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CNAE 08.12Trámites de alta

Alta CNAE 08.12: Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín

Dada la complejidad de los trámites para una actividad minera regulada como la extracción de gravas, arenas y arcillas, te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría especializada. Una gestoría CTA (Consultoría Tributaria Administrativa) puede gestionar toda la documentación, coordinar con las administraciones públicas (AEAT, Hacienda, Seguridad Social, Medio Ambiente y Ayuntamiento), y asegurar que todos los requisitos se cumplen correctamente y a tiempo. Esto evitará retrasos, errores administrativos y problemas legales posteriores. El coste de una gestoría es mínimo comparado con los problemas que podrías evitar.

Pasos para darse de alta

1

Obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF)

Antes de cualquier trámite, necesitas solicitar tu NIF en la Delegación de Hacienda correspondiente a tu domicilio. Si eres extranjero sin NIE, deberás obtener el NIE (Número de Identidad de Extranjero) en la Delegación Provincial de la Policía Nacional. Este documento es imprescindible para iniciar cualquier actividad económica en España y debe estar vigente durante todo el proceso de alta.

2

Obtener la autorización ambiental y de explotación minera

Dado que la extracción de gravas, arenas, arcillas y caolín es una actividad minera regulada, debes solicitar la correspondiente autorización ambiental integrada (AAI) o la licencia de explotación ante la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma. Este trámite es previo al alta fiscal y requiere estudios de impacto ambiental, plans de restauración y cumplimiento de normativa minera específica. Sin esta autorización, no podrás registrarte como empresa en la AEAT.

3

Solicitar el alta en el Censo de Actividades Económicas (Modelo 036 o 037)

Una vez tengas el NIF y la autorización ambiental, debes presentar la declaración censal correspondiente. Si eres persona física, puedes usar el modelo 037 (simplificado) si cumples los requisitos, o el modelo 036 (general) si no los cumples o prefieres. Si eres sociedad mercantil, deberás usar obligatoriamente el modelo 036. En este formulario indicarás el código CNAE 08.12 y el epígrafe IAE 0711. Puedes presentarlo electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la AEAT usando Cl@ve o certificado digital.

4

Solicitar el alta en el régimen de la Seguridad Social

Si eres trabajador por cuenta propia (autónomo), debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Deberás presentar el formulario TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente a tu domicilio o a través de su sede electrónica. Este trámite debe realizarse en el mismo mes en que inicies la actividad económica. Si tienes empleados, también deberás registrar tu empresa en el Régimen General de la Seguridad Social.

5

Obtener licencia municipal de actividad

Debes solicitar la licencia de actividad en el Ayuntamiento del municipio donde vaya a desarrollarse la extracción. Esta licencia verifica que tu actividad cumple con la normativa municipal, urbanística y de seguridad. Algunos municipios pueden exigir documentación adicional como planos, medidas de seguridad e impacto ambiental. Presenta la solicitud junto con copia del DNI, del NIF y de la autorización ambiental obtenida anteriormente.

6

Registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

El alta en el IAE se realiza automáticamente cuando presentas el modelo 036/037, pero debes asegurarte de que el epígrafe 0711 quede correctamente registrado. Aunque la cuota del IAE está exenta para autónomos con cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros anuales, el registro es obligatorio. Verifica en la Administración Tributaria que tu epígrafe aparece correctamente asignado en tu expediente fiscal.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 08.12

Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) Solicita el NIF en la Delegación de Hacienda de tu provincia o el NIE en la Delegación Provincial de la Policía Nacional si eres extranjero. El trámite es gratuito y puedes realizarlo presencialmente. Necesitarás tu pasaporte o documento de identidad original.
Autorización Ambiental Integrada (AAI) o Licencia de Explotación Minera Obtén este documento en la Consejería de Medio Ambiente, Sostenibilidad o equivalente de tu comunidad autónoma. Requiere presentar estudios de impacto ambiental, plan de restauración, memoria técnica y documentación sobre medidas de seguridad. El plazo de tramitación suele ser de varios meses. Consulta la web de tu comunidad autónoma para los requisitos específicos.
Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Si eres ciudadano español, obtén el DNI en cualquier comisaría de Policía Nacional o en tu ayuntamiento. Si eres extranjero, presenta tu pasaporte válido. Este documento es necesario para identificarte en todos los trámites administrativos y debe estar en vigor durante todo el proceso.
Certificado Digital o Credencial Cl@ve Obtén el certificado digital en cualquier entidad certificadora reconocida por la AEAT, o regístrate en Cl@ve en https://clave.gob.es/clave_Home/registro.html. Estos son necesarios para presentar electrónicamente los formularios en la Sede Electrónica de la AEAT. Cl@ve es gratuito y se obtiene en minutos.
Licencia de Actividad Municipal Solicita este documento en el Ayuntamiento del municipio donde vaya a ubicarse la actividad extractiva. Necesitarás presentar solicitud, DNI, NIF, autorización ambiental y, en algunos casos, planos de las instalaciones y medidas de seguridad. El plazo suele ser de 1 a 3 meses.
Modelo 036 (Declaración Censal) o Modelo 037 (Simplificado) Descarga el formulario desde la Sede Electrónica de la AEAT en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC36.shtml. Puedes cumplimentarlo electrónicamente e imprimirlo, o rellenarlo a mano. Presenta el original y una copia en la Delegación de Hacienda o electrónicamente a través de la Sede.
Formulario TA.0521 (Alta en Seguridad Social) Obtén el formulario en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia o descárgalo desde https://www.seg-social.es. Debes presentarlo en el mismo mes en que inicies la actividad. Si tienes empleados, también necesitarás el formulario TA.0521 para ellos y el TA.0521 para la empresa en el Régimen General.

Plazos importantes

El plazo para presentar el modelo 036/037 es de diez días hábiles a partir del inicio de la actividad económica. El alta en la Seguridad Social debe realizarse en el mismo mes en que comiences la actividad. La autorización ambiental debe obtenerse antes de iniciar cualquier operación extractiva, siendo su tramitación de varios meses. La licencia municipal de actividad debe estar vigente antes de comenzar las operaciones. Recuerda que los plazos de presentación de declaraciones (IVA trimestral con modelo 303, IRPF anual con modelo 100) dependerán de tu régimen tributario elegido y comenzarán a partir del primer trimestre o año fiscal de actividad.

Formularios online

Errores comunes

  • No obtener la autorización ambiental integrada (AAI) o licencia minera antes de presentar el alta fiscal. Esta es una actividad regulada y sin esta autorización previa, el alta será rechazada o no podrá iniciarse la actividad. Verifica con la Consejería de Medio Ambiente de tu comunidad autónoma los requisitos específicos.
  • Confundir los modelos 036 y 037. El modelo 037 solo es válido para personas físicas que cumplen ciertos requisitos (no pueden tener empleados, cifra de negocios limitada, etc.). Si eres sociedad mercantil o no cumples los requisitos, debes usar obligatoriamente el modelo 036. Lee atentamente los requisitos antes de elegir.
  • Indicar un código CNAE incorrecto o un epígrafe IAE que no corresponde a la extracción de gravas y arenas. Asegúrate de usar el CNAE 08.12 y el epígrafe IAE 0711. Un código incorrecto puede generar problemas fiscales posteriores y obligaciones tributarias equivocadas.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo en el mismo mes que se inicia la actividad. Si no realizas este trámite a tiempo, podrías tener problemas con cotizaciones y prestaciones. Presenta el formulario TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia.
  • No solicitar la licencia municipal de actividad antes de comenzar las operaciones. Esta licencia es obligatoria y su ausencia puede resultar en sanciones municipales, cierre de la actividad e incluso multas administrativas. Contacta con tu Ayuntamiento con suficiente antelación.
  • Presentar documentación incompleta o con errores en el modelo 036/037. Revisa dos veces todos los datos: NIF, domicilio, código CNAE, epígrafe IAE, régimen tributario. Los errores pueden retrasar el alta o generar cambios posteriores complicados. Si tienes dudas, consulta con la AEAT antes de presentar.
  • No considerar el régimen tributario más adecuado (régimen general, simplificado o por módulos). Aunque el CNAE 08.12 generalmente está en el régimen general, es importante analizar cuál es el más beneficioso para tu situación. Consulta con un asesor fiscal antes de decidir.

Preguntas frecuentes

¿Necesito obtener la autorización ambiental antes de dar de alta mi empresa en la AEAT?
Sí, es absolutamente obligatorio. Como la extracción de gravas, arenas, arcillas y caolín es una actividad minera regulada, debes obtener la Autorización Ambiental Integrada (AAI) o la licencia de explotación minera en tu comunidad autónoma ANTES de presentar el modelo 036/037 en la AEAT. Sin esta autorización, no podrás iniciar legalmente la actividad. La tramitación de esta autorización suele durar varios meses, así que comienza este proceso con antelación.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la Declaración Censal General y es obligatorio para todas las personas jurídicas (sociedades mercantiles) y para personas físicas que no cumplan ciertos requisitos. El modelo 037 es la versión Simplificada y solo pueden usarlo personas físicas autónomas que no tengan empleados, que su cifra de negocios sea inferior a 600.000 euros anuales y que cumplan otros requisitos específicos. Si tienes dudas sobre cuál te corresponde, consulta con la AEAT o una gestoría antes de presentar.
¿Tengo que pagar cuota de IAE siendo autónomo en esta actividad?
No, si eres autónomo (persona física) con cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros anuales, estás exento de pagar la cuota del IAE. Sin embargo, el registro en el IAE es obligatorio. Debes indicar el epígrafe 0711 en tu modelo 036/037 para que quede correctamente registrado, aunque no tengas que pagar la cuota. Si tu cifra de negocios supera 1.000.000 euros, entonces sí deberás pagar la cuota correspondiente.
¿Cuándo debo darme de alta en la Seguridad Social?
Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el mismo mes en que inicies tu actividad económica. Presenta el formulario TA.0521 en la Tesorería de la Seguridad Social de tu provincia antes de que termine ese mes. Si no lo haces a tiempo, podrías tener problemas con cotizaciones retroactivas y pérdida de prestaciones. Si tienes empleados, también deberás registrar tu empresa en el Régimen General de la Seguridad Social.
¿Qué obligaciones fiscales tendré después de darme de alta con el CNAE 08.12?
Después del alta, tendrás obligaciones tributarias que dependerán de tu régimen tributario elegido. Generalmente deberás presentar: declaración trimestral del IVA (modelo 303) si tienes actividad sujeta a IVA, declaración anual del IRPF (modelo 100) si eres autónomo, y posiblemente declaración de patrimonio (modelo 720) si tienes bienes en el extranjero. Además, deberás mantener una contabilidad ordenada y conservar facturas y documentación durante seis años. Es recomendable contar con una gestoría para cumplir correctamente con todas estas obligaciones.

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