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IAE 677.9Trámites de alta

Alta IAE 677.9: Otros servicios de alimentación - restauración

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en restauración. Un gestor profesional te ayudará a cumplir correctamente con todos los trámites de alta (modelo 036/037, Seguridad Social, licencias municipales), te asesorará sobre la estructura fiscal más ventajosa para tu negocio, gestionará tus obligaciones contables y fiscales mensuales y trimestrales (modelos 303, 130 si aplica, y 100 anual), y te mantendrá informado sobre cambios en la normativa de seguridad alimentaria y laboral. Una gestoría evita errores costosos y te permite concentrarte en tu negocio de restauración sin preocupaciones administrativas.

Pasos para darse de alta

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1. Solicitar el número de identidad fiscal (NIF) o verificar el existente

Si eres persona física residente en España, debes disponer de un NIF válido. Si ya lo tienes, verifica que está activo en la AEAT. Si eres extranjero residente, deberás solicitar un NIE en la Delegación de Policía Nacional o en la Oficina de Extranjería correspondiente a tu provincia. Este número será imprescindible para completar todos los trámites posteriores de alta fiscal.

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2. Presentar el modelo 036 o 037 (Declaración censal de alta)

Debes rellenar y presentar el modelo 036 (si eres autónomo o persona física) o el modelo 037 (si eres sociedad mercantil) ante la Administración Tributaria. En este formulario indicarás que te das de alta en el código IAE 677.9 para la actividad de otros servicios de alimentación y restauración. Puedes presentarlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o en papel en la Oficina de Gestión Tributaria correspondiente a tu domicilio.

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3. Solicitar el alta en el régimen de IVA correspondiente

Debes declarar si vas a ser sujeto pasivo del IVA (obligado a facturar y repercutir el impuesto) o si deseas acogerte al régimen de pequeño contribuyente. En la mayoría de casos de restauración, serás sujeto pasivo del IVA estándar del 21%. Esta información se incluye en el modelo 036/037, pero es fundamental que la declares correctamente para cumplir con tus obligaciones fiscales posteriores.

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4. Darse de alta en la Seguridad Social como autónomo

Si eres persona física, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Puedes hacerlo telemáticamente a través de la web de la Seguridad Social o presencialmente en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia. Necesitarás tu NIF/NIE, datos personales y información sobre la actividad que vas a desarrollar.

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5. Registrarse en el Ayuntamiento para obtener licencia de actividad

Debes solicitar la licencia municipal de actividad en el Ayuntamiento correspondiente a la ubicación de tu establecimiento. Esto es obligatorio para cualquier negocio de restauración. El procedimiento varía según el municipio, pero generalmente requiere presentar un proyecto técnico, solicitud de licencia y documentación del local (contrato de alquiler, planos, etc.). Sin esta licencia no puedes iniciar legalmente tu actividad de restauración.

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6. Obtener el Certificado de Responsabilidad Penal Corporativa (si aplica)

Si tienes trabajadores a tu cargo, deberás cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales. Realiza una evaluación de riesgos en tu cocina y establecimientos de venta, implementa medidas de seguridad e higiene alimentaria, y forma a tu personal. Aunque no es un certificado específico, debes documentar estas acciones para cumplir con la ley de prevención de riesgos laborales.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 677.9?

NIF o NIE válido Obtenlo en la Delegación de Hacienda (si eres residente en España) o en la Oficina de Extranjería (si eres extranjero residente). Puedes verificar su estado en la web de la AEAT.
Modelo 036 o 037 (Declaración censal de alta) Descárgalo de la Sede Electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es) o solicítalo en la Oficina de Gestión Tributaria. Puedes rellenarlo online o en papel.
Documentación del local comercial Contrato de alquiler o escritura de propiedad del local donde ejercerás la actividad de restauración. También necesitarás los planos del establecimiento para la solicitud de licencia municipal.
Solicitud de licencia municipal de actividad Obtén el formulario en el Ayuntamiento de tu localidad o en su web oficial. Incluye proyecto técnico, planos del local, documentación de responsabilidad civil y datos del solicitante.
Certificado de empadronamiento Solicítalo en el Ayuntamiento de tu domicilio o a través del portal online del Ayuntamiento. Este documento acredita tu residencia en España.
Documento de afiliación a la Seguridad Social Obtenlo después de completar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de la web de la Seguridad Social o en la Tesorería de tu provincia.
Plan de autocontrol de higiene y seguridad alimentaria Elabora tu propio plan basándote en el sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos) o contrata a un consultor especializado en seguridad alimentaria. Este documento es obligatorio para cualquier negocio de restauración.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036/037 en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el inicio de tu actividad. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse dentro de los 30 días posteriores al comienzo de tu negocio. La licencia municipal de actividad debe obtenerse antes de iniciar cualquier operación comercial. Una vez dado de alta, deberás presentar trimestralmente el modelo 303 (declaración de IVA) si eres sujeto pasivo, y anualmente el modelo 100 (declaración de la renta) con tus resultados. Las obligaciones de carácter laboral y de seguridad social deben cumplirse desde el primer día de actividad.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 677.9 con otros códigos de restauración (como 662 para bares y cafeterías). El código 677.9 es específico para servicios de alimentación con elaboración de platos cocinados para llevar o catering, no para establecimientos de consumo en el local. Verifica que tu actividad coincide exactamente con la descripción oficial antes de darte de alta.
  • Olvidar solicitar la licencia municipal de actividad antes de iniciar operaciones. Muchos emprendedores presentan el modelo 036 pero olvidan que necesitan autorización del Ayuntamiento. Sin esta licencia, tu actividad es ilegal aunque estés dado de alta en Hacienda. Contacta con tu Ayuntamiento inmediatamente.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo dentro del plazo de 30 días. Esto genera sanciones e impide que acumules cotización. Realiza el trámite telemáticamente en la web de la Seguridad Social o presencialmente en la Tesorería de tu provincia sin demora.
  • Indicar incorrectamente el régimen de IVA (pequeño contribuyente vs. sujeto pasivo). Si tu facturación anual va a superar 10.000 euros, debes ser sujeto pasivo del IVA. Declarar lo contrario puede generar problemas fiscales. Consulta con un asesor si tienes dudas.
  • No cumplir con la normativa de seguridad alimentaria y planes de autocontrol. Como negocio de restauración, estás obligado a implementar el sistema APPCC y documentar tus medidas de higiene. La falta de estos documentos puede resultar en sanciones administrativas graves.
  • Presentar el modelo 037 cuando corresponde el 036 (o viceversa). El modelo 036 es para personas físicas y autónomos, mientras que el 037 es para sociedades mercantiles. Usar el formulario incorrecto retrasa tu alta y puede generar rechazos administrativos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el código IAE 677.9 y otros códigos de restauración como el 662?
El código IAE 677.9 (Otros servicios de alimentación - restauración) se aplica específicamente a negocios donde se elaboran y venden alimentos preparados para ser consumidos fuera del lugar de elaboración, como pizzerías con reparto a domicilio, servicios de catering, freidurías, hamburguesería para llevar, o restaurantes con comida para llevar. El código 662 corresponde a bares y cafeterías donde los clientes consumen las bebidas y comidas dentro del establecimiento. La diferencia clave es el lugar de consumo: si es fuera del local (llevar, catering, reparto), es 677.9; si es dentro del establecimiento, es otro código.
¿Tengo que pagar alguna tasa o cuota para darme de alta en el IAE con el código 677.9?
No, el alta como autónomo en el IAE es completamente gratuita. No existe tasa de registro ni cuota de inscripción para el código 677.9 siempre que tu facturación anual sea inferior a 1 millón de euros. Lo que sí deberás pagar es la cuota mensual de la Seguridad Social como autónomo (actualmente en torno a 290-320 euros mensuales, aunque hay bonificaciones para nuevos autónomos durante los primeros meses), y los impuestos sobre tus beneficios (IRPF como autónomo e IVA si eres sujeto pasivo).
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse mi alta en el IAE después de presentar el modelo 036?
El plazo administrativo para procesar el modelo 036/037 es de aproximadamente 15-30 días hábiles desde su presentación telemática. Sin embargo, es importante saber que tu alta es efectiva desde la fecha que indiques en el formulario (generalmente el día en que inicias tu actividad), no desde que se procesa administrativamente. Recibirás una confirmación de la AEAT por correo electrónico si lo presentas telemáticamente. Recomendamos presentar el modelo con al menos 10-15 días de anticipación al inicio de tu actividad para evitar problemas.
¿Necesito licencia municipal además del alta en la AEAT para mi negocio de restauración?
Sí, absolutamente. La licencia municipal de actividad es obligatoria y separada del alta en la AEAT. Aunque te des de alta correctamente en Hacienda con el modelo 036, sin la licencia municipal tu negocio de restauración es ilegal. El procedimiento varía según el Ayuntamiento, pero generalmente requiere presentar un proyecto técnico, planos del local, solicitud de licencia y documentación de responsabilidad civil. Algunos municipios también exigen inspecciones de seguridad alimentaria e higiene antes de otorgar la licencia. Contacta con tu Ayuntamiento para conocer los requisitos específicos.
¿Qué obligaciones fiscales tendré que cumplir una vez dado de alta con el código IAE 677.9?
Una vez dado de alta, tendrás varias obligaciones fiscales principales: presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) si eres sujeto pasivo del IVA; llevar un libro de ingresos y gastos (contabilidad simplificada) o contabilidad completa según tu volumen de facturación; presentar el modelo 100 (declaración anual de la renta) con tus beneficios antes del 30 de junio del año siguiente; realizar pagos fraccionados del IRPF mediante el modelo 130 si tu beneficio supera ciertos límites; y mantener la documentación de facturas, gastos y registros de Seguridad Social durante al menos 4 años. Te recomendamos usar software de facturación homologado y contar con una gestoría para cumplir correctamente con todas estas obligaciones.

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