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IAE 855.2Trámites de alta

Alta IAE 855.2: Alquiler de embarcaciones

Aunque los trámites de alta son relativamente sencillos, es muy recomendable que contrates a una gestoría especializada en actividades de transporte y alquiler. Un gestor te ayudará a presentar correctamente el modelo 036, te asesorará sobre obligaciones fiscales específicas del alquiler de embarcaciones, te gestionará las declaraciones trimestrales de IVA, te preparará la declaración anual de la renta y te mantendrá al día con cambios normativos. El coste de una gestoría (generalmente entre 50 y 150 euros mensuales) es muy inferior al riesgo de cometer errores que pueden resultar en sanciones de la AEAT.

Pasos para darse de alta

1

Solicita el número de identidad fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, debes solicitarlo en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Necesitarás tu documento de identidad original y copia. El NIF es imprescindible para cualquier trámite tributario y será tu identificador único ante la AEAT. Si ya eres residente fiscal en España, probablemente ya dispongas de NIF.

2

Reúne la documentación necesaria

Prepara todos los documentos requeridos: documento de identidad válido, justificante de domicilio (recibo de agua, luz, gas o contrato de alquiler), datos bancarios para domiciliación de pagos, y documentación sobre la titularidad de las embarcaciones que vas a alquilar. Si tienes empleados, necesitarás también sus datos para darte de alta en Seguridad Social. Asegúrate de que todos los documentos están actualizados y en vigor.

3

Presenta el modelo 036 en la Delegación de Hacienda o por vía telemática

Rellena el formulario 036 (Declaración censal de inicio de actividad económica) con todos tus datos personales, información sobre la actividad de alquiler de embarcaciones, domicilio fiscal y datos bancarios. Puedes presentarlo presencialmente en tu Delegación de Hacienda o a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando Cl@ve o certificado digital. La presentación telemática es más rápida y recomendable, y recibirás confirmación inmediata.

4

Realiza el alta en Seguridad Social como autónomo

Si trabajas por cuenta propia sin empleados, debes darte de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Solicita cita previa en tu Tesorería de la Seguridad Social más cercana o realiza el trámite telemáticamente a través de la sede de la Seguridad Social. Necesitarás el NIF, datos personales y el modelo 036 ya presentado. El alta en Seguridad Social es obligatoria y te proporciona cobertura sanitaria y prestaciones por jubilación.

5

Obtén los códigos de actividad y confirma la inscripción en IAE

Una vez presentado el modelo 036, la AEAT procesará tu solicitud y te asignará el código IAE 855.2 correspondiente al alquiler de embarcaciones. Recibirás una confirmación de inscripción en el Registro de Actividades Económicas. Conserva esta documentación de confirmación, ya que la necesitarás para justificar tu actividad ante clientes, proveedores y administraciones públicas.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 855.2?

Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) Documento original válido y en vigor. Si eres extranjero residente, el NIE se solicita en la Delegación de Policía Nacional. Necesitarás una copia autenticada o fotocopia compulsada para los trámites.
Justificante de domicilio Recibo de suministros (agua, luz, gas, teléfono) de los últimos tres meses, contrato de alquiler con firma del arrendador, o certificado de empadronamiento. El domicilio debe coincidir con el que declares como domicilio fiscal. Debe tener una antigüedad no superior a tres meses.
Datos bancarios para domiciliación Número de cuenta bancaria (IBAN) donde domiciliar los pagos de impuestos y cuotas. Debes facilitar el nombre del titular de la cuenta, el banco y el número de cuenta completo. Este dato es obligatorio para la presentación del modelo 036.
Documentación sobre titularidad de embarcaciones Documentos de propiedad de las embarcaciones que vas a alquilar: títulos de propiedad, registros de embarcaciones, certificados de matrícula en la Administración Marítima o documentación equivalente. Si las embarcaciones están financiadas, proporciona también los documentos del préstamo.
Número de identidad fiscal (NIF) Si ya lo tienes, inclúyelo en la documentación. Si no lo tienes, solicítalo previamente en la Delegación de Hacienda. El NIF es gratuito y se obtiene presentando el documento de identidad original.
Datos de empleados (si los tienes) Si vas a tener trabajadores a tu cargo, necesitarás sus datos personales completos, número de afiliación a la Seguridad Social, tipo de contrato y salario. Esta información es necesaria para realizar el alta en la Seguridad Social como empresa.

Plazos importantes

El modelo 036 debe presentarse antes de iniciar la actividad económica o, como máximo, dentro de los diez días hábiles posteriores al inicio de la actividad. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe solicitarse en el plazo de treinta días naturales desde el inicio de la actividad. Una vez inscrito en el IAE, debes cumplir con las obligaciones tributarias: declaración trimestral del IVA (modelo 303) si superas el umbral de exclusión, declaración anual de la renta (modelo 100) y presentación de cuentas anuales si tienes obligación contable. Los plazos de presentación de declaraciones varían según el mes de inicio de actividad, por lo que es recomendable solicitar asesoramiento específico.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 (declaración censal general para cualquier persona física o jurídica) con el modelo 037 (versión simplificada solo para personas físicas en determinadas circunstancias). Debes utilizar el modelo 036 para el alquiler de embarcaciones salvo que cumplas exactamente los requisitos de simplificación.
  • No presentar el alta en la Seguridad Social como autónomo en el plazo establecido. Muchos emprendedores olvidan este trámite obligatorio, lo que puede resultar en sanciones y pérdida de cobertura sanitaria. El alta debe realizarse simultáneamente o antes que el modelo 036.
  • Indicar incorrectamente el código de actividad IAE. Si no especificas claramente que tu actividad es alquiler de embarcaciones (855.2) y no otra actividad de transporte, la AEAT podría asignarte un código incorrecto que afecte a tus obligaciones tributarias.
  • Omitir datos sobre la titularidad de las embarcaciones o no tener documentación actualizada. La AEAT puede solicitar prueba de propiedad o posesión legal de las embarcaciones que vas a alquilar, especialmente si están registradas en organismos marítimos.
  • No domiciliar correctamente los pagos. Si proporcionas datos bancarios incorrectos o incompletos en el modelo 036, los pagos de impuestos no se procesarán correctamente, generando deuda tributaria y recargos.
  • Confundir el alquiler de embarcaciones con otras actividades de transporte. Si además del alquiler realizas transporte de pasajeros u otras actividades, debes declarar todos los códigos IAE aplicables, no solo el 855.2.

Preguntas frecuentes

¿Es necesario tener licencia de capitán o patrón para alquilar embarcaciones?
La licencia de patrón es necesaria si tú personalmente vas a pilotar las embarcaciones durante el alquiler. Si alquilas embarcaciones sin patrón (el cliente las pilota) o proporcionas un patrón empleado con licencia, tú no necesitas licencia de navegación. Sin embargo, es obligatorio que las embarcaciones cumplan con todos los requisitos de seguridad marítima establecidos por la Administración Marítima y que estén correctamente registradas y aseguradas.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 para este tipo de actividad?
El modelo 036 es la declaración censal general obligatoria para cualquier persona que inicie una actividad económica. El modelo 037 es una versión simplificada que solo pueden utilizar personas físicas que cumplan requisitos muy específicos (facturación muy baja, actividades muy concretas). Para el alquiler de embarcaciones, debes utilizar obligatoriamente el modelo 036, ya que esta actividad no se incluye en los supuestos de simplificación permitidos por la AEAT.
¿Tengo que pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?
El IAE es gratuito para la mayoría de actividades de alquiler de embarcaciones si tu facturación anual no supera 1.000.000 de euros. Si tu volumen de negocio es superior a este umbral, deberás pagar una cuota anual de IAE que varía según el volumen de facturación. La cuota se paga anualmente, generalmente en los primeros meses del año, y es deducible en el IRPF como gasto de la actividad.
¿Qué obligaciones de IVA tengo como arrendador de embarcaciones?
El alquiler de embarcaciones está sujeto a IVA al tipo general (actualmente el 21%). Debes presentar la declaración trimestral del modelo 303 si superabas el umbral de exclusión (aproximadamente 400.000 euros anuales de volumen de operaciones en el trimestre anterior). Si tu facturación es muy baja, puedes solicitar la exención de IVA como pequeño empresario, aunque esto tiene limitaciones. Es fundamental que emitas facturas correctamente con IVA desglosado en cada alquiler.
¿Cuándo debo presentar mi primera declaración de la renta como arrendador de embarcaciones?
Tu primera declaración de la renta (modelo 100) la presentarás en la campaña del año siguiente al que hayas iniciado la actividad. Por ejemplo, si comienzas en junio de 2024, presentarás la declaración correspondiente al ejercicio 2024 en la campaña de 2025 (abril-junio). Debes incluir todos los ingresos por alquiler, restar los gastos deducibles (mantenimiento, combustible, seguros, amortización, etc.) y declarar la base imponible resultante.

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