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IAE 6523Guía completa

Guía IAE 652.3: Comercio menor productos perfumería y cosmética

El código IAE 652.3 corresponde al comercio menor de productos de perfumería y cosmética, una actividad económica que abarca la venta al detalle de cosméticos, productos de tocador y aparatos eléctricos relacionados con la belleza personal. Esta actividad es fundamental en el sector de la belleza y bienestar, permitiendo a los empresarios comercializar productos cosméticos, perfumes y artículos de higiene personal directamente al consumidor final. Si tienes previsto abrir una tienda de cosmética, perfumería o productos de tocador, necesitarás solicitar este código IAE ante la Administración Tributaria.

¿Qué es?

El código IAE 652.3 identifica la actividad de comercio menor o venta al por menor de productos cosméticos y de perfumería. Esta categoría incluye la venta de cosméticos, productos químicos para cosmética, bisutería sin metales preciosos, artículos de tocador, aparatos eléctricos para aplicación de perfumería, máquinas de afeitar, secadores de pelo y aparatos cosméticos de masaje y depilación. Además, faculta para realizar demostraciones de productos de cosmética y maquillaje en el local de venta, así como envasado elemental de productos sin transformación sustancial. También engloba la venta de parafarmacia, tintes de cabello, aguas de colonia, cremas solares, cepillos dentales eléctricos, productos homeopáticos y otros artículos de higiene personal, incluyendo la venta por internet.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código IAE todos aquellos empresarios que deseen dedicarse al comercio al por menor de productos cosméticos, perfumería y artículos de tocador, tanto si operan en una tienda física como si venden por internet o a través de plataformas de comercio electrónico. También lo requieren los propietarios de tiendas de belleza que vendan productos de cosmética, parafarmacia y artículos relacionados con la higiene personal. Asimismo, es necesario para quienes realicen demostraciones y pruebas de productos cosméticos y de maquillaje en un local comercial. Cualquier persona física o jurídica que pretenda comercializar estos productos al consumidor final debe solicitar este código ante la Agencia Tributaria.

Cómo darse de alta

Para darte de alta en el código IAE 652.3, debes presentar el formulario oficial 037 (Solicitud de alta, modificación o baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas) ante la Administración Tributaria, ya sea de forma presencial en la delegación correspondiente o telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. En este formulario deberás indicar claramente que tu actividad es comercio menor de productos de perfumería y cosmética, especificando el código 652.3. Es recomendable que acompañes la solicitud con documentación que acredite tu identidad, el domicilio del local comercial y, si es posible, un documento que muestre tu intención de comercializar estos productos. Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria te emitirá un número de identificación fiscal (NIF) o confirmará el tuyo si ya lo tenías, y te proporcionará un certificado de alta en el IAE que deberás conservar.

Módulos IRPF

El código IAE 652.3 es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos) en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que significa que como autónomo puedes optar por determinar tu base imponible de forma objetiva en lugar de por contabilidad. En este régimen, la Administración Tributaria establece unos módulos o parámetros (como metros cuadrados de local, número de empleados, ingresos estimados según zona geográfica, etc.) que se aplican a tu actividad para calcular automáticamente tus ingresos presuntos, sin necesidad de llevar un registro detallado de todas tus operaciones. Este sistema es ventajoso porque simplifica la gestión fiscal, reduce la carga administrativa y permite una mayor previsibilidad de la carga tributaria, especialmente si tu negocio es pequeño o mediano. Además, el régimen de módulos puede resultar más económico que la tributación por rendimiento neto si tu margen comercial es elevado, y te permite deducir gastos reales como alquiler, servicios, suministros y cotizaciones sociales, siempre que dispongas de documentación que los justifique.

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Documentos necesarios

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte en vigor del solicitante, o en caso de ser una sociedad mercantil, documento de identidad del representante legal
  • Formulario oficial 037 cumplimentado correctamente con todos los datos de la actividad económica y el código IAE 652.3
  • Justificante de domicilio del local comercial donde se desarrollará la actividad (contrato de alquiler, escritura de propiedad, recibo de servicios, etc.)
  • Certificado de compatibilidad urbanística del local o licencia de actividad del ayuntamiento correspondiente
  • En caso de ser extranjero, Número de Identidad de Extranjero (NIE) en vigor
  • Declaración de alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), según corresponda

Errores comunes

  • Confundir este código con el 652.2 (comercio menor de droguería y perfumería) o con otros códigos de comercio al por menor, sin especificar correctamente que la actividad principal es la venta de productos cosméticos y de perfumería
  • No indicar en el formulario 037 que se realizarán demostraciones de productos de cosmética y maquillaje, lo cual es una facultad específica de este código que puede ser importante para la actividad comercial
  • Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal antes de presentar el IAE, o no contar con el certificado de compatibilidad urbanística del local, lo que puede causar retrasos en el alta
  • No especificar correctamente si la actividad incluye venta por internet, lo que puede afectar a las obligaciones fiscales y de registro de datos
  • Incluir actividades que van más allá del envasado elemental, como transformación sustancial de productos o fabricación de cosméticos, que requerirían códigos IAE diferentes (como el 2059 para fabricación de cosméticos)

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Es recomendable acudir a una gestoría si tienes dudas sobre la clasificación exacta de tu actividad, especialmente si piensas vender una variedad amplia de productos (cosméticos, parafarmacia, productos homeopáticos, etc.) y necesitas confirmar que todos ellos se ajustan al código 652.3. Una gestoría también te será muy útil si planeas realizar operaciones de envasado elemental de productos, ya que deben asegurar que no constituye una transformación sustancial que requeriría un código diferente. Además, si deseas acogerte al régimen de estimación objetiva (módulos), un gestor puede ayudarte a calcular correctamente tus bases imponibles y optimizar tu situación fiscal, además de gestionar todos los trámites de alta de forma telemática y eficiente.

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Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre el código 652.2 (droguería y perfumería) y el 652.3 (cosmética)?
El código 652.2 se refiere al comercio de productos de droguería (productos de limpieza, desinfectantes, etc.) y perfumería en general, mientras que el 652.3 está específicamente enfocado en la venta de productos cosméticos, artículos de tocador y aparatos eléctricos para belleza personal. Aunque hay solapamiento en la venta de perfumes, el código 652.3 destaca por permitir demostraciones de maquillaje y cosmética en el local, y por incluir explícitamente parafarmacia, productos homeopáticos y aparatos cosméticos. Si tu actividad principal es vender cosmética y productos de belleza, debes elegir el 652.3; si es más general y abarca droguería, el 652.2 puede ser más apropiado.
¿Puedo realizar envasado y etiquetado de productos cosméticos con el código 652.3?
Sí, el código 652.3 faculta para realizar envasado elemental de productos cosméticos sin que constituya una transformación sustancial. Esto significa que puedes transferir productos a envases más pequeños, etiquetar o empaquetar cosméticos para venta al detalle, siempre que no alteres la composición o propiedades del producto. Sin embargo, si realizas mezclas, diluciones o cualquier modificación que altere sustancialmente la fórmula del cosmético, estarías realizando una actividad de fabricación que requeriría un código IAE diferente (2059 - Fabricación de cosméticos y productos de higiene personal).
¿Puedo vender productos cosméticos por internet con el código 652.3?
Sí, el código IAE 652.3 permite expresamente la venta de productos de peluquería, belleza, cosmética e higiene personal por internet. No necesitas solicitar un código IAE diferente si vendes online, ya que la actividad económica es la misma: comercio al por menor de cosméticos. Sin embargo, debes cumplir con las obligaciones de comercio electrónico, como proporcionar información clara sobre productos, precios, datos de contacto, política de devoluciones y protección de datos de clientes. Además, debes registrar correctamente tus operaciones para fines fiscales, aunque si estés en régimen de módulos, la Administración ya asume unos ingresos presuntos.
¿Necesito licencia municipal además del IAE para abrir una tienda de cosmética?
Sí, además del código IAE 652.3, necesitas obtener una licencia de actividad o licencia de funcionamiento del ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu local comercial. Este trámite es independiente del IAE y es obligatorio antes de comenzar tu actividad. También debes solicitar un certificado de compatibilidad urbanística que confirme que el local está ubicado en una zona donde está permitido el comercio de cosméticos. Sin estos documentos municipales, la Administración Tributaria puede rechazar tu solicitud de IAE o, si ya la tienes, podrías enfrentarte a sanciones por incumplimiento de normativa local.
¿Qué obligaciones fiscales tengo si me acojo al régimen de módulos con el código 652.3?
Si te acoles al régimen de estimación objetiva (módulos), debes presentar la declaración de la renta anualmente, aunque la base imponible se calcula automáticamente según los módulos establecidos por la Administración. No necesitas llevar contabilidad completa ni justificar cada venta, pero sí debes conservar la documentación de gastos deducibles (facturas de compra, alquileres, servicios) y mantener un registro de operaciones básico. Además, debes cumplir con las obligaciones de IVA (presentar declaraciones trimestrales o mensuales según tu volumen), cotizar a la Seguridad Social como autónomo, y estar atento a cambios en los módulos que pueda anunciar la Administración, ya que pueden afectar a tu tributación.