Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría profesional especializada en trámites de alta y fiscalidad. Un gestor administrativo o asesor fiscal te ayudará a rellenar correctamente el modelo 036, a coordinar con el Ayuntamiento para la licencia de actividad, y a gestionar tus obligaciones tributarias posteriores (IVA, IRPF, Seguridad Social). El coste de una gestoría es generalmente muy inferior a los errores y sanciones que podrías evitar, y te permitirá concentrarte en desarrollar tu negocio sin preocupaciones administrativas.
Pasos para darse de alta
Solicita el número de identidad fiscal (NIF) o verifica que ya lo tienes
Si eres persona física, necesitarás solicitar un NIF en la Agencia Tributaria si aún no lo tienes. Puedes hacerlo de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT o a través de la Administración Electrónica. Si ya eres autónomo o tienes actividad empresarial anterior, probablemente ya dispongas de NIF. Verifica que tu NIF esté activo en el sistema de la AEAT antes de proceder con el alta.
Presenta la declaración censal (modelo 036) ante la AEAT
Debes rellenar el modelo 036, que es la declaración censal general para darse de alta en el Registro de Actividades Económicas. En este formulario indicarás el epígrafe 662.1 como actividad principal, junto con tus datos personales, domicilio del negocio, descripción de la actividad y datos de contacto. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT, por correo o de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
Registra tu negocio en el Registro Mercantil si es necesario
Dependiendo de la estructura jurídica de tu negocio (persona física, sociedad limitada, cooperativa), puede ser obligatorio el registro en el Registro Mercantil Provincial. Si es una cooperativa de consumo, este registro es obligatorio. Si actúas como persona física en régimen de autónomo, el registro mercantil es voluntario pero recomendable. Consulta con la oficina del Registro Mercantil de tu provincia para conocer los requisitos específicos.
Solicita la licencia de actividad municipal y cumple con normativas locales
Debes obtener la licencia de actividad económica del ayuntamiento donde ubicarás tu economato o cooperativa. Presenta la documentación requerida (proyecto de actividad, planos del local, documentación de identidad) en el consistorio local. Además, asegúrate de cumplir con la normativa de horarios, seguridad e higiene aplicable a comercios de venta al por menor, especialmente si tu establecimiento abre 24 horas.
Dáte de alta en el régimen de la Seguridad Social como autónomo
Si eres persona física, debes afiliarte y darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo. Esto es obligatorio incluso aunque no tengas empleados. Presenta la solicitud en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de su sede electrónica. Necesitarás el NIF, datos personales y confirmación del alta en la AEAT.
Solicita el alta en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) si procede
Si tu volumen de facturación previsible supera los 1.600 euros anuales (o 3.000 euros si es la primera actividad), debes solicitar el alta en el IVA. Esto se realiza en el mismo modelo 036 o mediante el modelo 037 si cumples los requisitos de simplificación. Indica en la declaración censal si te acoges al régimen simplificado o al régimen normal de IVA.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 662.1?
Plazos importantes
El plazo para darse de alta en el Registro de Actividades Económicas es de 10 días hábiles a partir del inicio de la actividad. Si no presentas la declaración censal dentro de este plazo, incurrirás en sanciones por presentación tardía. La licencia de actividad municipal debe obtenerse antes de iniciar operaciones, con un plazo típico de 30 días desde la solicitud. Una vez dado de alta, debes cumplir con las obligaciones periódicas: presentación de impuestos trimestrales (IVA si aplica), declaración de la renta anual (IRPF), y cotizaciones mensuales a la Seguridad Social si eres autónomo. La solicitud de alta en el Registro Mercantil, si procede, debe realizarse en los 30 días siguientes al inicio de la actividad.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No presentar la declaración censal en el plazo de 10 días hábiles desde el inicio de la actividad, lo que genera sanciones por presentación tardía. Muchos emprendedores creen que tienen más tiempo o que el alta es automática, cuando en realidad deben iniciar el trámite de forma proactiva.
- ✗Confundir el epígrafe correcto: algunos solicitantes utilizan epígrafes genéricos de comercio al por menor en lugar del específico 662.1 para economatos y cooperativas. Esto puede causar problemas en futuras inspecciones o cambios de actividad, ya que el epígrafe determina las obligaciones fiscales aplicables.
- ✗Olvidar obtener la licencia de actividad municipal antes de abrir el establecimiento. Aunque el alta en la AEAT es telemática y rápida, la licencia municipal es obligatoria y su falta puede resultar en clausura del negocio y multas importantes.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo. Algunos piensan que solo es necesario si tienen empleados, pero es obligatorio incluso si trabajas solo. La falta de alta genera sanciones y problemas para acceder a prestaciones futuras.
- ✗Indicar incorrectamente el horario de funcionamiento o la descripción de productos. Si tu economato abre 24 horas o vende productos específicos como equipos informáticos, debes especificarlo correctamente en la declaración censal para evitar discrepancias con futuras inspecciones.
- ✗No preparar documentación correcta sobre la propiedad o alquiler del local. Muchos solicitan el alta sin tener confirmado el domicilio del negocio, lo que causa rechazos o necesidad de modificaciones posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el coste de darse de alta con el epígrafe 662.1?▼
¿Puedo presentar el modelo 036 antes de tener el local definitivo?▼
¿Necesito ser una cooperativa de consumo legalmente constituida para usar el epígrafe 662.1?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el epígrafe 662.1?▼
¿Puedo cambiar de epígrafe después de darme de alta?▼
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