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IAE 674.5Trámites de alta

Alta IAE 674.5: Café-bar en sociedades, casinos, clubes

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría o asesoría fiscal especializada en hostelería y restauración. Un gestor profesional se encargará de la presentación correcta del modelo 036, la solicitud de la licencia municipal, el alta en la Seguridad Social y el cumplimiento de todas tus obligaciones fiscales y laborales mensuales. Este servicio, que generalmente cuesta entre 100 y 200 euros al mes, te ahorrará tiempo, errores administrativos y posibles sanciones, permitiéndote concentrarte en el desarrollo de tu negocio.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Si eres residente en España, solicita tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si ya dispones de NIF como persona física, puedes usarlo directamente para el alta. Este documento es imprescindible para cualquier trámite fiscal y debe estar vigente y sin problemas administrativos.

2

Regístrate en Cl@ve para acceso a trámites telemáticos

Accede a https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html y crea tu cuenta de usuario con contraseña segura. Este sistema te permitirá presentar el modelo 036 de forma telemática y acceder a tu carpeta de presentación de documentos en la Sede Electrónica de la AEAT. El registro es gratuito y te proporciona acceso a todos los trámites fiscales online.

3

Cumplimenta y presenta el modelo 036 (declaración censal)

Accede a https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml y completa el formulario 036 indicando el código IAE 674.5, tus datos personales, domicilio del establecimiento, datos de contacto y características del negocio. Selecciona el tipo de actividad como 'Café-bar en sociedades, casinos, clubes' e indica si es un alta inicial. Presenta el modelo de forma telemática mediante tu cuenta Cl@ve.

4

Solicita la licencia municipal de actividad

Dirígete al Ayuntamiento del municipio donde ubicarás el café-bar y solicita la licencia de actividad económica correspondiente. Deberás presentar una memoria descriptiva del negocio, planos del establecimiento, documentación de titularidad del local y el modelo 036 ya presentado. Este trámite es obligatorio antes de comenzar la actividad y su duración varía según el municipio.

5

Registra tu actividad en Hacienda y solicita el alta en la Seguridad Social

Una vez obtenida la licencia municipal, completa el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social si eres trabajador por cuenta propia, o en el régimen de empleadores si tienes trabajadores a tu cargo. Presenta la documentación requerida en la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona. Este registro es obligatorio para poder contratar empleados y cotizar correctamente.

6

Solicita la afiliación al sistema de la Seguridad Social

Completa los trámites de afiliación en la Tesorería de la Seguridad Social indicando tu actividad como café-bar. Si vas a tener empleados, deberás darte de alta como empleador y afiliación individual para cada trabajador. Recuerda que los autónomos deben cotizar mensualmente por su actividad.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 674.5?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Si no dispones de DNI, solicítalo en la Comisaría Nacional de Policía o en la Delegación Provincial de la Policía Nacional. Si eres extranjero residente, obtén el NIE en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación de Hacienda de tu provincia o a través de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es). El trámite es gratuito y puedes realizarlo de forma telemática.
Comprobante de domicilio del establecimiento Obtén un contrato de arrendamiento, escritura de propiedad, o certificado de empadronamiento del local donde ubicarás el café-bar. Este documento debe estar a tu nombre o contar con autorización del propietario.
Licencia municipal de actividad económica Solicítala en el Ayuntamiento del municipio donde ubicarás el negocio. Deberás presentar planos del establecimiento, memoria descriptiva de la actividad y documentación de titularidad del local.
Modelo 036 (declaración censal) Descárgalo y cumplimenta desde https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml. Presenta este modelo de forma telemática a través de tu cuenta Cl@ve.
Documentación de afiliación a la Seguridad Social Solicita los formularios de afiliación en la Tesorería de la Seguridad Social de tu zona o descárgalos desde www.seg-social.es. Incluye el modelo TA.0521 para afiliación como autónomo y el modelo TA.0522 si tienes empleados.
Certificado de la Cámara de Comercio (opcional pero recomendado) Solicítalo en la Cámara de Comercio e Industria de tu provincia. Este documento acredita tu actividad económica y puede ser útil para trámites bancarios y administrativos.

Plazos importantes

El alta en el IAE debe realizarse dentro de los treinta días siguientes al inicio de la actividad económica. Si no te das de alta en este plazo, la AEAT puede imponerte sanciones administrativas. Debes mantener tu situación censal actualizada durante toda la vigencia del negocio, comunicando cualquier cambio en el domicilio, actividad o cese del mismo. Como autónomo, deberás cotizar mensualmente a la Seguridad Social antes del día 20 de cada mes, y si tienes trabajadores, presentar nóminas y cotizaciones mensuales. Además, deberás presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar la licencia municipal de actividad antes de presentar el modelo 036. Aunque el alta censal es requisito previo, la licencia municipal es obligatoria para iniciar la actividad y su ausencia puede resultar en sanciones importantes del Ayuntamiento.
  • Indicar incorrectamente el código IAE en el modelo 036. Es fundamental que especifiques exactamente el código 674.5 para café-bar en sociedades, casinos y clubes, ya que si indicas un código diferente (como 674.1 para restaurantes de uso público) podrías tener problemas de clasificación y obligaciones fiscales distintas.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo. Muchos emprendedores presentan el modelo 036 pero no completan el alta en el régimen de autónomos, lo que implica no cotizar y exponerse a sanciones, además de no tener cobertura de prestaciones sociales.
  • No comunicar cambios en los datos registrados (domicilio, cambio de actividad, contratación de empleados). La AEAT requiere que mantengas tu información censal actualizada mediante el modelo 037 o 036 de modificación.
  • Confundir el modelo 036 con el modelo 037. El modelo 037 es una versión simplificada solo para personas físicas que cumplen ciertos requisitos de facturación, mientras que el 036 es la declaración censal general aplicable a tu caso.
  • No conservar la documentación de presentación del modelo 036. Es esencial guardar el resguardo de presentación telemática que acredite tu alta en el IAE, ya que será necesario para otros trámites administrativos y bancarios.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE para un café-bar en un club o sociedad?
Sí, es obligatorio. Aunque el café-bar esté en un recinto de uso restringido (como un club, casino, colegio o asociación), la actividad de prestación de servicios de restauración y bebidas requiere alta en el IAE con el código 674.5. Esta obligación existe incluso si la actividad se limita exclusivamente a socios o miembros del establecimiento. El incumplimiento puede resultar en sanciones administrativas de la AEAT.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 para darse de alta?
El modelo 036 es la declaración censal general aplicable a cualquier persona física o jurídica que inicia una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas que cumplen ciertos requisitos muy específicos (no tener trabajadores, facturación limitada, etc.). En tu caso como café-bar, debes usar el modelo 036 ya que es la opción correcta y completa para tu tipo de negocio.
¿Tengo que pagar alguna cuota o tasa por dárseme de alta en el IAE?
No, el alta en el IAE es completamente gratuita. No existe tasa de presentación del modelo 036 ni cuota de inscripción en el censo de actividades económicas. Lo que sí tendrás que pagar es la cuota mensual de autónomo a la Seguridad Social (actualmente alrededor de 290 euros mensuales) y las licencias municipales que requiera tu Ayuntamiento, pero el registro en el IAE no tiene coste.
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta en el IAE?
Como titular de un café-bar, tendrás varias obligaciones: presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio, cotizar mensualmente a la Seguridad Social antes del día 20 de cada mes, mantener la contabilidad y registros de ventas, emitir facturas a los clientes, y si tienes empleados, presentar nóminas y cotizaciones mensuales. Además, deberás conservar toda la documentación fiscal durante seis años y comunicar a la AEAT cualquier cambio en tus datos registrados.
¿Necesito solicitar algún permiso especial además del alta en el IAE?
Sí, debes obtener la licencia municipal de actividad económica del Ayuntamiento antes de iniciar operaciones. Además, dependiendo de tu comunidad autónoma, podrías necesitar autorizaciones adicionales de Sanidad o Consumo relacionadas con la manipulación de alimentos y bebidas. También es recomendable asegurarte de que el local cumple con las normativas de accesibilidad, seguridad contra incendios y prevención de riesgos laborales si tienes empleados.

¿Necesitas ayuda con el alta?

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