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CNAE 53.20Trámites de alta

Alta CNAE 53.20: Otras actividades postales y de mensajería

Dada la complejidad de los trámites de alta para actividades de transporte y mensajería, especialmente si utilizas vehículos propios o si tu estructura es de sociedad mercantil, es muy recomendable que contrates los servicios de una gestoría especializada. Una gestoría te ayudará a cumplimentar correctamente todos los formularios, a gestionar los plazos, a asegurar que tu actividad está correctamente clasificada en el CNAE y epígrafe IAE correspondientes, y a evitar errores que puedan resultar en sanciones. Además, te asesorarán sobre tus obligaciones fiscales periódicas y te apoyarán en la gestión contable y laboral de tu negocio desde el inicio.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el número de identidad fiscal (NIF)

Antes de darte de alta como autónomo o empresa, necesitas obtener tu NIF si aún no lo tienes. Puedes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana presentando tu DNI o pasaporte, o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este trámite es gratuito y es imprescindible para cualquier actividad económica en España. Si ya dispones de NIF, puedes saltarte este paso.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve

Para acceder a los servicios electrónicos de la AEAT de forma segura, debes registrarte en el sistema de autenticación Cl@ve. Este sistema te permite firmar electrónicamente los documentos y acceder a la Sede Electrónica de la AEAT. El registro es gratuito y puedes hacerlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet. Necesitarás tu DNI o NIF para completar el registro.

3

Presentar el modelo 036 o 037 (Declaración Censal)

Debes presentar la declaración censal en la que comunicas tu alta en la actividad económica. Si eres persona física, puedes optar por el modelo 037 (simplificado) si cumples los requisitos, o el modelo 036 (general). Si eres sociedad mercantil, debes usar obligatoriamente el modelo 036. La presentación debe realizarse en el plazo de treinta días desde el inicio de la actividad. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT o presencialmente en la Delegación de Hacienda.

4

Darse de alta en el régimen de autónomos (si corresponde) y obtener el Código de Cuenta de Cotización (CCC)

Si eres trabajador autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta afiliación se realiza en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente a tu domicilio. Recibirás un Código de Cuenta de Cotización (CCC) que necesitarás para hacer tus aportaciones mensuales. El alta debe realizarse antes de iniciar la actividad o dentro de los treinta días siguientes.

5

Solicitar licencia de actividad municipal (si es obligatoria)

Dependiendo del municipio donde vayas a desarrollar tu actividad, es posible que necesites obtener una licencia de actividad o una comunicación previa ante el Ayuntamiento. Para actividades de transporte y mensajería, algunos municipios exigen este trámite. Debes contactar con el Ayuntamiento de tu localidad para confirmar si es necesario y cuáles son los requisitos específicos. Este trámite puede requerir documentación adicional como planos del local o evaluación de impacto ambiental.

6

Registrarse en el Registro Mercantil (si eres sociedad)

Si tu actividad se desarrolla bajo forma de sociedad mercantil (S.L., S.A., etc.), debes inscribir la sociedad en el Registro Mercantil Provincial correspondiente. Este registro debe realizarse antes de presentar el modelo 036. Necesitarás los estatutos sociales, la escritura de constitución y otros documentos notariales. Este trámite tiene un coste en función de la forma jurídica elegida.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 53.20

DNI o Pasaporte en vigor Documento de identidad personal que debes tener válido. Lo necesitarás para obtener el NIF, registrarte en Cl@ve y presentar cualquier solicitud ante la AEAT. Puedes obtenerlo en la comisaría de Policía Nacional o en el consulado español si estás en el extranjero.
Comprobante de domicilio Documento que acredita tu domicilio actual (recibo de luz, gas, agua, teléfono, contrato de alquiler o escritura de propiedad). Este documento debe tener una antigüedad máxima de tres meses y debe estar a tu nombre o al de un familiar cercano si convives con ellos.
Número de NIF Si aún no lo tienes, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana o a través de la Sede Electrónica. Es imprescindible para cualquier trámite fiscal. Si ya lo tienes, solo necesitas tenerlo a mano para rellenar los formularios.
Documentación del vehículo (si utilizas transporte propio) Permiso de circulación, póliza de seguros de responsabilidad civil y documentación de inspección técnica (ITV) en vigor. Estos documentos acreditan que tu vehículo está legalmente autorizado para transportar mercancías. Puedes obtenerlos en la Dirección General de Tráfico y en las compañías de seguros.
Estatutos sociales y Escritura de constitución (si eres sociedad) Documentos notariales que definen la estructura y funcionamiento de tu empresa. Deben estar autenticados por notario. Los necesitarás para el registro mercantil y para presentar el modelo 036. Puedes obtenerlos en la notaría donde se constituya tu sociedad.
Certificado de empadronamiento Documento expedido por el Ayuntamiento de tu localidad que acredita tu residencia actual. Puedes solicitarlo en el Registro de Habitantes o en la oficina de Padrón del Ayuntamiento. Algunos municipios lo expiden de forma gratuita y otros cobran una pequeña cantidad.
Licencia de actividad municipal Si tu municipio la exige, debes solicitarla en el Ayuntamiento correspondiente. La documentación necesaria varía según el municipio, pero generalmente incluye planos del local, evaluación de impacto ambiental y declaración responsable. Algunos municipios permiten la presentación telemática a través de su plataforma de administración electrónica.

Plazos importantes

El plazo para darse de alta en la AEAT es de treinta días desde el inicio de la actividad económica. Sin embargo, es recomendable realizar todos los trámites antes de comenzar a operar para evitar sanciones. La afiliación a la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad o dentro de los treinta días siguientes. Una vez dado de alta, deberás cumplir con obligaciones periódicas como la presentación de declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si superas el umbral de inmovilizado, declaraciones anuales de IRPF o Impuesto sobre Sociedades, y el pago de cuotas mensuales a la Seguridad Social si eres autónomo. La solicitud de licencia municipal debe tramitarse antes de iniciar la actividad, ya que algunos municipios no permiten comenzar operaciones sin ella.

Formularios online

Errores comunes

  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo dentro del plazo establecido, lo que puede resultar en sanciones y pérdida de cobertura de seguridad social. Es fundamental realizar este trámite simultáneamente al alta fiscal para evitar problemas.
  • Confundir el modelo 036 (declaración censal general) con el modelo 037 (simplificada). El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplan ciertos requisitos de cifra de negocios y actividades permitidas. Si no cumples los requisitos, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
  • Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal antes de comenzar operaciones. Algunos municipios requieren este trámite previo y pueden sancionar el inicio de actividad sin licencia. Es esencial contactar con el Ayuntamiento para confirmar si es obligatoria en tu localidad.
  • No indicar correctamente el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente a tu actividad. Para transporte y mensajería, existen varios epígrafes según la modalidad específica. Seleccionar el incorrecto puede generar problemas administrativos posteriores.
  • Presentar el modelo 036/037 con datos incompletos o incorrectos, especialmente en lo referente a la descripción de la actividad, domicilio o teléfono de contacto. Esto puede retrasar el procesamiento y generar comunicaciones de la AEAT solicitando aclaraciones.
  • No tener en cuenta que si utilizas vehículos para el transporte, debes disponer de documentación actualizada como el permiso de circulación, seguro de responsabilidad civil y ITV vigente. La falta de esta documentación puede resultar en sanciones de tráfico y administrativas.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un permiso especial para realizar transporte de mercancías con esta actividad CNAE?
Sí, si utilizas vehículos propios para el transporte de mercancías, necesitarás una autorización de transporte de mercancías expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes. Esta autorización es independiente del alta fiscal en el CNAE 53.20 y tiene requisitos específicos como disponer de vehículos homologados, seguro de responsabilidad civil adecuado y cumplir con normativas de seguridad vial. Si contratas transporte a terceros, no necesitarás esta autorización, pero deberás asegurarte de que tus proveedores de transporte la poseen.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 para darse de alta?
El modelo 036 es la declaración censal general y es obligatorio para todas las personas jurídicas (sociedades) y para personas físicas que no cumplan los requisitos para usar el modelo 037. El modelo 037 es la declaración censal simplificada y solo puede utilizarse por personas físicas que desarrollen una actividad empresarial con una cifra de negocios inferior a 600.000 euros anuales y que realicen actividades permitidas (no todas lo son). El modelo 037 es más simple de rellenar, pero si no cumples los requisitos, debes usar obligatoriamente el modelo 036.
¿Debo presentar declaraciones de IVA trimestral si me doy de alta en el CNAE 53.20?
Depende de tu cifra de negocios y de si superas ciertos umbrales. Si tu volumen de operaciones es bajo (generalmente inferior a 30.000 euros anuales), puedes acogerte al régimen simplificado de IVA y presentar declaraciones anuales en lugar de trimestrales. Si superas este umbral, deberás presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) en los plazos establecidos por la AEAT. Es recomendable que consultes con una gestoría para determinar exactamente cuál es tu obligación según tu situación específica.
¿Cuál es la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) para esta actividad?
La cuota del IAE varía según el epígrafe específico dentro de transporte y mensajería. Sin embargo, existe una exención importante: si eres autónomo (persona física) y tu cifra de negocios no supera 1.000.000 de euros anuales, estás exento del pago del IAE. Esta exención es automática, pero debes indicar correctamente tu epígrafe en el modelo 036/037 para que se aplique. Si eres sociedad o si tu cifra de negocios supera este umbral, deberás abonar la cuota correspondiente al epígrafe de tu actividad.
¿Qué obligaciones contables y laborales tengo una vez dado de alta en el CNAE 53.20?
Una vez dado de alta, tendrás varias obligaciones dependiendo de tu estructura: deberás llevar una contabilidad ordenada y presentar una declaración anual de IRPF (si eres autónomo) o Impuesto sobre Sociedades (si eres sociedad); presentar declaraciones de IVA según tu régimen (trimestral o anual); pagar mensualmente tus cuotas a la Seguridad Social si eres autónomo; mantener registros de tus operaciones comerciales; y cumplir con normativas de protección de datos si recopilas información de clientes. Además, si contratas empleados, deberás cumplir con obligaciones laborales como afiliación a la Seguridad Social, cotización, nóminas y cumplimiento de convenios colectivos aplicables al sector de transporte.

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