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El epígrafe IAE 504.1 identifica "Instalaciones eléctricas en general". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 037 de alta de autónomos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) |
| Organismo | Agencia Tributaria (AEAT / Hacienda) |
| Propósito | Clasificación fiscal y tributaria |
| Uso principal | Modelo 037, licencias, impuestos municipales |
| Validez | Vigente 2025 |
Alta de autónomos
Obligatorio en modelo 037 ante Hacienda
Licencias municipales
Permisos de apertura y actividad
Seguridad Social
Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Trámites bancarios
Apertura de cuentas empresariales
Instalaciones
A504.1
Instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos
Actividades adicionales: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para efectuar instalaciones de fontanería.
Instalación placas solares. Electricista. Instalaciones eléctricas de baja tensión comprendiendo el mantenimiento y reparación de las propiamente instaladas.
Instalación de elementos eléctricos, tomas de conexión a la red eléctrica, cableado. Instalación de alarmas en viviendas y locales de negocio. Instalación instrumentos electrónicos para embarcaciones, sondas, sonar, GPS, piloto automáticos.
Instalación equipos electrónicos médicos incluye mantenimiento de los propiamente instalados. Instalaciones eléctricas incluye mantenimiento y reparación de las propiamente instaladas.. Instalación eléctrica de cajeros automáticos.
Instalación extintores incluidos sistemas contra incendios incluye reparación y mantenimiento exclusivamente de los sistemas instalados. Instalación de videoporteros y sistemas de megafonía. Instalación robots para fabrica de automóviles incluye el mantenimiento de los mismos.
Análisis red eléctrica y revisión cuadro eléctrico e informes de cambio de suministradora. Instalacion de robótica en inmuebles (edificio inteligente). Instalación de redes informáticas.
Montaje de circuitos electrónicos. Instalador de teléfono para uso público.
Montaje, ensamblado y conexionado de conectores de cables eléctricos de los micro teléfonos,inserción de cables eléctricos. Servicios de electricidad en viviendas. Montaje de instalaciones eléctricas y reparación exclusivamente de las instaladas.
Instalación y montaje de armarios eléctricos y la reparación exclusivamente de los que se han instalado. Instalación de redes informáticas. Montaje de circuitos electrónicos que faculta para la reparación y mantenimiento durante el tiempo que dure la garantía de los equipos electrónicos instalados.
Instalaciones y montajes eléctricos. Montaje y desmontaje de estructuras para la instalación de sonido e iluminación en eventos incluye cableado eléctrico, focos, cámaras, altavoces. Montaje de máquinas de cortar vidrio.
Montaje de aparatos eléctricos para detectar recetas falsas. Reparación de estaciones metereológicas automáticas. Montaje, ensamblado y conexionado de máquinas de oxicorte, tornos, mandriladoras.
Montaje, ensamblado y conexionado de máquinas de desguace de coches utilizando elementos eléctricos. Colocación de enchufes eléctricos, conexiones y tomas de red. Instalación de canaletas puesta en marcha de líneas telefónicas y centralitas.
Desmantelamiento del tendido eléctrico y de redes telefónicas. Instalaciones de energía solar fotovoltaica. Instalaciones y montajes eléctricos y reparación de los sistemas montados.
Montaje de depósitos de acero inoxidable siempre que los mismos estén integrados en las instalaciones eléctricas que realiza. Instalación de sistemas eléctricos de seguridad incluye reparación y mantenimiento de los sistemas instalados. Instalación de aparatos luminosos.
Instalación de sistemas de protección contra incendios incluye la reparación y mantenimiento exclusivamente de los propios sistemas instalados y faculta para efectuar la recarga de extintores en general. Montaje, ensamblado y conexionado de los elementos de aparatos de telefonía. Instalación de luminaria navideña.
Instalación, mantenimiento y reparación de paneles solares, paneles térmicos y acumuladores. Montaje de mandos electrónicos a distancia para la apertura de puertas de garaje. Montaje y desmontaje de adornos luminosos para ferias y verbenas.
Actividad de soldador de canalizaciones de gas. Revisión y reposición del sistema eléctrico. Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas para terceros.
Instalaciones eléctricas para la iluminación de jardines. Instalación, mantenimiento y reparación de cajeros automáticos.
Sí
epígrafe
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
15/09/2025
Estos códigos IAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Instalaciones eléctricas en general" (epígrafe IAE 504.1) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.
Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037 y otros trámites administrativos.
Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 504.1 en el apartado de actividades económicas del modelo 037. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.
Una vez completado el modelo 037 con el epígrafe IAE 504.1, preséntalo ante Hacienda (online o presencialmente). Posteriormente, utiliza estos mismos códigos para tramitar tu alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El epígrafe IAE 504.1 corresponde a "Instalaciones eléctricas en general". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 037 al darte de alta en Hacienda.
Sí, si tu actividad económica corresponde a "Instalaciones eléctricas en general", necesitas incluir el epígrafe IAE 504.1 en el modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 037 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social
En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás todos los códigos CNAE relacionados con el epígrafe IAE 504.1. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.
Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Instalaciones eléctricas en general", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 037.
Para incluir el epígrafe IAE 504.1 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 504.1 3. Describe tu actividad: "Instalaciones eléctricas en general" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.
La cuota de autónomos en la Seguridad Social no depende del epígrafe IAE 504.1, sino de tu base de cotización elegida dentro del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Sin embargo, el epígrafe IAE 504.1 sí puede afectar a: • Bonificaciones y reducciones fiscales específicas de tu sector • Deducciones en el IRPF según la actividad económica • Tasas municipales del Impuesto sobre Actividades Económicas Consulta con la Seguridad Social o una gestoría para conocer bonificaciones aplicables a "Instalaciones eléctricas en general".
Las subvenciones y ayudas disponibles para el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general") varían según: • Comunidad Autónoma donde operes • Programas de fomento del empleo autónomo • Fondos europeos Next Generation EU • Ayudas sectoriales específicas de tu actividad • Programas del SEPE para nuevos autónomos Para conocer subvenciones actualizadas: 1. Consulta el portal Tu Seguridad Social (sede electrónica) 2. Contacta con tu Cámara de Comercio local 3. Revisa convocatorias de tu Comunidad Autónoma 4. Asesórate con una gestoría especializada
La necesidad de licencia de apertura para el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general") depende de tu Ayuntamiento y del tipo de local: • Actividades con atención al público: Generalmente SÍ requieren licencia municipal • Actividades en vivienda/domicilio: Depende de la ordenanza municipal • Locales con aforo o superficie superior a límites municipales: SÍ requieren licencia Procedimiento habitual: 1. Solicitar licencia de apertura en tu Ayuntamiento 2. Presentar proyecto técnico si se requiere 3. Inspección municipal si procede 4. Pago de tasas municipales Consulta la ordenanza de tu Ayuntamiento o contacta con el departamento de licencias para casos específicos.
Sí, generalmente puedes trabajar desde casa con el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general"), pero debes cumplir: **Requisitos legales:** • Verificar que tu actividad no esté prohibida en viviendas según ordenanza municipal • Comprobar que tu Comunidad de Vecinos permite actividades profesionales • Asegurarte de no generar molestias (ruido, tráfico, olores) • Declarar el domicilio fiscal en el modelo 037 ante Hacienda **Consideraciones:** • Algunas actividades comerciales o industriales pueden estar restringidas en viviendas • Actividades con atención al público pueden requerir licencia de apertura • Puedes deducir gastos de suministros (luz, agua, internet) proporcionalmente Consulta con tu Ayuntamiento si tu actividad específica está permitida en vivienda.
Sí, el epígrafe IAE 504.1 es perfectamente compatible con trabajo freelance o autónomo. De hecho, es el código oficial que debes declarar en la AEAT para tu actividad de "Instalaciones eléctricas en general". **Como freelance con IAE 504.1:** • Darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) • Declarar el epígrafe IAE 504.1 en el modelo 037 • Emitir facturas con tu actividad correctamente clasificada • Presentar trimestralmente modelo 303 (IVA) y 130 (IRPF) • Hacer declaración anual de IRPF (modelo 100) **Ventajas:** • Puedes combinar con otros epígrafes IAE si tienes actividades diversas • Puedes trabajar para múltiples clientes • Flexibilidad de horarios y ubicación (home office permitido en la mayoría de casos) El término "freelance" es la forma anglosajona de referirse al régimen de autónomos en España.
Para modificar tu epígrafe IAE del 504.1 a otro código, debes presentar el modelo 036/037 de modificación ante la Agencia Tributaria (AEAT): **Procedimiento:** 1. Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve PIN 2. Selecciona "Modelo 036/037 - Modificación" 3. Marca la casilla de "Modificación de actividades" 4. Indica el nuevo epígrafe IAE que corresponda a tu nueva actividad 5. Opcionalmente, puedes dar de baja el epígrafe 504.1 si ya no lo ejerces 6. Presenta el modelo (sin coste) **Importante:** • No hay plazo límite, pero hazlo cuando inicies la nueva actividad • Puedes mantener varios epígrafes IAE simultáneamente • Si cambias completamente de actividad, da de baja el 504.1 • Actualiza también tu CNAE 2025 correspondiente Si tienes dudas, contacta con la AEAT al 901 33 55 33 o acude presencialmente con cita previa.
La obligatoriedad de seguro de responsabilidad civil para el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general") depende de: **Obligatorio por ley:** • Actividades profesionales reguladas (arquitectos, abogados, médicos, etc.) • Actividades con riesgo para terceros (construcción, transporte, etc.) • Exigencias de colegios profesionales • Requisitos para licencias municipales o permisos **Muy recomendable (aunque no obligatorio):** • Cualquier actividad con contacto con clientes • Trabajos que puedan causar daños materiales o personales • Actividades con manejo de datos personales (RGPD) • Protección ante reclamaciones o demandas **Coberturas habituales:** • Daños a terceros (personas o bienes) • Daños por errores u omisiones profesionales • Defensa jurídica • Gastos de asistencia letrada Consulta con tu colegio profesional (si aplica) o una correduría de seguros para conocer coberturas recomendadas para "Instalaciones eléctricas en general".
Como autónomo con el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general"), puedes deducir en tu declaración de IRPF: **Gastos deducibles comunes:** • Cuota de autónomos (RETA) - 100% deducible • Suministros del local/vivienda (luz, agua, internet) - Proporcionalmente • Material y herramientas necesarios para tu actividad • Formación relacionada con "Instalaciones eléctricas en general" • Seguros profesionales y de responsabilidad civil • Gastos de gestoría y asesoría fiscal • Amortización de equipos informáticos, maquinaria, vehículos • Gastos de publicidad y marketing **Gastos específicos según actividad:** • Alquiler del local o nave (100% si es uso exclusivo profesional) • Gastos de vehículo (si se usa para la actividad) • Dietas y manutención (con límites y justificación) • Gastos financieros (intereses de préstamos para la actividad) **Límites importantes:** • Los gastos deben estar justificados con facturas • Deben estar directamente relacionados con "Instalaciones eléctricas en general" • Gastos de vivienda: solo la parte proporcional de uso profesional Consulta con una gestoría para optimizar tus deducciones fiscales según tu caso.
Los requisitos de formación para el epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general") dependen de si tu actividad está regulada o no: **Actividades reguladas (requieren titulación oficial):** • Profesiones colegiadas: Arquitectos, abogados, médicos, ingenieros, etc. • Actividades sanitarias: Títulos universitarios específicos • Enseñanza reglada: Títulos de magisterio, profesorado, etc. • Actividades técnicas: Ingenierías, peritajes, etc. **Actividades NO reguladas (sin requisitos obligatorios):** • Comercio minorista y mayorista • Hostelería (excepto manipulación de alimentos) • Servicios administrativos • Actividades artísticas y creativas • Servicios de consultoría general **Formación recomendable (aunque no obligatoria):** • Cursos de prevención de riesgos laborales (PRL) • Manipulación de alimentos (si aplica) • Normativa específica de tu sector • Gestión empresarial y fiscal para autónomos Verifica en tu colegio profesional (si existe para "Instalaciones eléctricas en general") o en el Ministerio correspondiente si necesitas titulación o habilitación específica.
El epígrafe IAE 504.1 ("Instalaciones eléctricas en general") es válido en todo el territorio español, pero pueden existir restricciones locales: **Restricciones municipales:** • Ordenanzas urbanísticas: Algunas actividades prohibidas en zonas residenciales • Planes urbanísticos: Zonas comerciales vs. industriales vs. residenciales • Licencias de apertura: Requisitos específicos por Ayuntamiento • Horarios comerciales: Limitaciones de apertura según municipio **Restricciones autonómicas:** • Normativa sectorial específica de cada Comunidad Autónoma • Requisitos adicionales de calificación o registro • Tasas o impuestos autonómicos específicos • Licencias profesionales autonómicas (si aplica) **Ámbito de actuación:** • El epígrafe IAE 504.1 te permite operar en toda España • Para actividad en Unión Europea, verifica normativa de libre prestación de servicios • Para exportación/importación, pueden requerirse registros adicionales **Consulta recomendada:** • Ayuntamiento: Para licencias y ordenanzas municipales • Comunidad Autónoma: Para normativa sectorial específica • Cámara de Comercio: Para asesoramiento sobre tu actividad en cada zona Cada municipio tiene autonomía para regular ciertas actividades, por lo que es importante consultar la ordenanza local antes de establecerte.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 504.1
Trámites oficiales del modelo 037, alta de autónomos y gestión de epígrafes IAE
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales)
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Alta censal y cotizaciones
Códigos CNAE asociados al epígrafe IAE 504.1 - Instituto Nacional de Estadística
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Si vas a darte de alta como autónomo en la actividad "Instalaciones eléctricas en general", necesitas incluir el epígrafe IAE 504.1 en el modelo 037 de Hacienda. Este código identifica fiscalmente tu actividad ante la Agencia Tributaria (AEAT).
Empresas que desarrollan actividades de Instalaciones deben declarar el epígrafe IAE 504.1 al constituirse o al añadir nuevas actividades económicas en sus registros ante Hacienda y la Seguridad Social.
Al completar el modelo 037 de alta, modificación o baja censal, debes indicar el epígrafe IAE 504.1 si tu actividad corresponde a "Instalaciones eléctricas en general". Esto es obligatorio para cumplir con tus obligaciones fiscales ante la AEAT.
Profesionales que asesoran a clientes sobre clasificación fiscal utilizan el epígrafe IAE 504.1 para identificar correctamente actividades de Instalaciones en declaraciones, altas de autónomos y trámites con Hacienda.
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