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IAE 671.2Trámites de alta

Alta IAE 671.2: Restaurantes cuatro tenedores

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en restauración para asegurar que todos tus trámites de alta se realizan correctamente y en los plazos establecidos. Una gestoría se encargará de presentar el modelo 036, gestionar tu alta en la Seguridad Social, asesorarte sobre las licencias municipales necesarias y ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales periódicas (IVA, IRPF, declaraciones anuales). El coste de una gestoría es generalmente muy inferior a las sanciones que podrías recibir por errores administrativos, y te permitirá concentrarte en la gestión de tu restaurante sin preocupaciones burocráticas.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Antes de cualquier trámite, debes obtener tu NIF si aún no lo tienes. Si eres ciudadano español, dirígete a la Delegación de Hacienda más cercana o solicítalo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este documento es imprescindible para cualquier actividad económica en España y será tu identificativo ante la administración tributaria.

2

Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social

Debes solicitar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería de la Seguridad Social. Presenta la solicitud de afiliación y alta, indicando que vas a ejercer como restaurador. Este paso es obligatorio y debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal. El alta en la Seguridad Social tiene efectos desde el día de presentación de la solicitud.

3

Presentar la declaración censal (modelo 036)

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y cumplimenta el modelo 036, que es la declaración censal obligatoria para darte de alta en el Registro de Actividades Económicas. En este formulario indicarás el código IAE 671.2, los datos de tu establecimiento, la actividad principal y otros datos relevantes. Puedes presentarlo de forma telemática usando Cl@ve o certificado digital, o presencialmente en la oficina de la AEAT correspondiente.

4

Solicitar licencias y permisos municipales

Dirígete al Ayuntamiento de tu localidad para solicitar la licencia de actividad comercial y la licencia de ocupación de espacio público si tienes terraza. También necesitarás la licencia de actividad específica para restaurante, que puede requerir inspecciones de seguridad e higiene. Estos permisos son independientes del IAE y son imprescindibles para que tu restaurante pueda operar legalmente en el municipio.

5

Registrarse en Hacienda para obligaciones tributarias

Una vez dado de alta en el IAE, debes registrarte en el sistema de la AEAT para cumplir tus obligaciones fiscales. Si tienes ingresos superiores a 600.000 euros anuales, deberás presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA). Además, deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) como autónomo. Estos registros se hacen automáticamente al dar de alta en el modelo 036, pero es importante que confirmes tus datos de contacto en la Sede Electrónica.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 671.2?

Número de Identidad Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación de Hacienda de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es). Si eres español, es gratuito. Si eres extranjero, debes solicitar el Número de Identidad de Extranjero (NIE) en la Delegación de Policía Nacional o Consulado.
Documentación de identidad personal Necesitarás tu Documento Nacional de Identidad (DNI) si eres español, o tu pasaporte y NIE si eres extranjero. Estos documentos deben estar en vigor y serán solicitados por la AEAT y el Ayuntamiento para verificar tu identidad durante los trámites de alta.
Documentación del local comercial Debes tener a tu disposición el contrato de arrendamiento o título de propiedad del local donde ubicarás el restaurante. También necesitarás el Certificado de Propiedad del Registro de la Propiedad o, en su defecto, documentación que acredite tu derecho de uso del espacio. Este documento es requerido tanto por la AEAT como por el Ayuntamiento.
Certificado digital o Cl@ve Para presentar telemáticamente los formularios en la Sede Electrónica de la AEAT, necesitarás un certificado digital (emitido por la FNMT o proveedores autorizados) o el sistema de identificación Cl@ve. Puedes obtener Cl@ve de forma gratuita en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html registrando tus datos personales y verificando tu identidad.
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social Obtén el formulario de solicitud de afiliación y alta como autónomo en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia, en su sede física o a través de su página web. Este formulario debe cumplimentarse con tus datos personales, el código de actividad económica (671.2) y la fecha de inicio de actividad.
Proyecto técnico del establecimiento Según la normativa municipal, es posible que necesites presentar un proyecto técnico o memoria descriptiva del restaurante (distribución del local, capacidad, servicios higiénicos, etc.). Consulta con el Ayuntamiento de tu localidad sobre los requisitos específicos, ya que varían según la comunidad autónoma y el municipio.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 en la AEAT en un plazo de 10 días hábiles desde que inicies la actividad económica. El alta en la Seguridad Social debe solicitarse antes de comenzar a trabajar o, como máximo, en los primeros 30 días de actividad. Las licencias municipales deben obtenerse antes de abrir el establecimiento al público. Una vez dado de alta, tendrás obligaciones periódicas: si superas los 600.000 euros anuales, deberás presentar el modelo 303 cada trimestre; la declaración anual de la renta (modelo 100) se presenta normalmente entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 671.2 con otros códigos de restauración (como 671.1 para restaurantes de una o dos tenedores, o 672 para bares). Es fundamental indicar el código exacto en el modelo 036, ya que cada categoría tiene diferentes obligaciones fiscales y requisitos de licencia municipal.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social antes de presentar el modelo 036. Muchos autónomos cometen el error de creer que el alta en el IAE es suficiente, pero la Seguridad Social es un trámite completamente independiente y obligatorio que debe realizarse simultáneamente o incluso antes.
  • No solicitar las licencias municipales antes de abrir el establecimiento. El IAE y la Seguridad Social no autorizan a operar; necesitas específicamente la licencia de actividad del Ayuntamiento. Abrir sin ella puede resultar en sanciones económicas importantes y cierre del local.
  • Presentar el modelo 036 fuera del plazo de 10 días hábiles desde el inicio de la actividad. La presentación tardía puede acarrear sanciones administrativas y complicaciones en tus obligaciones fiscales posteriores.
  • No actualizar los datos en la AEAT si cambias de domicilio del restaurante o modificas la actividad principal. Los cambios en el local, horarios o servicios ofrecidos deben comunicarse mediante el modelo 036 modificado en el plazo de 10 días.
  • Confundir el modelo 036 (declaración censal general) con el modelo 037 (declaración censal simplificada). El modelo 037 solo es válido para personas físicas con ciertos requisitos específicos; en la mayoría de casos de restauración, debes usar el 036.
  • No contar con un sistema de registro de clientes o control de bebidas alcohólicas. Como restaurante de cuatro tenedores con facultad para vender bebidas alcohólicas embotelladas, debes mantener un control riguroso del inventario y las ventas, que será objeto de inspección por parte de Hacienda y las autoridades municipales.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 671.2 (cuatro tenedores) y otros códigos de restauración?
El código 671.2 corresponde específicamente a restaurantes de cuatro tenedores, que se caracterizan por una oferta gastronómica de alta calidad. El código 671.1 es para restaurantes de una o dos tenedores (más básicos), el 671.3 es para cinco tenedores (máxima categoría), y el 672 es para bares y cafeterías. La categoría determina la licencia municipal requerida, los requisitos de instalaciones y, en algunos casos, las obligaciones fiscales específicas. Es crucial indicar el código exacto en tu modelo 036 para evitar problemas administrativos posteriores.
¿Es obligatorio darse de alta como autónomo en la Seguridad Social si me doy de alta en el IAE?
Sí, es completamente obligatorio. El alta en el IAE y el alta en la Seguridad Social son dos trámites independientes pero complementarios. El IAE te registra como contribuyente fiscal, mientras que la Seguridad Social te afilia como trabajador autónomo y te da derecho a prestaciones sociales (incapacidad, jubilación, etc.). Debes solicitar el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en la Tesorería de la Seguridad Social antes de comenzar tu actividad o, como máximo, en los primeros 30 días. No hacerlo puede resultar en sanciones económicas importantes.
¿Cuánto cuesta darse de alta con el código IAE 671.2?
El alta en el IAE es completamente gratuita. No existe tasa ni arancel para la presentación del modelo 036, independientemente del código IAE que declares. Sin embargo, sí tendrás que pagar cuotas mensuales a la Seguridad Social como autónomo (aproximadamente 290-330 euros mensuales, aunque existen reducciones para los primeros meses si eres autónomo nuevo). Además, deberás abonar las licencias municipales, que varían según el Ayuntamiento y el tamaño del establecimiento.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el IAE 671.2?
Una vez dado de alta, tendrás las siguientes obligaciones fiscales principales: (1) Si tu facturación anual supera los 600.000 euros, deberás presentar el modelo 303 (declaración trimestral del IVA) en los 20 días siguientes al final de cada trimestre. (2) Deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal. (3) Debes mantener registros contables y de facturas durante al menos 4 años. (4) Si empleas a trabajadores, deberás presentar las nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social mensualmente. Te recomendamos asesorarte con un gestor para cumplir correctamente con todas estas obligaciones.
¿Puedo vender bebidas alcohólicas en mi restaurante con el código IAE 671.2?
Sí, el código 671.2 faculta específicamente para vender bebidas alcohólicas embotelladas para ser consumidas únicamente en el establecimiento por tus clientes. Esto incluye vino, cerveza, licores y otras bebidas alcohólicas. Sin embargo, debes obtener la licencia de venta de bebidas alcohólicas del Ayuntamiento, que es independiente del IAE. Además, debes cumplir con la normativa sobre venta de alcohol (control de edad, horarios, etc.) y mantener un registro riguroso de tus compras y ventas de bebidas alcohólicas, que será objeto de inspección por parte de la administración tributaria y las autoridades municipales.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

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