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IAE 751.3Trámites de alta

Alta IAE 751.3: Guardia y custodia de vehículos en solares

Gestionar todos estos trámites puede resultar complejo, especialmente si es la primera vez que te das de alta como autónomo. Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría profesional especializada en altas de autónomos y gestión fiscal. Un gestor se encargará de rellenar correctamente todos los formularios, presentarlos en plazo, coordinar con el Ayuntamiento y la Seguridad Social, y asesorarte sobre tus obligaciones fiscales futuras. El coste de una gestoría es muy inferior a las multas que podrías recibir por errores administrativos, y te permitirá concentrarte en tu negocio sin preocupaciones burocráticas.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Si aún no tienes NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana a tu domicilio. Necesitarás presentar tu DNI original y una copia, además de rellenar el formulario correspondiente. El trámite es rápido y gratuito, y recibirás tu NIF de forma inmediata o en pocos días según el volumen de solicitudes.

2

Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social

Debes afiliarte al régimen de autónomos de la Seguridad Social antes de iniciar tu actividad. Puedes hacerlo presencialmente en la oficina de la Seguridad Social, por teléfono o a través de la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social. Necesitarás tu NIF, DNI y datos de contacto. Este trámite es obligatorio y debe realizarse simultáneamente con el alta tributaria.

3

Presentar el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes rellenar y presentar la declaración censal ante la Agencia Tributaria dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad. Utiliza el modelo 036 si eres persona física con esta actividad, o el modelo 037 si cumples los requisitos de simplificación. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT, en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de un gestor administrativo.

4

Solicitar alta en el censo de actividades económicas

Una vez presentado el modelo 036 o 037, automáticamente te darás de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. No necesitas realizar un trámite adicional específico para esto. Recibirás una comunicación de la AEAT confirmando tu inscripción en el censo de actividades económicas y tu asignación de epígrafe IAE 751.3.

5

Registrar la actividad en el Ayuntamiento

Debes solicitar la licencia de actividad o comunicación previa ante el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ejercer tu actividad. Este requisito varía según cada municipio, pero es obligatorio para cualquier actividad económica. Presenta tu NIF, DNI, el modelo 036/037 y la documentación que te solicite el Ayuntamiento. Algunos municipios requieren proyecto técnico o documentación sobre la seguridad del terreno.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 751.3?

Documento Nacional de Identidad (DNI) Tu DNI original válido. Si no lo tienes vigente, solicita su renovación en la Comisaría de Policía Nacional más cercana a tu domicilio. Es el documento de identidad fundamental para cualquier trámite administrativo en España.
Número de Identificación Fiscal (NIF) Si no tienes NIF, solicítalo en la Delegación de la Agencia Tributaria más cercana. Si ya lo tienes, necesitarás tener a mano tu número de NIF para rellenar los formularios. Puedes consultar tu NIF en la web de la AEAT si ya lo solicitaste anteriormente.
Modelo 036 o 037 cumplimentado Descárgalo desde la Sede Electrónica de la AEAT o solicítalo en las oficinas de la Agencia Tributaria. El modelo 036 es la declaración censal general para personas físicas. El modelo 037 es la versión simplificada si cumples requisitos específicos. Ambos están disponibles en formato papel y electrónico.
Justificante de afiliación a la Seguridad Social Obtenlo tras completar el trámite de afiliación como autónomo en la Seguridad Social. Puedes solicitarlo en la oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social o descargarlo desde su Sede Electrónica. Este justificante demuestra que estás dado de alta en el régimen de autónomos.
Documentación sobre el terreno o solar Necesitarás el título de propiedad, contrato de arrendamiento o documento que acredite tu derecho a usar el terreno. También puede ser necesario un informe técnico sobre las condiciones de seguridad y vigilancia del solar. El Ayuntamiento puede solicitarte documentación adicional sobre las características del terreno.
Licencia de actividad municipal Solicítala en el Ayuntamiento del municipio donde ejercerás tu actividad. Algunos municipios requieren comunicación previa de actividad, otros exigen licencia de actividad específica. Consulta con el Ayuntamiento los requisitos exactos para guardia y custodia de vehículos en tu zona.

Plazos importantes

Debes presentar el modelo 036 o 037 en la AEAT dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad económica. Simultáneamente, debes darte de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de comenzar a prestar servicios. La solicitud de licencia de actividad en el Ayuntamiento debe realizarse antes de iniciar la actividad, siguiendo los plazos específicos que establezca cada municipio. Una vez dado de alta, deberás presentar declaraciones periódicas de IVA (modelo 303) si superas el umbral de facturación, y la declaración anual de la renta (modelo 100) en abril de cada año.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el epígrafe 751.3 (guardia y custodia en solares sin edificar) con otros epígrafes de garajes o aparcamientos. Debes asegurar que tu actividad se ajusta exactamente a la descripción oficial: terrenos sin construcciones, sin asfaltar, sin pavimentar y sin señalizar. Si el terreno tiene estas características, el epígrafe es correcto.
  • No presentar el modelo 036 o 037 en el plazo de 10 días tras iniciar la actividad. Este es un trámite obligatorio y los retrasos pueden acarrear sanciones. Muchos autónomos cometen el error de pensar que con la afiliación a la Seguridad Social es suficiente, pero necesitas también darte de alta en la AEAT.
  • Olvidar solicitar la licencia de actividad en el Ayuntamiento. Aunque des de alta en la AEAT y en la Seguridad Social, el Ayuntamiento puede sancionar tu actividad si no tienes la correspondiente autorización municipal. Cada municipio tiene requisitos diferentes, así que consulta con tu Ayuntamiento antes de comenzar.
  • No mantener actualizada la documentación sobre derechos de uso del terreno. Si trabajas en un solar que no es de tu propiedad, debes tener contrato de arrendamiento o documento que acredite tu derecho a usarlo. La falta de esta documentación puede causar problemas con inspecciones de Hacienda.
  • Presentar el modelo 037 cuando deberías usar el 036. El modelo 037 es simplificado y solo aplica a personas físicas que cumplen requisitos específicos de volumen de facturación y actividad. Si tienes dudas, es más seguro usar el modelo 036 general.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio darse de alta en el IAE para guardia y custodia de vehículos en solares?
Sí, es absolutamente obligatorio. Cualquier persona que ejerza una actividad económica de forma habitual y profesional debe darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Para el epígrafe 751.3, debes presentar el modelo 036 o 037 en la AEAT dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de tu actividad. El incumplimiento de este requisito puede resultar en sanciones económicas importantes.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden usar todas las personas físicas y jurídicas que inician una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden usar personas físicas que cumplen requisitos específicos, como no tener trabajadores, no superar ciertos límites de facturación, y ejercer actividades no complejas. Para la mayoría de casos de guardia y custodia de vehículos, es recomendable usar el modelo 036 para evitar problemas posteriores.
¿Tengo que pagar la tasa del IAE para esta actividad?
No, no tienes que pagar ninguna tasa del IAE si tu facturación anual es inferior a 1 millón de euros. La mayoría de autónomos que comienzan con guardia y custodia de vehículos en solares estarán exentos del pago de esta tasa. Sin embargo, debes seguir presentando la declaración censal (modelo 036 o 037) aunque no tengas que pagar, ya que es un trámite obligatorio para darte de alta en el censo de actividades económicas.
¿Qué obligaciones fiscales tendré una vez dado de alta?
Una vez dado de alta como autónomo con el epígrafe 751.3, tendrás varias obligaciones: si eres sujeto pasivo del IVA, deberás presentar la declaración trimestral de IVA (modelo 303); deberás presentar la declaración anual de la renta (modelo 100) en abril; deberás llevar un registro de ingresos y gastos; y deberás pagar el IVA correspondiente si procede. Te recomendamos que consultes con una gestoría para conocer todas tus obligaciones específicas según tu situación.
¿Necesito algún permiso especial del Ayuntamiento para ejercer esta actividad?
Sí, necesitas solicitar la correspondiente licencia de actividad o comunicación previa ante el Ayuntamiento del municipio donde vayas a ejercer tu actividad. Los requisitos varían según cada municipio, pero es un trámite obligatorio. Algunos Ayuntamientos pueden requerir documentación sobre seguridad, vigilancia, acceso al terreno, o características específicas del solar. Te recomendamos que contactes con el Ayuntamiento antes de comenzar para conocer exactamente qué documentación necesitas.

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