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IAE 652.3Trámites de alta

Alta IAE 652.3: Comercio menor productos perfumería y cosmética

Darte de alta como autónomo en el código IAE 652.3 implica múltiples trámites administrativos, fiscales y de Seguridad Social que pueden resultar complejos si no tienes experiencia. Te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en autónomos y comercio minorista. Un gestor experimentado se encargará de presentar todos los formularios correctamente, asesorarte sobre tus obligaciones fiscales periódicas (IVA trimestral, IRPF anual), optimizar tu régimen fiscal y evitar sanciones por incumplimiento. El coste de una gestoría (generalmente entre 50 y 150 euros mensuales) es una inversión muy rentable que te ahorrará tiempo, estrés y posibles errores costosos.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, deberás solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio o a través de la sede electrónica de la AEAT. Es imprescindible tener el NIF antes de proceder con cualquier trámite de alta. Si ya eres residente y tienes NIF, puedes saltarte este paso.

2

Presenta el Modelo 036 o 037 (Declaración Censal)

Accede a la sede electrónica de la AEAT y presenta el formulario 036 (si eres autónomo o empresa sin empleados) o 037 (si tienes empleados). Este formulario registra tu actividad económica con el código IAE 652.3 y es obligatorio para poder facturar. Puedes presentarlo de forma telemática usando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

3

Regístrate en el Régimen de Autónomos (si procede)

Si vas a ejercer la actividad de forma individual como autónomo, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Esta afiliación es obligatoria y debes hacerla en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. El registro se realiza en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de su sede electrónica.

4

Solicita el Certificado de Compatibilidad de Actividad (si tienes empleo)

Si trabajas por cuenta ajena y quieres ejercer esta actividad como autónomo, deberás solicitar un certificado de compatibilidad a tu empresa. Una vez obtenido, podrás proceder con tu alta como autónomo. Este trámite se realiza ante tu empleador o, en caso de negativa, ante la Inspección de Trabajo.

5

Abre una cuenta bancaria empresarial

Es altamente recomendable abrir una cuenta corriente a nombre de tu negocio para separar la contabilidad personal de la empresarial. Aunque no es obligatorio legalmente, facilita enormemente la gestión contable y fiscal. Consulta con tu banco sobre los requisitos específicos y las comisiones aplicables.

6

Cumple con tus obligaciones contables y fiscales

Una vez dado de alta, deberás llevar un libro de ingresos y gastos, presentar declaraciones trimestrales del IVA (Modelo 303) si superas el umbral de recaudación, y realizar la declaración anual del IRPF (Modelo 100). Además, deberás mantener la documentación de tus operaciones durante un mínimo de cinco años.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 652.3?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación Fiscal (NIF) Tu DNI es un documento personal que ya posees. Si necesitas un NIF, solicítalo en cualquier Delegación de la Agencia Tributaria o en la sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es). El trámite es gratuito y se resuelve en el mismo acto si lo solicitas presencialmente.
Certificado Digital o DNI Electrónico para firma telemática Puedes obtener un certificado digital en proveedores autorizados como AC Camerfirma, Autoridad de Certificación de la Comunidad de Madrid, o a través de tu banco. Alternativamente, solicita un DNI electrónico en tu Comisaría de Policía Nacional más cercana. También puedes usar el sistema Cl@ve de la administración pública, que es gratuito.
Documentación del local comercial o establecimiento Necesitarás el contrato de alquiler o documento de propiedad del local donde ejercerás la actividad. Si el local está a nombre de otra persona, requiere un poder notarial o carta de autorización. Obtén estos documentos del casero, propietario o del notario correspondiente.
Libro de Ingresos y Gastos o Sistema de Contabilidad Puedes crear un libro de ingresos y gastos en Excel, utilizar software contable específico (como Contaplus, Sage, etc.) o contratar a una gestoría. La AEAT no proporciona este documento; tú debes crearlo y mantenerlo actualizado según las normas de contabilidad.
Datos bancarios de la cuenta empresarial Abre una cuenta corriente en cualquier entidad bancaria a nombre de tu negocio. Necesitarás presentar tu DNI/NIF, comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, etc.) y, según el banco, documentación sobre el origen de los fondos. Los datos bancarios serán necesarios para presentar tus declaraciones de IVA e IRPF.
Documentación de afiliación a la Seguridad Social (RETA) Solicita tu afiliación en la Tesorería de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es). Necesitarás tu DNI y los datos de tu actividad económica. Te expedirán un número de afiliación que deberás conservar.

Plazos importantes

El plazo para darte de alta como autónomo en la Seguridad Social es de 30 días desde el inicio real de tu actividad económica; si lo haces después, podrías enfrentarte a sanciones. La presentación del Modelo 036 debe realizarse antes de emitir la primera factura. Las declaraciones trimestrales del IVA (Modelo 303) tienen vencimiento el día 20 del mes siguiente al trimestre correspondiente (abril, julio, octubre y enero). La declaración anual del IRPF (Modelo 100) se presenta entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente al que corresponda. Mantén toda la documentación fiscal durante un mínimo de cinco años, tal como exige la normativa.

Formularios online

Errores comunes

  • Presentar el Modelo 036 con un código IAE incorrecto o genérico: asegúrate de usar exactamente el código 652.3 para comercio menor de perfumería y cosmética. Un código erróneo puede causar problemas posteriores con tus obligaciones fiscales y la clasificación de tu actividad.
  • No darse de alta en la Seguridad Social dentro del plazo de 30 días: muchos autónomos olvidan este trámite creyendo que el Modelo 036 es suficiente. La falta de afiliación a RETA genera sanciones y problemas con la cobertura de contingencias profesionales.
  • Confundir el Modelo 036 con el Modelo 303 (IVA) o el Modelo 100 (IRPF): el 036 es el alta inicial, mientras que 303 y 100 son declaraciones periódicas y anuales. Presentar el formulario equivocado puede retrasar tu registro.
  • No separar la contabilidad personal de la empresarial: usar la misma cuenta bancaria para gastos personales y empresariales dificulta la fiscalización y puede levantar sospechas ante la AEAT.
  • Olvidar registrar correctamente el local comercial: si el domicilio de tu actividad no coincide con el que consta en tu Modelo 036, la AEAT puede rechazar tu declaración o citar tu negocio en un domicilio incorrecto.
  • No conservar la documentación fiscal durante cinco años: la ley obliga a guardar facturas, justificantes de gasto y libros de contabilidad durante este período. La destrucción prematura puede resultar en sanciones.

Tributación en módulos

El epígrafe IAE 652.3 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito tener un local físico para darme de alta con el código IAE 652.3?
Sí, el código IAE 652.3 corresponde a comercio menor, lo que implica la venta al por menor en un establecimiento físico. Aunque la normativa permite venta online de productos de perfumería y cosmética, debes tener un domicilio registrado donde ejercer la actividad. Este puede ser un local comercial, una tienda o incluso un almacén desde el que realices envíos. El domicilio debe constar en tu Modelo 036 y estar verificable por la AEAT.
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 036 y el Modelo 037?
El Modelo 036 se utiliza cuando eres autónomo o empresa sin empleados, mientras que el Modelo 037 es obligatorio si tienes trabajadores a tu cargo. Ambos son declaraciones censales de alta ante la AEAT, pero el 037 incluye información sobre tu plantilla. Si empiezas como autónomo sin empleados y posteriormente contratas personal, deberás presentar una modificación (Modelo 036/037 de modificación) para cambiar a la categoría de empresa con empleados.
¿Tengo que pagar alguna tasa o impuesto por darme de alta en el IAE?
No, el alta en el IAE es completamente gratuita. No existe tasa o cuota por registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas si tu facturación anual es inferior a 1 millón de euros, que es el caso de la mayoría de pequeños comercios. La presentación del Modelo 036 tampoco tiene coste alguno, ni telemática ni presencial. Sin embargo, sí deberás pagar cuotas mensuales a la Seguridad Social si te das de alta como autónomo en RETA.
¿Qué obligaciones fiscales tengo después de darme de alta con el código 652.3?
Una vez dado de alta, deberás cumplir con varias obligaciones: (1) Presentar declaraciones trimestrales del IVA (Modelo 303) si superas el umbral de recaudación de 6.000 euros en el trimestre; (2) Mantener un libro de ingresos y gastos actualizado mensualmente; (3) Presentar la declaración anual del IRPF (Modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente; (4) Conservar todas las facturas y justificantes de gasto durante cinco años; (5) Pagar tus cuotas mensuales a la Seguridad Social (RETA). Si contratas empleados, además deberás presentar nóminas y cotizaciones mensuales.
¿Puedo vender productos de cosmética a través de internet con el código 652.3?
Sí, el código IAE 652.3 permite la venta online de productos de perfumería, cosmética e higiene personal, siempre que no realices una transformación sustancial del producto. Esto significa que puedes vender productos cosméticos acabados tal como los recibes del proveedor, pero no puedes fabricarlos ni modificarlos significativamente. Si realizas un envasado elemental (rellenar botellas del mismo producto, etiquetar, etc.), sigue siendo permitido. Sin embargo, si deseas fabricar cosméticos, necesitarías un código IAE diferente relacionado con la manufactura.

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