Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en alta de autónomos y restaurantes para garantizar que todos los trámites se realizan correctamente y en los plazos establecidos. Una gestoría experimentada te evitará errores costosos, gestionará la documentación ante la AEAT, la Seguridad Social y los organismos municipales, y te asesorará sobre tus obligaciones fiscales y contables futuras. El coste de una gestoría es mínimo comparado con las multas y problemas que podrían derivarse de un alta incorrecta o incompleta. Además, te proporcionarán un seguimiento continuo de tus obligaciones trimestrales y anuales como restaurador.
Pasos para darse de alta
Solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si eres persona física y no dispones de NIF, deberás solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. El NIF es imprescindible para cualquier actividad económica en España. Este trámite es gratuito y necesario antes de proceder con el alta como autónomo o empresa. Puedes obtenerlo de forma telemática si tienes certificado digital o Cl@ve.
Darse de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social
Deberás afiliarte y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio si eres persona física y vas a ejercer la actividad de restaurante por cuenta propia. Puedes realizarlo en la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Es fundamental completar este paso antes de solicitar el alta en el IAE, aunque puedes hacerlo simultáneamente.
Presentar el modelo 036 o 037 (Declaración Censal)
Deberás presentar el modelo 036 (para cualquier actividad) o el modelo 037 (si eres autónomo sin empleados) en la Delegación de Hacienda correspondiente o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Este formulario es el que genera automáticamente el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Incluye datos sobre tu domicilio fiscal, la actividad económica que vas a realizar, la fecha de inicio y si vas a tener trabajadores a tu cargo. El alta en el IAE es gratuita para actividades con facturación inferior a un millón de euros anuales.
Tramitar licencias y permisos municipales específicos
Antes de abrir el restaurante, deberás obtener la licencia de actividad (o licencia de funcionamiento) del Ayuntamiento de tu localidad, así como la licencia de apertura. Además, necesitarás solicitar la licencia para la venta de bebidas alcohólicas y la licencia de música si vas a reproducir música en el establecimiento. También es necesario cumplir con normativas de higiene y seguridad alimentaria, obteniendo la correspondiente comunicación previa o autorización sanitaria ante la Consejería de Sanidad. Estos trámites son municipales y autonómicos, no dependen de la AEAT.
Registrarse en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Si tu facturación anual supera los 3.600 euros, deberás darte de alta como sujeto pasivo del IVA. Este registro se realiza normalmente de forma automática cuando presentas el modelo 036/037, pero es importante verificar que conste correctamente en la AEAT. A partir del alta en el IVA, tendrás obligaciones trimestrales de presentar el modelo 303 (declaración de IVA) y obligaciones de facturación electrónica. Si tu facturación es inferior a 3.600 euros anuales, puedes solicitar la exención de IVA, aunque no es obligatorio.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 671.4?
Plazos importantes
El alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas debe solicitarse en el plazo de diez días hábiles desde el inicio efectivo de la actividad. Si presentas el modelo 036/037 fuera de este plazo, podrías ser sancionado con una multa de hasta 3.000 euros. Una vez dado de alta, deberás presentar el modelo 303 (declaración de IVA) de forma trimestral si estás registrado como sujeto pasivo del IVA, con vencimientos el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 20 de enero. Además, deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente. Es fundamental cumplir con estos plazos para evitar sanciones y problemas con la AEAT.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No presentar el modelo 036/037 en el plazo de diez días hábiles desde el inicio de la actividad. Muchos emprendedores retrasan este trámite pensando que pueden hacerlo más adelante, lo que genera multas y problemas administrativos. La presentación debe realizarse de forma inmediata tras comenzar a ejercer la actividad.
- ✗Indicar incorrectamente la descripción de la actividad o el código IAE. Es fundamental especificar que se trata de un restaurante de dos tenedores (código 671.4) y no confundirlo con otros códigos de restauración. Una descripción vaga o incorrecta puede generar reclamaciones posteriores de la AEAT.
- ✗No darse de alta simultáneamente en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. Algunos autónomos presentan el modelo 036/037 sin estar dados de alta en la Seguridad Social, lo que genera inconsistencias administrativas. Ambos trámites deben realizarse de forma coordinada y en el mismo período.
- ✗Olvidar incluir el domicilio fiscal correcto o utilizar un domicilio que no sea el del local del restaurante. Esto puede causar problemas con notificaciones posteriores de la AEAT y complicaciones administrativas. El domicilio debe ser verificable y corresponder al lugar donde se ejerce la actividad.
- ✗No solicitar la licencia municipal de actividad antes de presentar el modelo 036/037. Aunque no es un requisito previo ante la AEAT, es obligatorio tenerla para ejercer legalmente la actividad. Iniciar la actividad sin esta licencia puede resultar en sanciones municipales.
- ✗Confundir el código IAE 671.4 con otros códigos de restauración como el 671.1 (restaurantes de tres o más tenedores) o el 671.2 (restaurantes de un tenedor). Cada código tiene implicaciones fiscales y de clasificación diferentes, por lo que es crucial seleccionar el correcto.
Tributación en módulos
El epígrafe IAE 671.4 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.
Calcular IRPF en módulos →Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 671.4 (dos tenedores) y el 671.1 (tres o más tenedores)?▼
¿Es obligatorio darse de alta en el IAE si voy a abrir un restaurante?▼
¿Puedo presentar el modelo 036/037 antes de tener el local completamente habilitado?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta en el IAE?▼
¿Necesito solicitar la licencia municipal antes de presentar el modelo 036/037 ante la AEAT?▼
¿Necesitas ayuda con el alta?
Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.
Buscar gestorías cerca de mí →Herramienta recomendada
Ya tienes tu código. Ahora factura como un profesional con Quipu
Genera facturas electrónicas, calcula tus modelos trimestrales y concilia los movimientos bancarios sin hojas de cálculo. Quipu está pensado para autónomos en España.
Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.
- Plataforma más usada por autónomos en España
- Cálculo automático de impuestos trimestrales
- Integración bancaria
