentación acreditativa de la capacidad técnica y profesional para ejercer la actividad (títulos, certificados, experiencia profesional)
  • Modelo 036 o 037 debidamente cumplimentado con el código CNAE 46.73
  • Documentación de constitución de la sociedad mercantil si se trata de una empresa (escritura de constitución, CIF, estatutos sociales)
  • Justificante de inscripción en el Registro Mercantil Provincial si aplica
  • Documentación aduanal si se realizan importaciones de motocicletas o repuestos

Errores comunes

  • Confundir el código 46.73 (comercio al por mayor) con el 45.20 (comercio al por menor de motocicletas) o con el 95.11 (reparación de motocicletas). Debes asegurarte de que tu actividad es efectivamente mayorista y no minorista o de reparación, ya que la confusión puede acarrear sanciones y problemas fiscales.
  • No incluir en la descripción de la actividad todos los tipos de productos que comercializa la empresa (motocicletas completas, repuestos, accesorios, equipamiento de protección). La Agencia Tributaria puede rechazar el registro si la descripción es incompleta o no refleja fielmente el negocio real.
  • Olvidar registrarse en el Registro de Actividades Económicas del ayuntamiento correspondiente o no obtener las licencias de actividad municipal requeridas. Algunos municipios exigen licencia de actividad específica para comercio mayorista, y su ausencia puede resultar en multas administrativas.
  • No comunicar cambios significativos en la actividad, como la incorporación de nuevas líneas de productos o cambios en el volumen de negocio que puedan afectar a la clasificación fiscal o a obligaciones tributarias especiales.
  • Mezclar en la misma licencia actividades de comercio mayorista con actividades minoristas o de reparación sin solicitar códigos CNAE adicionales. Aunque sea posible tener múltiples códigos, cada uno debe estar correctamente identificado y documentado.

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Es altamente recomendable acudir a una gestoría especializada en comercio mayorista y distribución si es tu primer alta como autónomo o empresa, especialmente si realizas importaciones internacionales de motocicletas o repuestos. La gestoría te ayudará a tramitar correctamente la declaración censal, evitar errores de clasificación que puedan acarrear cambios de código posterior, y a cumplir con obligaciones fiscales, aduanales y de seguridad social específicas del sector. También es aconsejable contar con asesoramiento gestor si tu negocio opera en múltiples comunidades autónomas o si necesitas gestionar trámites de importación-exportación, ya que existen normativas adicionales relacionadas con la Unión Europea y aranceles que requieren especialización técnica.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código 46.73 y el 45.20?
El código 46.73 es para comercio al por mayor (venta a otros comerciantes, empresas o distribuidores), mientras que el 45.20 es para comercio al por menor (venta directa al consumidor final). Si tu negocio vende principalmente a minoristas o empresas y no tienes una tienda física abierta al público, debes usar el 46.73. Si tienes un concesionario o tienda donde venden motocicletas directamente a particulares, entonces corresponde el 45.20.
¿Necesito licencia de actividad específica para ejercer como mayorista de motocicletas?
La licencia de actividad municipal es obligatoria en la mayoría de los municipios españoles para cualquier actividad económica, incluyendo el comercio mayorista. Aunque el comercio mayorista suele tener requisitos menos restrictivos que el minorista (por ejemplo, no siempre requiere proximidad a viviendas), debes solicitar la licencia en el ayuntamiento de tu localidad. Algunos municipios pueden exigir también inspecciones de seguridad e higiene, especialmente si almacenas grandes cantidades de productos.
¿Puedo cambiar de código CNAE si mi negocio crece y añado una tienda minorista?
Sí, es posible tener múltiples códigos CNAE si tu empresa realiza varias actividades económicas. Si añades una tienda minorista además de la actividad mayorista, deberás comunicar este cambio a la Agencia Tributaria añadiendo el código 45.20 como actividad secundaria. Sin embargo, es importante que la actividad principal siga siendo la que genere mayor volumen de ingresos. Debes comunicar cualquier cambio significativo en tu estructura de negocio en el plazo de tres meses.
¿Qué obligaciones fiscales especiales tengo como mayorista de motocicletas?
Como mayorista, debes cumplir con todas las obligaciones del IVA, incluyendo la presentación de declaraciones periódicas (mensuales o trimestrales según volumen). Si realizas importaciones de motocicletas o repuestos, debes gestionar correctamente los trámites aduanales y mantener documentación de origen de los productos. También debes llevar un registro de clientes mayoristas y cumplir con la normativa de protección de datos si almacenas información de tus clientes comerciales. Además, si empleas personal, debes cumplir con las obligaciones de seguridad social y prevención de riesgos laborales específicas para almacenes y distribución.
¿Puedo ejercer como autónomo o debo constituir una sociedad mercantil?
Puedes ejercer tanto como autónomo (persona física) como mediante una sociedad mercantil (SL, SA, etc.). La elección depende de varios factores: volumen de negocio previsto, inversión inicial requerida, responsabilidad personal que estés dispuesto a asumir, y consideraciones fiscales. Como autónomo, tienes menos trámites iniciales pero responsabilidad ilimitada. Como sociedad, tienes más complejidad administrativa pero responsabilidad limitada al capital aportado. Es recomendable consultar con un gestor o asesor fiscal para determinar qué estructura es más ventajosa en tu caso específico.