Saltar al contenido
CNAE 46.83Trámites de alta

Alta CNAE 46.83: Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio mayorista para gestionar tu alta y obligaciones fiscales posteriores. Una gestoría experimentada te asesorará sobre la estructura empresarial más conveniente (autónomo, sociedad limitada, etc.), tramitará correctamente todos los formularios ante la AEAT y la Seguridad Social, y te ayudará a cumplir con obligaciones contables y tributarias complejas como la presentación de IVA trimestral, declaración anual de renta y libros de registro. El coste de estos servicios es deducible como gasto empresarial y te evitará errores costosos que podrían resultar en sanciones administrativas.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este documento es imprescindible para cualquier actividad económica en España y será tu identificador único ante la administración tributaria. El trámite es gratuito y puedes realizarlo de forma presencial o telemática.

2

Solicita tu alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)

Debes presentar la declaración censal correspondiente ante la AEAT en los 30 días posteriores al inicio de tu actividad. Si eres persona física sin empleados y cumples requisitos específicos, puedes usar el modelo 037 (simplificado). En caso contrario, utiliza el modelo 036 (general). En ambos casos, indicarás el código CNAE 46.83 y el epígrafe IAE 629.1 para clasificar correctamente tu actividad comercial de mayorista de materiales de construcción.

3

Solicita tu alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

El alta en el IAE se realiza conjuntamente con el modelo 036/037, pero es importante conocer que la cuota anual del IAE estará exenta si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros. Para actividades de comercio al por mayor como la tuya, la cuota ordinaria sería de aproximadamente 300-400 euros anuales en caso de superar ese umbral. Debes mantener al día esta obligación fiscal durante toda la vida de tu negocio.

4

Registra tu empresa en la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RTA) de la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Si tienes empleados, debes registrar tu empresa en el Régimen General y afiliar a cada trabajador. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. La cotización mensual dependerá de tu régimen y base de cotización elegida.

5

Solicita tu licencia de actividad en el ayuntamiento

Antes de comenzar tu actividad, debes obtener la licencia de actividad económica del ayuntamiento donde ubicarás tu negocio. Aunque el comercio al por mayor no suele considerarse actividad potencialmente contaminante, algunos municipios requieren licencia municipal. Consulta con el ayuntamiento de tu localidad sobre los requisitos específicos, documentación necesaria y tasas aplicables.

6

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu empresa

Es recomendable abrir una cuenta bancaria específica para tu actividad empresarial, separada de tus cuentas personales. Esto facilitará la gestión contable, la presentación de declaraciones de impuestos y el seguimiento de flujos de efectivo. Presenta tu NIF, documentación de identidad y prueba de domicilio al banco para completar el registro.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.83

Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte Debes presentar una copia compulsada o autenticada del DNI o pasaporte en vigor. Este documento acredita tu identidad ante la AEAT y otras administraciones públicas. Puedes obtener copias autenticadas en notarías, registros civiles o a través de plataformas de autenticación digital.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Si no dispones de NIF, solicítalo previamente en la Delegación de Hacienda o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Una vez obtenido, presentarás este número en todos tus trámites de alta. Es gratuito y se emite inmediatamente tras la solicitud.
Certificado de domicilio Necesitas un documento que acredite tu domicilio o el de tu negocio (recibo de servicios, contrato de alquiler, escritura de propiedad, etc.). Este documento debe tener una antigüedad máxima de tres meses. Si utilizas un domicilio compartido, también necesitarás autorización del propietario o gestor del inmueble.
Declaración censal (modelo 036 o 037) Debes cumplimentar este formulario disponible en la Sede Electrónica de la AEAT. El modelo 037 es más simple pero solo aplica a personas físicas sin empleados y con determinados requisitos. El modelo 036 es la opción general para cualquier tipo de entidad. Ambos están disponibles en formato papel en las delegaciones de hacienda o de forma telemática a través de Cl@ve o certificado digital.
Autorización de representante (si aplica) Si designas a un gestor o representante para realizar trámites en tu nombre, debes presentar un poder notarial o autorización específica. Este documento debe estar autenticado por notario y presentarse junto con tu solicitud de alta. La AEAT también acepta autorizaciones a través de su sede electrónica si dispones de certificado digital.
Documento de solicitud de afiliación a la Seguridad Social Debes completar el formulario de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RTA) o en el Régimen General si tienes empleados. Este documento se obtiene en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), en sus delegaciones provinciales, o a través de su plataforma telemática. Incluye datos personales, actividad económica y base de cotización elegida.

Plazos importantes

Debes presentar tu declaración censal (modelo 036 o 037) en los 30 días siguientes al inicio de tu actividad económica. Simultáneamente, debes solicitar tu alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social dentro del mismo plazo de 30 días. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de comenzar operaciones, aunque los plazos varían según el ayuntamiento. A partir de tu alta, tendrás obligaciones fiscales periódicas: presentación del IVA trimestral (modelo 303) si estás acogido al régimen normal, declaración anual de la renta (modelo 100) en abril, y cotizaciones mensuales a la Seguridad Social.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 037 solo es válido para personas físicas sin empleados que cumplan requisitos específicos. Si tienes dudas sobre tu elegibilidad, utiliza siempre el modelo 036 para evitar rechazos de tu solicitud de alta.
  • Olvidar indicar correctamente el código CNAE 46.83 y el epígrafe IAE 629.1 en la declaración censal. Una clasificación incorrecta puede afectar a tus obligaciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social, generando problemas administrativos posteriores.
  • No presentar el alta en la Seguridad Social dentro del plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Este retraso puede resultar en sanciones y problemas para la afiliación de trabajadores si los tienes.
  • Presentar documentos sin autenticar o con antigüedad superior a la permitida, especialmente el certificado de domicilio. La AEAT rechazará tu solicitud si la documentación no cumple los requisitos de validez temporal y autenticidad.
  • No solicitar la licencia municipal de actividad antes de comenzar operaciones. Aunque en algunos casos no es obligatoria para comercio mayorista, iniciar sin ella puede resultar en cierres de negocio y sanciones municipales.
  • Indicar datos incorrectos en la declaración censal, como domicilio, teléfono o correo electrónico. Estos datos son esenciales para que la AEAT te contacte y para recibir notificaciones oficiales de obligaciones tributarias.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general aplicable a cualquier persona física o jurídica que inicie una actividad económica. El modelo 037 es la versión simplificada, solo disponible para personas físicas sin empleados que no realicen actividades profesionales, no sean contribuyentes de IVA en régimen especial y cumplan otros requisitos específicos. Si tienes empleados o dudas sobre tu elegibilidad, debes usar el modelo 036 para evitar rechazos.
¿Tengo que pagar cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
La cuota del IAE está exenta si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros. Como mayorista de materiales de construcción, si superas este umbral, deberás pagar la cuota ordinaria que ronda los 300-400 euros anuales. En cualquier caso, debes presentar el alta en el IAE aunque estés exento de pago. Esta obligación se cumple conjuntamente con el modelo 036/037.
¿Qué plazo tengo para presentar mi declaración censal y dar de alta en la Seguridad Social?
Tienes 30 días desde el inicio de tu actividad económica para presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) ante la AEAT. Simultáneamente, debes solicitar tu alta en la Seguridad Social dentro del mismo plazo de 30 días. Si no cumples estos plazos, la AEAT puede imponerte sanciones económicas y perderás cobertura de Seguridad Social durante el período de retraso.
¿Necesito licencia municipal para mi negocio de comercio mayorista de materiales de construcción?
Aunque el comercio mayorista generalmente no se considera actividad potencialmente contaminante, algunos ayuntamientos requieren licencia de actividad económica. Debes consultar directamente con el ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu negocio para conocer los requisitos específicos, documentación necesaria y tasas aplicables. Es recomendable obtener esta licencia antes de comenzar operaciones para evitar sanciones.
¿Qué obligaciones fiscales tendré después de darme de alta con el CNAE 46.83?
Como comerciante mayorista con CNAE 46.83, tendrás las siguientes obligaciones: presentar declaración trimestral del IVA (modelo 303) si estás en régimen normal, declaración anual de la renta (modelo 100) en abril, mantener libros de registro de ventas y compras, cotizar mensualmente a la Seguridad Social, y cumplir con obligaciones contables de llevar contabilidad ordenada. Si tu cifra de negocios supera 600.000 euros, también deberás cumplir con obligaciones de facturación electrónica. Te recomendamos trabajar con una gestoría para garantizar el cumplimiento correcto de todas estas obligaciones.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora evita sanciones por facturación incorrecta

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Facturas sin número correlativo, sin IVA desglosado o fuera de plazo suponen sanciones de 150 € a 600 €. Quipu genera facturas conformes a la AEAT y calcula tus impuestos automáticamente.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.

Descarga la Guía Completa de Alta

Todos los pasos para darte de alta con el código 46.83: modelo 036, IMPORTASS y trámites municipales.