Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en comercio minorista y aparatos médicos para garantizar que todos tus trámites de alta se realicen correctamente y en los plazos establecidos. Una gestoría experimentada se encargará de presentar el Modelo 036, coordinar con el Ayuntamiento para la licencia de actividad, gestionar tu afiliación a la Seguridad Social y asesorarte sobre obligaciones fiscales y contables posteriores. El coste de estos servicios es muy inferior al riesgo de cometer errores administrativos que pueden resultar en sanciones, denegación de actividad o problemas legales. Además, una gestoría te ayudará a optimizar tu régimen fiscal y a cumplir correctamente con tus obligaciones trimestrales y anuales.
Pasos para darse de alta
Paso 1: Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Necesitarás presentar tu documento de identidad (DNI, pasaporte o NIE) y cumplimentar el formulario correspondiente. Este trámite es gratuito y es requisito previo imprescindible para darte de alta en el IAE como comerciante de aparatos médicos y ortopédicos.
Paso 2: Registrarte en Cl@ve o solicitar certificado digital
Para realizar trámites telemáticos con la AEAT, necesitas autenticarte mediante Cl@ve (sistema de autenticación del Estado) o disponer de un certificado digital válido. Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para registrarte en Cl@ve, que es el método más sencillo y rápido. Este paso es fundamental para presentar telemáticamente tu solicitud de alta en el IAE desde la Sede Electrónica de la AEAT.
Paso 3: Cumplimentar y presentar el Modelo 036 o 037
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y cumplimenta el Modelo 036 (para personas físicas) o Modelo 037 (para sociedades) indicando que vas a ejercer la actividad de comercio al por menor de aparatos médicos y ortopédicos con código IAE 659.3. Debes facilitar datos personales, domicilio del local comercial, descripción detallada de la actividad, número de empleados y otros datos relevantes. Este formulario constituye tu declaración censal de alta y debe presentarse en el plazo de 10 días desde el inicio de la actividad.
Paso 4: Solicitar licencia de actividad municipal
Antes de abrir tu comercio, debes solicitar la licencia de actividad (licencia municipal) en el Ayuntamiento donde vayas a ubicar tu local. Presenta la solicitud junto con documentación que acredite tu identidad, el proyecto técnico del local, planos del establecimiento y copia de la solicitud de alta en el IAE. El plazo de resolución varía según el municipio, pero generalmente es de 30 días. Esta licencia es obligatoria para poder ejercer legalmente la actividad comercial.
Paso 5: Darte de alta en el Régimen de la Seguridad Social
Si eres autónomo, debes afiliarte y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Solicita un número de afiliación en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y cumplimenta el formulario de alta. El plazo para hacer esto es de 30 días desde el inicio de la actividad. Esta obligación es fundamental para tener protección social y poder ejercer legalmente como autónomo.
Paso 6: Registrarte en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Si tu volumen de facturación anual supera los 1.600 euros, debes darte de alta en el IVA. Esto se realiza conjuntamente con el Modelo 036/037 indicando tu intención de ser sujeto pasivo del IVA. A partir de ese momento, estarás obligado a presentar declaraciones trimestrales (Modelo 303) y a emitir facturas con desglose de IVA. Si tu facturación es menor, puedes optar por no tributar en IVA, pero debes indicarlo expresamente en tu declaración censal.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 659.3?
Plazos importantes
El plazo para presentar el Modelo 036 de alta en el IAE es de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad comercial. Simultáneamente, debes solicitar la licencia de actividad municipal, que generalmente se resuelve en un plazo de 30 días. Tu afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe realizarse también en el plazo de 30 días desde el inicio de la actividad. A partir del alta en el IAE, si eres sujeto pasivo del IVA, deberás presentar trimestralmente el Modelo 303 (declaración de IVA) antes del día 20 del mes siguiente al trimestre vencido. Anualmente, deberás presentar tu declaración de IRPF (Modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No indicar correctamente el código IAE 659.3 en el Modelo 036, confundiéndolo con otros códigos de comercio al por menor (como 659.1 para óptica o 659.2 para fotografía). Es fundamental ser preciso en la descripción de tu actividad para evitar problemas posteriores con inspecciones o reclamaciones de la AEAT.
- ✗Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal antes de abrir el negocio, lo que puede resultar en sanciones administrativas y la obligación de cerrar temporalmente el local. Muchos emprendedores creen erróneamente que el alta en el IAE es suficiente, pero la licencia municipal es un requisito legal independiente y obligatorio.
- ✗No darse de alta en el Régimen de la Seguridad Social como autónomo en el plazo establecido, lo que genera deudas y sanciones. Este es un error muy frecuente entre nuevos autónomos que no conocen la obligatoriedad de afiliarse a la TGSS en los primeros 30 días.
- ✗Presentar documentación incompleta o con datos erróneos en el Modelo 036, como domicilio del local incorrecto o descripción vaga de la actividad. Esto puede retrasar el procesamiento de tu alta y crear inconsistencias con otros organismos administrativos.
- ✗No registrarse previamente en Cl@ve o no disponer de certificado digital válido, lo que impide presentar telemáticamente la solicitud de alta. Muchos trámites en la AEAT son exclusivamente telemáticos, por lo que sin autenticación digital no puedes completar el proceso.
- ✗Confundir el Modelo 036 con el Modelo 303 (declaración de IVA trimestral) o con el Modelo 100 (declaración anual de IRPF). Estos son formularios diferentes con propósitos distintos, y presentar uno cuando corresponde otro puede causar rechazo administrativo.
Tributación en módulos
El epígrafe IAE 659.3 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.
Calcular IRPF en módulos →Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 659.3 y otros códigos de comercio minorista médico?▼
¿Tengo que pagar alguna tasa o arancel para darme de alta en el IAE como comerciante de aparatos médicos?▼
¿Puedo vender aparatos médicos por Internet con el código IAE 659.3?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo después de darme de alta con el código IAE 659.3?▼
¿Necesito algún permiso especial o certificación para vender prótesis auditivas, gafas o lentillas de colores?▼
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