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IAE 111.1Trámites de alta

Alta IAE 111.1: Extracción y Preparación de Hulla

Dado que la actividad de extracción de hulla está sujeta a normativa minera compleja y a obligaciones fiscales específicas, te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en actividades mineras. Un gestor administrativo o asesor fiscal podrá ayudarte a obtener la autorización minera, presentar correctamente el modelo 036, gestionar el pago del IAE y mantener tu cumplimiento fiscal actualizado. Además, podrá asesorarte sobre las exenciones aplicables a tu explotación y los trámites periódicos obligatorios.

Pasos para darse de alta

1

Obtener la Autorización Administrativa Previa

Antes de darte de alta en el IAE para actividades de extracción de hulla, debes obtener la autorización administrativa correspondiente de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica, ya que se trata de una actividad minera regulada. Esta autorización es obligatoria y debe estar en vigor antes de presentar cualquier solicitud de alta fiscal. Verifica los requisitos específicos de tu comunidad autónoma, pues algunas tienen competencias delegadas en materia minera.

2

Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF) si no lo tienes

Si aún no dispones de NIF como persona física o jurídica, debes solicitarlo en la Delegación de Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu documentación de identidad (DNI, pasaporte o documento equivalente) y un formulario de solicitud. Este trámite es gratuito y es imprescindible para poder realizar cualquier declaración censal posterior. El NIF te será asignado de forma inmediata o en los días siguientes, según el procedimiento elegido.

3

Completar y Presentar el Modelo 036 (Declaración Censal)

Una vez tengas el NIF y la autorización minera, debes presentar el modelo 036 ante la AEAT. Este formulario es la declaración censal obligatoria para cualquier persona o entidad que inicie una actividad económica sujeta al IAE. En el modelo 036 debes indicar el código IAE 111.1, los datos de tu domicilio fiscal, la fecha de inicio de actividad y otra información relevante sobre tu explotación minera. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT, por correo certificado o de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT.

4

Registrarse en el Censo de Actividades Económicas

Tras la presentación del modelo 036, la AEAT te registrará automáticamente en el Censo de Actividades Económicas (CAE). Este registro es el que genera tu obligación de tributación por el IAE, salvo que tu explotación esté exenta por no estar en explotación real o constituir reserva del coto minero. Recibirás una confirmación de tu inscripción en el censo, que debes conservar como justificante de tu alta. A partir de ese momento, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales derivadas del IAE, incluyendo el pago anual de la cuota correspondiente.

5

Realizar el Pago de la Cuota del IAE

Debes abonar la cuota anual del IAE correspondiente al código 111.1 antes del 20 de junio del año natural siguiente al de inicio de actividad. La cuota se calcula en función de la cifra de negocio o, en caso de no disponer de ella, conforme a los criterios de módulos establecidos por la AEAT para actividades mineras. Puedes realizar el pago a través de la Sede Electrónica de la AEAT, en entidades bancarias colaboradoras o mediante domiciliación bancaria. Si tu explotación no está realmente en explotación, podrás solicitar la exención correspondiente presentando la documentación acreditativa.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 111.1?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Tu documento de identidad original. Si eres persona jurídica, necesitarás el Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil o el CIF asignado. Puedes obtener copias certificadas en los registros correspondientes o descargarlas desde la plataforma de administración digital del Estado.
Autorización Minera Administrativa Solicita esta autorización a la Dirección General de Política Energética y Minas (ministerio competente) o a la consejería de tu comunidad autónoma si tiene competencias en materia minera. Este documento acredita que tu explotación cumple con la normativa minera vigente y es imprescindible para poder ejercer la actividad.
Modelo 036 (Declaración Censal) Descárgalo de la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo en cualquier oficina de la AEAT. Debes rellenarlo con tus datos personales, el código IAE 111.1, la fecha de inicio de actividad y la información sobre tu explotación minera. Puedes obtener instrucciones detalladas en la página web de la AEAT.
Certificado de Titularidad de la Concesión Minera Obtén este documento en el Registro de la Propiedad Minera de tu comunidad autónoma o en el Ministerio de Transición Ecológica. Este certificado acredita que eres el titular de la concesión o derechos de explotación y es necesario para demostrar tu legitimidad ante la administración tributaria.
Comprobante de Pago del IAE Tras presentar el modelo 036, deberás abonar la cuota del IAE. El recibo de pago te lo facilitará la entidad bancaria colaboradora, la AEAT o la plataforma de pago telemático. Conserva este comprobante junto con tu documentación fiscal durante al menos cuatro años.

Plazos importantes

El modelo 036 debe presentarse dentro del mes siguiente al de inicio de la actividad económica. La cuota anual del IAE debe pagarse antes del 20 de junio del año natural siguiente al de inicio de actividad, y posteriormente cada año en la misma fecha. Si tu explotación minera no está realmente en explotación sino que constituye reserva del coto minero, debes solicitar la exención del IAE presentando la documentación acreditativa antes de que venza el plazo de pago. Ten en cuenta que cualquier cambio en los datos registrados (domicilio, actividades, cese de actividad) debe comunicarse a la AEAT en el plazo de un mes mediante el modelo 036 o 037 según corresponda.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 111.1 con otros códigos de extracción mineral. Asegúrate de que el código que utilizas corresponde específicamente a la extracción y preparación de hulla u otros combustibles minerales sólidos, no a otro tipo de minerales como metales preciosos o áridos.
  • Olvidar solicitar la autorización minera previa antes de presentar el modelo 036. Sin esta autorización administrativa de la Dirección General de Política Energética y Minas, tu alta en el IAE puede ser rechazada o considerada nula. Verifica que tu autorización está vigente y actualizada.
  • No solicitar la exención del IAE cuando la explotación no está realmente en funcionamiento. Si tu concesión constituye una reserva del coto minero sin explotación real, debes presentar la documentación acreditativa para obtener la exención, de lo contrario pagarás cuotas innecesarias.
  • Presentar el modelo 036 sin incluir todos los datos de la concesión minera o sin especificar correctamente el domicilio de la explotación. Estos datos son imprescindibles para que la AEAT pueda registrarte correctamente en el censo.
  • No actualizar los datos en el censo cuando hay cambios en la titularidad, localización o estado de explotación del coto minero. Cualquier modificación debe comunicarse a la AEAT en el plazo de un mes para evitar sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el IAE si mi explotación minera no está en funcionamiento?
No necesariamente. Si tu concesión o demasía constituye una reserva del coto minero sin explotación real, puedes solicitar la exención del IAE presentando la documentación que lo acredite ante la AEAT. Sin embargo, debes realizar esta solicitud antes de que venza el plazo de pago del IAE, que es el 20 de junio. Si no solicitas la exención a tiempo, deberás abonar la cuota correspondiente.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden utilizar todas las personas físicas y jurídicas que inician una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada destinada únicamente a personas físicas que cumplen ciertos requisitos específicos de volumen de negocio y tipo de actividad. Para actividades mineras como la extracción de hulla, generalmente debes utilizar el modelo 036 completo, no el 037.
¿Debo obtener la autorización minera antes de dar de alta en el IAE?
Sí, es obligatorio. La autorización minera de la Dirección General de Política Energética y Minas (o de tu comunidad autónoma si tiene competencias delegadas) debe estar vigente antes de presentar el modelo 036. Sin esta autorización, tu solicitud de alta en el IAE puede ser rechazada. Comprueba los requisitos específicos en tu región, ya que algunos trámites pueden tener plazos propios.
¿Cuándo debo presentar el modelo 036 y cuándo debo pagar la cuota del IAE?
El modelo 036 debe presentarse dentro del mes siguiente al de inicio de la actividad. Sin embargo, la cuota anual del IAE se paga después, antes del 20 de junio del año natural siguiente al de inicio de actividad. Por ejemplo, si comienzas tu actividad en marzo de 2024, presentas el modelo 036 antes de finales de abril de 2024, pero pagas la cuota antes del 20 de junio de 2025.
¿Qué sucede si cambio de domicilio de la explotación o ceso la actividad?
Cualquier cambio en los datos registrados en el censo, incluyendo el domicilio de la explotación, la titularidad o el cese de actividad, debe comunicarse a la AEAT en el plazo de un mes mediante un modelo 036 o 037 actualizado. Si cesas la actividad, debes presentar la comunicación de baja en el censo para evitar continuar pagando cuotas de IAE innecesarias.

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