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IAE 965.5Trámites de alta

Alta IAE 965.5: Espectáculos taurinos

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada en espectáculos públicos y actividades taurinas. Un gestor profesional se encargará de tramitar tu alta en el IAE, obtener todas las autorizaciones administrativas complementarias, y gestionar tus obligaciones fiscales periódicas (declaraciones de IVA, IRPF/Sociedades, etc.). Dado que la organización de espectáculos taurinos implica múltiples trámites ante administraciones diferentes y obligaciones fiscales complejas, contar con asesoramiento experto te ahorrará tiempo, evitará errores costosos y te permitirá concentrarte en la gestión de tus eventos.

Pasos para darse de alta

1

Obtén tu número de identificación fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF, solicítalo en la Delegación de la AEAT más cercana a tu domicilio o a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Es imprescindible contar con este número antes de realizar cualquier trámite de alta. El NIF te identifica fiscalmente ante la administración y es obligatorio para todas las actividades económicas en España.

2

Verifica que cumples los requisitos para la actividad taurina

Comprueba que tienes la capacidad legal para organizar espectáculos taurinos según la normativa autonómica y local aplicable en tu comunidad. Algunos territorios requieren autorización previa de las autoridades competentes en materia de espectáculos públicos. Asegúrate de que la ubicación donde planeas celebrar los eventos (plaza de toros, recinto portátil, etc.) cumple con la normativa de seguridad y sanidad vigente.

3

Presenta la declaración censal modelo 036 o 037

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT y presenta el modelo 036 (si eres persona jurídica o persona física con características especiales) o el modelo 037 (si eres persona física que cumple los requisitos de simplificación). Este formulario constituye tu declaración de alta en el censo de actividades económicas y debe incluir el código de epígrafe 965.5. Puedes presentarlo de forma telemática utilizando certificado digital o cl@ve, o en papel en la oficina de la AEAT.

4

Solicita las autorizaciones administrativas complementarias

Tramita ante las autoridades competentes (ayuntamiento, comunidad autónoma, dirección general de espectáculos públicos) todas las autorizaciones requeridas para celebrar eventos taurinos. Esto incluye licencias de actividad, permisos de seguridad e higiene, y autorizaciones específicas para plazas de toros portátiles si es tu caso. Estas gestiones son independientes del alta fiscal pero imprescindibles para operar legalmente.

5

Regístrate en el sistema de impuestos indirectos si procede

Si tu volumen de facturación anual supera los 1.500 euros, deberás darte de alta en el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) presentando el modelo 036/037 con la casilla correspondiente marcada. Aunque muchos espectáculos taurinos pueden estar exentos de IVA según su naturaleza, es recomendable consultar con la AEAT tu situación específica para determinar si debes repercutir este impuesto en tus clientes.

¿Qué documentos necesitas para el alta en IAE 965.5?

Número de Identificación Fiscal (NIF) Solicítalo en la Delegación Provincial de la AEAT o a través de la Sede Electrónica (https://sede.agenciatributaria.gob.es) si aún no lo tienes asignado. Si eres persona jurídica, obtén el NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente al domicilio de tu empresa.
Documento de identidad (DNI o pasaporte) Debes presentar una copia de tu DNI o pasaporte válido en vigor. Si eres representante legal de una persona jurídica, también se requiere copia del DNI de la persona que firma la declaración censal.
Certificado digital o credenciales cl@ve Obtén tu certificado digital en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) a través de https://www.sede.fnmt.gob.es, o registra tu credencial cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Estos son necesarios para presentar telemáticamente la declaración censal ante la AEAT.
Autorización del ayuntamiento o autoridad local Solicita en el ayuntamiento del municipio donde celebrarás los espectáculos una copia de la licencia de actividad o autorización para organizar eventos taurinos. Este documento acredita que cumples los requisitos de seguridad, sanidad e instalaciones exigidos por la administración local.
Documentación de la plaza de toros o recinto Si utilizas una plaza de toros portátil, aporta documentación que acredite su conformidad técnica, seguridad estructural y capacidad de aforo. Si usas una plaza fija, solicita al propietario un documento que confirme tu autorización para organizar eventos en ese lugar.
Datos bancarios para domiciliación Prepara el número de cuenta bancaria (IBAN) donde deseas que se domicilien los pagos de impuestos y tasas. Este dato es opcional pero recomendable para facilitar tus obligaciones fiscales posteriores.

Plazos importantes

El alta en el censo debe presentarse dentro de los 10 días naturales posteriores al inicio de la actividad económica. Si no lo haces en plazo, la AEAT puede iniciar procedimientos de apremio. Una vez dado de alta, deberás mantener actualizada tu información censal comunicando cualquier cambio en los datos declarados. Si tu actividad genera obligaciones de IVA, deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Además, anualmente deberás presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (modelo 100) o del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) según tu forma jurídica.

Formularios online

Errores comunes

  • No solicitar las autorizaciones administrativas previas al ayuntamiento o comunidad autónoma antes de presentar el alta fiscal. Muchos promotores olvidan que el alta en el IAE no sustituye las licencias de seguridad, higiene e instalaciones que exige la administración local para celebrar espectáculos públicos.
  • Confundir el epígrafe 965.5 (espectáculos taurinos) con otros códigos de espectáculos (como 965.1 para cines o 965.2 para teatros). Es crucial seleccionar exactamente el epígrafe 965.5 en la declaración censal para que tu actividad quede correctamente clasificada.
  • No comunicar cambios en los datos censal cuando modificas la ubicación de la plaza de toros, el tipo de espectáculos que organizas, o tu forma jurídica. La información debe mantenerse actualizada mediante comunicaciones posteriores a la AEAT para evitar sanciones.
  • Presentar la declaración censal sin haber obtenido previamente el NIF. El NIF es requisito previo indispensable y sin él la AEAT rechazará tu solicitud de alta.
  • Olvidar marcar la casilla de IVA en la declaración 036/037 si tu volumen de facturación supera los 1.500 euros anuales. Esto puede generar problemas posteriores con tus obligaciones de IVA y sanciones por declaración incompleta.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general aplicable a todas las personas jurídicas (empresas, asociaciones, etc.) y a personas físicas con características especiales. El modelo 037 es la versión simplificada exclusivamente para personas físicas (autónomos) que cumplan ciertos requisitos de volumen de facturación y tipo de actividad. En tu caso como organizador de espectáculos taurinos, si eres autónomo sin empleados y tu facturación es reducida, podrías usar el 037; si eres empresa o tienes estructura más compleja, deberás usar el 036.
¿Tengo que pagar tasas o aranceles por darme de alta en el IAE?
No, el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es completamente gratuita. No existe tasa alguna que pagar por la presentación de la declaración censal. Sin embargo, debes tener en cuenta que si tu facturación anual supera los 1.500 euros, tendrás obligaciones de IVA que sí generan movimiento de dinero (aunque el IVA es un impuesto que repercutes en tus clientes, no un coste para ti).
¿Cuánto tiempo tarda en procesarse mi alta en el IAE?
Una vez presentada la declaración censal (modelo 036 o 037) telemáticamente, la AEAT suele procesar tu alta en un plazo de 5 a 10 días hábiles. Si la presentas en papel, el plazo puede extenderse hasta 15 días. Durante este período, la administración verifica que los datos son correctos. Recibirás una notificación de confirmación del alta en tu correo electrónico o a través de la Sede Electrónica.
¿Necesito estar dado de alta en el IAE antes de celebrar mi primer espectáculo taurino?
Sí, obligatoriamente debes estar dado de alta en el censo de actividades económicas (IAE) antes de iniciar tu actividad. Además, debes tener todas las autorizaciones administrativas (licencias municipales, permisos de seguridad, etc.) antes de celebrar cualquier evento. Comenzar la actividad sin estar dado de alta puede acarrearte sanciones económicas significativas de la AEAT.
¿Qué obligaciones fiscales tengo una vez dado de alta con el epígrafe 965.5?
Tus principales obligaciones son: presentar declaraciones trimestrales del IVA (modelo 303) si tu facturación supera 1.500 euros anuales, presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100 si eres autónomo o modelo 200 si eres empresa), mantener registros contables y facturas de tus operaciones durante al menos 4 años, y comunicar a la AEAT cualquier cambio en tus datos censal. Además, deberás cumplir con las obligaciones específicas que te imponga la administración local en materia de seguridad y sanidad en espectáculos.

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