Modelo 720
Modelo 720
Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero
El Modelo 720 es una declaración informativa anual sobre cuentas bancarias, valores, seguros y bienes inmuebles situados en el extranjero, regulada por la Disposición Adicional 18ª de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), introducida por la Ley 7/2012. Están obligadas las personas físicas y jurídicas residentes en España cuando el saldo conjunto por categoría supere los 50.000 €. Tras la STJUE de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19), el régimen sancionador específico fue reemplazado por el régimen general de la LGT mediante la Ley 5/2022, de 9 de junio. El plazo de presentación va del 1 de enero al 31 de marzo del ejercicio siguiente.
¿Qué es el modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa anual sobre cuentas bancarias, valores, seguros y bienes inmuebles situados en el extranjero, regulada por la Disposición Adicional 18ª de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), introducida por la Ley 7/2012. Están obligadas las personas físicas y jurídicas residentes en España cuando el saldo conjunto por categoría supere los 50.000 €. Tras la STJUE de 27 de enero de 2022 (asunto C-788/19), el régimen sancionador específico fue reemplazado por el régimen general de la LGT mediante la Ley 5/2022, de 9 de junio. El plazo de presentación va del 1 de enero al 31 de marzo del ejercicio siguiente.
Plazos 2026
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Casillas principales
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Códigos IAE a los que aplica
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Errores frecuentes
Errores frecuentes al presentar el Modelo 720
- No superar los umbrales acumulados: Muchos contribuyentes piensan que si cada cuenta individualmente no llega a 50.000 € no deben declarar. Pero el umbral se aplica al saldo conjunto de todas las cuentas. Si la suma de todas tus cuentas en el extranjero supera 50.000 €, estás obligado a declarar todas ellas, no solo las que individualmente superen el límite.
- Olvidar la actualización del umbral en declaraciones sucesivas: Si ya declaraste en años anteriores, solo debes volver a presentar el modelo si el saldo conjunto de algún bloque ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración. Muchos creen que deben declarar cada año, pero no es así si no hay incremento significativo. Sin embargo, si el saldo disminuye también debes declararlo para evitar discrepancias.
- Confundir titularidad real con titularidad formal: El Modelo 720 exige declarar los bienes de los que seas titular real, es decir, que realmente los controlas o disfrutas, aunque figuren a nombre de otra persona o entidad. No hacerlo puede considerarse ocultación de patrimonio y generar sanciones.
- No incluir bienes heredados o donados: Si has recibido bienes en el extranjero por herencia, donación o cualquier otro título, debes incluirlos en la declaración si superan los umbrales. A menudo se olvida que los derechos hereditarios también son activos a declarar desde el momento de la adquisición.
- Presentar fuera de plazo por falta de cita previa: El modelo se presenta solo telemáticamente en la sede electrónica. No requiere cita previa, pero muchos autónomos y gestorías lo dejan para el final del plazo (hasta el 31 de marzo) y luego tienen problemas técnicos. La AEAT recomienda no esperar al último día.
Enlaces oficiales
Sede Electrónica AEAT — Modelo 720
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI34.shtml
Año fiscal de referencia: 2026.