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IAE 612.7Trámites de alta

Alta IAE 612.7: Comercio mayorista de vinos y vinagres del país

Aunque el trámite de alta es relativamente sencillo, recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en tributos. Un gestor fiscal te ayudará a cumplimentar correctamente el modelo 036, a elegir el régimen de IVA más ventajoso para tu negocio de comercio mayorista de bebidas, y a gestionar todas tus obligaciones tributarias posteriores como las declaraciones del IVA trimestral y la declaración anual del IRPF. Además, una gestoría te asesorará sobre las normativas específicas de tu comunidad autónoma respecto a la venta de bebidas alcohólicas y te mantendrá informado de cualquier cambio en la legislación que afecte a tu actividad.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y un formulario de solicitud. Este trámite es gratuito y esencial para cualquier actividad económica en España. El NIF te será asignado de forma inmediata tras la verificación de tus datos.

2

Registrarse en el sistema Cl@ve

Accede a la plataforma Cl@ve para crear tu cuenta de usuario digital. Este sistema te permitirá realizar trámites telemáticos con la Administración Tributaria de forma segura. Necesitarás tu NIF y una contraseña que cumpla los requisitos de seguridad. Una vez registrado, podrás presentar el modelo 036 de forma electrónica desde cualquier dispositivo con conexión a internet.

3

Completar y presentar el modelo 036

El modelo 036 es la declaración censal obligatoria que comunica el inicio de tu actividad económica a la AEAT. Debes rellenar todos los apartados con información sobre tu identidad, domicilio fiscal, descripción de la actividad (epígrafe 612.7), régimen de IVA y datos bancarios. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

4

Solicitar alta en el Régimen de IVA

En el mismo modelo 036 debes indicar tu régimen de IVA. Para el comercio mayorista de bebidas alcohólicas, generalmente se aplica el régimen ordinario de IVA. Tras la presentación del 036, la AEAT te asignará automáticamente el número de identificación fiscal como empresario y podrás comenzar a facturar con IVA. Recibirás confirmación del alta en un plazo de 30 días hábiles.

5

Registrarse en la Seguridad Social como autónomo

Si eres persona física y trabajas por cuenta propia, debes afiliarte a la Seguridad Social como autónomo. Solicita el alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) presentando el modelo TA.0521. Este trámite debe realizarse antes de iniciar la actividad o dentro de los 30 días siguientes. El alta en Seguridad Social es obligatoria y tiene una cuota mensual que depende de tu base de cotización.

6

Obtener licencias y permisos específicos

Dependiendo de tu comunidad autónoma y municipio, puede ser necesario obtener una licencia de actividad económica o de comercio. Contacta con el ayuntamiento de tu localidad para conocer los requisitos específicos. Algunos municipios requieren también licencia de venta de bebidas alcohólicas. Estos trámites locales son gratuitos o tienen una tasa reducida y son esenciales antes de comenzar la actividad.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 612.7?

Documento de Identidad (DNI o Pasaporte) Documento original que ya posees. Si eres extranjero, necesitarás el NIE expedido por la Delegación de Policía Nacional o la Oficina de Extranjería.
Justificante de domicilio fiscal Recibo de servicios (agua, luz, gas, teléfono) a tu nombre, contrato de alquiler, certificado del ayuntamiento o escritura de propiedad. Debe tener una antigüedad máxima de 3 meses.
Formulario de solicitud de NIF (modelo EX-15 si eres extranjero sin NIE) Disponible en la Delegación de la Agencia Tributaria o en la sede electrónica de la AEAT. Si ya tienes NIF español, no necesitas este documento.
Modelo 036 (declaración censal) Disponible en la Sede Electrónica de la AEAT o en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. Puedes descargarlo desde https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml
Modelo TA.0521 (alta en Seguridad Social como autónomo) Disponible en la Tesorería General de la Seguridad Social, en su sede electrónica o en cualquier oficina de la TGSS. Es obligatorio para personas físicas que trabajen por cuenta propia.
Licencia de actividad económica Solicitud en el Ayuntamiento del municipio donde ejercerás la actividad. Los requisitos y documentación varían según la localidad, así que debes contactar directamente con el Negociado de Licencias del ayuntamiento.
Certificado de compatibilidad de uso del suelo Expedido por el Ayuntamiento o el Colegio Profesional correspondiente. Verifica que el local donde ejercerás la actividad de comercio mayorista de bebidas es compatible con la normativa urbanística local.

Plazos importantes

El alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas debe solicitarse dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de la actividad. Aunque no hay tasa del IAE para actividades con facturación inferior a 1.000.000 euros anuales, la presentación del modelo 036 es obligatoria. Una vez presentado, la AEAT confirmará el alta en un plazo máximo de 30 días hábiles. Debes registrarte en la Seguridad Social como autónomo antes de iniciar la actividad o dentro de los 30 días siguientes al comienzo. Recuerda que debes presentar la declaración del IVA trimestral (modelo 303) dentro de los 20 días siguientes al cierre de cada trimestre si estás en régimen ordinario.

Formularios online

Errores comunes

  • Olvidar indicar correctamente el epígrafe IAE 612.7 en el modelo 036. Muchos contribuyentes seleccionan códigos genéricos de comercio mayorista sin especificar que se trata de bebidas alcohólicas, lo que puede causar problemas en futuras inspecciones y obligaciones tributarias.
  • No registrarse como autónomo en la Seguridad Social en el plazo establecido. Este es un error grave que puede resultar en sanciones económicas y pérdida de derechos de protección social. Debes hacerlo antes de iniciar la actividad o dentro de los 30 días siguientes.
  • Confundir el modelo 036 con el 037. El modelo 037 es una versión simplificada solo para personas físicas con actividades muy específicas, mientras que el 036 es el modelo general. Para comercio mayorista de bebidas, debes usar siempre el 036.
  • No obtener la licencia de actividad económica del ayuntamiento antes de comenzar. Algunos emprendedores piensan que con el alta en la AEAT es suficiente, pero necesitas también la licencia municipal para evitar infracciones y clausura del negocio.
  • Indicar un régimen de IVA incorrecto. Para el comercio mayorista, generalmente corresponde el régimen ordinario, pero algunos contribuyentes eligen erróneamente el régimen simplificado, lo que puede generar problemas en las declaraciones posteriores.
  • Olvidar que el comercio de bebidas alcohólicas requiere permisos específicos. Dependiendo de tu comunidad autónoma, puede ser necesaria una licencia especial de venta de bebidas alcohólicas que no está incluida en la licencia de actividad general.

Preguntas frecuentes

¿Necesito pagar alguna tasa para darme de alta con el epígrafe 612.7?
No, el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas es completamente gratuita para actividades con facturación inferior a 1.000.000 euros anuales. El epígrafe 612.7 de comercio mayorista de vinos y vinagres está exento de la tasa del IAE siempre que no superes ese límite de facturación. Solo debes abonar la cuota de Seguridad Social como autónomo si eres persona física.
¿Puedo presentar el modelo 036 en papel o debo hacerlo de forma telemática?
Puedes presentar el modelo 036 de ambas formas. La presentación telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT es más rápida y recomendada, especialmente si ya tienes acceso a Cl@ve. Sin embargo, también puedes presentarlo en papel en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. La presentación telemática es preferible porque recibirás confirmación inmediata de la presentación y evitas desplazamientos.
¿Cuánto tiempo tarda la AEAT en confirmar mi alta como comerciante mayorista de bebidas?
La AEAT tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para confirmar el alta tras la presentación del modelo 036. En la práctica, si presentas la solicitud de forma telemática y correctamente cumplimentada, la confirmación suele llegar en una o dos semanas. Una vez confirmado el alta, podrás comenzar a emitir facturas como empresario con IVA.
¿Necesito una licencia especial para vender vinos y vinagres al por mayor?
Además del alta en la AEAT, necesitas obtener una licencia de actividad económica del Ayuntamiento de tu localidad. Para el comercio mayorista de bebidas alcohólicas como vinos y vinagres, algunos municipios exigen también una licencia específica de venta de bebidas alcohólicas. Te recomendamos contactar directamente con el Negociado de Licencias del ayuntamiento para conocer los requisitos exactos de tu zona, ya que varían según la comunidad autónoma y el municipio.
¿Debo presentar la declaración del IVA trimestral si me doy de alta con el epígrafe 612.7?
Sí, como comerciante mayorista en régimen ordinario de IVA, debes presentar la declaración trimestral del modelo 303. Esta declaración debe presentarse dentro de los 20 días siguientes al cierre de cada trimestre (abril, julio, octubre y enero). Si tu volumen de facturación es muy bajo, podrías optar por el régimen simplificado de IVA, que tiene obligaciones diferentes. Consulta con un gestor fiscal cuál es la opción más ventajosa para tu negocio.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

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