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IAE 672.1Trámites de alta

Alta IAE 672.1: Cafeterías tres tazas

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en autónomos y cafeterías para asegurar el correcto cumplimiento de todos los trámites de alta y las obligaciones fiscales posteriores. Una gestoría te ayudará a presentar correctamente el modelo 036, gestionar tus obligaciones tributarias mensuales y trimestrales, y evitar costosos errores administrativos. El coste de una gestoría es muy inferior al de las sanciones que podrías recibir por incumplimiento, y además te permitirá dedicar tu tiempo a desarrollar tu negocio de cafetería sin preocupaciones.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF como autónomo, debes solicitarlo en la Agencia Tributaria. Puedes hacerlo de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT o a través de la Sede Electrónica. Es necesario que acredites tu identidad con tu documento nacional de identidad o pasaporte. El NIF te será asignado de forma inmediata y es imprescindible para cualquier trámite fiscal posterior.

2

Obtén el Código de Actividad Económica (CAE)

El código IAE 672.1 corresponde a cafeterías de alta calidad. Este código define tu actividad económica y debe figurar en todos tus trámites de registro. Asegúrate de que el código que declares coincide exactamente con tu actividad real, ya que esto determina tus obligaciones fiscales y de seguridad social. Puedes consultar la clasificación completa en el catálogo oficial de la AEAT.

3

Presenta la Declaración Censal (Modelo 036)

Debes presentar el modelo 036 ante la AEAT para comunicar el inicio de tu actividad como cafetería. Este formulario es la declaración censal que registra tu negocio en los registros tributarios. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando tu NIF y Cl@ve, o de forma presencial en cualquier oficina de la AEAT. El plazo para presentarlo es de treinta días naturales desde el inicio de tu actividad.

4

Comunica el inicio de actividad a la Seguridad Social

Como autónomo que desarrolla actividad de cafetería, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Esto lo haces mediante el modelo TA.0521 en cualquier oficina de la Seguridad Social o telemáticamente. El alta debe realizarse antes de iniciar la actividad o, como máximo, en el plazo de treinta días naturales desde su comienzo. Esta afiliación es obligatoria para poder ejercer tu actividad de forma legal.

5

Solicita la Licencia de Actividad Municipal

Antes de abrir tu cafetería, debes obtener la licencia de actividad del ayuntamiento de tu municipio. Cada ayuntamiento tiene sus propios requisitos y documentación específica, pero generalmente necesitarás presentar un proyecto técnico, certificado de compatibilidad urbanística y seguro de responsabilidad civil. Este trámite es fundamental y sin él no podrás ejercer tu actividad de forma legal en tu localidad.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 672.1?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Original o fotocopia compulsada. Lo necesitas para solicitar el NIF y acreditar tu identidad en cualquier trámite administrativo. Debe estar en vigor y ser válido para viajar.
Certificado de Domicilio Puedes obtenerlo del Ayuntamiento de tu municipio o mediante una factura de servicios (agua, luz, gas) a tu nombre con una antigüedad máxima de tres meses. Este documento acredita dónde vas a ejercer tu actividad de cafetería.
Proyecto Técnico o Memoria Descriptiva Lo elabora un técnico competente (arquitecto o ingeniero técnico). Debe incluir planos del local, descripción del negocio, medidas de seguridad, accesibilidad y cumplimiento normativo. Es imprescindible para obtener la licencia municipal de actividad.
Certificado de Compatibilidad Urbanística Lo expide el Ayuntamiento de tu municipio tras consultar el planeamiento urbanístico. Acredita que tu actividad de cafetería es compatible con los usos permitidos en la zona donde ubicarás el establecimiento.
Seguro de Responsabilidad Civil Lo contratas con una compañía aseguradora. Es obligatorio para cualquier actividad de restauración y debe cubrir daños a terceros derivados de tu actividad como cafetería. La póliza debe estar vigente desde el inicio de la actividad.
Autorización de Actividades Insalubres (si procede) Solicitada al Ayuntamiento si tu cafetería se considera actividad insalubre según la clasificación municipal. Este trámite es específico de cada municipio y puede requerir documentación adicional sobre medidas de higiene y seguridad.

Plazos importantes

El plazo para presentar el modelo 036 es de treinta días naturales desde el inicio de tu actividad de cafetería. Simultáneamente, debes darte de alta en la Seguridad Social también en el plazo de treinta días naturales. La licencia municipal de actividad debe obtenerse antes de abrir el establecimiento. Como autónomo, deberás presentar anualmente el modelo 100 (declaración de la renta) y, si superas los límites de IVA, el modelo 303 trimestralmente. Recuerda que el incumplimiento de estos plazos puede acarrearte sanciones administrativas y fiscales.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 672.1 con otros códigos de restauración. Asegúrate de que el código que declares corresponde exactamente a cafeterías de alta calidad, ya que otros códigos como 671 (bares, cafeterías y similares) o 673 (restaurantes) tienen diferentes obligaciones fiscales y requisitos.
  • No obtener la licencia municipal antes de abrir el establecimiento. Muchos autónomos presentan el modelo 036 pero olvidan que la licencia de actividad es un requisito previo obligatorio sin el cual no pueden ejercer legalmente su actividad de cafetería.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social dentro del plazo de treinta días. Aunque presentes el modelo 036 correctamente, si no te das de alta como autónomo en el RETA, tu actividad carecerá de cobertura social y podrás recibir sanciones importantes.
  • Declarar un código IAE incorrecto o demasiado genérico. El código 672.1 es específico para cafeterías de alta calidad, así que no lo cambies posteriormente sin comunicarlo a la AEAT, ya que esto puede afectar a tus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • No actualizar la información censal si modificas elementos importantes de tu negocio. Si cambias de local, amplías la superficie, añades nuevas actividades o cambias el horario significativamente, debes comunicarlo a la AEAT mediante un modelo 036 de modificación.

Tributación en módulos

El epígrafe IAE 672.1 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 672.1 (cafeterías tres tazas) y el 671 (bares, cafeterías)?
El código 672.1 corresponde específicamente a cafeterías de alta calidad con excelente servicio y ambiente, mientras que el 671 es más genérico para bares y cafeterías convencionales. La diferencia principal está en la clasificación del negocio, aunque ambos están sujetos a las mismas obligaciones fiscales básicas. Debes elegir el código que mejor se ajuste a tu modelo de negocio, ya que esto puede afectar a futuras inspecciones y clasificaciones administrativas.
¿Necesito pagar alguna tasa o arancel para darme de alta con el código IAE 672.1?
No, el alta como autónomo con un código IAE es completamente gratuita en España. No existe tasa del IAE para actividades cuya facturación anual sea inferior a 1.000.000 de euros, que es el caso de la mayoría de cafeterías. Los únicos gastos que tendrás serán los derivados de obtener la licencia municipal, que dependen de tu ayuntamiento, y posiblemente los honorarios de una gestoría si decides contratar una.
¿Puedo presentar el modelo 036 antes de tener la licencia municipal de actividad?
Técnicamente puedes presentar el modelo 036 antes de obtener la licencia municipal, pero no debes iniciar la actividad hasta haber obtenido la licencia. La recomendación es que primero obtengas la licencia municipal, después presentes el modelo 036 y te des de alta en la Seguridad Social. Esto garantiza que toda tu documentación esté en orden desde el inicio y evita problemas legales posteriores.
¿Qué obligaciones fiscales tendré como titular de una cafetería con código IAE 672.1?
Como autónomo con una cafetería, deberás presentar anualmente el modelo 100 (declaración de la renta) con tus ingresos y gastos. Si tu facturación supera los 10.000 euros anuales, deberás darte de alta en el IVA y presentar el modelo 303 trimestralmente. Además, deberás mantener una contabilidad básica con todos tus ingresos y gastos documentados. Si contrata trabajadores, tendrá obligaciones adicionales de cotización y declaración de nóminas.
¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso de alta desde que decido abrir mi cafetería?
El proceso completo puede tardar entre 2 y 4 meses aproximadamente. La obtención de la licencia municipal es generalmente lo más lento, pudiendo tardar de 1 a 3 meses según tu ayuntamiento. El alta en la AEAT (modelo 036) y en la Seguridad Social son más rápidos, pudiendo realizarse en pocos días si los haces telemáticamente. Te recomendamos que inicies todos los trámites con la mayor antelación posible para no retrasar la apertura de tu cafetería.

¿Necesitas ayuda con el alta?

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