Te recomendamos encarecidamente contratar los servicios de una gestoría especializada en hostelería para garantizar que todos tus trámites de alta se realizan correctamente y en los plazos establecidos. Una gestoría te asesorará sobre el régimen fiscal más ventajoso para tu cafetería, te ayudará con la presentación de todos los modelos tributarios y te mantendrá informado de tus obligaciones periódicas. Invertir en una buena asesoría fiscal desde el inicio evita problemas posteriores con la AEAT y la Seguridad Social, permitiéndote concentrarte en el desarrollo de tu negocio de cafetería.
Pasos para darse de alta
Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, deberás solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Es imprescindible tener un NIF válido antes de proceder con el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Este trámite es gratuito y necesario para cualquier persona física que vaya a ejercer actividades económicas en España.
Registrarse en el sistema Cl@ve para acceso a la Sede Electrónica
Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html para registrarte con tu identidad digital. Cl@ve es el sistema de autenticación segura que te permitirá acceder a todos los trámites online de la AEAT de forma telemática. Es fundamental contar con esta autenticación para presentar los modelos de alta de forma electrónica y evitar desplazamientos innecesarios.
Completar y presentar el modelo 036 (Declaración censal de inicio de actividad)
Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml y rellena el modelo 036 con todos tus datos personales, información sobre la actividad económica (código IAE 672.3), domicilio del establecimiento, datos bancarios y régimen de IVA que hayas elegido. Este formulario es obligatorio para comunicar el inicio de tu actividad como cafetería de una taza a la Administración Tributaria. Deberás indicar la fecha de inicio de la actividad, que normalmente será la fecha de presentación o una fecha anterior si ya has comenzado.
Solicitar el alta en el Régimen de Actividades Económicas (si eres autónomo)
Si vas a ejercer como persona física autónoma, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ante la Seguridad Social. Puedes hacerlo de forma online en https://sede.agenciatributaria.gob.es o en la Tesorería de la Seguridad Social más cercana. Esta afiliación es obligatoria y debe realizarse antes de iniciar la actividad o, como máximo, en los primeros treinta días de actividad.
Obtener la Licencia de Actividad del Ayuntamiento
Solicita la licencia de actividad económica en el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ubicar tu cafetería. Este trámite es independiente del registro fiscal pero imprescindible para poder abrir el negocio legalmente. El Ayuntamiento verificará que el local cumple con los requisitos de seguridad, salubridad y normativa local aplicable a establecimientos de hostelería.
Registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El alta en el IAE se produce automáticamente al presentar el modelo 036, siempre que cumplas los requisitos de obligatoriedad. No es necesario pagar tasa alguna si tu volumen de facturación no supera el millón de euros anuales, que es lo habitual en una cafetería de una taza. Recibirás una notificación confirmando tu inscripción en el Registro de Actividades Económicas.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 672.3?
Plazos importantes
El modelo 036 debe presentarse dentro de los treinta días naturales siguientes al inicio de la actividad económica. Si inicias la actividad sin haber presentado el modelo 036, tienes un plazo máximo de tres meses desde el comienzo para regularizar tu situación. La afiliación a la Seguridad Social como autónomo debe realizarse antes de iniciar la actividad o, como máximo, en los primeros treinta días. Desde el momento en que te das de alta en el IAE, deberás cumplir con tus obligaciones fiscales: presentar el modelo 303 trimestral si estás en régimen de IVA, y el modelo 100 anualmente para la declaración del IRPF. La licencia de actividad debe obtenerse antes de abrir el establecimiento al público, siendo requisito imprescindible para el funcionamiento legal de tu cafetería.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Olvidar incluir el código IAE correcto (672.3) en el modelo 036. Algunos solicitantes confunden este código con otras categorías de hostelería o cafeterías, lo que puede resultar en un registro incorrecto de la actividad y problemas posteriores con las obligaciones fiscales.
- ✗No obtener la licencia de actividad del Ayuntamiento antes de abrir el establecimiento. Aunque el alta en el IAE sea responsabilidad de la AEAT, la licencia municipal es obligatoria y su falta puede resultar en sanciones municipales graves, cierre del negocio o multas económicas importantes.
- ✗Presentar el modelo 036 con datos incompletos o incorrectos, especialmente en la dirección del local o el régimen de IVA elegido. Esto puede causar retrasos en el procesamiento y obligarte a presentar correcciones posteriores, complicando tu situación fiscal.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo en el plazo establecido. Muchos emprendedores olvidan este trámite independiente, lo que puede resultar en sanciones de la Seguridad Social y falta de cobertura de prestaciones sociales.
- ✗Confundir el modelo 036 con el modelo 037 (para cese de actividad) o con otras declaraciones como el modelo 303 (IVA trimestral). Es fundamental presentar el formulario correcto en cada momento para evitar rechazos administrativos.
Tributación en módulos
El epígrafe IAE 672.3 es elegible para tributar en el régimen de estimación objetiva (módulos). Puedes calcular tu cuota estimada con nuestra calculadora.
Calcular IRPF en módulos →Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 672.3 (Cafeterías de una taza) y otros códigos de hostelería?▼
¿Es obligatorio pagar la tasa del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?▼
¿Puedo presentar el modelo 036 de forma presencial o es obligatorio hacerlo online?▼
¿Qué debo hacer si mi cafetería está ubicada en un local compartido con otro negocio?▼
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales después de darme de alta en el IAE como cafetería?▼
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