Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas de autónomos y comerciantes. Una gestoría te ayudará a cumplir todos los trámites correctamente, evitará errores que podrían causarte sanciones, y te asesorará sobre el régimen de IVA más conveniente según tu cifra de negocios prevista. El coste de una gestoría es mínimo comparado con las sanciones que podrías recibir por incumplimientos administrativos, y te permitirá dedicar tu tiempo a desarrollar tu actividad comercial.
Pasos para darse de alta
Obtén tu número de identidad y documentación básica
Antes de darte de alta, necesitas tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres extranjero, debes obtener el NIE en la Delegación de Policía Nacional correspondiente a tu provincia. Asegúrate de que todos tus datos personales son correctos y están actualizados, ya que estos serán los que figuren en el Registro de la Agendia Tributaria.
Elige el tipo de forma jurídica y solicita el NIF
Decide si vas a actuar como autónomo (persona física) o si vas a constituir una sociedad mercantil. Si eres persona física, puedes solicitar el NIF en cualquier oficina de la Agencia Tributaria o a través de internet. Si es una sociedad, primero debes constituirla ante notario e inscribirla en el Registro Mercantil Provincial antes de solicitar el NIF.
Cumple los requisitos administrativos y de licencia
Verifica que dispones de la licencia de actividad comercial expedida por el ayuntamiento de tu municipio. Comprueba también que tu local cumple con la normativa de seguridad, higiene y accesibilidad exigida para establecimientos de venta al por menor. Solicita la licencia en el ayuntamiento correspondiente y asegúrate de que está en vigor antes de iniciar la actividad.
Presenta el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria
Rellena el formulario de declaración censal (modelo 036 si eres una sociedad o autónomo con actividades complejas, o modelo 037 si eres autónomo que cumple los requisitos simplificados). Incluye el código CNAE 47.75 y el epígrafe IAE 475. Presenta el formulario en la oficina de la Agencia Tributaria de tu provincia o a través de internet utilizando certificado digital o cl@ve. El plazo para presentar el alta es de 10 días desde el inicio de la actividad.
Solicita el alta en el régimen de IVA correspondiente
Dependiendo de tu cifra de negocios anual, deberás acogerte al régimen de IVA que corresponda: régimen normal, régimen simplificado o régimen especial de comerciantes minoristas. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros, puedes optar por el régimen simplificado, que te permite presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 de forma más sencilla.
Registra tu actividad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
El IAE es un impuesto municipal obligatorio para el comercio minorista, aunque está exento si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 de euros anuales. Aun siendo exento, debes solicitar la exención en el ayuntamiento de tu municipio presentando una declaración. El epígrafe correspondiente es el 475 para comercio al por menor de productos de cosmética e higiene.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.75
Plazos importantes
El plazo para presentar el alta ante la Agencia Tributaria es de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad comercial. Si no presentas el modelo 036 o 037 dentro de este plazo, puedes ser sancionado. La solicitud de la licencia de actividad en el ayuntamiento debe realizarse antes de abrir el local, ya que es un requisito previo obligatorio. Las obligaciones periódicas incluyen la presentación trimestral del modelo 303 de IVA (si no estás exento) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre, y la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No solicitar la licencia de actividad comercial en el ayuntamiento antes de presentar el alta en la Agencia Tributaria. Muchos autónomos cometen el error de darse de alta fiscalmente sin tener aún la licencia municipal, lo que puede causar problemas legales y sanciones. La licencia es un requisito previo obligatorio.
- ✗Confundir el código CNAE 47.75 con otros códigos de comercio minorista. Es importante que selecciones correctamente el CNAE 47.75 y no otro código similar, ya que esto afecta a tu clasificación estadística y a las obligaciones fiscales específicas de tu sector.
- ✗Olvidar solicitar la exención del IAE si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros. Aunque estés exento, debes presentar la solicitud de exención en el ayuntamiento; de lo contrario, se te considerará obligado al pago y podrías recibir reclamaciones.
- ✗No diferenciar entre el modelo 036 y el 037. El modelo 037 es solo para personas físicas que cumplen ciertos requisitos de simplificación, mientras que el 036 es más general. Usar el modelo incorrecto puede retrasar tu alta o causar que sea rechazada.
- ✗Presentar el alta después del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad. Si comienzas a vender sin haber presentado el modelo 036 o 037, incurres en infracción tributaria y puedes recibir sanciones económicas significativas.
- ✗No incluir correctamente el epígrafe IAE 475 en la declaración censal. El epígrafe debe especificar que se trata de comercio al por menor de productos de cosmética e higiene, no de otros tipos de comercio minorista.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 47.75 y otros códigos de comercio minorista?▼
¿Necesito constituir una sociedad o puedo darme de alta como autónomo?▼
¿Cuándo debo presentar el modelo 036 o 037?▼
¿Tengo que pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?▼
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