Saltar al contenido
CNAE 46.18Trámites de alta

Alta CNAE 46.18: Actividades de intermediarios del comercio al por mayor de otros productos específicos

Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría o asesoría fiscal especializada en comercio al por mayor e intermediación. Un gestor profesional te ayudará a clasificar correctamente tu actividad dentro del CNAE 46.18, a identificar el epígrafe IAE correspondiente, y a cumplir con todos los plazos de presentación de declaraciones fiscales y obligaciones con la Seguridad Social. Además, te asesorará sobre el régimen de IVA más ventajoso para tu volumen de negocio y te mantendrá informado de cambios en la normativa tributaria que afecten a tu actividad de intermediario.

Pasos para darse de alta

1

Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF)

Si aún no dispones de NIF como autónomo, debes solicitarlo en la Administración Pública Tributaria. Puedes hacerlo presencialmente en cualquier oficina de la AEAT o a través de la Sede Electrónica. Este es el primer paso imprescindible para poder darte de alta en el Censo de Actividades Económicas. El NIF te identificará como sujeto pasivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y será necesario para todos los trámites posteriores.

2

Obtener el Código de Cuenta de Cotización (CCC) en la Seguridad Social

Debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social antes de iniciar tu actividad económica. Para ello, necesitarás solicitar el CCC en la Tesorería de la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio y debe realizarse con anterioridad a la presentación del modelo 036/037 ante la AEAT. Sin este registro previo, no podrás completar correctamente tu declaración censal de actividades económicas.

3

Rellenar y presentar el modelo 036 (Declaración Censal de Actividades Económicas)

Como intermediario del comercio al por mayor, debes presentar el modelo 036 ante la AEAT dentro de los treinta días siguientes al inicio de tu actividad. En este formulario indicarás el código CNAE 46.18 y el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente a tu actividad de intermediación. Puedes rellenar el modelo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o presentarlo presencialmente en cualquier oficina de gestión tributaria. Este formulario es la declaración oficial de tu alta en el censo de contribuyentes.

4

Registrarse en el Régimen de IVA correspondiente

Debes solicitar tu número de identificación a efectos del IVA (NIF con letra) y registrarte en el sistema de IVA que corresponda según tu volumen de negocios. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros anuales, puedes acogerte al régimen simplificado del IVA, que simplifica tus obligaciones contables y de presentación de declaraciones. Si superas ese límite, deberás estar en el régimen normal y presentar declaraciones trimestrales del modelo 303.

5

Comunicar el inicio de actividad a la Hacienda Foral (si aplica)

Si tu domicilio fiscal se encuentra en una comunidad autónoma con hacienda foral (Euskadi o Navarra), deberás realizar comunicaciones adicionales a las administraciones tributarias autonómicas. Estas comunidades tienen competencias tributarias propias y requieren registros específicos para el IAE y el IVA. Consulta con la administración tributaria autonómica correspondiente para cumplir con todos los requisitos locales.

Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.18

Documento Nacional de Identidad (DNI) o Pasaporte Debes presentar una copia de tu DNI válido o pasaporte en vigor. Si eres extranjero sin DNI español, deberás aportar tu número de Identidad de Extranjero (NIE) y pasaporte. Este documento acredita tu identidad ante la AEAT y es imprescindible para cualquier trámite de alta fiscal.
Comprobante de domicilio fiscal Necesitas un documento que acredite tu domicilio fiscal en España, como un recibo de agua, electricidad, teléfono, arrendamiento o escritura de propiedad. Este documento debe estar a tu nombre y tener una antigüedad máxima de tres meses. El domicilio fiscal es el lugar donde ejercerás tu actividad de intermediario del comercio al por mayor.
Solicitud de afiliación a la Seguridad Social (modelo TA.0521) Este formulario se obtiene en la Tesorería de la Seguridad Social o a través de su página web. Debes rellenarlo para darte de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Este documento acredita que has iniciado tus obligaciones con la Seguridad Social antes de presentar el modelo 036.
Justificante de presentación del alta en la Seguridad Social Una vez presentada la solicitud de afiliación a la Seguridad Social, obtendrás un justificante de presentación. Este documento es imprescindible para acompañar al modelo 036 ante la AEAT, ya que demuestra que has cumplido con tus obligaciones previas de registro como autónomo.
Descripción detallada de la actividad económica Debes redactar una descripción clara y específica de tu actividad como intermediario del comercio al por mayor. Incluye los productos o servicios en los que actúas como intermediario (farmacéuticos, juguetes, vehículos, residuos, etc.), los clientes a los que te diriges, y cómo realizarás la intermediación. Esta descripción debe acompañar al modelo 036 para que la AEAT pueda clasificar correctamente tu actividad con el CNAE 46.18.
Autorización de representación (si aplica) Si vas a utilizar los servicios de un gestor administrativo o asesor fiscal para presentar tus trámites, necesitarás una autorización firmada que le permita actuar en tu nombre ante la AEAT. Este documento debe cumplir con los requisitos establecidos por la administración tributaria y acreditar el poder de representación del gestor.

Plazos importantes

Tienes treinta días naturales desde el inicio de tu actividad para presentar el modelo 036 ante la AEAT, siendo recomendable hacerlo antes de comenzar a facturar. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse obligatoriamente antes de presentar el modelo 036, y debes mantener tu afiliación activa mientras ejerces la actividad de intermediario. A partir del mes siguiente al inicio de tu actividad, deberás presentar las declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) si estás en régimen normal, o anuales si te acogiste al régimen simplificado. Además, deberás presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.

Formularios online

Errores comunes

  • Confundir el código CNAE 46.18 con otros códigos de comercio al por mayor (como 46.10, 46.11 o 46.12) sin verificar que tu actividad se ajusta específicamente a las actividades de intermediación. Es fundamental que tu actividad sea de intermediario y no de compraventa directa de productos, ya que esto cambiaría tu clasificación CNAE.
  • Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de presentar el modelo 036. Muchos emprendedores cometen el error de presentar primero la declaración censal sin haber completado el registro previo en la Tesorería de la Seguridad Social, lo que puede causar rechazos o incompleciones en el trámite.
  • No especificar correctamente el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que corresponde a tu actividad de intermediación. Es necesario identificar el epígrafe correcto dentro de la sección de comercio al por mayor para evitar problemas con la administración tributaria.
  • Presentar el modelo 036 después de treinta días desde el inicio de la actividad, incurriendo en un incumplimiento de plazos que puede acarrear sanciones administrativas. Debes calcular correctamente la fecha de inicio y presentar el formulario dentro del plazo establecido.
  • No actualizar el modelo 036 cuando cambian los datos de tu actividad, como la incorporación de nuevos productos de intermediación o cambios en tu domicilio fiscal. La declaración censal debe mantenerse actualizada durante toda la vida de tu actividad económica.
  • Confundir el modelo 036 (declaración general) con el modelo 037 (declaración simplificada). Aunque eres persona física, si tienes empleados o tu actividad no cumple ciertos requisitos, deberás usar el modelo 036 en lugar del 037.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?
El modelo 036 es la declaración censal general que pueden presentar cualquier tipo de contribuyente (personas físicas y jurídicas). El modelo 037 es una versión simplificada exclusiva para personas físicas que cumplen ciertos requisitos, como no tener empleados y no superar determinados límites de ingresos. Como intermediario del comercio al por mayor, si no cumples los requisitos del régimen simplificado, deberás presentar el modelo 036. Consulta con la AEAT si tu actividad específica permite el uso del modelo 037.
¿Necesito pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) como intermediario?
Como autónomo intermediario del comercio al por mayor, estarás obligado a contribuir al IAE. Sin embargo, existe una exención para autónomos cuya cifra de negocios anual no supera los 1.000.000 de euros. Si tu volumen de facturación está por debajo de este umbral, no tendrás que pagar cuota de IAE, aunque deberás seguir declarando tu actividad en el modelo 036. Si superas esta cifra, deberás abonar la cuota correspondiente según el epígrafe de intermediación que te corresponda.
¿Cuándo debo presentar las declaraciones de IVA si soy intermediario?
Si tu cifra de negocios anual es inferior a 600.000 euros, puedes acogerte al régimen simplificado del IVA y presentar una declaración anual. Si superas este límite, deberás estar en el régimen normal y presentar declaraciones trimestrales del modelo 303 antes del día 20 del mes siguiente al trimestre correspondiente. Como intermediario, es importante que controles correctamente tus operaciones de intermediación para aplicar correctamente el IVA en cada transacción.
¿Qué ocurre si inicio mi actividad de intermediario sin haber presentado el modelo 036?
Si comienzas a ejercer tu actividad sin haber presentado el modelo 036 en el plazo de treinta días, incurrirás en un incumplimiento de obligaciones administrativas que puede acarrear sanciones económicas. Además, la AEAT no te reconocerá como contribuyente dado de alta, lo que puede causar problemas en tus relaciones comerciales, en la presentación de declaraciones fiscales y en tus obligaciones con la Seguridad Social. Es fundamental presentar este formulario dentro del plazo establecido.
¿Cuáles son mis obligaciones principales como intermediario del comercio al por mayor?
Como intermediario, debes mantener tu afiliación activa en la Seguridad Social como autónomo, presentar las declaraciones de IVA según tu régimen (trimestral o anual), presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) antes del 30 de junio, actualizar el modelo 036 si cambian datos de tu actividad, llevar libros de registro de operaciones de intermediación, y conservar documentación sobre tus operaciones de intermediación durante cinco años. Además, debes cumplir con las obligaciones contables y de facturación establecidas por la normativa fiscal española.

¿Necesitas ayuda con el alta?

Un asesor fiscal puede gestionar tu alta censal, modelo 036/037 y registro en Seguridad Social. Ahorra tiempo y evita errores.

Buscar gestorías cerca de mí →
Herramienta recomendada

Ya tienes tu código. Ahora factura como un profesional con Quipu

Valoración de Quipu en Trustpilot: Trustpilot · 4.0/5 con más de 250 reseñas

Genera facturas electrónicas, calcula tus modelos trimestrales y concilia los movimientos bancarios sin hojas de cálculo. Quipu está pensado para autónomos en España.

Quipu es el software de facturación, contabilidad e impuestos de referencia para autónomos y pymes en España. Automatiza el cálculo de los modelos 303, 130 y 390, genera facturas electrónicas y concilia los movimientos bancarios desde una sola plataforma en español.

  • Plataforma más usada por autónomos en España
  • Cálculo automático de impuestos trimestrales
  • Integración bancaria
Enlace de afiliado. Si contratas Quipu a través de este enlace, recibimos una comisión sin coste adicional para ti.