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IAE 393.2Trámites de alta

Alta IAE 393.2: Fabricación monturas para gafas no plásticas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas de autónomos y pequeñas empresas. Un gestor profesional se encargará de presentar todos los formularios en los plazos correctos, evitará errores administrativos costosos y te asesorará sobre obligaciones fiscales específicas de tu actividad de fabricación. El coste es mínimo comparado con las multas que podrías recibir por incumplimientos, y te permitirá concentrarte en desarrollar tu negocio de monturas para gafas.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad y documentación personal

Antes de iniciar cualquier trámite, debes contar con tu DNI o pasaporte en vigor. Si eres persona jurídica (sociedad mercantil), necesitarás el CIF provisional expedido por la Delegación de Hacienda. Asegúrate de que toda tu documentación personal está actualizada y es válida, ya que será verificada por la AEAT durante el proceso de alta.

2

Solicita la certificación de compatibilidad con la actividad en tu municipio

Debes contactar con el Ayuntamiento de tu localidad para confirmar que tu actividad de fabricación de monturas para gafas no plásticas es compatible con la zona donde establecerás el negocio. Algunos municipios pueden tener restricciones sobre actividades industriales o artesanales en determinadas áreas. Obtén un certificado o informe municipal que acredite esta compatibilidad.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Como persona física, puedes presentar el modelo 037 (declaración censal simplificada) si cumples los requisitos de simplificación, o el modelo 036 si prefieres una declaración más completa. Este formulario registra tu actividad económica ante la Administración Tributaria. Puedes presentarlo de forma presencial en la Delegación de Hacienda, por correo certificado o a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado electrónico o Cl@ve.

4

Solicita el CIF definitivo y comunica el inicio de actividad

Una vez presentado el modelo 036 o 037, la AEAT te expedirá automáticamente el CIF definitivo si eres persona jurídica, o confirmarás tu NIF como autónomo. Debes comunicar formalmente el inicio de tu actividad de fabricación en el plazo establecido. Este paso finaliza tu registro fiscal y te permite comenzar legalmente tu actividad de producción y venta de monturas para gafas.

5

Registra tu actividad ante la Seguridad Social

Si trabajas como autónomo, debes afiliarte y darte de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social en el plazo de treinta días desde el inicio de tu actividad. Si contratas empleados, deberás registrar tu empresa en el Régimen General. Este trámite se realiza en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de su sede electrónica.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 393.2?

DNI o pasaporte en vigor Expedido por la Dirección General de la Policía Nacional. Si no dispones de él, solicítalo en tu comisaría local o en la Oficina de Expedición de Documentos más cercana.
Certificado de compatibilidad municipal o licencia de actividad Expedido por el Ayuntamiento de tu localidad. Debes solicitarlo en el Registro o Departamento de Urbanismo y Licencias de tu municipio, presentando un formulario de solicitud y planos si es necesario.
Justificante de domicilio fiscal Puede ser una factura de suministros (agua, luz, gas) a tu nombre, un contrato de alquiler, o una declaración del propietario. Obtén estos documentos de tus proveedores de servicios o del arrendador.
Descripción detallada de tu actividad Debes redactar un documento explicando los procesos de fabricación, materiales utilizados (metal, madera, etc.), equipamiento y si realizarás venta al por mayor o al por menor. Prepara este documento por tu cuenta basándote en tu plan de negocio.
Certificado de inscripción en el Registro Mercantil (si aplica) Si constituyes una sociedad mercantil, solicítalo al Registro Mercantil Provincial correspondiente a tu domicilio. Este documento es obligatorio para personas jurídicas.

Plazos importantes

El plazo para presentar el modelo 036 o 037 es de treinta días hábiles desde el inicio de tu actividad de fabricación. La solicitud de licencia municipal debe realizarse antes de comenzar la actividad, siendo los plazos de resolución típicamente de treinta a sesenta días según el municipio. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe efectuarse también en el plazo de treinta días desde el inicio de la actividad. Recuerda que incumplir estos plazos puede resultar en sanciones administrativas y pérdida de derechos fiscales.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: el 037 es solo para personas físicas que cumplen criterios de simplificación, mientras que el 036 es más general. Verifica qué modelo te corresponde según tu situación antes de presentar.
  • No solicitar la licencia municipal antes de iniciar la actividad: muchos autónomos comienzan sin tener la aprobación del Ayuntamiento, lo que puede resultar en clausura de la actividad y multas. Siempre obtén los permisos municipales primero.
  • Olvidar registrarse en la Seguridad Social en el plazo de treinta días: esto genera sanciones y pérdida de cobertura. Realiza este trámite simultáneamente con el alta fiscal.
  • Proporcionar una descripción vaga o incompleta de la actividad: la AEAT necesita detalles sobre procesos, materiales y canales de venta. Una descripción pobre puede resultar en rechazo del alta o clasificación incorrecta del IAE.
  • No mantener actualizado el domicilio fiscal: si cambias de ubicación, debes comunicarlo a la AEAT. Esto evita problemas con notificaciones administrativas y multas por domicilio desconocido.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE para fabricar monturas para gafas no plásticas?
Sí, es obligatorio. Cualquier actividad económica de fabricación, aunque sea a pequeña escala, requiere registro en el Impuesto sobre Actividades Económicas. El código 393.2 es específico para tu tipo de fabricación y debes declararlo ante la AEAT dentro del plazo de treinta días desde el inicio de tu actividad.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar todas las personas físicas y jurídicas. El modelo 037 es la versión simplificada, disponible solo para personas físicas que no tienen trabajadores, no tienen local de venta al público, y cumplen otros requisitos específicos. Verifica tu elegibilidad: si cumples todos los criterios, puedes usar el 037; en caso contrario, debes usar el 036.
¿Tengo que pagar alguna tasa o cuota por darme de alta en el IAE?
No, el alta en el IAE es completamente gratuita. No existe ninguna tasa a pagar por la presentación del modelo 036 o 037. Sin embargo, sí deberás pagar la cuota de autónomo a la Seguridad Social si trabajas por cuenta propia, que es un gasto mensual obligatorio separado del IAE.
¿Puedo presentar el alta telemáticamente o debo ir presencialmente a Hacienda?
Puedes presentar el alta completamente telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para ello necesitas un certificado electrónico o acceso mediante Cl@ve (el sistema de identificación del Gobierno). Si prefieres, también puedes presentar el formulario presencialmente en tu Delegación de Hacienda o por correo certificado, aunque la opción telemática es más rápida.
¿Qué obligaciones fiscales tengo después de darme de alta en el IAE?
Como fabricante con posibilidad de venta, deberás presentar declaraciones periódicas de IVA (modelo 303, generalmente trimestral), declarar tu renta anual (modelo 100), mantener registros contables de tus operaciones, y cumplir con las obligaciones de facturación. Además, deberás pagar tu cuota de autónomo mensualmente a la Seguridad Social. Una gestoría puede ayudarte a gestionar todas estas obligaciones de forma ordenada.

¿Necesitas ayuda con el alta?

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