Saltar al contenido
IAE 752.3Trámites de alta

Alta IAE 752.3: Servicios de remolque de navíos

Dada la complejidad de los trámites en el sector marítimo, que incluyen autoridades portuarias, normativa de seguridad internacional y requisitos específicos de la Marina Mercante, te recomendamos contratar los servicios de una gestoría especializada en actividades marítimas. Una gestoría experimentada puede encargarse de toda la gestión administrativa, desde la presentación de modelos ante la AEAT hasta la obtención de autorizaciones portuarias, asegurando que cumplas con todos los requisitos legales y evitando costosos errores administrativos. Además, te asesorarán sobre tus obligaciones fiscales periódicas y cambios normativos en el sector.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identidad fiscal (NIF)

Antes de realizar cualquier trámite de alta, necesitas disponer de un NIF válido. Si eres ciudadano español, solicítalo en la Delegación de Hacienda más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Si eres extranjero, deberás obtener un NIE. Este documento es fundamental para todos los trámites fiscales posteriores y constituye tu identificación ante la Administración Tributaria.

2

Registra tu empresa en el Registro Mercantil

Como prestador de servicios marítimos, es recomendable que constituyas tu actividad como empresa individual, sociedad limitada o sociedad anónima según tus necesidades. Debes inscribir tu empresa en el Registro Mercantil Provincial correspondiente a tu domicilio o lugar de actividad. Este registro proporciona publicidad oficial de tu empresa y es especialmente importante en el sector marítimo para cumplir con requisitos de seguridad y responsabilidad.

3

Presenta el modelo 036 o 037 en la AEAT

Debes completar la declaración censal del modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física sin cumplir requisitos simplificados) o modelo 037 (si eres persona física que cumple los requisitos de simplificación). En esta declaración debes indicar el epígrafe IAE 752.3 correspondiente a servicios de remolque de navíos. Puedes presentarlo telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando tu certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en la oficina de la AEAT de tu jurisdicción.

4

Solicita tu alta en el Régimen de la Seguridad Social

Como autónomo o empresario, debes darte de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RTA) de la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Puedes hacerlo a través de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de forma telemática o presencial. Además, si tienes empleados, deberás afiliarse como empresa y registrar a tus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social.

5

Obtén licencias y autorizaciones marítimas específicas

Para operar en servicios de remolque de navíos, necesitas obtener las autorizaciones y licencias específicas de las autoridades portuarias y marítimas competentes. Debes contactar con la Autoridad Portuaria del puerto donde vayas a operar, así como con la Dirección General de la Marina Mercante para cumplir con los requisitos técnicos, de seguridad y de personal cualificado. Estas autorizaciones son esenciales para poder prestar legalmente servicios de remolque.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 752.3?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Solicítalo en la Delegación Provincial de la Policía Nacional, en las comisarías de Policía Nacional o a través del portal de solicitud online del Ministerio del Interior. Si eres extranjero, acude a la Delegación de Extranjería de tu provincia.
Certificado digital o acceso a Cl@ve para la firma electrónica Puedes obtener un certificado digital en la AEAT, en Correos o en entidades certificadoras privadas autorizadas. Para Cl@ve, regístrate en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html utilizando tu DNI/NIE y datos personales.
Documentación de inscripción en el Registro Mercantil Solicita la inscripción en el Registro Mercantil Provincial de tu domicilio o lugar de actividad. Puedes obtener copias certificadas en el mismo registro o a través de su plataforma telemática.
Autorización de la Autoridad Portuaria Contacta directamente con la Autoridad Portuaria del puerto donde vayas a operar. Deberás presentar tu documentación empresarial, seguro de responsabilidad civil y cumplir con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la autoridad.
Documentación de la Dirección General de la Marina Mercante Solicita los requisitos y autorizaciones en la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), que depende del Ministerio de Transportes. Deberás demostrar que cuentas con personal cualificado, equipos adecuados y sistemas de seguridad conformes a la normativa internacional.
Comprobante de domicilio de la empresa Puedes utilizar una factura de servicios (agua, electricidad, teléfono) a nombre de la empresa, un contrato de alquiler del local, o un certificado de empadronamiento. Estos documentos deben tener una antigüedad máxima de tres meses.

Plazos importantes

El alta en el IAE debe realizarse en el plazo de 30 días desde el inicio de tu actividad. Si no te das de alta en este plazo, la AEAT puede imponerte sanciones. Simultáneamente, debes darte de alta en la Seguridad Social como autónomo dentro de ese mismo plazo de 30 días. A partir del 1 de enero del año siguiente al de tu alta, estarás obligado a presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) si superas ciertos umbrales de ingresos. Además, si tu facturación supera los 3.000 euros anuales, deberás estar registrado en el IVA y presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) o anuales según tu régimen.

Formularios online

Errores comunes

  • No indicar correctamente el epígrafe IAE 752.3 en la declaración censal, confundiéndolo con otros códigos de transporte marítimo o portuario. Es fundamental que especifiques que se trata de servicios de remolque de navíos, no de otras actividades relacionadas como carga y descarga o gestión portuaria.
  • Olvidar solicitar las autorizaciones específicas de la Autoridad Portuaria y la Dirección General de la Marina Mercante antes de comenzar la actividad. Muchos autónomos se dan de alta en la AEAT pero no obtienen las licencias marítimas necesarias, lo que puede resultar en sanciones importantes y cierre de la actividad.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo dentro del plazo de 30 días, lo que genera cotizaciones retroactivas y posibles penalizaciones. Este es un trámite independiente del alta en la AEAT y es obligatorio para poder trabajar legalmente.
  • Confundir el modelo 036 con el 037, presentando el 037 cuando corresponde el 036 por ser persona jurídica o no cumplir los requisitos de simplificación. Esto puede resultar en la devolución del formulario y retrasos en el proceso de alta.
  • No mantener actualizada la información de domicilio y datos de contacto en la AEAT, lo que puede impedir recibir notificaciones importantes sobre obligaciones fiscales o cambios normativos en el sector marítimo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el coste de darse de alta con el epígrafe 752.3?
El alta en el IAE es completamente gratuita si tu facturación anual no supera 1 millón de euros. No existe tasa alguna por la presentación del modelo 036 o 037. Sin embargo, deberás abonar las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social como autónomo, que en 2024 tienen una cuota mínima de aproximadamente 230-300 euros mensuales, aunque puede variar según tu base de cotización elegida. Además, deberás contar con un seguro de responsabilidad civil que es obligatorio para operar en servicios de remolque marítimo.
¿Necesito tener una embarcación propia para darse de alta en este epígrafe?
Técnicamente no es obligatorio tener embarcación propia para registrarse en el IAE, pero la Autoridad Portuaria y la Dirección General de la Marina Mercante requerirán que demuestres que tienes acceso a embarcaciones adecuadas y personal cualificado para prestar los servicios de remolque. Puedes operar con embarcaciones alquiladas o en régimen de asociación con otras empresas, pero debes documentar estas relaciones contractuales y garantizar que cumples con todos los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por las autoridades marítimas.
¿Qué diferencia hay entre el modelo 036 y el 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar tanto personas físicas como jurídicas, y es más completo. El modelo 037 es una versión simplificada exclusivamente para personas físicas que cumplen ciertos requisitos (como no ser empleador, tener ingresos inferiores a ciertos límites, no realizar actividades de intermediación financiera, etc.). Si eres persona jurídica (sociedad limitada, anónima, etc.), debes presentar obligatoriamente el modelo 036. Si eres autónomo individual y cumples los requisitos, puedes optar por el 037, que es más sencillo de rellenar.
¿Cuáles son mis obligaciones fiscales después de darme de alta?
Una vez dado de alta, deberás cumplir con varias obligaciones: presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) si superas ciertos umbrales de ingresos; si tu facturación supera 3.000 euros anuales, deberás registrarte en el IVA y presentar declaraciones trimestrales (modelo 303) o anuales; deberás mantener un libro de ingresos y gastos o contabilidad simplificada; y deberás pagar tus cotizaciones mensuales a la Seguridad Social. Además, la Autoridad Portuaria puede requerir informes periódicos sobre tu actividad y cumplimiento de normativas de seguridad marítima.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso completo de alta?
El proceso tiene varias fases: la presentación del modelo 036 ante la AEAT suele procesarse en 1-2 semanas si la presentas telemáticamente; el alta en la Seguridad Social como autónomo se resuelve generalmente en 3-5 días; sin embargo, la obtención de autorizaciones de la Autoridad Portuaria y la Dirección General de la Marina Mercante puede tardar de 2 a 4 semanas o más, dependiendo de la documentación que requieran y del puerto específico. Es recomendable que inicies todos los trámites simultáneamente para optimizar los plazos, y que no comiences la actividad hasta haber obtenido todas las autorizaciones marítimas necesarias.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora evita sanciones por facturación incorrecta

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Facturas sin número correlativo, sin IVA desglosado o fuera de plazo suponen sanciones de 150 € a 600 €. Quipu genera facturas conformes a la AEAT y calcula tus impuestos automáticamente.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.

Descarga la Guía Completa de Alta

Todos los pasos para darte de alta con el código 752.3: modelo 036, IMPORTASS y trámites municipales.