Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en asesoramiento fiscal y laboral para autónomos. Un gestor profesional te ayudará a cumplimentar correctamente todos los formularios, a gestionar tus obligaciones fiscales trimestrales (IVA) y anuales (IRPF), y a optimizar tu situación tributaria. Además, te asesorará sobre las licencias específicas que pueda requerir tu actividad de alquiler de aeronaves y te representará ante la AEAT en caso de necesidad, evitándote errores costosos y ahorrándote tiempo valioso en trámites administrativos.
Pasos para darse de alta
Solicitar el número de identidad fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Este número es imprescindible para cualquier trámite fiscal y será tu identificativo único ante Hacienda. Necesitarás presentar tu documento de identidad original y una copia del mismo.
Registrarse en Cl@ve o certificado electrónico
Para acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y presentar los formularios de alta telemáticamente, debes registrarte en el sistema Cl@ve o disponer de un certificado electrónico válido. Cl@ve es el sistema de autenticación más sencillo y gratuito, permitiéndote acceder a todos los servicios de la administración pública con una sola contraseña. El proceso de registro es rápido y puedes realizarlo desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
Cumplimentar y presentar el modelo 036 (declaración censal)
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el modelo 036, que es la declaración censal obligatoria para cualquier persona física que inicie una actividad económica. En este formulario deberás indicar el código IAE 855.1, tus datos personales, el domicilio de la actividad, la fecha de inicio de la actividad y otros datos relevantes sobre tu negocio de alquiler de aeronaves. El modelo 036 debe presentarse dentro del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad.
Solicitar alta en el Régimen de Autónomos (si procede)
Si eres persona física y vas a ser el titular de la actividad, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen de Autónomos del Sistema de la Seguridad Social. Esta solicitud se realiza en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia, presentando el modelo TA.0521 y una copia del DNI. El alta en la Seguridad Social debe realizarse antes o simultáneamente al inicio de la actividad.
Solicitar alta en el registro de actividades sujetas a licencia ambiental (si aplica)
Dependiendo de la escala y naturaleza de tu actividad de alquiler de aeronaves, puede ser necesario obtener licencias ambientales o de actividad clasificada en tu ayuntamiento. Debes consultar con el Ayuntamiento del municipio donde vayas a desarrollar la actividad para conocer si requieres licencia de actividad o autorización especial para operar con aeronaves.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 855.1?
Plazos importantes
El modelo 036 debe presentarse dentro de los 10 días naturales siguientes al inicio de la actividad económica. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse antes o en el mismo momento en que comiences la actividad. Una vez dado de alta, deberás presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tienes obligación de tributar por este impuesto, así como la declaración anual de la renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente. Además, deberás cumplir con las obligaciones de facturación y llevar un registro de ingresos y gastos según la normativa fiscal vigente.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No indicar correctamente el código IAE 855.1 en el modelo 036, confundiéndolo con otros códigos de transporte o alquiler. Asegúrate de especificar que tu actividad es exclusivamente alquiler de aeronaves de todas clases, incluidos drones.
- ✗Olvidar presentar el modelo 036 dentro del plazo de 10 días desde el inicio de la actividad, lo que puede resultar en sanciones de la AEAT. Recuerda que este plazo es improrrogable y debe respetarse estrictamente.
- ✗No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de iniciar la actividad. Esta es una obligación legal independiente del alta fiscal y su incumplimiento puede acarrear multas y problemas de cobertura social.
- ✗No obtener las licencias municipales o autorizaciones necesarias requeridas por el Ayuntamiento, especialmente si la actividad requiere licencia de actividad económica o autorización específica para operar con aeronaves.
- ✗Confundir el código IAE 855.1 (alquiler de aeronaves) con el código 855.2 (alquiler de otros medios de transporte) o con códigos de servicios de transporte aéreo de pasajeros, que tienen requisitos completamente diferentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre alquilar aeronaves tripuladas y drones?▼
¿Necesito obtener una licencia de piloto para alquilar aeronaves?▼
¿Cuál es el coste de darse de alta con el código IAE 855.1?▼
¿Tengo obligación de presentar declaración del IVA trimestral?▼
¿Qué pasa si alquilo aeronaves de forma ocasional, no como negocio principal?▼
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