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IAE 845Guía completa

Guía IAE 845: Explotación electrónica por terceros

El código IAE 845 corresponde a la explotación electrónica por terceros, una actividad fundamental en el sector de la tecnología y servicios informáticos. Este código engloba un amplio conjunto de servicios relacionados con el tratamiento de datos, programación de equipos electrónicos y desarrollo de software que se prestan de manera independiente a terceros. Es esencial para cualquier empresa que se dedique profesionalmente a servicios tecnológicos y de procesamiento de información.

¿Qué es?

El código IAE 845 comprende la prestación de servicios de estudio, análisis y tratamiento mecánico de procesos, programación para equipos electrónicos, registro de datos en soportes de entrada para ordenadores, venta de programas informáticos y procesamiento de datos por cuenta de terceros. Incluye actividades como el desarrollo de software, diseño y elaboración de páginas web, mantenimiento informático integral, servicios de cloud y hosting, programación de aplicaciones para dispositivos móviles, asesoramiento informático y de protección de datos, así como la elaboración de software para videojuegos y sistemas especializados como cajeros automáticos. Esta clasificación abarca tanto la creación de soluciones tecnológicas personalizadas como la venta de programas y aplicaciones desarrolladas de forma independiente, siempre que constituyan una actividad empresarial diferenciada y no sean parte de un proceso productivo de otro bien o servicio.

¿Quién lo necesita?

Necesitan este código todas aquellas empresas que se dediquen profesionalmente al desarrollo de software, programación informática, diseño web, servicios de hosting y cloud, mantenimiento informático especializado, elaboración de aplicaciones móviles, asesoramiento tecnológico y tratamiento de datos por cuenta de terceros. También lo requieren las empresas que venden programas informáticos, aplicaciones o soluciones tecnológicas como actividad principal, así como aquellas que prestan servicios de análisis de procesos para su automatización mediante equipos electrónicos. Es imprescindible para consultorías informáticas, empresas de desarrollo de videojuegos, proveedores de soluciones en la nube y cualquier organización cuya actividad principal sea la explotación electrónica de datos o procesos para terceros.

Cómo darse de alta

Para darse de alta con el código IAE 845, debe dirigirse a la Agencia Tributaria a través del modelo 036 (solicitud de alta en el censo de empresarios) o 037 (solicitud de alta de trabajador autónomo), indicando específicamente este código como actividad principal. Puede realizar el trámite de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, telemáticamente a través de la plataforma de la AEAT con certificado digital o DNI electrónico, o mediante gestoría. Es fundamental que en la descripción de la actividad especifique claramente qué servicios tecnológicos va a prestar, ya sea desarrollo de software, diseño web, servicios de mantenimiento informático, hosting o cualquier otra modalidad incluida en este código. También deberá darse de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda (autónomo, empresa o asimilado) y solicitar el número de identificación fiscal (NIF) si aún no lo posee.

Documentos necesarios

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido en vigor del solicitante
  • Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional o definitivo otorgado por la Agencia Tributaria
  • Certificado digital o DNI electrónico para realizar trámites telemáticos ante la AEAT
  • Documentación acreditativa del domicilio fiscal (factura de servicios, contrato de alquiler o escritura de propiedad)
  • Modelo 036 o 037 debidamente cumplimentado con indicación del código IAE 845
  • Documentación sobre la estructura empresarial (estatutos sociales si es sociedad, contrato de asociación si es comunidad de bienes)
  • Acta de nombramiento de administrador o apoderado si la solicitud se realiza a través de representante

Errores comunes

  • Confundir el código 845 con otras actividades relacionadas pero diferentes, como la venta minorista de equipos informáticos (código 476) o la reparación de equipos electrónicos (código 956). Es fundamental identificar correctamente si la actividad principal es la explotación electrónica de datos y servicios informáticos, no la venta de hardware o reparación de equipos.
  • No especificar suficientemente en la declaración de alta cuál es la naturaleza exacta de los servicios que se van a prestar, lo que puede causar problemas posteriores con la Agencia Tributaria o dificultades en inspecciones. Debe quedar claro si se trata de desarrollo de software, diseño web, servicios de cloud, mantenimiento informático o una combinación de estos.
  • Olvidar que los servicios de programación y desarrollo de software prestados como actividad independiente requieren este código, incluso si se realizan de forma eventual o como complemento a otras actividades. Muchos profesionales no registran correctamente esta actividad cuando la desarrollan de forma paralela a otras.
  • No considerar que actividades como el diseño de páginas web, la elaboración de software para dispositivos móviles o el asesoramiento informático deben estar registradas bajo este código si constituyen una actividad empresarial diferenciada y se prestan por cuenta de terceros.
  • Registrarse con un código incorrecto si la actividad es principalmente de venta de programas informáticos sin servicios asociados, cuando en realidad debería estar bajo el código 845 que expresamente incluye la venta de programas y software como parte de la explotación electrónica.

Códigos relacionados

¿Necesitas una gestoría?

Se recomienda encarecidamente acudir a una gestoría especializada en tecnología e informática cuando la empresa vaya a prestar servicios complejos de desarrollo de software, hosting, cloud computing o asesoramiento informático avanzado, ya que estos servicios pueden tener implicaciones fiscales y laborales específicas que requieren asesoramiento experto. Una gestoría es especialmente recomendable si va a prestar servicios a empresas de otros países o si sus clientes requieren cumplimiento de normativas específicas de protección de datos o seguridad informática, aspectos que pueden afectar a la clasificación de la actividad y a las obligaciones fiscales. También es aconsejable consultar con una gestoría si tiene dudas sobre si su actividad específica se encuadra correctamente bajo el código 845 o si necesita registrar códigos adicionales para actividades complementarias.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito el código IAE 845 si solo hago diseño web ocasionalmente?
Depende de si el diseño web constituye una actividad empresarial diferenciada o si es ocasional. Si lo haces de forma habitual y profesional, cobrando por ello y generando ingresos significativos, sí necesitas registrarte con el código 845. Sin embargo, si es completamente ocasional y marginal respecto a tu actividad principal, podrías no estar obligado, aunque es recomendable consultar con Hacienda para evitar problemas.
¿Puedo vender software que he desarrollado bajo el código 845?
Sí, absolutamente. El código 845 expresamente incluye la venta de programas informáticos como parte de la actividad de explotación electrónica. Puedes vender software que hayas desarrollado, ya sea a través de una plataforma web, descarga directa, o cualquier otro medio, siempre que la venta de programas sea tu actividad principal o una actividad complementaria registrada bajo este código.
¿Qué diferencia hay entre el código 845 y el 476 (venta de equipos informáticos)?
El código 845 es para servicios y software (programación, desarrollo, mantenimiento, hosting), mientras que el código 476 es para la venta de equipos informáticos físicos (ordenadores, impresoras, periféricos). Si tu actividad es principalmente vender hardware, usarías el 476; si es desarrollar software y prestar servicios informáticos, usarías el 845. Si haces ambas cosas, necesitarías registrar ambos códigos.
¿Tengo que pagar impuestos especiales por servicios de hosting o cloud?
Los servicios de hosting y cloud están incluidos en el código 845 y se tributan como servicios normales de explotación electrónica. No hay impuestos especiales adicionales simplemente por prestar estos servicios, aunque debes cumplir con tus obligaciones de IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades según tu régimen fiscal. Si tus clientes están en otros países de la UE, pueden aplicarse reglas especiales de IVA que debes consultar.
¿Puedo registrarme como autónomo con el código 845 o debo ser sociedad?
Puedes registrarte como autónomo o como sociedad mercantil con el código 845. Como autónomo, usarías el modelo 037 en la Agencia Tributaria. Como sociedad, usarías el modelo 036. La elección depende de tu situación personal, volumen de negocio y estructura empresarial. Ten en cuenta que el código 845 NO es elegible para el régimen de estimación objetiva (módulos) en IRPF, por lo que como autónomo deberías tributar por estimación directa o acogerte al régimen de sociedades.