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CNAE 47.75Trámites de alta

Alta CNAE 47.75: Comercio al por menor de productos de cosmética e higiene

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas de autónomos y comerciantes. Una gestoría te ayudará a cumplir todos los trámites correctamente, evitará errores que podrían causarte sanciones, y te asesorará sobre el régimen de IVA más conveniente según tu cifra de negocios prevista. El coste de una gestoría es mínimo comparado con las sanciones que podrías recibir por incumplimientos administrativos, y te permitirá dedicar tu tiempo a desarrollar tu actividad comercial.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad y documentación básica

Antes de darte de alta, necesitas tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres extranjero, debes obtener el NIE en la Delegación de Policía Nacional correspondiente a tu provincia. Asegúrate de que todos tus datos personales son correctos y están actualizados, ya que estos serán los que figuren en el Registro de la Agendia Tributaria.

2

Elige el tipo de forma jurídica y solicita el NIF

Decide si vas a actuar como autónomo (persona física) o si vas a constituir una sociedad mercantil. Si eres persona física, puedes solicitar el NIF en cualquier oficina de la Agencia Tributaria o a través de internet. Si es una sociedad, primero debes constituirla ante notario e inscribirla en el Registro Mercantil Provincial antes de solicitar el NIF.

3

Cumple los requisitos administrativos y de licencia

Verifica que dispones de la licencia de actividad comercial expedida por el ayuntamiento de tu municipio. Comprueba también que tu local cumple con la normativa de seguridad, higiene y accesibilidad exigida para establecimientos de venta al por menor. Solicita la licencia en el ayuntamiento correspondiente y asegúrate de que está en vigor antes de iniciar la actividad.

4

Presenta el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria

Rellena el formulario de declaración censal (modelo 036 si eres una sociedad o autónomo con actividades complejas, o modelo 037 si eres autónomo que cumple los requisitos simplificados). Incluye el código CNAE 47.75 y el epígrafe IAE 475. Presenta el formulario en la oficina de la Agencia Tributaria de tu provincia o a través de internet utilizando certificado digital o cl@ve. El plazo para presentar el alta es de 10 días desde el inicio de la actividad.

5

Solicita el alta en el régimen de IVA correspondiente

Dependiendo de tu cifra de negocios anual, deberás acogerte al régimen de IVA que corresponda: régimen normal, régimen simplificado o régimen especial de comerciantes minoristas. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros, puedes optar por el régimen simplificado, que te permite presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 de forma más sencilla.

6

Registra tu actividad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un impuesto municipal obligatorio para el comercio minorista, aunque está exento si tu cifra de negocios no supera 1.000.000 de euros anuales. Aun siendo exento, debes solicitar la exención en el ayuntamiento de tu municipio presentando una declaración. El epígrafe correspondiente es el 475 para comercio al por menor de productos de cosmética e higiene.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 47.75

DNI o NIE en vigor Obtén tu DNI en la Comisaría de Policía Nacional más cercana o tu NIE en la Delegación de Policía Nacional de extranjería de tu provincia. Ambos documentos deben estar en vigor y ser válidos para identificarte ante la administración tributaria.
Licencia de actividad comercial del ayuntamiento Solicita esta licencia en el área de comercio o licencias del ayuntamiento del municipio donde vayas a establecer tu tienda. Debes presentar el proyecto de local, prueba de titularidad o contrato de alquiler, y documentación de cumplimiento de normativas de seguridad e higiene.
Contrato de alquiler o documento de propiedad del local Si alquilas el local, obtén el contrato de arrendamiento con datos del propietario. Si es propio, presenta la escritura de propiedad inscrita en el Registro de la Propiedad o un documento que acredite tu titularidad del inmueble donde ejercerás la actividad.
Certificado de constitución de la sociedad (si aplica) Si actúas como sociedad mercantil, obtén el certificado del Registro Mercantil Provincial que acredite la inscripción de tu empresa. Este documento es obligatorio para presentar el alta en la Agencia Tributaria si no eres persona física.
Declaración de exención del IAE (si procede) Si tu cifra de negocios prevista no supera 1.000.000 de euros anuales, solicita el modelo de exención del Impuesto de Actividades Económicas en el ayuntamiento de tu municipio. Aunque estés exento, es obligatorio presentar esta declaración para no incurrir en infracciones.
Certificado digital o credenciales cl@ve para firma electrónica Obtén un certificado digital en cualquier Autoridad de Certificación acreditada, o registra tu cuenta en cl@ve a través de https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Estos son necesarios para presentar el modelo 036/037 de forma electrónica en la Agencia Tributaria.

Plazos importantes

El plazo para presentar el alta ante la Agencia Tributaria es de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad comercial. Si no presentas el modelo 036 o 037 dentro de este plazo, puedes ser sancionado. La solicitud de la licencia de actividad en el ayuntamiento debe realizarse antes de abrir el local, ya que es un requisito previo obligatorio. Las obligaciones periódicas incluyen la presentación trimestral del modelo 303 de IVA (si no estás exento) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre, y la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la licencia de actividad comercial en el ayuntamiento antes de presentar el alta en la Agencia Tributaria. Muchos autónomos cometen el error de darse de alta fiscalmente sin tener aún la licencia municipal, lo que puede causar problemas legales y sanciones. La licencia es un requisito previo obligatorio.
  • Confundir el código CNAE 47.75 con otros códigos de comercio minorista. Es importante que selecciones correctamente el CNAE 47.75 y no otro código similar, ya que esto afecta a tu clasificación estadística y a las obligaciones fiscales específicas de tu sector.
  • Olvidar solicitar la exención del IAE si tu cifra de negocios prevista es inferior a 1.000.000 euros. Aunque estés exento, debes presentar la solicitud de exención en el ayuntamiento; de lo contrario, se te considerará obligado al pago y podrías recibir reclamaciones.
  • No diferenciar entre el modelo 036 y el 037. El modelo 037 es solo para personas físicas que cumplen ciertos requisitos de simplificación, mientras que el 036 es más general. Usar el modelo incorrecto puede retrasar tu alta o causar que sea rechazada.
  • Presentar el alta después del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad. Si comienzas a vender sin haber presentado el modelo 036 o 037, incurres en infracción tributaria y puedes recibir sanciones económicas significativas.
  • No incluir correctamente el epígrafe IAE 475 en la declaración censal. El epígrafe debe especificar que se trata de comercio al por menor de productos de cosmética e higiene, no de otros tipos de comercio minorista.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el CNAE 47.75 y otros códigos de comercio minorista?
El CNAE 47.75 es específico para el comercio al por menor de productos de cosmética e higiene, como perfumería, cosméticos, artículos de tocador y productos de cuidado personal. Otros códigos como 47.71 (comercio de ropa) o 47.72 (comercio de calzado) son para sectores diferentes. Es crucial seleccionar el código correcto porque define tu clasificación estadística y puede afectar a obligaciones fiscales específicas del sector.
¿Necesito constituir una sociedad o puedo darme de alta como autónomo?
Puedes elegir entre actuar como autónomo (persona física) o constituir una sociedad mercantil (SL, SA, etc.). Como autónomo, los trámites son más simples y rápidos, y puedes usar el modelo 037 simplificado. Si constituyes una sociedad, tendrás que inscribirla primero en el Registro Mercantil y presentar el modelo 036. La elección depende de tu situación personal, volumen de negocio esperado y consideraciones fiscales que un gestor puede asesorarte.
¿Cuándo debo presentar el modelo 036 o 037?
Debes presentar el modelo 036 o 037 dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de tu actividad comercial. Si comienzas a vender sin haber presentado este formulario, incurres en infracción tributaria. La presentación se puede hacer en cualquier oficina de la Agencia Tributaria de tu provincia o de forma telemática a través de la Sede Electrónica con certificado digital o cl@ve.
¿Tengo que pagar el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)?
El IAE está exento si tu cifra de negocios anual no supera 1.000.000 de euros. Aunque estés exento, debes solicitar la exención en el ayuntamiento presentando una declaración; de lo contrario, se te considerará obligado al pago. Si tu cifra de negocios supera ese límite, deberás pagar la cuota del IAE correspondiente al epígrafe 475 (comercio al por menor de productos de cosmética e higiene).
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta?
Las principales obligaciones son: presentar el modelo 303 (declaración del IVA) trimestralmente si no estás exento de IVA; presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente; llevar un registro contable de ingresos y gastos; y mantener la licencia de actividad comercial en vigor. Si tu cifra de negocios supera 600.000 euros, deberás usar el régimen normal de IVA con obligación de presentar declaraciones trimestrales.

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