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IAE 753.2Trámites de alta

Alta IAE 753.2: Servicio de control de navegación aérea

Dado que el alta fiscal en el código IAE 753.2 (Servicio de control de navegación aérea) requiere cumplimiento de múltiples obligaciones tributarias, laborales y administrativas, te recomendamos encarecidamente que contretes los servicios de una gestoría profesional especializada en actividades aeronáuticas. Un gestor experimentado te asesorará sobre la estructura fiscal más conveniente para tu negocio, gestionará la presentación telemática del modelo 036 y todas las declaraciones posteriores (IVA, IRPF, Seguridad Social), y te mantendrá informado sobre cambios normativos que afecten a tu actividad. El coste de una gestoría es mínimo comparado con el riesgo de cometer errores que pueden acarrear sanciones significativas de la AEAT.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu Certificado Digital o Cl@ve

Antes de iniciar cualquier trámite telemático con la AEAT, debes disponer de un medio de identificación electrónico válido. Puedes utilizar tu Certificado Digital (expedido por la FNMT) o tu usuario Cl@ve, que te permitirá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT de forma segura. El Certificado Digital es más recomendable si realizarás múltiples gestiones tributarias. Ambas opciones son gratuitas, aunque el Certificado Digital requiere una pequeña tramitación previa.

2

Cumplimenta el modelo 036 (Declaración Censal)

El modelo 036 es la declaración censal obligatoria que debes presentar para darte de alta en el registro de actividades económicas de la AEAT. En este formulario deberás indicar tus datos personales, el domicilio donde desarrollarás la actividad, la fecha de inicio de la actividad (que será la del 1 de enero del año en curso o la fecha real de inicio si es posterior), y el código IAE 753.2 correspondiente al servicio de control de navegación aérea. Este modelo es aplicable tanto si eres persona física como jurídica, y constituye tu solicitud oficial de alta en el censo de actividades económicas.

3

Presenta el modelo 036 telemáticamente

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta tu modelo 036 utilizando tu Certificado Digital o Cl@ve. La presentación telemática es obligatoria y gratuita para todos los sujetos pasivos. Una vez presentado, recibirás un justificante de presentación con un número de referencia que debes conservar. La tramitación es inmediata y obtendrás el alta en el registro censal en el mismo acto de presentación, siempre que la documentación sea correcta.

4

Solicita el NIF (si no lo tienes) y registra el domicilio fiscal

Si aún no dispones de Número de Identificación Fiscal, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT correspondiente a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica. El domicilio fiscal que declares en el modelo 036 será el que figure en el registro de la AEAT y debe coincidir con el lugar donde realmente desarrollas la actividad de control de navegación aérea. Asegúrate de que el domicilio es correcto, ya que será utilizado por la AEAT para todas las comunicaciones oficiales relacionadas con tu actividad.

5

Cumple con obligaciones adicionales según tu forma jurídica

Dependiendo de si actúas como persona física, autónomo, sociedad limitada o sociedad anónima, deberás cumplir con obligaciones adicionales específicas. Si eres autónomo, deberás darte de alta en la Seguridad Social. Si eres una sociedad mercantil, deberás estar inscrito en el Registro Mercantil. Todas estas gestiones complementarias son necesarias para que tu actividad sea completamente legal y operativa desde el punto de vista fiscal y laboral.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 753.2?

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Si eres persona física española, necesitarás tu DNI en vigor. Si eres extranjero, tu pasaporte o Número de Identidad de Extranjero (NIE). Estos documentos deben estar vigentes y servirán para acreditar tu identidad ante la AEAT. Los puedes obtener en las Comisarías de Policía Nacional (para el DNI) o en las Delegaciones de la Policía Nacional (para el NIE).
Certificado Digital o usuario Cl@ve El Certificado Digital lo puedes obtener en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) a través de su sede electrónica (www.fnmt.es) o presencialmente en sus oficinas. El usuario Cl@ve lo puedes crear directamente en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Ambos son gratuitos y necesarios para presentar telemáticamente el modelo 036 ante la AEAT.
Comprobante de domicilio Debes acreditar el domicilio donde desarrollarás la actividad de control de navegación aérea. Puedes utilizar una factura de suministro de agua, luz o gas de los últimos tres meses a tu nombre, un contrato de alquiler, una escritura de propiedad, o un certificado del ayuntamiento acreditando tu empadronamiento. Estos documentos deben estar en vigor y a tu nombre o al de la entidad que representes.
Número de Identificación Fiscal (NIF) o solicitud de asignación Si ya tienes NIF, deberás indicarlo en el modelo 036. Si no lo tienes, puedes solicitarlo en la Delegación de la AEAT de tu provincia o a través de la Sede Electrónica. La asignación del NIF es gratuita y se realiza de forma inmediata en la mayoría de los casos. En caso de ser una sociedad mercantil, el NIF se asigna automáticamente al inscribirse en el Registro Mercantil.
Datos de la actividad económica Deberás tener claramente identificados el código IAE (753.2), la descripción detallada de tu actividad de control de navegación aérea, la fecha de inicio de la actividad, y si es aplicable, información sobre la ubicación de instalaciones como centros de control de tráfico aéreo, torres de control o equipos de radar. Esta información la obtendrás de tu plan de negocio o documentación interna de tu empresa.

Plazos importantes

El alta en el registro de actividades económicas debe realizarse antes de iniciar la actividad o, como máximo, el 10 de enero del año siguiente al de inicio si la actividad comienza entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Una vez dado de alta, deberás mantener actualizada tu información censal y comunicar cualquier cambio en los datos registrados (domicilio, actividades, forma jurídica, etc.) en el plazo de treinta días naturales desde que se produzca el cambio. Además, si tu actividad está sujeta al IVA, deberás presentar la declaración-liquidación trimestral del modelo 303 dentro de los veinte días hábiles siguientes al trimestre correspondiente. Si tienes obligación de presentar declaración de la renta (IRPF), deberás hacerlo anualmente antes del 30 de junio del año siguiente.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código IAE 753.2 con otros códigos relacionados con transporte aéreo. El código 753.2 es específico para el servicio de control de navegación aérea (centros de control de tráfico, torres de control, instalaciones de radar), no para transporte de pasajeros o carga aérea. Asegúrate de seleccionar correctamente el epígrafe en el modelo 036 según tu actividad real.
  • Indicar un domicilio incorrecto o provisional en el modelo 036. El domicilio que declares debe ser el lugar donde realmente desarrollarás la actividad de control de navegación aérea. Si posteriormente cambias de domicilio sin comunicarlo a la AEAT, puedes incurrir en sanciones y los documentos oficiales no te llegarán correctamente.
  • No actualizar el censo de actividades económicas cuando hay cambios en los datos (cambio de domicilio, ampliación o cese de actividades, cambio de forma jurídica). Debes comunicar cualquier modificación en el plazo de treinta días naturales. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear multas administrativas.
  • Olvidar que además del modelo 036 (declaración censal), debes cumplir con otras obligaciones como el alta en la Seguridad Social si eres autónomo, la inscripción en el Registro Mercantil si eres sociedad, y la presentación de declaraciones de IVA e IRPF según corresponda.
  • Presentar el modelo 036 con datos incompletos o erróneos. Revisa cuidadosamente que todos los campos estén rellenados correctamente, especialmente el código IAE, el domicilio, la fecha de inicio de actividad y tu número de identificación. Los errores pueden retrasar el alta o causar problemas posteriores con la AEAT.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es exactamente la diferencia entre el código IAE 753.2 y otros códigos relacionados con aviación?
El código IAE 753.2 es específico para el servicio de control de navegación aérea, que incluye actividades como la operación de centros de control de tráfico aéreo, torres de control de aeropuertos, instalaciones de radar, equipos de producción de energía eléctrica para estas funciones y centros de transmisión. Este código es diferente del 751 (transporte aéreo de pasajeros), 752 (transporte aéreo de carga), 754 (servicios de manipulación de equipajes en aeropuertos) u otros códigos aeronáuticos. Debes asegurarte de que tu actividad real se corresponde con el servicio de control de navegación aérea antes de declarar este código en el modelo 036.
¿Es gratuito darse de alta con el código IAE 753.2?
Sí, el alta fiscal en el registro de actividades económicas es completamente gratuita. No existe tasa o arancel alguno por presentar el modelo 036 ante la AEAT, independientemente del código IAE que declares. Sin embargo, esto no significa que no tengas otras obligaciones económicas: si tu actividad genera ingresos superiores a ciertos umbrales, deberás pagar impuestos sobre esos ingresos (IRPF si eres autónomo, Impuesto sobre Sociedades si eres empresa, IVA si estás obligado a ello, etc.). El alta es gratuita, pero las obligaciones tributarias posteriores son obligatorias.
¿Qué ocurre si mi actividad de control de navegación aérea está ubicada en un aeropuerto gestionado por AENA?
Si tu actividad se desarrolla en un aeropuerto gestionado por AENA o en cualquier otra instalación de control de tráfico aéreo, debes seguir el mismo procedimiento de alta fiscal ante la AEAT. El domicilio que declares en el modelo 036 debe ser la ubicación real donde desarrollas la actividad (la torre de control, el centro de control de tráfico, la instalación de radar, etc.). AENA es una entidad pública empresarial, pero esto no afecta a tu obligación de darte de alta como actividad económica independiente. Si trabajas como contratista o proveedor de servicios para AENA, debes registrarte como tal ante la AEAT.
¿Debo presentar el modelo 036 o el modelo 037?
Debes presentar el modelo 036 (Declaración Censal General). El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden utilizar personas físicas que cumplen ciertos requisitos muy específicos (determinados límites de ingresos, actividades muy concretas, etc.), y generalmente no es aplicable a actividades de control de navegación aérea que suelen tener una naturaleza más compleja y requieren infraestructuras importantes. El modelo 036 es la opción correcta para esta actividad, ya sea que actúes como persona física, autónomo o sociedad mercantil.
¿Qué obligaciones fiscales tengo después de darme de alta con el código IAE 753.2?
Una vez dado de alta, tus obligaciones fiscales dependerán de tu forma jurídica y volumen de negocio. Si eres autónomo, deberás presentar anualmente la declaración de la renta (modelo 100 para IRPF). Si tu actividad está sujeta al IVA (lo cual es probable en servicios especializados), deberás presentar trimestralmente la declaración-liquidación del modelo 303. Si tienes empleados, deberás cumplir con obligaciones de retención y aportación a la Seguridad Social. Además, deberás mantener actualizado tu registro censal (modelo 036 modificado) si hay cambios en tus datos. Te recomendamos que consultes con un gestor profesional para conocer exactamente qué obligaciones te afectan según tu situación específica.

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