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IAE 931.1Trámites de alta

Alta IAE 931.1: Guardería y enseñanza infantil, exclusiva

Te recomendamos encarecidamente que contrates a una gestoría especializada en autónomos y actividades infantiles. Un gestor profesional te ayudará a navegar los requisitos específicos de tu comunidad autónoma, cumplimentará correctamente todos los formularios de la AEAT y Seguridad Social, y te asesorará sobre obligaciones fiscales, contables y laborales. Esto te permitirá enfocarte completamente en tu actividad de guardería sin preocupaciones administrativas, evitando errores costosos y asegurando el cumplimiento normativo desde el primer día.

Pasos para darse de alta

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Paso 1: Obtén tu número de identidad y documentación básica

Antes de iniciar cualquier trámite, debes tener tu DNI o NIE en vigor. Si eres persona física, necesitarás tu documento de identidad original y una copia. Si eres persona jurídica (sociedad limitada, cooperativa, etc.), debes contar con tu CIF y los estatutos sociales inscritos en el Registro Mercantil. Verifica que toda tu documentación esté actualizada y al día con la administración.

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Paso 2: Solicita el alta en el Censo de Actividades Económicas (modelo 036 o 037)

Debes presentar la declaración censal correspondiente ante la Agencia Tributaria. Si eres persona física que cumple los requisitos de simplificación (facturación inferior a 600.000 euros anuales y sin actividades excluidas), puedes usar el modelo 037 simplificado. En caso contrario, utiliza el modelo 036 general. Esta solicitud se puede presentar presencialmente en cualquier oficina de la AEAT, por correo certificado o a través de la Sede Electrónica con certificado digital o Cl@ve.

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Paso 3: Realiza los trámites de afiliación a la Seguridad Social

Como autónomo, debes afiliarte al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social. Accede a la web de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o solicita cita previa en tu oficina más cercana. Necesitarás presentar tu solicitud de afiliación junto con tu DNI/NIE y el justificante de haber solicitado el alta en el IAE. El proceso es gratuito y es obligatorio para poder ejercer la actividad.

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Paso 4: Obtén el alta municipal y licencias específicas de actividad

Contacta con el Ayuntamiento de tu localidad para solicitar la licencia de actividad o licencia municipal correspondiente a una guardería. Debes presentar la solicitud junto con documentación que acredite el cumplimiento de normas de seguridad, higiene y requisitos específicos para centros infantiles. Algunos municipios también requieren licencia de funcionamiento o de ocupación del local. Comprueba los requisitos específicos de tu comunidad autónoma, ya que la regulación de guarderías puede variar según la región.

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Paso 5: Cumple con los requisitos técnicos y de personal especializado

Debes verificar que cuentas con el personal cualificado requerido para trabajar en una guardería. Según la normativa autonómica, puede ser necesario tener educadores infantiles con titulación específica, técnicos en educación infantil o cuidadores con formación acreditada. Asimismo, el local debe cumplir con normas de seguridad, espacios, higiene, equipamiento y aforo según la edad de los menores. Consulta con la Consejería de Educación o Servicios Sociales de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos exactos.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 931.1?

DNI o NIE original y fotocopia Debes presentarlo en la oficina de la AEAT o adjuntarlo si realizas el trámite telemáticamente. Si eres extranjero, el NIE debe estar en vigor y ser válido para el ejercicio de actividades económicas en España.
CIF (si eres persona jurídica) e inscripción en el Registro Mercantil Solicita el CIF en la AEAT si aún no lo tienes. La inscripción en el Registro Mercantil debe estar actualizada y puedes obtener una copia certificada en el Registro Mercantil Provincial correspondiente a tu domicilio.
Justificante de solicitud de afiliación a la Seguridad Social Lo obtendrás en la TGSS tras presentar tu solicitud de afiliación como autónomo. Es importante tenerlo antes de presentar el alta en el IAE o como máximo en los 30 días posteriores al inicio de la actividad.
Licencia municipal de actividad o licencia de funcionamiento Solicítala en el Ayuntamiento de tu localidad. Algunos municipios la emiten de forma automática tras el alta en el IAE, pero otros requieren una solicitud específica. Comprueba los requisitos de tu municipio.
Documentación acreditativa de cumplimiento de normas de seguridad e higiene Debes obtener esta documentación del técnico o profesional que supervise las instalaciones. Incluye certificados de seguridad estructural, informes de evaluación de riesgos laborales, y certificados de cumplimiento de normas específicas para centros infantiles según tu comunidad autónoma.
Acreditación de titulación del personal educativo Los educadores infantiles y cuidadores deben presentar sus diplomas o certificados de formación. Estos documentos pueden ser títulos de Formación Profesional en Educación Infantil, grados universitarios en Educación Infantil, o certificados de cursos de cuidador infantil reconocidos por la administración.

Plazos importantes

El alta en el Censo de Actividades Económicas debe solicitarse antes de iniciar la actividad o, como máximo, en los 10 días hábiles siguientes al comienzo de la misma. La afiliación a la Seguridad Social es obligatoria y debe realizarse en los 30 días previos o posteriores al inicio de la actividad. Las obligaciones periódicas incluyen la presentación del modelo 303 (IVA trimestral) si estás sujeto a este impuesto, la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio, y el pago de la cuota mensual de autónomos a partir del mes siguiente al de afiliación. Algunos municipios requieren renovación anual de la licencia de actividad, por lo que debes verificar los plazos específicos de tu localidad.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el modelo 036 con el 037: el modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen requisitos específicos de facturación (menos de 600.000 euros) y sin actividades excluidas. Si tienes dudas, utiliza el modelo 036 que es válido para todos los casos.
  • No realizar la afiliación a la Seguridad Social antes o inmediatamente después del alta en el IAE: es un trámite obligatorio y separado que muchos autónomos olvidan, lo que puede acarrear sanciones y problemas posteriores.
  • Olvidar solicitar la licencia municipal de actividad: aunque te des de alta en el IAE, necesitas el permiso del Ayuntamiento para operar una guardería. Sin esta licencia, estarás ejerciendo la actividad de forma ilegal.
  • No verificar los requisitos específicos de tu comunidad autónoma: las regulaciones para guarderías varían significativamente entre regiones. Algunos requisitos de personal, espacios o equipamiento pueden ser más exigentes en tu zona.
  • Presentar documentación incompleta o con errores: asegúrate de que todos los datos personales, domicilio y descripción de la actividad sean exactos. Los errores pueden retrasar el proceso o causar rechazos que requieran presentaciones adicionales.

Preguntas frecuentes

¿Es gratuito darse de alta como autónomo en el código IAE 931.1?
Sí, el alta en el Censo de Actividades Económicas (IAE) es completamente gratuita. No hay tasas ni cuotas por solicitar el código IAE 931.1. Sin embargo, debes pagar la cuota mensual de autónomos a la Seguridad Social una vez estés afiliado, que actualmente es de aproximadamente 290 euros mensuales (aunque existen reducciones para los primeros 12 meses de actividad). La afiliación a la Seguridad Social tampoco tiene coste inicial, solo la cuota mensual recurrente.
¿Puedo usar el modelo 037 simplificado para dar de alta mi guardería?
Depende de tu situación. El modelo 037 es válido solo si eres persona física (no empresa constituida), tu facturación anual no superará los 600.000 euros, y no realizas actividades excluidas de este régimen simplificado. Como la actividad de guardería está permitida en el modelo 037, podrías usarlo si cumples estos requisitos. Sin embargo, si tienes dudas o prevés ingresos superiores, es más seguro usar el modelo 036 general que es válido en cualquier caso.
¿Qué diferencia hay entre el alta en el IAE y la licencia municipal de actividad?
El alta en el IAE es un trámite fiscal ante la AEAT que te identifica como persona que ejerce una actividad económica y te asigna un código de actividad. La licencia municipal de actividad es un permiso que emite el Ayuntamiento de tu localidad autorizándote a ejercer esa actividad específica en tu municipio. Ambas son obligatorias: sin el IAE no puedes facturar legalmente, y sin la licencia municipal no puedes operar en ese municipio. Son trámites independientes ante administraciones diferentes.
¿Necesito tener una titulación específica para abrir una guardería?
Sí, la normativa varía según tu comunidad autónoma, pero generalmente necesitas tener educadores infantiles o cuidadores con formación acreditada. Muchas comunidades requieren que al menos el responsable o parte del equipo tenga un título de Formación Profesional en Educación Infantil o equivalente. Algunas regiones permiten cuidadores sin titulación específica bajo supervisión de un educador titulado. Debes consultar con la Consejería de Educación o Servicios Sociales de tu comunidad autónoma para conocer los requisitos exactos antes de abrir la guardería.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta en el código IAE 931.1?
Como autónomo en este código, debes cumplir varias obligaciones: presentar la declaración anual del IRPF (modelo 100) antes del 30 de junio de cada año, pagar el IVA trimestral mediante el modelo 303 si estás sujeto a este impuesto (generalmente sí, a menos que hayas solicitado exención), mantener un libro de ingresos y gastos, y pagar la cuota mensual de autónomos a la Seguridad Social. Además, debes conservar toda la documentación contable y facturas durante al menos 4 años. Te recomendamos que una gestoría te ayude a cumplir estas obligaciones correctamente.

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