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IAE 659.5vsIAE 491.2Comparativa

IAE 659.5 vs 491.2: Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería y bisutería vs Bisutería

IAE 659.5Joyería

Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería y bisutería

Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería. Actividades adicionales: Faculta para reparar, en el propio establecimiento, los artículos que en el mismo se especifican. Faculta para la venta en el propio establecimiento de objetos de cristal, bronce y otros metales,

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IAE 491.2Joyería

Bisutería

Comprende la fabricación de artículos de bisutería, emblemas, distintivos, escarapelas y pequeños objetos decoración (flores, frutos artificiales, plumas, penachos). Faculta para la venta al por mayor y al por menor.

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¿Cuáles son las diferencias entre IAE 659.5 e IAE 491.2?

AspectoIAE 659.5IAE 491.2
Naturaleza de la actividad principalEs exclusivamente comercio al por menor (venta minorista) de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería. Se centra en la distribución y venta directa al cliente final en un establecimiento comercial.Es fabricación de artículos de bisutería y pequeños objetos decorativos, con facultad adicional para vender al por mayor y al por menor. La producción es el núcleo de la actividad, no solo la comercialización.
Tipo de productos comercializadosIncluye joyería de metales preciosos, relojería de calidad, platería, bisutería, joyas antiguas, relojes de colección, medallas y trofeos deportivos. Abarca productos de valor significativo con metales y piedras preciosas.Se limita a bisutería (imitación de joyería), emblemas, distintivos, escarapelas y artículos decorativos como flores artificiales, plumas y penachos. Son productos de menor valor y sin metales preciosos.
Actividades complementarias permitidasFaculta para reparar artículos de joyería y relojería en el propio establecimiento, así como vender objetos de cristal, bronce y otros metales como espejos, lámparas y candelabros decorativos.No incluye facultad de reparación. Solo autoriza la fabricación de bisutería y objetos decorativos, más la venta en ambos canales (mayorista y minorista).
Modelo de negocioModelo de distribución y venta minorista pura. El empresario compra productos ya fabricados y los vende al público, pudiendo ofrecer servicios de reparación.Modelo de fabricación y comercialización integrado. El empresario fabrica sus propios productos de bisutería y puede venderlos tanto a mayoristas como directamente al consumidor final.
Requisitos de infraestructuraRequiere un establecimiento comercial de venta al público, con posibilidad de taller de reparación anexo. Es fundamentalmente un punto de venta minorista.Requiere instalaciones de fabricación con maquinaria y espacios de producción. Puede tener tienda anexa, pero la fábrica es el elemento esencial.

¿Cuándo elegir IAE 659.5?

Debes elegir el código 659.5 si tu actividad es vender artículos de joyería, relojería y bisutería en una tienda minorista. Es la opción correcta si compras joyas, relojes y artículos de bisutería a proveedores y los vendes directamente al cliente final. También aplica si tu negocio incluye servicios de reparación de relojería y joyería en tu establecimiento, como cambio de pilas, arreglos de anillos o limpieza de joyas.

¿Cuándo elegir IAE 491.2?

Debes elegir el código 491.2 si tu negocio se dedica a la fabricación de bisutería, emblemas, distintivos y artículos decorativos. Es la opción correcta si tienes un taller donde produces estos artículos con materiales como metales no preciosos, resinas, plásticos o vidrio. También aplica si fabricas y luego vendes tus productos tanto a mayoristas como directamente al público, siendo la producción propia el corazón de tu negocio.

Confusión habitual

La confusión más frecuente surge porque ambos códigos incluyen la palabra 'bisutería', pero se refieren a contextos muy diferentes. En el código 659.5, la bisutería es solo uno de los productos que vendes como distribuidor minorista, junto con joyería de calidad. En el código 491.2, la bisutería es lo que fabriques, siendo la producción tu actividad principal. Muchos emprendedores confunden vender bisutería con fabricarla, cuando la realidad es que solo fabrican si tienen taller de producción.

Consejo profesional

La pregunta clave es: ¿fabricas tú los productos o los compras ya hechos para revender? Si compras joyas, relojes y bisutería a fabricantes y los vendes en tu tienda, es 659.5. Si tienes un taller donde produces bisutería, emblemas o artículos decorativos, es 491.2. Revisa también si necesitas servicios de reparación: solo 659.5 los faculta explícitamente. En caso de duda, consulta con la AEAT mostrando tu modelo de negocio y cadena de suministro.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender bisutería con ambos códigos?
Sí, pero de forma diferente. Con 659.5 vendes bisutería que has comprado a fabricantes, como distribuidor minorista. Con 491.2 fabricas tu propia bisutería y luego la vendes. La diferencia es fundamental: uno es comercio, otro es fabricación.
Si tengo un taller donde reparo relojes y también vendo algunas joyas, ¿qué código me corresponde?
El código 659.5 es el correcto. Este código faculta explícitamente para reparar artículos de relojería y joyería en el propio establecimiento. La reparación es una actividad complementaria permitida dentro de este código.
¿Puedo cambiar de código si empiezo a fabricar mis propios productos?
Sí, deberías cambiar de código. Si inicialmente vendías bisutería (659.5) y luego instalas un taller para fabricar tus propios artículos, deberías solicitar el cambio a 491.2 para reflejar correctamente tu nueva actividad de fabricación.
¿El código 491.2 me permite vender al por mayor y al por menor?
Sí, es una de sus ventajas. El código 491.2 faculta explícitamente para vender al por mayor y al por menor. Puedes vender a otros comerciantes (mayorista) y también directamente al consumidor final (minorista), lo que le da más flexibilidad comercial.
¿Qué impuestos debo pagar según el código que elija?
Ambos códigos tienen la misma tributación en cuanto a IVA y IRPF/Impuesto de Sociedades. La diferencia fiscal no es significativa entre ellos. Lo importante es elegir el código correcto según tu actividad real para evitar problemas con la AEAT. El incumplimiento puede generar sanciones por ejercer actividad no declarada.

¿No estás seguro? Consulta con una gestoría

Elegir el epígrafe IAE incorrecto puede suponer sanciones. Un asesor fiscal te ayudará a elegir correctamente.

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