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IAE 653.5Trámites de alta

Alta IAE 653.5: Comercio menor puertas, ventanas y persianas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en autónomos para que gestione tu alta fiscal, la afiliación a la Seguridad Social, y el cumplimiento de tus obligaciones contables y tributarias. Una gestoría te ahorrará tiempo, evitará errores costosos, y te asesorará sobre qué impuestos y declaraciones debes presentar cada trimestre o año. El coste de una gestoría es generalmente entre 50 y 150 euros mensuales, una inversión muy rentable para la tranquilidad y el correcto funcionamiento de tu negocio.

Pasos para darse de alta

1

Solicita tu número de identidad fiscal (NIF) si no lo tienes

Si eres ciudadano español, el NIF se te asigna automáticamente en la Agencia Tributaria. Si eres extranjero, debes solicitar un Número de Identidad de Extranjero (NIE) en la delegación de la Policía Nacional correspondiente a tu provincia. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y comercial en España, ya que te identificará ante la administración tributaria y ante tus clientes.

2

Obtén la autorización municipal o licencia de actividad

Dirígete al ayuntamiento de tu localidad y solicita la licencia de actividad económica para la venta al por menor de puertas, ventanas y persianas. El ayuntamiento verificará que tu local cumple con las normas urbanísticas, de seguridad y de salubridad. Este trámite es obligatorio antes de darte de alta en la Agencia Tributaria, aunque los plazos y requisitos varían según el municipio.

3

Presenta el modelo 036 (o 037 si aplica) en la Agencia Tributaria

Completa el formulario de declaración censal modelo 036, que es el formulario general para el alta en el Registro de Actividades Económicas. En este modelo indicarás que tu actividad es comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas (código IAE 653.5), junto con tus datos personales, la dirección del local, y la fecha de inicio de actividad. Si cumples los requisitos de simplificación (persona física, facturación estimada inferior a 1 millón de euros anuales, etc.), puedes usar el modelo 037, que es más sencillo.

4

Solicita la afiliación a la Seguridad Social como autónomo

Accede a la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o acude presencialmente a una oficina de la Seguridad Social. Presenta la solicitud de afiliación como trabajador autónomo, adjuntando tu NIF y confirmando que inicias actividad como comerciante. La afiliación debe realizarse antes o simultáneamente con el alta en la Agencia Tributaria, ya que la Seguridad Social y la AEAT intercambian información automáticamente.

5

Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio (recomendado)

Aunque no es obligatorio legalmente, es altamente recomendable que abras una cuenta bancaria específica para tu actividad comercial. Esto te facilitará la gestión contable, la presentación de declaraciones de IVA y el seguimiento de ingresos y gastos. Muchas entidades bancarias ofrecen cuentas especiales para autónomos con comisiones reducidas.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 653.5?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) El DNI se solicita en la comisaría de policía o en las delegaciones de la Policía Nacional. El NIE se tramita en la delegación de la Policía Nacional de tu provincia si eres extranjero. Ambos documentos son imprescindibles para cualquier trámite fiscal.
Licencia de actividad económica del ayuntamiento Se obtiene en el ayuntamiento del municipio donde ubicarás tu local comercial. Debes presentar una solicitud, los planos del local, y cumplir con los requisitos urbanísticos y de seguridad. El plazo suele ser de 1 a 3 meses según el municipio.
Comprobante de domicilio (factura de servicios, contrato de alquiler o escritura de propiedad) Puedes obtenerlo de tu proveedor de servicios (agua, luz, gas, teléfono), del propietario del inmueble si lo alquilas, o del registro de la propiedad si es tuyo. Este documento debe estar a tu nombre y mostrar la dirección donde ejercerás la actividad comercial.
Declaración de alta en el Registro de Actividades Económicas (modelo 036 o 037) Se descarga gratuitamente desde la sede electrónica de la AEAT o se solicita en las oficinas de atención al público de la Agencia Tributaria. Puedes presentarlo de forma electrónica con certificado digital o Cl@ve, o en papel en cualquier oficina de la AEAT.
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social como autónomo Se tramita en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a través de su sede electrónica (www.seg-social.es) o presencialmente en una oficina de la Seguridad Social. Necesitarás tu NIF y los datos del negocio que vas a iniciar.

Plazos importantes

Debes presentar el alta en la Agencia Tributaria (modelo 036 o 037) antes de iniciar la actividad comercial, o como máximo dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe realizarse en el mismo plazo. La licencia municipal debe obtenerse antes de darte de alta en la AEAT. Una vez dado de alta, tendrás obligaciones mensuales o trimestrales de presentación de declaraciones de IVA (modelo 303), declaración anual de la renta (modelo 100 si tienes ingresos), y aportaciones mensuales a la Seguridad Social.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 653.5 (comercio al por menor) con otros códigos de carpintería o instalación. Si además de vender también instalas puertas, ventanas o persianas, debes verificar si necesitas un código adicional de instalación (clase 433). Consulta con la AEAT si tu actividad incluye instalación significativa de los productos que vendes.
  • Presentar el alta en la AEAT sin tener previamente la licencia municipal. Muchos ayuntamientos no aprueban la licencia hasta que verifican que la actividad está registrada en la AEAT, creando un círculo vicioso. Inicia los trámites municipales y de la AEAT de forma simultánea para evitar retrasos.
  • Olvidar la afiliación a la Seguridad Social como autónomo. Si no te afílias en el plazo correcto, perderás cobertura sanitaria y de prestaciones, y la AEAT puede rechazar tu alta o imponerte sanciones. Asegúrate de que la Seguridad Social confirma tu afiliación antes de comenzar la actividad.
  • No distinguir entre el modelo 036 (general) y el modelo 037 (simplificado). El modelo 037 solo es válido para personas físicas con actividades sencillas y sin establecimiento permanente complejo. Si tienes dudas, usa el modelo 036, que es más seguro.
  • Indicar incorrectamente el código IAE o la descripción de la actividad. Si vendes puertas blindadas, toldos con instalación, o marcos en un local diferente al de fabricación, verifica con la AEAT que el código 653.5 es el correcto, ya que algunas variantes podrían requerir códigos adicionales.

Tributación en módulos

El epígrafe IAE 653.5 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar alguna tasa para darme de alta en el IAE?
No, el alta en el Registro de Actividades Económicas (IAE) es completamente gratuita para personas físicas y jurídicas. No existe tasa alguna por la presentación del modelo 036 o 037. La única excepción es si tu facturación anual supera 1 millón de euros, en cuyo caso tendrías que pagar una cuota anual de IAE, pero esto es poco común para comercios minoristas pequeños. Verifica con la AEAT o con un gestor si tu actividad podría estar sujeta a esta cuota.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden usar todas las personas físicas y jurídicas para darse de alta en actividades económicas. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden usar personas físicas que cumplan ciertos requisitos: no tener establecimiento permanente, no ser agencia de aduanas, no ser agente de seguros, y tener actividades sencillas. Si tienes un local comercial (establecimiento permanente), debes usar el modelo 036. Si tienes dudas, usa siempre el 036 para evitar problemas.
¿Qué impuestos debo pagar como comerciante de puertas, ventanas y persianas?
Como autónomo dado de alta en el código IAE 653.5, tendrás las siguientes obligaciones tributarias: (1) IVA: deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 si tu facturación anual supera 30.000 euros, o anuales si es menor. (2) IRPF: deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) si tus ingresos netos superan 1.000 euros anuales. (3) Aportaciones a la Seguridad Social: pagarás una cuota mensual como autónomo (actualmente sobre 290-300 euros mensuales, aunque puede variar). Consulta con un gestor para conocer tu situación específica.
¿Puedo vender puertas automatizadas o toldos con instalación bajo el código IAE 653.5?
Sí, según la información de consultas de la AEAT, la venta de puertas automatizadas está incluida en el código 653.5. También puedes vender toldos con aportación de material. Sin embargo, si la instalación es significativa y representa una parte importante de tu negocio, es recomendable verificar con la AEAT si necesitas un código IAE adicional (como el 433 para instalación de estructuras metálicas). Lo importante es ser transparente en tu declaración censal sobre la naturaleza exacta de tu actividad.
¿Debo registrarme en el Registro Mercantil además del IAE?
No es obligatorio para autónomos que operan como personas físicas. El registro en el Registro Mercantil es voluntario para autónomos, pero sí es obligatorio si constituyes una sociedad limitada (SL) o una sociedad anónima (SA). Si decides operar como autónomo individual bajo el código IAE 653.5, no necesitas el Registro Mercantil. Sin embargo, muchos autónomos optan por registrarse voluntariamente para mayor protección y profesionalidad ante clientes. Consulta con un gestor si es recomendable en tu caso.

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