Aunque los trámites de alta son relativamente sencillos, te recomendamos encarecidamente que contrates a una gestoría profesional para asegurar que todos los procedimientos se realizan correctamente y sin demoras. Una gestoría te asesorará sobre tus obligaciones fiscales específicas como comerciante en régimen de expositores, te ayudará con la presentación de declaraciones trimestrales (modelo 303 si aplica IVA) y anuales, y te mantendrá al día con cambios normativos. El coste de una gestoría (generalmente entre 50-150 euros mensuales) es una inversión que evita multas y errores administrativos que podrían ser mucho más costosos.
Pasos para darse de alta
Obtén el NIE o NIF
Si eres ciudadano español, solicita tu NIF en la Delegación de Hacienda más cercana presentando tu DNI original. Si eres extranjero residente en España, debes tramitar el NIE en la misma delegación con tu pasaporte y un justificante de domicilio. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y debe estar vigente.
Abre una cuenta bancaria a nombre de tu negocio
Dirígete a una entidad bancaria y abre una cuenta corriente a tu nombre como autónomo o en el nombre de tu actividad económica. Necesitarás presentar tu DNI/NIE, un justificante de domicilio reciente (factura de servicios, contrato de alquiler) y el formulario de apertura de cuenta de la entidad. Esta cuenta será esencial para la gestión de ingresos y pagos de tu actividad comercial.
Presenta el modelo 036 (Declaración Censal)
Rellena el formulario 036 de la AEAT indicando el código de epígrafe 664.1 y los datos de tu actividad comercial. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando Cl@ve o certificado digital, o presencialmente en cualquier Delegación de Hacienda. Este trámite es gratuito y formaliza tu alta como autónomo ante la Administración Tributaria.
Solicita el alta en el Régimen de Autónomos (RETA)
Accede a la Seguridad Social (www.seg-social.es) y solicita el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Necesitarás tu NIE/NIF, datos bancarios y confirmación de tu actividad económica. El alta en la Seguridad Social es obligatoria y debes hacerla antes de iniciar tu actividad para estar protegido ante contingencias de salud, jubilación y otras prestaciones sociales.
Obtén licencia de actividad municipal
Contacta con el Ayuntamiento de tu municipio para solicitar la licencia de actividad comercial. Deberás presentar el DNI/NIE, justificante de domicilio, formulario de solicitud del Ayuntamiento y posiblemente documentación sobre el local donde instalarás los expositores. Ten en cuenta que según la normativa del IAE, la cuota mínima municipal la satisfará exclusivamente el titular del establecimiento donde esté instalada la vitrina.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 664.1?
Plazos importantes
El alta en el Régimen de Autónomos debe realizarse antes de iniciar tu actividad económica, siendo obligatorio presentar la solicitud en la Seguridad Social en el plazo máximo de 30 días desde el inicio de la actividad. La declaración censal (modelo 036) debe presentarse en el mes de enero del año siguiente al de inicio de la actividad, aunque es recomendable hacerlo de inmediato. Las cuotas de autónomo son mensuales y deben pagarse entre el 1 y el 20 de cada mes. Recuerda que la cuota municipal la satisfará exclusivamente el titular del establecimiento donde esté instalada la vitrina, mientras que la cuota nacional la satisfará el propietario de las vitrinas.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código de epígrafe IAE: asegúrate de usar el 664.1 (venta de artículos diversos en expositores) y no otros códigos similares como 642 (venta al por menor en tiendas) o 661 (venta de artículos nuevos en régimen de expositores).
- ✗No presentar el alta en la Seguridad Social antes de iniciar la actividad: esto puede resultar en sanciones y falta de protección social. El alta debe hacerse simultáneamente o incluso antes que el modelo 036.
- ✗Olvidar solicitar la licencia de actividad municipal: aunque presentes el modelo 036 ante la AEAT, necesitas la autorización del Ayuntamiento para ejercer legalmente la actividad comercial en tu municipio.
- ✗Confundir quién paga la cuota municipal y nacional: según la normativa, la cuota mínima municipal la satisface el titular del establecimiento donde esté instalada la vitrina, mientras que la cuota nacional la satisface el propietario de las vitrinas.
- ✗No domiciliar correctamente las cuotas de autónomo: asegúrate de que tu cuenta bancaria está correctamente registrada en la Seguridad Social para evitar problemas con los pagos mensuales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?▼
¿Tengo que pagar cuota de IAE para este epígrafe?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré como vendedor de artículos en expositores?▼
¿Puedo vender bebidas alcohólicas en expositores bajo este epígrafe?▼
¿Quién paga la cuota municipal y quién la cuota nacional del IAE?▼
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