El código IAE 652.4 corresponde al comercio menor de plantas y hierbas en herbolarios, una actividad que ha experimentado un crecimiento significativo en los últimos años debido a la demanda creciente de productos naturales y biológicos. Esta categoría faculta a los herbolarios para comercializar no solo plantas y hierbas medicinales, sino también una amplia gama de productos relacionados con la salud y el bienestar natural.
¿Qué es?
El código IAE 652.4 regula la actividad comercial de venta al por menor de plantas y hierbas en establecimientos herbolarios, excluyendo aquellos cuya venta se realiza exclusivamente en farmacias. Esta actividad comprende la comercialización de preparados dietéticos, alimentos biológicos y macrobióticos, plantas medicinales y sus derivados, cosméticos naturales, productos aromáticos, inciensos, velas de cera, extractos naturales y productos esotéricos. Además, autoriza la venta de libros informativos sobre estos productos y su aplicación terapéutica, así como la comercialización en parafarmacias de productos de herbolario y parafarmacia.
¿Quién lo necesita?
Necesitan este código IAE todos aquellos emprendedores que deseen abrir y explotar un herbolario como negocio principal, ya sea como autónomo o a través de una empresa. También lo requieren los propietarios de parafarmacias que comercialicen productos de herbolario, así como aquellos que se dediquen a la venta de productos naturales, dietéticos, aromáticos y esotéricos en establecimientos especializados. Cualquier persona que quiera comercializar de forma legal plantas medicinales, preparados naturales y productos afines debe estar registrada bajo este código para cumplir con las obligaciones fiscales y sanitarias correspondientes.
Cómo darse de alta
Para darse de alta en el código IAE 652.4, deberá solicitarlo a través de la Agencia Tributaria, bien de forma presencial en la oficina de Hacienda más cercana, bien telemáticamente mediante el certificado digital o Cl@ve. El trámite requiere presentar el modelo 037 (declaración censataria) o modelo 036 (declaración de inicio de actividad), acompañado de la documentación que acredite su actividad y los datos del local comercial. Es recomendable realizar este registro antes de abrir el establecimiento para evitar problemas legales. Posteriormente, deberá darse de alta en el régimen de seguridad social que corresponda (autónomos o empresa) y solicitar el número de identificación fiscal (NIF) si no lo posee.
Documentos necesarios
- •Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) en vigor del solicitante
- •Justificante de domicilio del local comercial (escritura de propiedad, contrato de alquiler o documento que acredite el uso del local)
- •Certificado de empadronamiento o documento que acredite la localización del establecimiento
- •Modelo 037 o 036 debidamente cumplimentado y firmado
- •Documentación acreditativa de la actividad (licencia de actividad municipal, permisos sanitarios si procede)
- •Número de identificación fiscal (NIF) o solicitud del mismo
Errores comunes
- ✗Confundir el código 652.4 con códigos de farmacias o parafarmacias, cuando la normativa es diferente. Es fundamental que el herbolario no sea una extensión de una farmacia, sino un establecimiento independiente dedicado a la venta de productos naturales.
- ✗No solicitar los permisos sanitarios y licencias municipales necesarios antes de abrir el establecimiento, lo que puede resultar en clausura del negocio o sanciones administrativas importantes.
- ✗Comercializar productos que requieren autorización especial (como ciertos preparados medicinales) sin contar con las autorizaciones sanitarias correspondientes, confundiendo la categoría de herbolario con la de farmacia.
- ✗Olvidar registrarse en el régimen de autónomos o en la seguridad social de la empresa, lo que genera problemas de cotización y derechos sociales.
- ✗No mantener la documentación de proveedores y trazabilidad de los productos, especialmente en el caso de alimentos biológicos y productos dietéticos que requieren certificaciones específicas.
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¿Necesitas una gestoría?
Se recomienda acudir a una gestoría especializada si es la primera vez que se abre un negocio, ya que el trámite de alta en el IAE requiere coordinación con múltiples administraciones (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamiento y Sanidad). Un gestor puede asesorar sobre la estructura empresarial más adecuada (autónomo o sociedad), gestionar los permisos sanitarios y municipales necesarios, y garantizar el cumplimiento de la normativa sobre productos dietéticos y biológicos. Además, es especialmente importante contar con asesoramiento si se pretende comercializar productos que requieran certificaciones especiales o si el negocio operará en una zona con regulaciones municipales complejas.
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