Comercio menor tabacos en expendiduría
Comprende el comercio al por menor de los artículos recogidos en el epígrafe 646.8, papel de fumar y otros objetos de pequeño valor y alto índice de rotación cuya comercialización sea autorizada por el órgano gestor del monopolio con carácter accesorio de la actividad principal, así como la venta de
Ver ficha completa →Comercio menor tabaco máquinas automáticas
Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado a través de maquinas automáticas, en régimen de autorizaciones de venta con recargo. Actividades adicionales: Podrán expender sellos de correos y efectos timbrados. Preguntas frecuentes (INFORMA AEAT): Comercio al por menor de cajetillas de tabac
Ver ficha completa →¿Cuáles son las diferencias entre IAE 646.1 e IAE 646.5?
| Aspecto | IAE 646.1 | IAE 646.5 |
|---|---|---|
| Canal de distribución | Venta directa al público en una expendeduría física, es decir, un establecimiento comercial tradicional donde el cliente accede presencialmente y realiza la compra con atención personalizada del vendedor. | Venta exclusivamente a través de máquinas expendedoras automáticas sin intervención de personal, permitiendo la venta 24/7 en ubicaciones estratégicas como bares, gasolineras o estaciones de transporte. |
| Rango de productos adicionales | Además del tabaco, pueden venderse papel de fumar, objetos de pequeño valor con alto índice de rotación, impresos varios, sellos de correos y efectos timbrados como actividad accesoria autorizada. | La actividad se centra exclusivamente en labores de tabaco, aunque también pueden expender sellos de correos y efectos timbrados, pero sin la amplitud de productos complementarios del código 646.1. |
| Régimen administrativo | Funciona bajo el sistema de monopolio gestionado por la administración, requiriendo autorización específica del órgano gestor del monopolio para cada tipo de producto accesorio que se venda. | Opera en régimen de autorizaciones de venta con recargo, lo que implica un sistema específico de máquinas automáticas con control administrativo diferenciado y posiblemente diferentes obligaciones de gestión del inventario. |
| Interacción con el cliente | Requiere presencia de personal en el establecimiento para atender al público, asesorar sobre productos y realizar transacciones de forma directa, lo que implica costes laborales y de local comercial. | Eliminación de costes de personal directo de venta, aunque requiere mantenimiento técnico de máquinas, reposición de stock y gestión remota de la operación, siendo más automatizado y con menor coste de estructura fija. |
¿Cuándo elegir IAE 646.1?
Debes elegir el código 646.1 si tienes un establecimiento físico (expendeduría) donde atiendes personalmente a los clientes y vendes tabaco como actividad principal, complementada con otros productos como papel de fumar, impresos o efectos timbrados. Este código es el adecuado si tu modelo de negocio se basa en la venta directa presencial con asesoramiento al cliente y acceso a una variedad de productos relacionados autorizados por el monopolio.
¿Cuándo elegir IAE 646.5?
Debes elegir el código 646.5 si tu actividad consiste en instalar y gestionar máquinas expendedoras automáticas de tabaco en diferentes ubicaciones (bares, gasolineras, estaciones, etc.) sin personal de venta en cada punto. Este código es obligatorio si tu modelo operativo se basa en máquinas automáticas con recargo, priorizando la accesibilidad 24/7 y la automatización completa del proceso de venta.
Confusión habitual
La confusión más habitual es pensar que ambos códigos sirven para vender tabaco, cuando en realidad la diferencia fundamental está en el canal: 646.1 es para expendedurías tradicionales con persona física vendiendo, mientras que 646.5 es específicamente para máquinas automáticas. Algunos empresarios cometen el error de registrarse en 646.1 cuando tienen máquinas automáticas, o viceversa, lo que puede acarrear problemas con la Administración Tributaria y sanciones por clasificación incorrecta.
Consejo profesional
La elección correcta depende exclusivamente de tu modelo operativo: si tienes un local con personal, eres 646.1; si tu negocio son máquinas automáticas, eres 646.5. Consulta con tu asesor fiscal antes de solicitar la autorización al órgano gestor del monopolio de tabaco, porque cambiar de código después de estar dado de alta es complejo administrativamente y puede generar costes adicionales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo tener una expendeduría física (646.1) y también máquinas automáticas (646.5) en otros lugares?▼
¿Qué diferencia hay en los impuestos o cuotas de autónomos entre ambos códigos?▼
¿Es más fácil obtener la autorización para máquinas automáticas (646.5) que para expendeduría (646.1)?▼
¿Puedo vender otros productos además del tabaco si tengo máquinas automáticas (646.5)?▼
¿Qué pasa si cambio de 646.1 a 646.5 o viceversa después de estar dado de alta?▼
¿No estás seguro? Consulta con una gestoría
Elegir el epígrafe IAE incorrecto puede suponer sanciones. Un asesor fiscal te ayudará a elegir correctamente.
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