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IAE 671.3Trámites de alta

Alta IAE 671.3: Restaurantes de tres tenedores

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en restauración para que te asista en todos estos trámites. Una gestoría profesional se encargará de presentar correctamente el Modelo 036, gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (IVA, IRPF, Seguridad Social) y mantener tu contabilidad al día, evitando costosos errores administrativos. Además, te asesorarán sobre las mejores opciones de régimen fiscal (estimación objetiva, régimen de módulos o régimen de actividades económicas) según tus características específicas de negocio.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu NIF o NIE

Antes de cualquier trámite, necesitas un Número de Identificación Fiscal (NIF) si eres ciudadano español o un Número de Identidad de Extranjero (NIE) si eres extranjero residente. Puedes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana presentando tu documento de identidad. Este número es fundamental para todos los trámites fiscales y será tu identificador ante Hacienda.

2

Solicita el alta en el Régimen de Autónomos

Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de la Tesorería de la Seguridad Social. Puedes hacerlo de forma presencial en la oficina más cercana o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. El alta en autónomos es obligatoria antes de comenzar tu actividad como restaurador y te proporciona cobertura de seguridad social.

3

Presenta la declaración censal (Modelo 036)

Debes presentar el Modelo 036 (Declaración censal) en la Delegación de la AEAT correspondiente a tu domicilio o a través de la sede electrónica. En este formulario indicarás que tu actividad es la explotación de un restaurante de tres tenedores con el código 671.3, incluyendo detalles sobre la ubicación del establecimiento, la superficie, el número de cubiertos y otras características del negocio. Este trámite debe realizarse dentro de los 10 días siguientes al inicio de tu actividad.

4

Solicita licencias municipales y autorizaciones sanitarias

Debes obtener la licencia de actividad del Ayuntamiento de tu municipio, que incluye la licencia de funcionamiento del restaurante. Además, necesitas la autorización de la autoridad sanitaria local para poder servir alimentos y bebidas. Estos trámites son esenciales y deben completarse antes de abrir al público, ya que sin ellos no puedes operar legalmente.

5

Solicita la licencia de bebidas alcohólicas

Como tu actividad incluye la venta de bebidas alcohólicas embotelladas para consumo en el establecimiento, debes solicitar la correspondiente licencia de bebidas al Ayuntamiento. Esta licencia específica autoriza la venta y consumo de alcohol dentro de tu restaurante y es obligatoria para cumplir con la normativa de control de bebidas alcohólicas.

6

Regístrate en el sistema de facturación electrónica

Debes darte de alta en el sistema de facturación electrónica de la AEAT si tu volumen de facturación lo requiere. Asimismo, es recomendable que adoptes un sistema de control de caja registradora homologado para cumplir con las obligaciones de control de ingresos. Estos sistemas garantizan la trazabilidad de tus operaciones comerciales.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 671.3?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Original o fotocopia compulsada. Si eres extranjero, obtén el NIE en la Delegación de la AEAT o en la Subdelegación del Gobierno.
Certificado de alta en el Régimen de Autónomos (alta en la Seguridad Social) Solicítalo en la Tesorería de la Seguridad Social o descárgalo de la sede electrónica de la Seguridad Social (www.seg-social.es) una vez hayas completado el alta.
Documentación del local (contrato de alquiler o escritura de propiedad) Copia del contrato de arrendamiento o título de propiedad del inmueble donde ubicarás el restaurante, necesario para demostrar tu derecho a usar el local.
Licencia de actividad municipal Solicítala en el Ayuntamiento del municipio donde abrirás el restaurante, presentando el proyecto de actividad y documentación del local.
Autorización sanitaria de la autoridad competente Obtén el certificado de autorización o inscripción sanitaria en la Consejería de Sanidad de tu comunidad autónoma o en el organismo correspondiente.
Licencia de bebidas alcohólicas Solicítala en el Ayuntamiento de tu municipio, presentando la licencia de actividad y documentación del establecimiento.
Modelo 036 (Declaración censal) Descárgalo de la sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o recógelo en la Delegación de la AEAT más cercana.

Plazos importantes

Debes presentar el Modelo 036 ante la AEAT dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad como restaurador. El alta en el Régimen de Autónomos debe solicitarse antes de comenzar a ejercer la actividad, siendo recomendable hacerlo con al menos una semana de anticipación. Las licencias municipales y autorizaciones sanitarias deben estar completamente tramitadas antes de la apertura del establecimiento al público. Además, tienes obligaciones periódicas como la presentación del Modelo 303 (IVA) cada trimestre si estás sujeto a IVA, la declaración anual del Modelo 100 (IRPF) y el mantenimiento de registros contables de ingresos y gastos.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 671.3 con otros códigos de restauración (como 671.1 para restaurantes de una tenedor o 671.2 para dos tenedores), lo que puede afectar a la correcta clasificación de tu actividad y a las obligaciones fiscales asociadas.
  • Olvidar solicitar la licencia específica de bebidas alcohólicas, que es obligatoria para vender bebidas embotelladas en tu restaurante, pudiendo resultar en sanciones administrativas.
  • Presentar el Modelo 036 después del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad, lo que puede resultar en multas de la AEAT por presentación tardía de la declaración censal.
  • No obtener la autorización sanitaria antes de abrir al público, incurriendo en infracciones graves que pueden llevar al cierre del establecimiento.
  • Confundir el alta como autónomo con el alta en el IAE, siendo dos trámites distintos y ambos obligatorios para ejercer legalmente la actividad de restaurador.
  • No registrarse correctamente en el sistema de facturación electrónica si tu volumen de facturación lo requiere, lo que puede resultar en incumplimiento de obligaciones fiscales.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre los códigos IAE 671.1, 671.2 y 671.3?
Los códigos se diferencian por la calidad y categoría del restaurante. El 671.1 corresponde a restaurantes de una tenedor (establecimiento sencillo), el 671.2 a restaurantes de dos tenedores (buena calidad) y el 671.3 a restaurantes de tres tenedores (muy buena calidad con platos bien elaborados). La clasificación depende de factores como la decoración, la calidad de los platos, el servicio y el entorno. Es importante elegir correctamente el código que corresponda a tu negocio, ya que esto puede afectar a futuras inspecciones fiscales.
¿Tengo que pagar alguna tasa por darme de alta como restaurador?
No, el alta como autónomo y la presentación del Modelo 036 son completamente gratuitas. No existe tasa del IAE para las actividades de restauración con facturación inferior a 1 millón de euros. Sin embargo, deberás abonar las cuotas de la Seguridad Social como autónomo, que actualmente rondan los 280-290 euros mensuales (cantidad sujeta a cambios según normativa vigente).
¿Cuándo debo presentar el Modelo 036 exactamente?
Debes presentar el Modelo 036 dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad como restaurador. Si no lo haces dentro de este plazo, la AEAT puede sancionarte con una multa. Es recomendable presentarlo lo antes posible tras comenzar tu actividad para evitar problemas administrativos. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o de forma presencial en la Delegación más cercana.
¿Qué obligaciones fiscales tengo como restaurador de tres tenedores?
Como restaurador, tendrás las siguientes obligaciones: presentar el Modelo 303 (declaración de IVA) cada trimestre si estás sujeto a IVA, presentar la declaración anual del Modelo 100 (IRPF) antes del 30 de junio del año siguiente, mantener registros contables de ingresos y gastos, pagar las cuotas mensuales de la Seguridad Social como autónomo, y cumplir con las obligaciones de control de caja registradora. Además, deberás conservar la documentación contable durante 4 años para posibles inspecciones de la AEAT.
¿Puedo vender bebidas alcohólicas en mi restaurante de tres tenedores sin licencia especial?
No, aunque el código IAE 671.3 te faculta para vender bebidas alcohólicas embotelladas, debes obtener la licencia específica de bebidas alcohólicas del Ayuntamiento de tu municipio. Esta licencia es obligatoria y debe tramitarse antes de abrir al público. La venta de alcohol sin la correspondiente licencia constituye una infracción administrativa grave que puede resultar en multas significativas y cierre del establecimiento. Además, deberás cumplir con la normativa sobre horarios de venta y restricciones según la legislación local.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

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