Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría fiscal especializada en cafeterías y hostelería. Una gestoría te ayudará a tramitar correctamente el modelo 036, gestionar la licencia municipal, realizar el alta en la Seguridad Social, y cumplir con todas tus obligaciones fiscales posteriores (IVA trimestral, IRPF anual, retenciones a empleados si los tienes). El coste de una gestoría es mínimo comparado con el riesgo de cometer errores que podrían resultar en sanciones o problemas legales. Contacta con varias gestorías de tu zona para comparar presupuestos y servicios.
Pasos para darse de alta
Obtén el número de identidad fiscal (NIF)
Si eres persona física española, debes solicitar tu NIF en la Agencia Tributaria si aún no lo tienes. Si ya eres residente fiscal en España, probablemente ya dispongas de NIF. Puedes verificar tu situación contactando con la Administración Tributaria o a través de la sede electrónica de la AEAT. Este número es imprescindible para cualquier trámite fiscal.
Reúne la documentación necesaria
Prepara todos los documentos requeridos: copia de tu DNI o pasaporte, justificante de domicilio, copia de la licencia de actividad del local, documentación del local (contrato de alquiler o escritura de propiedad), y cualquier otra documentación específica que requiera tu comunidad autónoma. Asegúrate de tener copias legibles de todos estos documentos antes de iniciar el trámite.
Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT
Debes presentar la declaración censal correspondiente. Como persona física que inicia una actividad económica, puedes usar el modelo 037 (versión simplificada) si cumples los requisitos, o el modelo 036 (versión general) si prefieres mayor detalle. La presentación puede hacerse telemáticamente a través de la sede electrónica de la AEAT usando certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en las oficinas de la AEAT. Es fundamental que indiques correctamente el epígrafe 672.2 y todos tus datos personales.
Obtén la licencia de actividad del ayuntamiento
Debes solicitar la licencia de actividad o licencia de funcionamiento en el ayuntamiento de la localidad donde ubicarás tu cafetería. Este trámite es independiente del registro fiscal pero imprescindible para operar legalmente. Presenta la documentación del local, proyecto básico de la actividad, y solicitud debidamente cumplimentada. El tiempo de tramitación varía según el municipio, generalmente entre 1 y 3 meses.
Solicita el alta en la Seguridad Social como autónomo
Si eres autónomo trabajando por cuenta propia, debes darte de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Puedes hacerlo telemáticamente a través de la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social o presencialmente en la oficina de afiliación. Necesitarás el modelo TA.0521 y documentación identificativa. El alta debe realizarse antes de iniciar la actividad.
Solicita el número de afiliación a efectos del IVA
Una vez registrado en la AEAT, recibirás automáticamente tu número de afiliación a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este número es fundamental para emitir facturas y declarar el IVA. Comprueba que figura correctamente en tu documentación de alta y conserva todos los datos para futuras obligaciones fiscales.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 672.2?
Plazos importantes
El alta debe presentarse en la AEAT antes de iniciar la actividad económica. Aunque no existe un plazo específico, es recomendable presentarla con al menos 15 días de anticipación a la apertura del local. La licencia de actividad del ayuntamiento debe obtenerse obligatoriamente antes de comenzar a operar. Una vez dado de alta, deberás cumplir con obligaciones periódicas: declaración trimestral del IVA (modelo 303) si tu volumen de negocio lo requiere, declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente, y pagos fraccionados del IRPF (modelo 130) si tu actividad genera beneficios significativos. El registro en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse antes o simultáneamente con el alta fiscal.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el modelo 036 (versión general) con el 037 (versión simplificada). El modelo 037 solo es válido para personas físicas que no ejerzan actividades profesionales o artísticas. Como cafetería, debes usar el modelo 036 en la mayoría de casos, aunque si cumples ciertos requisitos podrías usar el 037. Verifica bien cuál corresponde a tu situación.
- ✗Olvidar tramitar la licencia de actividad del ayuntamiento antes de abrir el local. Aunque presentes el alta fiscal, esta no te autoriza a operar. La licencia municipal es imprescindible y su falta puede resultar en sanciones administrativas importantes. Coordina ambos trámites desde el inicio.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo. Muchos emprendedores creen que el alta fiscal es suficiente, pero debes afiliarte obligatoriamente al régimen de autónomos. La falta de afiliación genera multas y problemas legales graves.
- ✗Indicar incorrectamente el epígrafe IAE. Asegúrate de que el código 672.2 (Cafeterías dos tazas) es el correcto para tu actividad. Si tu cafetería no es de buena calidad o tiene características diferentes, podrías necesitar otro epígrafe, lo que complicaría la regularización posterior.
- ✗No conservar copias de toda la documentación presentada. Guarda copia del modelo 036/037 presentado, acuses de recibo, licencia municipal y documentación de la Seguridad Social. Estos documentos son esenciales para futuras gestiones y consultas con la AEAT.
- ✗Presentar documentación incompleta o ilegible. Asegúrate de que todas las fotocopias sean claras, que los datos estén correctamente cumplimentados y que no falte ningún documento. Las presentaciones incompletas serán rechazadas y tendrás que volver a presentarlas.
- ✗Confundir el IVA con el IAE. El IAE es una tasa municipal (aunque ahora es gratuita para muchos), mientras que el IVA es un impuesto estatal que deberás declarar trimestralmente. Ambos son obligatorios pero son conceptos diferentes.
Tributación en módulos
El epígrafe IAE 672.2 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.
Calcular IRPF en módulos →Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el 037?▼
¿Cuánto cuesta darse de alta con el epígrafe 672.2?▼
¿Puedo presentar el modelo 036 antes de tener la licencia municipal?▼
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta?▼
¿Necesito trabajadores o puedo ser autónomo en solitario?▼
¿Necesitas ayuda con el alta?
Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.
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