Aunque los trámites de alta como herbolario pueden realizarse personalmente, recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en autónomos y pequeños negocios. Una gestoría se encargará de presentar correctamente todos los formularios, asesorarte sobre la mejor estructura fiscal para tu herbolario, gestionar tus obligaciones tributarias periódicas, y resolver cualquier consulta con la AEAT. El coste de una gestoría es generalmente muy inferior a los problemas y sanciones que pueden derivarse de errores administrativos, y te permitirá concentrarte en el desarrollo de tu negocio de herbolario sin preocupaciones burocráticas.
Pasos para darse de alta
Obtén el Certificado Digital o Cl@ve
Antes de cualquier trámite, necesitarás acreditar tu identidad ante la Administración Pública. Puedes obtener un Certificado Digital en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o registrarte en el sistema Cl@ve, que es más rápido y gratuito. Ambas opciones te permitirán acceder a la Sede Electrónica de la AEAT de forma segura. El Cl@ve es especialmente recomendable para autónomos que comienzan, ya que se tramita completamente online en cuestión de minutos.
Presenta el Modelo 036 (Declaración Censal de Inicio de Actividad)
Este formulario es obligatorio para comunicar el inicio de tu actividad como herbolario a la AEAT. Lo debes presentar dentro de los 10 días hábiles posteriores al comienzo de tu actividad económica. Puedes hacerlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica, por correo certificado, o presencialmente en cualquier oficina de la AEAT. En el Modelo 036 deberás indicar el código IAE 652.4, los datos personales, domicilio del negocio, tipo de local (tienda física, online, mixto), y datos bancarios para devoluciones.
Solicita el Número de Identidad Fiscal (NIF) si no lo tienes
Si eres ciudadano español, probablemente ya dispongas de NIF. Si no lo tienes o necesitas verificarlo, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Los ciudadanos extranjeros pueden obtener el NIE (Número de Identidad de Extranjero) en la Policía Nacional. Este número es imprescindible para la presentación del Modelo 036 y para todas tus obligaciones tributarias posteriores.
Registra tu negocio en el Registro Mercantil (si es necesario)
Si tu herbolario funciona como sociedad mercantil (SL, SA, etc.), debes registrarte en el Registro Mercantil Provincial. Si trabajas como autónomo en régimen de actividad económica, este paso es opcional pero recomendable para mayor protección legal. La inscripción proporciona mayor credibilidad comercial y facilita trámites posteriores con proveedores y clientes. Consulta con un asesor si tu estructura empresarial lo requiere.
Afiliate a la Seguridad Social como autónomo
Es obligatorio darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. Puedes hacerlo en la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social, por internet en www.seg-social.es, o a través de una gestoría. Necesitarás tu NIF, datos personales y confirmación de la actividad económica que vas a realizar. El alta en la Seguridad Social es imprescindible para acceder a prestaciones como incapacidad temporal o jubilación.
Solicita el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
Aunque el IAE está prácticamente bonificado para actividades de facturación inferior a 1 millón de euros anuales, debes estar dado de alta en el censo fiscal correspondiente. Esto se realiza automáticamente al presentar el Modelo 036 con el código 652.4. La AEAT te asignará una clave de identificación en el censo del IAE, que necesitarás para tus obligaciones tributarias posteriores. No hay coste adicional para esta inscripción si tu volumen de negocio es inferior al umbral establecido.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 652.4?
Plazos importantes
El plazo para presentar el Modelo 036 es de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad como herbolario. Es fundamental respetar este plazo para evitar sanciones por presentación extemporánea. Simultáneamente, debes darte de alta en la Seguridad Social como autónomo en el plazo de 30 días desde el comienzo de la actividad. Una vez dado de alta, tendrás obligaciones tributarias periódicas: presentación de la declaración trimestral del IVA (Modelo 303) si estás acogido al régimen de IVA, y la declaración anual de la Renta (Modelo 100) antes del 1 de julio del año siguiente. Si tu facturación anual es inferior a 600.000 euros, puedes optar por el régimen simplificado de IVA, que simplifica significativamente tus obligaciones contables.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No presentar el Modelo 036 dentro del plazo de 10 días hábiles. Este es uno de los errores más frecuentes y puede resultar en sanciones administrativas. Muchos emprendedores piensan que tienen más tiempo del que realmente disponen, lo que genera problemas posteriores con la AEAT.
- ✗Indicar incorrectamente el código IAE. Aunque el código 652.4 es específico para herbolarios, algunos solicitantes lo confunden con otros códigos de comercio al por menor o actividades relacionadas. Es crucial asegurarse de que el código 652.4 es el que corresponde a tu actividad exacta antes de presentar el formulario.
- ✗Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo. Muchos creen que el Modelo 036 es suficiente, pero la afiliación a la Seguridad Social es obligatoria y completamente independiente. Sin esta afiliación, no tendrás cobertura sanitaria ni acceso a prestaciones por incapacidad.
- ✗No obtener la licencia municipal de actividad. Algunos herbolarios comienzan su actividad sin autorización del Ayuntamiento, pensando que el Modelo 036 es suficiente. La licencia municipal es obligatoria y su falta puede resultar en cierre del negocio y sanciones importantes.
- ✗Proporcionar datos bancarios incorrectos en el Modelo 036. Un IBAN mal introducido puede causar problemas en futuras devoluciones o gestiones administrativas. Verifica cuidadosamente tus datos bancarios antes de enviar el formulario.
- ✗No diferenciar entre el régimen ordinario y simplificado de IVA. Muchos herbolarios pierden la oportunidad de acogerse al régimen simplificado si su facturación lo permite, lo que simplificaría significativamente sus obligaciones contables y fiscales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 036 y el Modelo 037?▼
¿Tengo que pagar alguna tasa o cuota para darme de alta en el IAE como herbolario?▼
¿Puedo vender plantas y hierbas medicinales online con el código IAE 652.4?▼
¿Qué obligaciones tributarias tengo como herbolario después de darme de alta?▼
¿Necesito algún certificado o formación especial para vender productos de herbolario?▼
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