Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en espectáculos públicos y actividades taurinas. Un gestor profesional se encargará de tramitar tu alta en el IAE, obtener todas las autorizaciones administrativas complementarias, y gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (declaraciones de IVA, IRPF/Sociedades, etc.). Dado que la organización de espectáculos taurinos implica múltiples trámites ante administraciones diferentes y obligaciones fiscales complejas, contar con asesoramiento experto te ahorrará tiempo, evitará errores costosos y te permitirá concentrarte en la gestión de tus eventos.
Pasos para darse de alta
Obtén tu número de identificación fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Es imprescindible contar con este número antes de realizar cualquier trámite de alta. El NIF te identifica fiscalmente ante la administración y es obligatorio para todas las actividades económicas en España.
Verifica que cumples los requisitos para la actividad taurina
Comprueba que tienes la capacidad legal para organizar espectáculos taurinos según la normativa autonómica y local aplicable en tu comunidad. Algunos territorios requieren autorización previa de las autoridades competentes en materia de espectáculos públicos. Asegúrate de que la ubicación donde planeas celebrar los eventos (plaza de toros, recinto portátil, etc.) cumple con la normativa de seguridad y sanidad vigente.
Presenta la declaración censal modelo 036 o 037
Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física con características especiales) o el modelo 037 (si eres persona física que cumple los requisitos de simplificación). Este formulario constituye tu declaración de alta en el censo de actividades económicas y debe incluir el código de epígrafe 965.5. Puedes presentarlo de forma telemática utilizando certificado digital o cl@ve, o en papel en la oficina de la AEAT.
Solicita las autorizaciones administrativas complementarias
Tramita ante las autoridades competentes (ayuntamiento, comunidad autónoma, dirección general de espectáculos públicos) todas las autorizaciones requeridas para celebrar eventos taurinos. Esto incluye licencias de actividad, permisos de seguridad e higiene, y autorizaciones específicas para plazas de toros portátiles si es tu caso. Estas gestiones son independientes del alta fiscal pero imprescindibles para operar legalmente.
Regístrate en el sistema de impuestos indirectos si procede
Si tu volumen de facturación anual supera los 1.500 euros, deberás darte de alta en el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) presentando el modelo 036/037 con la casilla correspondiente marcada. Aunque muchos espectáculos taurinos pueden estar exentos de IVA según su naturaleza, es recomendable consultar con la AEAT tu situación específica para determinar si debes repercutir este impuesto en tus clientes.
¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 965.5?
Plazos importantes
El alta en el censo debe presentarse dentro de los 10 días naturales posteriores al inicio de la actividad económica. Si no lo haces en plazo, la AEAT puede iniciar procedimientos de apremio. Una vez dado de alta, deberás mantener actualizada tu información censal comunicando cualquier cambio en los datos declarados. Si tu actividad genera obligaciones de IVA, deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Además, anualmente deberás presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (modelo 100) o del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) según tu forma jurídica.
Formularios online
Errores comunes
- ✗No solicitar las autorizaciones administrativas previas al ayuntamiento o comunidad autónoma antes de presentar el alta fiscal. Muchos promotores olvidan que el alta en el IAE no sustituye las licencias de seguridad, higiene e instalaciones que exige la administración local para celebrar espectáculos públicos.
- ✗Confundir el epígrafe 965.5 (espectáculos taurinos) con otros códigos de espectáculos (como 965.1 para cines o 965.2 para teatros). Es crucial seleccionar exactamente el epígrafe 965.5 en la declaración censal para que tu actividad quede correctamente clasificada.
- ✗No comunicar cambios en los datos censal cuando modificas la ubicación de la plaza de toros, el tipo de espectáculos que organizas, o tu forma jurídica. La información debe mantenerse actualizada mediante comunicaciones posteriores a la AEAT para evitar sanciones.
- ✗Presentar la declaración censal sin haber obtenido previamente el NIF. El NIF es requisito previo indispensable y sin él la AEAT rechazará tu solicitud de alta.
- ✗Olvidar marcar la casilla de IVA en la declaración 036/037 si tu volumen de facturación supera los 1.500 euros anuales. Esto puede generar problemas posteriores con tus obligaciones de IVA y sanciones por declaración incompleta.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Tengo que pagar tasas o aranceles por darme de alta en el IAE?▼
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse mi alta en el IAE?▼
¿Necesito estar dado de alta en el IAE antes de celebrar mi primer espectáculo taurino?▼
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el epígrafe 965.5?▼
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Un asesor fiscal puede gestionar tu alta en el IAE, modelo 036 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.
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