Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista para gestionar tu alta y obligaciones fiscales posteriores. Una gestoría experimentada te asesorará sobre la estructura empresarial más conveniente (autónomo, sociedad limitada, etc.), tramitará correctamente todos los formularios ante la AEAT y la Seguridad Social, y te ayudará a cumplir con obligaciones contables y tributarias complejas como la presentación de IVA trimestral, declaración anual de renta y libros de registro. El coste de estos servicios es deducible como gasto empresarial y te evitará errores costosos que podrían resultar en sanciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este documento es imprescindible para cualquier actividad económica en España y será tu identificador único ante la administración tributaria. El trámite es gratuito y puedes realizarlo de forma presencial o telemática.
Solicita tu alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)
Debes presentar la declaración censal correspondiente ante la AEAT en los 30 días posteriores al inicio de tu actividad. Si eres persona física sin empleados y cumples requisitos específicos, puedes usar el modelo 037 (simplificado). En caso contrario, utiliza el modelo 036 (general). En ambos casos, indicarás el código CNAE 46.83 y el epígrafe IAE 629.1 para clasificar correctamente tu actividad comercial de mayorista de materiales de construcción.
Solicita tu alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El alta en el IAE se realiza conjuntamente con el modelo 036/037, pero es importante conocer que la cuota anual del IAE estará exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros. Para actividades de comercio al por mayor como la tuya, la cuota ordinaria sería de aproximadamente 300-400 euros anuales en caso de superar ese umbral. Debes mantener al día esta obligación fiscal durante toda la vida de tu negocio.
Registra tu empresa en la Seguridad Social
Si eres autónomo, debes darte de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RTA) de la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Si tienes empleados, debes registrar tu empresa en el Régimen General y afiliar a cada trabajador. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. La cotización mensual dependerá de tu régimen y base de cotización elegida.
Solicita tu licencia de actividad en el ayuntamiento
Antes de comenzar tu actividad, debes obtener la licencia de actividad económica del ayuntamiento donde ubicarás tu negocio. Aunque el comercio al por mayor no suele considerarse actividad potencialmente contaminante, algunos municipios requieren licencia municipal. Consulta con el ayuntamiento de tu localidad sobre los requisitos específicos, documentación necesaria y tasas aplicables.
Abre una cuenta bancaria a nombre de tu empresa
Es recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad empresarial, separada de tus cuentas personales. Esto facilitará la gestión contable, la presentación de declaraciones de impuestos y el seguimiento de flujos de efectivo. Presenta tu NIF, documentación de identidad y prueba de domicilio al banco para completar el registro.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.83
Plazos importantes
Debes presentar tu declaración censal (modelo 036 o 037) en los 30 días siguientes al inicio de tu actividad económica. Simultáneamente, debes solicitar tu alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social dentro del mismo plazo de 30 días. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de comenzar operaciones, aunque los plazos varían según el ayuntamiento. A partir de tu alta, tendrás obligaciones fiscales periódicas: presentación del IVA trimestral (modelo 303) si estás acogido al régimen normal, declaración anual de la renta (modelo 100) en abril, y cotizaciones mensuales a la Seguridad Social.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 037 solo es válido para personas físicas sin empleados que cumplan requisitos específicos. Si tienes dudas sobre tu elegibilidad, utiliza siempre el modelo 036 para evitar rechazos de tu solicitud de alta.
- ✗Olvidar indicar correctamente el código CNAE 46.83 y el epígrafe IAE 629.1 en la declaración censal. Una clasificación incorrecta puede afectar a tus obligaciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social, generando problemas administrativos posteriores.
- ✗No presentar el alta en la Seguridad Social dentro del plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Este retraso puede resultar en sanciones y problemas para la afiliación de trabajadores si los tienes.
- ✗Presentar documentos sin autenticar o con antigüedad superior a la permitida, especialmente el certificado de domicilio. La AEAT rechazará tu solicitud si la documentación no cumple los requisitos de validez temporal y autenticidad.
- ✗No solicitar la licencia municipal de actividad antes de comenzar operaciones. Aunque en algunos casos no es obligatoria para comercio mayorista, iniciar sin ella puede resultar en cierres de negocio y sanciones municipales.
- ✗Indicar datos incorrectos en la declaración censal, como domicilio, teléfono o correo electrónico. Estos datos son esenciales para que la AEAT te contacte y para recibir notificaciones oficiales de obligaciones tributarias.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Tengo que pagar cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?▼
¿Qué plazo tengo para presentar mi declaración censal y dar de alta en la Seguridad Social?▼
¿Necesito licencia municipal para mi negocio de comercio mayorista de materiales de construcción?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré después de darme de alta con el CNAE 46.83?▼
¿Necesitas ayuda con el alta?
Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.
Buscar gestorías cerca de mí →Herramienta recomendada
Ya tienes tu código. Ahora evita sanciones por facturación incorrecta
Facturas sin número correlativo, sin IVA desglosado o fuera de plazo suponen sanciones de 150 € a 600 €. Quipu genera facturas conformes a la AEAT y calcula tus impuestos automáticamente.
Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.
- Plataforma más usada por autónomos en España
- Cálculo automático de impuestos trimestrales
- Integración bancaria
Descarga la Guía Completa de Alta
Todos los pasos para darte de alta con el código 46.83: modelo 036, IMPORTASS y trámites municipales.
