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IAE 659.1Trámites de alta

Alta IAE 659.1: Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas y coleccionismo

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en asesoramiento fiscal para autónomos. Un gestor profesional te ayudará a navegar correctamente todos los trámites de alta, a elegir el régimen de tributación más adecuado para tu negocio de coleccionismo y a cumplir con todas tus obligaciones fiscales y contables. Esto te permitirá enfocarte en tu actividad comercial mientras garantizas el cumplimiento normativo y optimizas tu carga fiscal.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el número de identidad fiscal (NIF)

Si eres una persona física residente en España, debes obtener tu NIF en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y una solicitud de NIF. El trámite es gratuito y es requisito previo para cualquier alta fiscal. Si ya dispones de NIF, puedes pasar al siguiente paso.

2

Obtén el Código de Identificación de Negocio (CIN) si es aplicable

En algunos casos, especialmente si vas a ejercer como autónomo con establecimiento, necesitarás solicitar un CIN en la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria. Este código identifica específicamente tu negocio de comercio de coleccionismo. Presenta tu NIF, la solicitud correspondiente y documentación que acredite el local o establecimiento donde ejercerás la actividad.

3

Presenta la declaración censal modelo 036

Debes rellenar y presentar el modelo 036 (Declaración censal de alta, modificación y baja de datos fiscales) ante la Agencia Tributaria. En este formulario indicarás que te das de alta como comerciante de sellos, monedas, medallas y artículos de coleccionismo con el código IAE 659.1. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o presencialmente en cualquier Delegación Provincial.

4

Solicita el alta en el Régimen de Estimación Directa o Simplificada del IRPF

Como autónomo, debes elegir un sistema de tributación para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Puedes optar por el régimen de estimación directa (normal o simplificada) o por el de módulos, según tus características. Esta elección se realiza junto con el alta censal y condiciona cómo declararás tus ingresos y gastos anualmente.

5

Comunica tu situación de comerciante de bienes de arte y antigüedades

Dado que tu actividad incluye la venta de obras de arte, antigüedades y objetos de colección, debes informar correctamente a la AEAT sobre este aspecto. Algunos de estos bienes pueden tener tratamientos fiscales especiales, especialmente en relación con el IVA. Asegúrate de que en tu declaración censal consta claramente que comercias con este tipo de artículos para evitar futuras correcciones.

6

Solicita el alta en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Si tu volumen de facturación supera los umbrales establecidos o si decides acogerte voluntariamente al régimen de IVA, debes presentar la declaración de alta en el IVA. Esto es especialmente importante en el comercio de coleccionismo, ya que algunos artículos pueden tener tipos impositivos especiales o estar exentos. Realiza este trámite en la Sede Electrónica de la AEAT.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 659.1?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Documento original que debes presentar en la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria. Es tu identificación personal y es obligatorio para cualquier trámite fiscal. Debes llevarlo contigo en todos los trámites presenciales.
Solicitud de NIF (modelo EX-00) Disponible en la Delegación Provincial de la Agencia Tributaria o descargable desde la Sede Electrónica de la AEAT. Este formulario es necesario si aún no dispones de NIF y debes completarlo con tus datos personales y domicilio.
Declaración censal modelo 036 Disponible en la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml) o en cualquier Delegación Provincial. Es el formulario principal para darte de alta como comerciante y debes rellenarlo con los datos de tu negocio, domicilio y actividad económica.
Justificante de domicilio Recibo de luz, agua, gas, teléfono o contrato de alquiler con fecha reciente (máximo 3 meses). Este documento acredita tu domicilio fiscal y es obligatorio presentarlo junto con la solicitud de NIF o el modelo 036.
Documentación del local o establecimiento Si dispones de un local físico para tu negocio de coleccionismo, necesitarás el contrato de alquiler, compraventa o cédula de habitabilidad. Este documento acredita que tienes un lugar donde ejercer la actividad comercial.
Certificado de empadronamiento Expedido por el Ayuntamiento de tu municipio de residencia. Este documento confirma tu domicilio fiscal oficial y puede ser necesario en algunos trámites complementarios.

Plazos importantes

El alta en el IAE debe solicitarse dentro de los 10 días hábiles siguientes al inicio de tu actividad económica como comerciante de coleccionismo. Una vez dado de alta, debes presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. Si tienes obligación de presentar declaraciones de IVA, estas serán trimestrales (modelos 303) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Además, debes mantener actualizada tu información censal en la AEAT, comunicando cualquier cambio en tu domicilio, local o actividad en un plazo máximo de 10 días.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el código IAE 659.1 en la declaración censal, lo que puede resultar en un alta con código incorrecto que no refleje tu actividad real de comercio de sellos, monedas y antigüedades.
  • Olvidar comunicar que comercias con obras de arte y antigüedades, lo que puede causar problemas posteriores con la tributación del IVA y las obligaciones de declaración de operaciones especiales.
  • Presentar el modelo 036 fuera del plazo de 10 días hábiles desde el inicio de la actividad, lo que puede resultar en sanciones o multas por parte de la AEAT.
  • No actualizar el domicilio fiscal o el local de actividad cuando cambias de ubicación, generando inconsistencias en los registros de la AEAT y posibles problemas con notificaciones oficiales.
  • Confundir el régimen de tributación elegido (estimación directa, simplificada o módulos) sin analizar cuál es más ventajoso según tu volumen de facturación y estructura de gastos.
  • No solicitar el alta en IVA cuando es obligatorio, especialmente si tu facturación supera los 3.600 euros anuales o si decides voluntariamente acogerte al régimen.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 659.1 y otros códigos relacionados con comercio de arte?
El código IAE 659.1 está específicamente diseñado para comercio al por menor de sellos, monedas, medallas y artículos de coleccionismo, incluyendo minerales, fósiles e insectos. Otros códigos como el 659.2 se refieren a librerías o comercio de libros usados, y el 639.4 corresponde a galerías de arte. Es fundamental elegir el código correcto que refleje tu actividad principal para evitar problemas con la AEAT.
¿Necesito pagar alguna tasa o cuota para darme de alta en el IAE con el código 659.1?
No, el alta en el IAE es completamente gratuita. No existen tasas que pagar por la presentación del modelo 036 o por la obtención del NIF. Sin embargo, si tu facturación anual supera 1 millón de euros, entonces sí estarías obligado a contribuir al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), pero esto es una obligación fiscal posterior al alta, no un coste del trámite de registro.
¿Puedo vender artículos de coleccionismo a través de plataformas online como eBay o Wallapop sin cambiar mi código IAE?
Sí, el código IAE 659.1 ampara expresamente la venta de artículos de coleccionismo a través de plataformas online como eBay y similares. La AEAT ha confirmado que la compraventa de antigüedades, cromos, sellos y otros artículos de colección por vía electrónica se encuadra correctamente en este código. Sin embargo, debes declarar correctamente todos los ingresos obtenidos en tus declaraciones fiscales anuales.
¿Qué diferencia hay entre obras de arte originales y reproducciones en términos de tributación?
Las obras de arte originales (cuadros al óleo, acuarelas, grabados originales, litografías) tienen un tratamiento fiscal especial en el IVA, con tipos reducidos o exenciones en algunos casos. Las reproducciones, láminas impresas o copias no tienen este trato especial. Es importante que en tu declaración censal especifiques claramente qué tipo de obras comercias, ya que esto afecta a tu obligación de IVA y a cómo debes registrar tus operaciones.
¿Cuáles son mis obligaciones contables y fiscales una vez dado de alta con el código 659.1?
Debes mantener un libro de registro de ingresos y gastos (si estás en estimación directa), presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio, y si tienes obligación de IVA, presentar declaraciones trimestrales (modelo 303). Además, debes conservar todos los comprobantes de compra y venta durante 4 años, emitir facturas por tus operaciones, y comunicar a la AEAT cualquier cambio en tus datos fiscales en un plazo máximo de 10 días.

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