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IAE 653.1Trámites de alta

Alta IAE 653.1: Comercio menor muebles (excepto oficina)

Dado que los trámites de alta en el IAE, Seguridad Social y gestiones municipales requieren precisión y conocimiento de la normativa tributaria y laboral vigente, te recomendamos encarecidamente contratar una gestoría especializada. Una gestoría profesional te asesorará sobre la estructura empresarial más adecuada (autónomo, sociedad limitada, etc.), tramitará todos los registros administrativos, te ayudará con la contabilidad y declaraciones fiscales periódicas, y evitará costosos errores que podrían afectar a tu negocio. El coste de una gestoría es una inversión que se amortiza rápidamente mediante el ahorro de tiempo y la prevención de sanciones.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Para personas físicas españolas, el NIF es el mismo DNI. Los extranjeros comunitarios y no comunitarios deben solicitar un NIE (Número de Identidad de Extranjero). Este trámite es gratuito y es imprescindible para cualquier actividad económica en España.

2

Registrarse en el censo de actividades económicas (IAE)

Debes presentar el modelo 036 o 037 en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. En este formulario declararás la actividad de comercio menor de muebles (código 653.1), indicando la ubicación del local comercial, la fecha de inicio de actividad y otros datos relevantes. El alta en el IAE debe realizarse antes de iniciar la actividad económica o dentro de los 10 días posteriores al comienzo.

3

Darse de alta en el Régimen de la Seguridad Social

Como autónomo, debes afiliarte a la Seguridad Social en el régimen de trabajadores por cuenta propia. Puedes hacerlo en cualquier oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. La afiliación debe realizarse simultáneamente con el alta en el IAE o antes de iniciar la actividad. Necesitarás el NIF, datos personales y información sobre tu actividad económica.

4

Solicitar licencia de actividad municipal

Debes obtener la licencia o permiso de actividad del Ayuntamiento donde ubicarás tu local comercial. Este trámite varía según el municipio, pero generalmente requiere presentar documentación del local (escrituras, contrato de alquiler), proyecto de actividad y solicitud formal. Algunos municipios lo denominan licencia de actividad económica, licencia comercial o autorización de uso. Es obligatorio obtenerla antes de abrir el establecimiento.

5

Obtener el certificado digital o Cl@ve para la administración

Para realizar trámites online con la AEAT y otras administraciones, es recomendable obtener un certificado digital o registrarse en Cl@ve. Esto te permitirá acceder a la Sede Electrónica de forma segura y realizar gestiones telemáticas sin necesidad de acudir presencialmente. El certificado digital se obtiene en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y Cl@ve es un sistema de autenticación del Gobierno español.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 653.1?

DNI o NIE fotocopia Documento de identidad original. Los españoles utilizan el DNI (Documento Nacional de Identidad) y los extranjeros comunitarios o no comunitarios necesitan el NIE (Número de Identidad de Extranjero), que se obtiene en la Oficina de Extranjería o Delegación de Policía Nacional.
Documentación del local comercial Escrituras de propiedad del local o contrato de alquiler con cláusulas de cesión de uso para actividad comercial. Si es propiedad, aporta la escritura registrada. Si es alquilado, el contrato debe especificar claramente que se cede para uso comercial de venta de muebles.
Modelo 036 o 037 cumplimentado Formulario de declaración censal disponible en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o en las Delegaciones de Hacienda. El modelo 036 es general y el 037 es específico para actividades profesionales. Para comercio al por menor, generalmente se utiliza el 036.
Licencia de actividad municipal Solicitada en el Ayuntamiento del municipio donde ubicarás el local. Requiere presentar solicitud, planos del local, proyecto de actividad y documentación del local. Algunos municipios exigen también inspección previa del establecimiento.
Afiliación a la Seguridad Social Trámite realizado en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica (https://www.seg-social.es). Necesitarás NIF, datos personales, información del domicilio y detalles de la actividad económica a realizar.
Certificado digital o Cl@ve Certificado digital obtenido en la FNMT (https://www.fnmt.es) o registro en Cl@ve a través de https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos son opcionales pero recomendados para realizar trámites telemáticos con la administración.

Plazos importantes

El alta en el IAE debe realizarse antes de iniciar la actividad económica o en los 10 días siguientes al comienzo de la actividad. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe ser simultánea al alta en el IAE o anterior a la iniciación de la actividad. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de abrir el establecimiento comercial. Una vez dado de alta, deberás cumplir con obligaciones periódicas como la presentación de declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) si superas el umbral de exención, la declaración anual de la renta (modelo 100) y el pago de cuotas mensuales a la Seguridad Social.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el código IAE 653.1 en el modelo 036. Algunos solicitantes confunden este código con otros relacionados con muebles de oficina (653.2) o mobiliario de cocina, lo que causa rechazos o modificaciones posteriores del alta.
  • Olvidar obtener la licencia de actividad municipal antes de abrir el local. Muchos autónomos presentan el IAE pero no tramitan la licencia municipal, lo que puede resultar en sanciones y clausura del establecimiento.
  • No afiliarse a la Seguridad Social como autónomo o hacerlo con retraso respecto al alta en el IAE. Esto genera problemas de cobertura social y puede resultar en sanciones económicas y pérdida de derechos prestacionales.
  • Indicar una actividad diferente a la venta al por menor de muebles, como reparación o instalación, que requeriría otros códigos IAE con diferentes cuotas.
  • No tener documentación clara del local comercial (contrato de alquiler ambiguo o sin especificar uso comercial) que cause rechazo en trámites municipales o de hacienda.
  • Confundir el modelo 036 con otros modelos como el 037, 303 o 130. El 036 es el correcto para el alta inicial; el 303 es para declaraciones trimestrales de IVA y el 130 es para pagos fraccionados del IRPF.

Tributación en módulos

El epígrafe IAE 653.1 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito el IAE para vender muebles de forma ocasional o solo como actividad principal?
Sí, necesitas el IAE incluso si la venta de muebles es ocasional. La AEAT considera que cualquier actividad económica realizada de forma habitual o profesional, aunque sea esporádica, requiere alta en el censo de actividades económicas. Si realizas varias operaciones de venta de muebles en un período corto, se presume actividad económica. La única excepción sería la venta puntual de bienes de uso personal, pero si hay intención de negocio, es obligatorio el IAE.
¿Cuál es la diferencia entre el código 653.1 (muebles general) y otros códigos de muebles como 653.2 (muebles de oficina)?
El código 653.1 es para venta al por menor de muebles generales (salones, dormitorios, comedores), colchones, somieres y objetos de decoración. El código 653.2 es específico para muebles de oficina. Si tu actividad incluye ambos, debes elegir el código principal según donde radique la mayor parte de tu negocio. El código 651.1 (muebles de cocina) es diferente y tiene una cuota mayor. Es importante elegir correctamente porque afecta a la cuota del IAE y a las obligaciones fiscales.
¿Tengo que pagar cuota de IAE siendo autónomo con código 653.1?
La cuota del IAE para el código 653.1 depende de tu volumen de facturación anual. Si tu facturación es inferior a 1 millón de euros anuales, estás exento de pagar cuota (se considera actividad con bajo volumen de negocio). Si superas este umbral, deberás pagar una cuota trimestral o anual según la base imponible. Como autónomo, el alta en el IAE es gratuita en sí misma; lo que puede generar cuota es la facturación que alcances. Consulta con un gestor para conocer tu situación específica.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta en el IAE como comerciante de muebles?
Las obligaciones fiscales principales son: presentación del IVA trimestral (modelo 303) si superas el umbral de exención (actualmente 400.000 euros anuales); declaración anual de la renta (modelo 100) con tus ingresos y gastos; llevar un libro de registro de ingresos y gastos; conservar toda la documentación contable durante 4 años; y pagar cuotas mensuales a la Seguridad Social como autónomo. Además, debes cumplir con obligaciones laborales si contratas empleados (afiliación, nóminas, cotizaciones) y obtener licencia municipal de actividad.
¿Puedo cambiar mi código IAE de 653.1 a otro si amplío mi actividad a muebles de oficina o cocina?
Sí, puedes modificar tu código IAE si cambias o amplías tu actividad. Debes presentar un modelo 036 de modificación en la Delegación de Hacienda o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si tu actividad principal sigue siendo muebles generales (653.1) pero añades complementariamente muebles de oficina, puedes mantener el 653.1. Si la actividad se vuelve principalmente de oficina o cocina, deberías cambiar a los códigos 653.2 o 651.1 respectivamente. Esta modificación puede afectar a tu cuota de IAE, así que consulta con un gestor antes de realizarla.

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