Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en energías renovables para asegurar que todos tus trámites de alta se realizan correctamente y dentro de los plazos establecidos. Una gestoría te ayudará no solo con el modelo 036 y la afiliación a la Seguridad Social, sino también con la gestión posterior de impuestos (IVA, IRPF, retenciones), la cumplimentación de declaraciones trimestrales y anuales, y el asesoramiento sobre incentivos fiscales y ayudas para energías renovables. Este servicio, aunque tiene un coste, te evitará errores costosos, sanciones de la AEAT y te permitirá concentrarte en la operación de tu instalación de producción de energía.
Pasos para darse de alta
Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF) o verificar su estado
Si no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si ya tienes NIF, verifica que esté activo y no tenga restricciones. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será la base para tu registro en el IAE. Puedes comprobar el estado de tu NIF a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
Registrarse en el sistema Cl@ve para acceso a la Sede Electrónica
Accede a la plataforma Cl@ve y crea tu cuenta de usuario con contraseña o certificado digital. Este sistema te permitirá acceder a todos los trámites telemáticos de la AEAT de forma segura. El registro es gratuito y te dará acceso a la presentación de modelos 036/037 y otras obligaciones fiscales. Necesitarás tu NIF y una dirección de correo electrónico válida.
Cumplimentar y presentar el Modelo 036 (Declaración Censal de Inicio de Actividad)
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y rellena el modelo 036 indicando el código IAE 151.4 como actividad principal. En este formulario deberás especificar los datos de tu empresa, domicilio fiscal, actividades económicas, régimen de IVA (generalmente régimen general para producción de energía) y régimen de estimación de bases imponibles. La presentación telemática es obligatoria y debe realizarse dentro de los diez días siguientes al inicio de la actividad.
Solicitar la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) si procede
Si eres autónomo sin empleados, debes afiliarte a la Seguridad Social en el RETA. Dirígete a la Tesorería de la Seguridad Social con tu NIF y documentación personal para completar el trámite de afiliación. Esta gestión es obligatoria y debe realizarse antes o simultáneamente con la presentación del modelo 036. La afiliación te proporcionará cobertura de prestaciones sociales y derecho a pensión de jubilación.
Registrarse en el Censo de Actividades Económicas (Actividad Registrada)
Una vez presentado el modelo 036 correctamente, la AEAT te asignará automáticamente un número de referencia censal y tu actividad quedará registrada en el Censo. Recibirás una confirmación de alta que debes conservar como justificante de tu registro fiscal. Este documento acredita que tu actividad económica está legalmente constituida ante la Hacienda Pública.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 151.4?
Plazos importantes
El modelo 036 debe presentarse dentro de los diez días naturales siguientes al inicio de la actividad económica. Si incumples este plazo, la AEAT puede sancionar con multas que van desde 300 a 3.000 euros. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe efectuarse en el mismo período de diez días. A partir del alta, tendrás obligaciones mensuales (si estás en régimen de IVA) o trimestrales (declaración de IVA modelo 303) según tu régimen, y obligación de presentar la declaración anual de IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Es recomendable que realices todos estos trámites de forma simultánea para evitar retrasos.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Presentar el modelo 036 fuera del plazo de diez días desde el inicio de la actividad. Muchos emprendedores creen que tienen más tiempo o que pueden hacerlo después, lo que conlleva sanciones de la AEAT. Recuerda que el plazo es imprescindible y se cuenta desde el primer día que realizas la actividad, no desde cuando la legalizas administrativamente.
- ✗Indicar un código IAE incorrecto o demasiado genérico. El código 151.4 es específico para producción de energía no especificada (solar, mareas, purines, etc.). Si seleccionas otro código como 151.1 (centrales termoeléctricas) o 151.2 (centrales nucleares), la administración puede rechazar tu solicitud o reclasificarte posteriormente con sanciones.
- ✗Olvidar la afiliación a la Seguridad Social como autónomo. Muchos emprendedores presentan el modelo 036 pero no se dan de alta en el RETA, lo que genera problemas de cotización y prestaciones. Ambos trámites deben realizarse dentro del mismo plazo de diez días.
- ✗No incluir correctamente el régimen de IVA en el modelo 036. Para actividades de producción y venta de energía, generalmente corresponde el régimen general de IVA (21%). Si seleccionas un régimen especial o de exención sin justificación, la AEAT puede requerirte correcciones.
- ✗Proporcionar un domicilio fiscal incorrecto o que no corresponde a la ubicación real de la instalación. Aunque el domicilio fiscal puede ser distinto del lugar donde se ubica la instalación solar o de producción, debe ser un lugar donde la administración pueda localizarte. Usar direcciones falsas o no verificables causa rechazos y retrasos.
- ✗No actualizar los datos censales cuando cambia la actividad o la potencia instalada. Si amplías tu instalación solar o cambias el régimen de IVA, debes presentar el modelo 037 (Declaración Censal de Alteración de Datos) para mantener tus datos actualizados ante la AEAT.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?▼
¿Tengo que pagar alguna tasa o arancel para dárseme de alta en el IAE?▼
¿Qué ocurre si mi instalación solar o de producción de energía requiere autorizaciones ambientales?▼
¿Puedo darseme de alta como persona física o necesito constituir una sociedad mercantil?▼
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales una vez dado de alta en el IAE 151.4?▼
¿Necesitas ayuda con el alta?
Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.
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