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IAE 653.6Trámites de alta

Alta IAE 653.6: Comercio al por menor de artículos de bricolaje

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en altas fiscales y tramitación de licencias municipales. Un gestor profesional te guiará en todo el proceso, asegurará que todos tus documentos estén correctos, gestionará la presentación telemática de los formularios, y te ayudará a cumplir con tus obligaciones fiscales y contables desde el primer día. Esto te permitirá concentrarte en tu negocio de bricolaje sin preocupaciones administrativas, además de evitar costosos errores que podrían retrasar tu apertura.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu documento de identidad (DNI, pasaporte o certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros). Este trámite es gratuito y es imprescindible para poder darte de alta en cualquier actividad económica. Si ya tienes NIF, puedes pasar directamente al siguiente paso.

2

Prepara la documentación necesaria

Reúne todos los documentos requeridos para el alta, incluyendo tu DNI, justificante de domicilio, acreditación del local comercial (contrato de alquiler o escritura de propiedad) y, si es aplicable, documentación sobre los socios o representantes legales. Asegúrate de que toda la documentación está actualizada y en vigor. Si utilizas un domicilio compartido o un centro de negocios, obtén la documentación específica que acredite tu derecho de ocupación del espacio.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la Administración Tributaria

Cumplimenta el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (declaración censal simplificada, si eres persona física y cumples los requisitos) con todos tus datos personales, datos del negocio, domicilio del local comercial y descripción de la actividad (código IAE 653.6). Puedes presentar este formulario de manera presencial en cualquier Delegación de la Agencia Tributaria, o bien de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando tu certificado digital o Cl@ve. La presentación es gratuita y obligatoria para iniciar tu actividad.

4

Solicita la licencia de actividad al Ayuntamiento

Dirígete al Ayuntamiento de tu municipio y solicita la licencia de actividad (o licencia de funcionamiento) para comercio al por menor de artículos de bricolaje. Deberás presentar una solicitud junto con documentación que acredite tu identidad, la titularidad o cesión del local, y un proyecto técnico o memoria descriptiva de la actividad. El plazo de resolución es variable según el municipio, pero generalmente oscila entre 15 y 30 días. Sin esta licencia, no puedes abrir al público tu establecimiento.

5

Cumple con obligaciones fiscales y de seguridad social

Una vez dado de alta, debes inscribirte en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (si no tienes empleados) o en el Régimen General (si los tienes). Además, debes darte de alta en el censo de IVA si tu facturación anual supera los 3.600 euros, y cumplir con tus obligaciones de presentación de declaraciones trimestrales (modelo 303 de IVA) y anuales (modelo 100 de IRPF). Mantén todos tus registros contables y facturas ordenados para futuras inspecciones.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 653.6?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte Tu DNI o pasaporte válido en vigor. Si eres extranjero sin DNI español, necesitarás el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y documentación acreditativa de tu identidad. Obtén el NIE en la Delegación Provincial de la Policía Nacional o en la Delegación de la Agencia Tributaria.
Justificante de domicilio personal Recibo de servicios (agua, luz, gas, teléfono, internet) a tu nombre, con antigüedad no superior a 3 meses, o certificado de empadronamiento. Puedes obtener el certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento de tu municipio de residencia, en la oficina de Atención Ciudadana o a través de su sede electrónica.
Documentación del local comercial Contrato de alquiler vigente con el arrendador, o escritura de propiedad inscrita en el Registro de la Propiedad. Si el local pertenece a otra persona, necesitarás una autorización notarial o un poder que acredite tu derecho a ocuparlo. Si utilizas un centro de negocios, solicita al gestor del centro un certificado de ocupación del espacio.
Certificado digital o acceso a Cl@ve Para tramitación telemática, necesitas un certificado digital válido (como el certificado de autenticación de la FNMT) o una cuenta Cl@ve verificada. Obtén el certificado en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o regístrate en Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos son gratuitos.
Datos de los socios o representantes (si aplica) Si tu negocio es una sociedad mercantil o tienes representantes legales, necesitarás documentación que acredite su identidad y su participación en la empresa. Incluye copias del DNI de todos los socios, escritura de constitución de la sociedad e inscripción en el Registro Mercantil. Obtén estos documentos en el Registro Mercantil Provincial correspondiente.
Declaración de compatibilidad laboral (si aplica) Si trabajas por cuenta ajena en otra empresa y vas a darte de alta como autónomo, necesitas una declaración responsable indicando que tu actividad como comerciante de bricolaje es compatible con tu empleo anterior. Esta declaración la presentas junto con el modelo 036/037 en la Agencia Tributaria.

Plazos importantes

El plazo para presentar el modelo 036 o 037 es antes de iniciar la actividad económica; si no lo haces, puedes incurrir en sanciones. La licencia de actividad del Ayuntamiento debe solicitarse también antes de abrir el establecimiento al público, con un plazo de resolución que varía según el municipio (generalmente 15-30 días). Una vez dado de alta, tienes obligaciones periódicas: presentar la declaración del IVA trimestralmente (modelo 303) si superas el umbral de 3.600 euros anuales, y la declaración de la renta anualmente (modelo 100) antes del 30 de junio. Además, debes estar al corriente con tus cuotas de Seguridad Social como autónomo, que se pagan mensualmente.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 653.6 con otros códigos de comercio minorista (como 653.1 para electrodomésticos o 653.2 para muebles). Asegúrate de que el código que indiques en el modelo 036/037 es exactamente 653.6 para comercio al por menor de artículos de bricolaje, ya que un código incorrecto puede causar problemas con tus obligaciones fiscales posteriores.
  • No solicitar la licencia de actividad al Ayuntamiento antes de abrir el establecimiento. Muchos emprendedores presentan el modelo 036 y olvidan tramitar la licencia municipal, lo que puede resultar en clausura del local y sanciones administrativas. Ambos trámites son obligatorios e independientes.
  • Indicar un domicilio incorrecto o desactualizado en el modelo 036. Si cambias de local comercial después del alta, debes presentar una modificación censal (modelo 036 nuevo) en la Agencia Tributaria. Un domicilio erróneo puede causar que no recibas notificaciones oficiales y que se te impongan sanciones por incumplimiento.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo en el plazo establecido (30 días naturales desde el inicio de la actividad). Si no lo haces a tiempo, puedes perder la cobertura de seguridad social y enfrentar multas. Realiza este trámite simultáneamente con el alta tributaria.
  • Olvidar que el comercio al por menor de bricolaje puede requerir cumplimiento de normativas específicas sobre seguridad de productos, especialmente si vendes herramientas eléctricas o productos químicos. Asegúrate de cumplir con las regulaciones sobre etiquetado, almacenamiento y venta de estos artículos según la legislación vigente.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar tanto personas físicas como jurídicas (empresas, sociedades limitadas, etc.). El modelo 037 es la declaración censal simplificada, disponible únicamente para personas físicas (autónomos) que cumplan ciertos requisitos y no tengan empleados. Si eres un autónomo sin asalariados dedicado al comercio al por menor de bricolaje, puedes usar el modelo 037, que es más simple. Si tienes empleados o tu negocio es una sociedad mercantil, debes usar el modelo 036.
¿Tengo que pagar alguna tasa o arancel para darte de alta con el IAE?
No, el alta como autónomo o empresario con un epígrafe IAE es completamente gratuita. No existe tasa del IAE para actividades con facturación inferior a 1 millón de euros anuales. El modelo 036 y el modelo 037 se presentan sin coste alguno. Sin embargo, sí deberás pagar cuotas de Seguridad Social como autónomo (aproximadamente 290 euros mensuales en 2024, aunque existen reducciones para el primer año), y posiblemente tasas municipales por la licencia de actividad, que varían según tu municipio.
¿Puedo presentar el modelo 036 de forma telemática sin certificado digital?
Sí, puedes presentar el modelo 036 de forma telemática sin certificado digital utilizando tu cuenta Cl@ve. Cl@ve es un sistema de autenticación gratuito del Gobierno que te permite acceder a servicios públicos en línea. Solo necesitas registrarte en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html con tu DNI y un correo electrónico. Una vez registrado, puedes acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y presentar tu declaración censal de forma segura. También puedes presentar el formulario de forma presencial en cualquier Delegación de la Agencia Tributaria si prefieres no usar medios telemáticos.
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse mi alta como comerciante de bricolaje?
El procesamiento del modelo 036 o 037 por parte de la AEAT es generalmente inmediato o en cuestión de días si lo presentas telemáticamente. Sin embargo, la licencia de actividad del Ayuntamiento puede tardar entre 15 y 30 días hábiles, dependiendo del municipio y de la complejidad de tu solicitud. Te recomendamos presentar ambos trámites simultáneamente para agilizar el proceso. No debes abrir tu establecimiento al público hasta que tengas tanto el alta tributaria como la licencia municipal en tu poder.
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta como comerciante de bricolaje?
Una vez dado de alta, tendrás varias obligaciones principales: primero, debes darte de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social y pagar tus cuotas mensuales. Segundo, si tu facturación anual supera los 3.600 euros, debes declarar y pagar el IVA trimestralmente mediante el modelo 303. Tercero, debes presentar tu declaración de la renta anual (modelo 100) antes del 30 de junio de cada año. Cuarto, debes mantener un registro de facturas emitidas y recibidas, y guardar toda la documentación contable durante un mínimo de 4 años. Recomendamos contar con una gestoría para cumplir correctamente con todas estas obligaciones.

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