El epígrafe IAE 504.1 identifica "Instalaciones eléctricas en general". Es el código fiscal oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica. Obligatorio en el modelo 037 de alta de autónomos.
| Característica | Descripción |
|---|---|
| Nombre Oficial | Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) |
| Organismo | Agencia Tributaria (AEAT / Hacienda) |
| Propósito | Clasificación fiscal y tributaria |
| Uso principal | Modelo 037, licencias, impuestos municipales |
| Validez | Vigente 2025 |
Alta de autónomos
Obligatorio en modelo 037 ante Hacienda
Licencias municipales
Permisos de apertura y actividad
Seguridad Social
Afiliación al RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
Trámites bancarios
Apertura de cuentas empresariales
Instalaciones
A504.1
Instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos
Actividades adicionales: Los sujetos pasivos matriculados en este epígrafe están facultados para efectuar instalaciones de fontanería.
Instalación placas solares. Electricista. Instalaciones eléctricas de baja tensión comprendiendo el mantenimiento y reparación de las propiamente instaladas.
Instalación de elementos eléctricos, tomas de conexión a la red eléctrica, cableado. Instalación de alarmas en viviendas y locales de negocio. Instalación instrumentos electrónicos para embarcaciones, sondas, sonar, GPS, piloto automáticos.
Instalación equipos electrónicos médicos incluye mantenimiento de los propiamente instalados. Instalaciones eléctricas incluye mantenimiento y reparación de las propiamente instaladas.. Instalación eléctrica de cajeros automáticos.
Instalación extintores incluidos sistemas contra incendios incluye reparación y mantenimiento exclusivamente de los sistemas instalados. Instalación de videoporteros y sistemas de megafonía. Instalación robots para fabrica de automóviles incluye el mantenimiento de los mismos.
Análisis red eléctrica y revisión cuadro eléctrico e informes de cambio de suministradora. Instalacion de robótica en inmuebles (edificio inteligente). Instalación de redes informáticas.
Montaje de circuitos electrónicos. Instalador de teléfono para uso público.
Montaje, ensamblado y conexionado de conectores de cables eléctricos de los micro teléfonos,inserción de cables eléctricos. Servicios de electricidad en viviendas. Montaje de instalaciones eléctricas y reparación exclusivamente de las instaladas.
Instalación y montaje de armarios eléctricos y la reparación exclusivamente de los que se han instalado. Instalación de redes informáticas. Montaje de circuitos electrónicos que faculta para la reparación y mantenimiento durante el tiempo que dure la garantía de los equipos electrónicos instalados.
Instalaciones y montajes eléctricos. Montaje y desmontaje de estructuras para la instalación de sonido e iluminación en eventos incluye cableado eléctrico, focos, cámaras, altavoces. Montaje de máquinas de cortar vidrio.
Montaje de aparatos eléctricos para detectar recetas falsas. Reparación de estaciones metereológicas automáticas. Montaje, ensamblado y conexionado de máquinas de oxicorte, tornos, mandriladoras.
Montaje, ensamblado y conexionado de máquinas de desguace de coches utilizando elementos eléctricos. Colocación de enchufes eléctricos, conexiones y tomas de red. Instalación de canaletas puesta en marcha de líneas telefónicas y centralitas.
Desmantelamiento del tendido eléctrico y de redes telefónicas. Instalaciones de energía solar fotovoltaica. Instalaciones y montajes eléctricos y reparación de los sistemas montados.
Montaje de depósitos de acero inoxidable siempre que los mismos estén integrados en las instalaciones eléctricas que realiza. Instalación de sistemas eléctricos de seguridad incluye reparación y mantenimiento de los sistemas instalados. Instalación de aparatos luminosos.
Instalación de sistemas de protección contra incendios incluye la reparación y mantenimiento exclusivamente de los propios sistemas instalados y faculta para efectuar la recarga de extintores en general. Montaje, ensamblado y conexionado de los elementos de aparatos de telefonía. Instalación de luminaria navideña.
Instalación, mantenimiento y reparación de paneles solares, paneles térmicos y acumuladores. Montaje de mandos electrónicos a distancia para la apertura de puertas de garaje. Montaje y desmontaje de adornos luminosos para ferias y verbenas.
Actividad de soldador de canalizaciones de gas. Revisión y reposición del sistema eléctrico. Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas para terceros.
Instalaciones eléctricas para la iluminación de jardines. Instalación, mantenimiento y reparación de cajeros automáticos.
Sí
epígrafe
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
15/09/2025
Estos códigos IAE están relacionados por categoría o actividad similar
Sigue estos pasos para utilizar correctamente este código en tus trámites fiscales y administrativos
Verifica que "Instalaciones eléctricas en general" (epígrafe IAE 504.1) corresponde exactamente a la actividad económica que vas a desarrollar. Lee la descripción completa y las actividades incluidas para asegurarte de que es el código correcto.
Revisa la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" en esta página. Necesitarás seleccionar también un código CNAE del INE que corresponda a tu actividad para completar el modelo 037 y otros trámites administrativos.
Al darte de alta como autónomo ante la Agencia Tributaria (AEAT), incluye el epígrafe IAE 504.1 en el apartado de actividades económicas del modelo 037. Indica también el código CNAE correspondiente que hayas seleccionado.
Para trabajar en obras de construcción, inscríbete en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) de tu Comunidad Autónoma. Obtén la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) tras completar la formación PRL obligatoria. Contrata los seguros de responsabilidad civil y accidentes exigidos por el Convenio de Construcción.
💡 Consejo: Si tienes dudas sobre cómo aplicar este código a tu situación específica, consulta con una gestoría, asesoría fiscal, o directamente con la Agencia Tributaria (AEAT).
Resuelve tus dudas sobre cómo usar este código en tus trámites fiscales y administrativos
El epígrafe IAE 504.1 corresponde a "Instalaciones eléctricas en general". Este código es utilizado por la Agencia Tributaria (AEAT) para clasificar esta actividad económica a efectos fiscales. Si realizas esta actividad como autónomo o empresa, deberás declarar este epígrafe en el modelo 037 al darte de alta en Hacienda.
Sí, si tu actividad económica corresponde a "Instalaciones eléctricas en general", necesitas incluir el epígrafe IAE 504.1 en el modelo 037 de alta de autónomos ante Hacienda (AEAT). Este código identifica fiscalmente tu actividad y es obligatorio para: • Completar el modelo 037 correctamente • Cumplir con tus obligaciones tributarias • Realizar trámites con la Seguridad Social
En la sección "Códigos CNAE 2025 asociados" de esta página encontrarás todos los códigos CNAE relacionados con el epígrafe IAE 504.1. La CNAE es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas del INE, y necesitarás también uno de estos códigos para completar tus trámites administrativos y estadísticos.
Sí, puedes tener varios epígrafes IAE si desarrollas diferentes actividades económicas. Cada actividad debe clasificarse con su epígrafe correspondiente. Si tu negocio incluye actividades adicionales a "Instalaciones eléctricas en general", deberás declarar también los epígrafes IAE que correspondan a esas otras actividades en el modelo 037.
Para incluir el epígrafe IAE 504.1 en tu alta de autónomos: 1. Completa el modelo 037 de la Agencia Tributaria 2. En el apartado de actividades económicas, indica el código 504.1 3. Describe tu actividad: "Instalaciones eléctricas en general" 4. Añade también el código CNAE 2025 correspondiente 5. Presenta el modelo ante Hacienda (presencial u online) Puedes consultar con una gestoría o asesoría fiscal si necesitas ayuda con el proceso.
El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es obligatorio si trabajas como subcontratista en obras de construcción. **Cuándo es obligatorio:** • Empresas subcontratistas en obras de construcción • Empresas que contratan con promotores o contratistas principales • Trabajadores autónomos que subcontratan en obras **Cuándo NO es obligatorio:** • Trabajos de mantenimiento y reparación doméstica • Obras menores sin licencia de obra mayor • Fabricantes e industriales que no ejecutan en obra **Requisitos para inscripción:** • Alta en el epígrafe IAE de construcción correspondiente • Formación en prevención de riesgos laborales (PRL) • Porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos (30% o 10% según antigüedad) • Organización preventiva constituida **Dónde inscribirse:** • Autoridad Laboral de tu Comunidad Autónoma • Validez: Indefinida (pero renovar cada 3 años)
En construcción existen varios seguros obligatorios según tu actividad: **Seguro de Responsabilidad Civil (RC):** • Obligatorio para contratistas principales • Recomendado para autónomos y subcontratistas • Cobertura mínima habitual: 300.000€ - 600.000€ **Seguro Decenal (LOE):** • Obligatorio para viviendas de nueva construcción • Cubre daños estructurales durante 10 años • Lo contrata el promotor (pero afecta a todos los agentes) **Seguro de Accidentes de Convenio:** • Obligatorio para todos los trabajadores del sector • Según Convenio General del Sector de la Construcción **Garantías adicionales:** • Fianza en contratos públicos • Aval bancario para obras de rehabilitación • RC profesional para arquitectos e ingenieros Consulta con una correduría especializada en construcción para coberturas específicas de tu epígrafe IAE.
La formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es obligatoria según el Convenio General de Construcción: **Formación inicial obligatoria:** • 8 horas de aula + prácticas • Válida para acceder a cualquier obra de construcción • Conocida como "Tarjeta Profesional de la Construcción" (TPC) **Formación por puesto de trabajo (20h):** • Albañilería, encofrado, ferrallado • Electricidad, fontanería, pintura • Operadores de maquinaria • Personal directivo (60h) **Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC):** • Expedida por la Fundación Laboral de la Construcción • Acredita la formación recibida • Obligatoria para entrar en obras **Renovación:** • La formación tiene validez permanente • Se recomienda reciclaje cada 4 años • Formación específica según nuevos riesgos Sin la TPC, no puedes trabajar legalmente en obras de construcción.
Las licencias dependen del tipo de obra: **Obra Mayor (requiere licencia de obras):** • Nueva construcción o ampliación • Reforma estructural • Cambio de uso del edificio • Obras que afecten a fachadas o elementos comunes **Obra Menor (comunicación previa o declaración responsable):** • Reformas interiores sin afectar estructura • Cambio de instalaciones • Pintura, solados, alicatados • Pequeñas reparaciones **Documentación habitual:** • Proyecto técnico visado (obra mayor) • Presupuesto de ejecución material • Designación de dirección facultativa • Nombramiento de coordinador de seguridad (si aplica) • Estudio o estudio básico de seguridad **Tasas:** • ICIO (Impuesto sobre Construcciones): 2-4% del presupuesto • Tasa de licencia urbanística • Fianza de gestión de residuos Consulta en tu Ayuntamiento la ordenanza urbanística vigente.
Fuentes oficiales del Gobierno de España para trámites con el epígrafe IAE 504.1
Trámites oficiales del modelo 037, alta de autónomos y gestión de epígrafes IAE
Real Decreto Legislativo 2/2004 (Ley Reguladora de las Haciendas Locales)
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos - Alta censal y cotizaciones
Códigos CNAE asociados al epígrafe IAE 504.1 - Instituto Nacional de Estadística
Nota importante: Los enlaces anteriores dirigen a páginas oficiales del Gobierno de España y organismos europeos. Conversor IAE CNAE no se hace responsable del contenido de sitios web externos. Para trámites oficiales, consulte siempre las fuentes gubernamentales actualizadas.
Ejemplos reales de cuándo y por qué se utiliza este código en trámites oficiales
Contratistas y constructoras que ejecutan obras mayores necesitan su epígrafe IAE de construcción para inscribirse en el REA, licitar en concursos públicos y obtener certificaciones de calidad.
Albañiles, fontaneros, electricistas y pintores autónomos deben declarar su epígrafe IAE específico para trabajar legalmente en obras y acceder a la formación PRL obligatoria.
Empresas promotoras de viviendas necesitan el código CNAE de promoción inmobiliaria para contratar el seguro decenal, registrar la división horizontal y vender las viviendas.
Empresas de reformas integrales y rehabilitación utilizan su código IAE para obtener licencias de obra, presupuestar trabajos y acceder a ayudas de eficiencia energética Next Generation.
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