Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en intermediación de alojamientos para asegurar que todos tus trámites de alta se realizan correctamente y de forma completa. Una gestoría te asesorará sobre la forma jurídica más conveniente, te ayudará a presentar la documentación ante la AEAT y la Seguridad Social, y te guiará en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales periódicas, especialmente si operas a través de plataformas digitales internacionales. El coste de una gestoría se compensa con la tranquilidad de estar en regla y evitar posibles sanciones.
Pasos para darse de alta
Solicita tu número de identidad fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio. Para personas físicas españolas, necesitarás tu DNI o pasaporte. Si eres extranjero, deberás presentar tu NIE o pasaporte. El trámite es gratuito y puedes realizarlo de forma presencial o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Una vez obtenido, el NIF será tu identificativo único ante la administración tributaria.
Elige la forma jurídica más adecuada para tu negocio
Debes decidir si vas a actuar como autónomo (persona física) o si prefieres constituir una sociedad mercantil (SL, SA, etc.). Como intermediario de alojamientos, la mayoría de casos son autónomos que operan a través de plataformas digitales o de forma tradicional. Ten en cuenta que los autónomos tienen obligaciones fiscales y de seguridad social, mientras que las sociedades requieren más trámites administrativos pero ofrecen mayor protección patrimonial.
Presenta la declaración censal (modelo 036 o 037) ante la AEAT
Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, solo si eres persona física y cumplen ciertos requisitos) en la Delegación de la AEAT o a través de la Sede Electrónica. En este formulario, indicarás el código CNAE 55.40 y el epígrafe IAE correspondiente a actividades de intermediación de alojamientos. La presentación debe realizarse dentro del plazo establecido por la AEAT, generalmente antes de iniciar la actividad.
Realiza el alta en el censo de actividades económicas del IAE
El alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se realiza conjuntamente con la presentación del modelo 036/037. Como intermediario de alojamientos, deberás incluir el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad. Ten en cuenta que si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, estarás exento del pago de la cuota del IAE. Este registro es obligatorio incluso si estás exento del pago.
Solicita el alta en el régimen de la Seguridad Social
Si eres autónomo, debes darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Puedes hacerlo en la Tesorería de la Seguridad Social, a través de Internet o de forma presencial. Necesitarás tu NIF y los datos de tu actividad económica. El alta debe realizarse antes de iniciar la actividad, ya que es obligatorio cotizar desde el primer día de ejercicio de la actividad económica.
Obtén la clave de acceso a la Sede Electrónica (Cl@ve)
Para facilitar tus trámites con la AEAT y otras administraciones públicas, es recomendable que solicites una clave de acceso Cl@ve. Esta clave te permitirá presentar telemáticamente el modelo 036/037, acceder a tu buzón tributario, consultar tus obligaciones fiscales y realizar otros trámites de forma segura desde tu ordenador. El registro es gratuito y puedes hacerlo en la web oficial de Cl@ve.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 55.40
Plazos importantes
El alta censal (modelo 036 o 037) debe presentarse dentro del plazo establecido por la AEAT, generalmente antes de iniciar la actividad económica o en los primeros días de ejercicio. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse antes del primer día de actividad, ya que es obligatorio cotizar desde el inicio. Si tu cifra de negocios supera los 1.000.000 euros anuales, deberás solicitar el alta en el IVA en el plazo de 30 días desde el momento en que se produce ese incremento. Posteriormente, deberás presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si estás en el régimen de IVA normal, o declaraciones anuales si optas por otros regímenes simplificados.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Indicar un código CNAE incorrecto o demasiado genérico en lugar del 55.40 específico para intermediación de alojamientos. Esto puede causar problemas en tus obligaciones tributarias y de clasificación estadística.
- ✗Confundir el epígrafe IAE correspondiente a tu actividad. Para intermediación de alojamientos, debes verificar el epígrafe exacto en las tablas del IAE de la AEAT, ya que existen varios epígrafes relacionados con hostelería.
- ✗No realizar el alta en la Seguridad Social como autónomo antes de iniciar la actividad, lo que puede resultar en sanciones y falta de cobertura de seguridad social desde el primer día.
- ✗Olvidar que si operas a través de una plataforma digital de intermediación internacional, debes cumplir con obligaciones especiales de IVA y retención de información sobre tus clientes.
- ✗No actualizar tus datos en el censo si cambia tu actividad o si pasas a tener obligaciones de IVA por superar el umbral de 1.000.000 euros de cifra de negocios.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Necesito solicitar el alta en el IVA si soy intermediario de alojamientos?▼
¿Qué epígrafe del IAE debo utilizar como intermediario de alojamientos?▼
¿Estoy obligado a presentar declaraciones periódicas si soy intermediario de alojamientos?▼
¿Puedo operar como intermediario de alojamientos si estoy en paro o recibo prestaciones?▼
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