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IAE 355.1Trámites de alta

Alta IAE 355.1: Fabricación receptores radio, TV, y sonido

Si consideras que los trámites administrativos son complejos o prefieres que un profesional se encargue de todo el proceso, te recomendamos contratar los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y autónomos. Una gestoría se encargará de preparar toda la documentación, presentar los modelos 036/037, gestionar el alta en la Seguridad Social, y asesorarte sobre tus obligaciones fiscales periódicas (IVA, IRPF, etc.). Aunque tiene un coste inicial, te ahorrará tiempo y errores, especialmente importante en una actividad de fabricación donde hay particularidades técnicas que reportar.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de NIF o NIE

Si aún no dispones de un Número de Identificación Fiscal (NIF), debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio. En caso de ser extranjero, necesitarás un NIE. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será la base de tu identificación ante Hacienda. El proceso es rápido y gratuito, aunque si prefieres delegarlo, puedes acudir a una gestoría.

2

Prepara la documentación necesaria

Reúne todos los documentos requeridos: fotocopia del NIF o NIE, documentación que acredite tu domicilio (recibo de servicios, contrato de alquiler), descripción detallada de la actividad que vas a desarrollar, y si dispones de local, documentos que prueben la disponibilidad del mismo. Para la fabricación de receptores de radio, TV y sonido, es especialmente importante tener clara la descripción técnica de los productos que fabricarás. Organiza toda la documentación de forma ordenada antes de presentarla.

3

Solicita el alta mediante el modelo 036 o 037

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y descarga el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada si cumples los requisitos como persona física). Rellena el formulario indicando el código IAE 355.1, tus datos personales, domicilio de la actividad, y descripción detallada de la fabricación de receptores y equipos de sonido e imagen. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en la oficina de la AEAT.

4

Realiza el alta en el Régimen de Autónomos (si procede)

Si eres persona física y vas a ejercer esta actividad como autónomo, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Puedes hacerlo simultáneamente con el alta fiscal en la AEAT, o dirigirte directamente a la Tesorería de la Seguridad Social. El alta como autónomo es obligatoria desde el primer día en que inicies la actividad económica, incluso si aún no tienes clientes. Recuerda que deberás abonar la cuota mensual del RETA.

5

Obtén el certificado de alta y comunica a tus proveedores

Una vez aceptada tu solicitud, recibirás un certificado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Guarda este documento con cuidado, ya que lo necesitarás para trámites posteriores y para justificar tu situación fiscal. Comunica tu nueva situación a tus proveedores y clientes, y asegúrate de que tienes todos los números y códigos necesarios para emitir facturas correctamente desde el inicio de tu actividad.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 355.1?

Fotocopia del NIF o NIE Obtenlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio, o si ya lo posees, realiza una fotocopia del documento original. Si eres extranjero y aún no tienes NIE, solicítalo en la Comisaría de Policía Nacional o en la Delegación del Gobierno.
Justificante de domicilio de la actividad Proporciona un documento que acredite dónde realizarás la actividad: recibo de agua, luz o gas, contrato de alquiler del local, escritura de propiedad, o certificado de empadronamiento. Debe tener una antigüedad no superior a tres meses.
Descripción detallada de la actividad Elabora un documento en el que describas con precisión los receptores de radio, televisión y aparatos de sonido que fabricarás, los materiales que utilizarás, el proceso de fabricación, y si también realizarás ventas al por mayor o menor. Esta descripción debe ser clara y específica para que la AEAT pueda clasificar correctamente tu actividad bajo el código 355.1.
Documentación de disponibilidad del local (si aplica) Si dispones de un local o nave para la fabricación, presenta el contrato de arrendamiento, la escritura de propiedad, o un documento de cesión de uso firmado por el propietario. Este documento debe identificar claramente la ubicación donde desarrollarás la actividad de fabricación.
Certificado digital o credenciales Cl@ve Si presentas la solicitud telemáticamente, necesitarás un certificado digital válido (disponible en la AEAT o en proveedores autorizados) o tus credenciales de Cl@ve (sistema de identificación electrónica del Estado). Puedes obtener Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html de forma gratuita.

Plazos importantes

Debes presentar la solicitud de alta antes de iniciar la actividad económica, aunque la AEAT permite una prórroga de hasta tres meses desde el inicio efectivo de la actividad. Una vez dado de alta, es obligatorio presentar la declaración del IVA (modelo 303) cada trimestre si tu volumen de facturación lo requiere, o anualmente si acumulas menos de 3.000 euros de IVA trimestral. Como autónomo, deberás cotizar a la Seguridad Social desde el primer día de actividad, incluso si aún no facturas. Además, deberás presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 355.1 (fabricación) con códigos de comercio o distribución de equipos electrónicos. Asegúrate de que tu actividad es realmente fabricación y no solo reventa, ya que esto tiene implicaciones fiscales y de clasificación diferentes.
  • Olvidar registrarse como autónomo en la Seguridad Social antes de iniciar la actividad. Muchas personas presentan el alta en la AEAT pero olvidan el RETA, lo que genera sanciones y problemas de cotización.
  • No especificar con suficiente detalle en la descripción de la actividad qué tipo de receptores y equipos fabricarás. Una descripción vaga puede llevar a una clasificación incorrecta del código IAE o a que la AEAT solicite aclaraciones.
  • Presentar documentación de domicilio con más de tres meses de antigüedad. Asegúrate de que todos los justificantes de domicilio sean recientes y válidos.
  • No conservar copias de toda la documentación presentada. Es fundamental guardar una copia del modelo 036/037 presentado y del certificado de alta para futuras consultas y trámites.

Preguntas frecuentes

¿Es gratuito darse de alta en el IAE con el código 355.1?
Sí, el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas es completamente gratuita. No existe tasa ni arancel que pagar por presentar el modelo 036 o 037. Lo único que deberás pagar es la cuota de autónomo en la Seguridad Social si eres persona física, que actualmente ronda los 300 euros mensuales aproximadamente, aunque existen bonificaciones para nuevos autónomos durante los primeros meses.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar tanto personas físicas como jurídicas (empresas, sociedades, etc.). El modelo 037 es la declaración censal simplificada, exclusivamente para personas físicas que cumplan ciertos requisitos de facturación y que no realicen actividades especiales. Si eres autónomo fabricando receptores de radio y TV, puedes usar el 037 si cumples los requisitos; si tienes dudas, el 036 es siempre válido.
¿Tengo que darme de alta en la Seguridad Social si soy autónomo?
Sí, es obligatorio. Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social antes de iniciar la actividad o, como máximo, en el plazo de 30 días desde que comiences. Esta obligación existe incluso si aún no tienes clientes o ingresos. La Seguridad Social y la AEAT pueden coordinar información, y si detectan que estás activo sin cotizar, te impondrán sanciones.
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta?
Como fabricante de receptores de radio, TV y sonido, tendrás varias obligaciones: presentar la declaración trimestral del IVA (modelo 303) si superas ciertos umbrales de facturación, presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) antes del 30 de junio, llevar un libro de ingresos y gastos, emitir facturas correctamente, y conservar toda la documentación contable durante al menos cuatro años. Además, deberás cotizar mensualmente a la Seguridad Social como autónomo.
¿Puedo presentar la solicitud de alta de forma presencial o solo telemáticamente?
Puedes hacerlo de ambas formas. La presentación telemática es más rápida y cómoda: accede a la Sede Electrónica de la AEAT con tu certificado digital o Cl@ve, rellena el modelo 036/037 y envíalo. Si prefieres hacerlo presencialmente, dirígete a la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio con la documentación original y una copia del modelo 036/037 impreso. En ambos casos, recibirás un justificante de presentación que acredita tu solicitud.

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