Saltar al contenido
CNAE 46.17Trámites de alta

Alta CNAE 46.17: Actividades de intermediarios del comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco

Dado que los trámites de alta como intermediario comercial implican múltiples registros (AEAT, Seguridad Social, ayuntamiento para IAE) y la correcta clasificación del CNAE y epígrafe IAE es crucial para tu situación fiscal futura, te recomendamos encarecidamente que contrates una gestoría especializada. Un gestor fiscal te asesorará sobre el régimen de IVA más conveniente, te ayudará a presentar los formularios correctamente y te evitará errores costosos. Además, te gestionará las obligaciones contables y fiscales periódicas (declaraciones trimestrales, anuales, libros de registro) con total tranquilidad.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar número de identidad fiscal (NIF) o utilizar el existente

Si aún no tienes NIF como autónomo o empresa, debes solicitarlo en la Agencia Tributaria. Si ya eres trabajador por cuenta ajena o tienes un NIF anterior, puedes utilizarlo directamente. En caso de ser extranjero sin NIF español, necesitarás un NIE. Este trámite es el punto de partida obligatorio para cualquier registro fiscal posterior.

2

Registrarse en el Registro Mercantil Central (RMC) si corresponde

Si vas a constituir una sociedad mercantil (S.L., S.A., etc.), debes registrarte en el RMC antes de hacer la declaración censal. Si eres autónomo en régimen de actividad económica, este paso es opcional pero recomendable para mayor protección legal. El registro proporciona publicidad oficial de tu actividad y facilita relaciones comerciales con terceros.

3

Presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) en la AEAT

Debes presentar el modelo 036 (declaración censal general) o el modelo 037 (versión simplificada, solo para personas físicas que cumplan requisitos específicos) en la Agencia Tributaria. En este formulario indicarás el código CNAE 46.17 y el epígrafe IAE correspondiente a intermediarios de comercio al por mayor. Puedes presentarlo presencialmente, por correo certificado o a través de la Sede Electrónica de la AEAT utilizando certificado digital o Cl@ve.

4

Darse de alta en el régimen de IVA correspondiente

Como intermediario comercial, debes elegir tu régimen de IVA: régimen general (IVA del 21% en operaciones normales) o régimen simplificado si cumples requisitos de volumen de negocio. Esta decisión se indica en la declaración censal. Posteriormente, deberás presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 si estás en régimen general, o anuales si estás en simplificado.

5

Solicitar alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) si procede

Si tu cifra de negocios anual supera 1.000.000 de euros, debes darte de alta en el IAE. Esto se realiza en el mismo modelo 036/037. Si tu volumen es inferior, estás exento del pago de la cuota del IAE, aunque igual debes comunicarlo. El IAE es un impuesto local gestionado por el ayuntamiento de tu domicilio.

6

Obtener el Código de Identificación de Cuenta de Cotización (CCC) en la Seguridad Social

Si eres autónomo, debes darte de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social. Esto requiere solicitar un CCC y abonar las cuotas mensuales correspondientes. Si tienes empleados, también debes inscribir tu empresa como empleadora. Este trámite se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de su sede telemática.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.17

Documento de identidad (DNI, pasaporte o NIE) Debes presentar el original o copia autenticada de tu documento de identidad personal. Si eres extranjero, necesitarás el NIE expedido por la Policía Nacional. Este documento acredita tu identidad ante la administración tributaria y es imprescindible para cualquier trámite fiscal.
Certificado digital o Cl@ve para firma electrónica Obtén tu certificado digital en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o usa tu certificado de empleado público si lo tienes. Alternativamente, puedes registrarte en Cl@ve en la web oficial del Gobierno (clave.gob.es). Estos sistemas te permiten firmar electrónicamente los formularios y presentarlos telemáticamente a la AEAT.
Justificante de domicilio fiscal Aporta un recibo de luz, agua, gas, teléfono o contrato de alquiler de los últimos tres meses a nombre tuyo. Si utilizas un domicilio de terceros, necesitarás autorización escrita del propietario. Este documento acredita dónde ejercerás tu actividad de intermediario comercial.
Documentación mercantil (si constituyes sociedad) Si eres sociedad mercantil, necesitarás los estatutos sociales, acta de constitución, y certificación registral del RMC. Estos documentos prueban la existencia legal de tu empresa y la capacidad de representación de quien realiza los trámites. Obtén copias autenticadas en el notario o en el Registro Mercantil.
Justificante de actividad comercial previa (si aplica) Si ya has estado ejerciendo como intermediario, aporta facturas, contratos con proveedores o clientes, o correspondencia comercial que acredite tu actividad. Esto es especialmente importante si solicitas la declaración censal de forma tardía, para justificar la fecha real de inicio de actividad.
Poder notarial (si te representa un tercero) Si no realizas personalmente los trámites, la persona que te represente debe tener poder notarial específico para gestiones ante la Administración Tributaria. Obtén el poder ante notario y presenta copia autenticada junto con copia del DNI del apoderado.

Plazos importantes

Debes presentar la declaración censal (modelo 036/037) en un plazo máximo de tres meses desde el inicio de tu actividad como intermediario. Si no la presentas en plazo, puedes incurrir en sanciones administrativas. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse en el mismo mes en que comiences la actividad, siendo el primer mes de cotización el del inicio. Las declaraciones de IVA (modelo 303) deben presentarse trimestralmente si estás en régimen general, con vencimiento el día 20 del mes siguiente al trimestre. La declaración anual de la renta (modelo 100) se presenta entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 46.17 con otros códigos de comercio mayorista (como 46.10 o 46.20) sin verificar que tu actividad es específicamente de intermediación, no de compra-venta directa de mercancía. Como intermediario, no eres propietario de los productos, solo facilitas las transacciones.
  • Olvidar indicar el epígrafe IAE correcto en el modelo 036/037 correspondiente a intermediarios de comercio al por mayor, lo que puede causar rechazos o inconsistencias en el registro. Cada CNAE tiene epígrafes IAE específicos que debes consultar con la AEAT.
  • No presentar la declaración censal dentro del plazo de tres meses desde el inicio de actividad, incurriendo en sanciones por presentación extemporánea. Muchos intermediarios creen que pueden regularizarse después sin penalización, pero la administración puede imponer multas.
  • Utilizar un domicilio fiscal que no es el real o que no tienes autorizado, lo que puede causar nulidad del registro y posteriores comprobaciones fiscales. La AEAT puede verificar que realmente ejerces la actividad en la dirección declarada.
  • No darse de alta en la Seguridad Social como autónomo en el mismo mes que comienza la actividad, generando problemas de afiliación retroactiva y posibles sanciones. La falta de cotización desde el inicio puede afectar a tus derechos de prestaciones.
  • Confundir el modelo 036 (general) con el modelo 037 (simplificado), presentando el formulario incorrecto según tu situación. El modelo 037 solo es válido para personas físicas con determinadas características de volumen de negocio y actividad.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre un intermediario comercial y un mayorista tradicional?
Un intermediario (CNAE 46.17) facilita transacciones comerciales entre compradores y vendedores sin ser propietario de la mercancía, cobrando una comisión. Un mayorista tradicional (CNAE 46.10, 46.20, etc.) compra productos para revenderlos, siendo propietario de la mercancía. Esta distinción es importante porque afecta a cómo registras operaciones, cálculo de IVA y obligaciones contables.
¿Tengo que darte de alta en el IAE obligatoriamente si mi cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros?
No es obligatorio pagar la cuota del IAE si tu cifra de negocios anual es inferior a 1.000.000 euros, pero sí debes comunicar tu actividad en el modelo 036/037 indicando que solicitas exención. Algunos ayuntamientos pueden exigirte registro local adicional, así que consulta con el tuyo. De todas formas, aunque estés exento de cuota, debes mantener actualizado tu registro ante la administración.
¿Puedo presentar el modelo 037 en lugar del 036 siendo intermediario comercial?
El modelo 037 está reservado para personas físicas con determinadas características: bajo volumen de negocio, actividades específicas y sin empleados en muchos casos. Como intermediario, es probable que debas usar el modelo 036 (general), especialmente si tienes empleados o un volumen significativo. Consulta con la AEAT o un gestor si tienes dudas sobre cuál corresponde a tu situación específica.
¿Qué régimen de IVA es más favorable para un intermediario comercial?
El régimen general (IVA del 21%) es el más común para intermediarios, ya que permite deducir el IVA de gastos de gestión y operativos. El régimen simplificado puede ser ventajoso si tu cifra de negocios es muy baja (menos de 600.000 euros anuales) y tienes pocas operaciones, pero generalmente el general es más flexible. Tu gestor puede analizar tu caso específico para recomendarte el más adecuado.
¿Cuándo debo presentar el modelo 303 de IVA si soy intermediario?
Si estás en régimen general de IVA, debes presentar el modelo 303 (declaración-liquidación del IVA) trimestralmente, con vencimiento el día 20 del mes siguiente a cada trimestre (abril, julio, octubre y enero). Si estás en régimen simplificado, la presentación es anual. Como intermediario, es fundamental llevar un registro preciso de operaciones de comisión para calcular correctamente el IVA repercutido y deducible.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora factura como un profesional con Quipu

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Genera facturas electrónicas, calcula tus modelos trimestrales y concilia los movimientos bancarios sin hojas de cálculo. Quipu está pensado para autónomos en España.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.