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CNAE 5210Guía completa

Guía CNAE 52.10: Depósito y almacenamiento

El código CNAE 52.10 corresponde a la actividad de depósito y almacenamiento de mercancías, una actividad fundamental en la cadena logística y de distribución. Esta clasificación engloba desde almacenes generales hasta instalaciones especializadas como cámaras frigoríficas, silos y tanques de almacenamiento. Es una actividad clave para empresas que necesitan gestionar sus inventarios de forma profesional.

¿Qué es?

El código CNAE 52.10 se refiere a la explotación de instalaciones destinadas al depósito y almacenamiento de todo tipo de mercancías, ya sean productos generales, perecederos o especiales. Incluye la gestión de almacenes generales, cámaras frigoríficas, silos para productos a granel, tanques de almacenamiento, y también el almacenamiento de mobiliario cuando no forma parte de un servicio de mudanzas integral. Comprende además servicios complementarios como la ultracongelación de productos y el almacenamiento de archivos físicos y documentos en papel, así como el almacenamiento en zonas francas. Esta actividad requiere de instalaciones adecuadas, sistemas de control de inventario y, en muchos casos, equipamiento especializado según el tipo de producto almacenado.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código todas aquellas empresas que explotan instalaciones de almacenamiento como actividad principal, independientemente del tipo de mercancía. Esto incluye empresas logísticas, distribuidoras, fabricantes que externalizan su almacenamiento, empresas de frío industrial, gestores de archivos documentales, y operadores de zonas francas. También lo necesitan las empresas que ofrecen servicios de almacenamiento especializado como ultracongelación o conservación en cámara frigorífica. Es especialmente relevante para aquellas empresas que generan ingresos principalmente por alquilar o explotar espacios de almacenamiento a terceros, diferenciándose de las empresas de transporte que incluyen almacenamiento como servicio complementario.

Cómo darse de alta

Para darse de alta con el código CNAE 52.10, debes dirigirte a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través del formulario TA.0521 (solicitud de afiliación) si eres trabajador autónomo, o mediante el modelo 036 si eres sociedad mercantil. Deberás presentar documentación que acredite la existencia y características de las instalaciones de almacenamiento, como planos, certificados de seguridad e higiene, y documentación que justifique la actividad. Es importante que especifiques claramente en la solicitud el tipo de almacenamiento que vas a realizar y si requiere permisos especiales (como autorización sanitaria para alimentos o productos farmacéuticos). Posteriormente, deberás darte de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) con este código específico, aunque es importante notar que esta actividad NO es elegible para módulos en el IRPF.

Documentos necesarios

  • Documento de identidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte) en fotocopia compulsada
  • Documentación que acredite la titularidad o disponibilidad del inmueble destinado al almacenamiento (escritura de propiedad, contrato de alquiler, o documento de cesión de uso)
  • Planos o documentación técnica de las instalaciones especificando metros cuadrados, distribución de espacios y características del almacenamiento
  • Certificado de seguridad e higiene de las instalaciones, especialmente importante si se trata de almacenamiento frigorífico o de productos especiales
  • Autorización sanitaria o certificación pertinente si el almacenamiento incluye alimentos, productos farmacéuticos u otros productos regulados
  • Certificado de cumplimiento de normativa ambiental y de prevención de riesgos laborales
  • Justificante de alta en la Seguridad Social como autónomo o acta de constitución de la sociedad mercantil

Errores comunes

  • Confundir el almacenamiento como actividad principal con el almacenamiento complementario a otras actividades. Si tu actividad principal es la distribución y el almacenamiento es solo complementario, deberías usar otro código CNAE más específico de tu actividad principal.
  • No solicitar las autorizaciones especiales necesarias según el tipo de producto. El almacenamiento de alimentos, productos químicos, farmacéuticos o peligrosos requiere autorizaciones específicas que van más allá del simple registro de actividad.
  • Olvidar que esta actividad NO es elegible para módulos de estimación objetiva en el IRPF, lo que significa que si eres autónomo deberás llevar contabilidad completa o acogerte a estimación directa simplificada.
  • No actualizar el código CNAE si cambias el tipo de almacenamiento. Por ejemplo, si pasas de almacenar productos generales a almacenar únicamente productos congelados, deberías revisar si tu código sigue siendo el más adecuado.
  • Incumplir con la normativa de seguridad industrial y prevención de riesgos laborales. Las instalaciones de almacenamiento están sujetas a inspecciones periódicas que pueden resultar en sanciones si no cumplen la normativa.
  • No comunicar cambios en la actividad o en las instalaciones. Si amplías, reduces o modificas significativamente tus instalaciones de almacenamiento, debes comunicarlo a la administración.

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Se recomienda encarecidamente acudir a una gestoría especializada, especialmente en las fases iniciales de registro y durante los primeros años de actividad. Esto es particularmente importante si tu almacenamiento incluye productos especiales (congelados, químicos, farmacéuticos) que requieren autorizaciones específicas y cumplimiento de normativas complejas. Una gestoría te ayudará a navegar los requisitos administrativos, garantizar el cumplimiento normativo, gestionar correctamente la contabilidad (ya que no puedes usar módulos), y evitar sanciones administrativas. Además, te asesorarán sobre posibles cambios normativos que afecten a tu actividad.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo usar el código CNAE 52.10 si el almacenamiento es solo parte de mi actividad de distribución?
No, el código CNAE 52.10 debe utilizarse cuando el almacenamiento es tu actividad principal y genera ingresos por sí mismo. Si el almacenamiento es complementario a otras actividades como la distribución o el transporte, deberías usar el código CNAE correspondiente a tu actividad principal. Sin embargo, si generan ingresos claramente diferenciados, podrías tener múltiples códigos CNAE registrados.
¿Qué diferencia hay entre el almacenamiento de mobiliario en CNAE 52.10 y los servicios de mudanzas?
El código CNAE 52.10 incluye almacenamiento de mobiliario solo cuando es un servicio de almacenamiento puro, sin que forme parte de un servicio integral de mudanzas. Si tu empresa ofrece mudanzas completas que incluyen transporte, embalaje y almacenamiento como parte del servicio, deberías usar otro código CNAE. La diferencia clave es si el almacenamiento se vende como servicio independiente o como parte de un paquete de mudanzas.
¿Necesito alguna autorización especial para almacenar productos perecederos o congelados?
Sí, el almacenamiento de productos perecederos, congelados o alimentarios requiere autorización sanitaria específica, además del registro de actividad económica. Deberás cumplir con normativas de higiene y seguridad alimentaria, obtener certificaciones de trazabilidad, y someterte a inspecciones periódicas. Para productos químicos o peligrosos, necesitarás autorizaciones ambientales y de seguridad industrial adicionales.
¿Puedo usar el régimen de módulos en el IRPF con el código CNAE 52.10?
No, esta actividad explícitamente NO es elegible para módulos de estimación objetiva en el IRPF. Si eres autónomo, deberás llevar contabilidad completa o acogerte a estimación directa simplificada. Esto significa que tendrás que registrar todos tus ingresos y gastos de forma detallada.
¿Qué es el almacenamiento en zonas francas y cómo afecta al código CNAE 52.10?
El almacenamiento en zonas francas está incluido en el CNAE 52.10 y se refiere al almacenamiento de mercancías en territorios aduaneros especiales donde se aplican regímenes arancelarios especiales. Si tu empresa opera almacenes en zonas francas, debes estar registrada con este código CNAE y cumplir con la normativa aduanera específica además de la laboral y fiscal general.