Te recomendamos encarecidamente que contrates los servicios de una gestoría o asesoría fiscal especializada en comercio al por mayor e intermediación. Un gestor profesional te ayudará a clasificar correctamente tu actividad dentro del CNAE 46.18, a identificar el epígrafe IAE correspondiente, y a cumplir con todos los plazos de presentación de declaraciones fiscales y obligaciones con la Seguridad Social. Además, te asesorará sobre el régimen de IVA más ventajoso para tu volumen de negocio y te mantendrá informado de cambios en la normativa tributaria que afecten a tu actividad de intermediario.
Pasos para darse de alta
Solicitar el Número de Identidad Fiscal (NIF)
Si aún no dispones de NIF como autónomo, debes solicitarlo en la Administración Pública Tributaria. Puedes hacerlo presencialmente en cualquier oficina de la AEAT o a través de la Sede Electrónica. Este es el primer paso imprescindible para poder darte de alta en el Censo de Actividades Económicas. El NIF te identificará como sujeto pasivo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y será necesario para todos los trámites posteriores.
Obtener el Código de Cuenta de Cotización (CCC) en la Seguridad Social
Debes darte de alta como autónomo en la Seguridad Social antes de iniciar tu actividad económica. Para ello, necesitarás solicitar el CCC en la Tesorería de la Seguridad Social. Este trámite es obligatorio y debe realizarse con anterioridad a la presentación del modelo 036/037 ante la AEAT. Sin este registro previo, no podrás completar correctamente tu declaración censal de actividades económicas.
Rellenar y presentar el modelo 036 (Declaración Censal de Actividades Económicas)
Como intermediario del comercio al por mayor, debes presentar el modelo 036 ante la AEAT dentro de los treinta días siguientes al inicio de tu actividad. En este formulario indicarás el código CNAE 46.18 y el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondiente a tu actividad de intermediación. Puedes rellenar el modelo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la AEAT o presentarlo presencialmente en cualquier oficina de gestión tributaria. Este formulario es la declaración oficial de tu alta en el censo de contribuyentes.
Registrarse en el Régimen de IVA correspondiente
Debes solicitar tu número de identificación a efectos del IVA (NIF con letra) y registrarte en el sistema de IVA que corresponda según tu volumen de negocios. Si tu cifra de negocios es inferior a 600.000 euros anuales, puedes acogerte al régimen simplificado del IVA, que simplifica tus obligaciones contables y de presentación de declaraciones. Si superas ese límite, deberás estar en el régimen normal y presentar declaraciones trimestrales del modelo 303.
Comunicar el inicio de actividad a la Hacienda Foral (si aplica)
Si tu domicilio fiscal se encuentra en una comunidad autónoma con hacienda foral (Euskadi o Navarra), deberás realizar comunicaciones adicionales a las administraciones tributarias autonómicas. Estas comunidades tienen competencias tributarias propias y requieren registros específicos para el IAE y el IVA. Consulta con la administración tributaria autonómica correspondiente para cumplir con todos los requisitos locales.
Documentos necesarios para el alta con CNAE 46.18
Plazos importantes
Tienes treinta días naturales desde el inicio de tu actividad para presentar el modelo 036 ante la AEAT, siendo recomendable hacerlo antes de comenzar a facturar. El alta en la Seguridad Social como autónomo debe realizarse obligatoriamente antes de presentar el modelo 036, y debes mantener tu afiliación activa mientras ejerces la actividad de intermediario. A partir del mes siguiente al inicio de tu actividad, deberás presentar las declaraciones de IVA trimestrales (modelo 303) si estás en régimen normal, o anuales si te acogiste al régimen simplificado. Además, deberás presentar la declaración anual de la Renta (modelo 100) antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.
Formularios online
Errores comunes
- ✗Confundir el código CNAE 46.18 con otros códigos de comercio al por mayor (como 46.10, 46.11 o 46.12) sin verificar que tu actividad se ajusta específicamente a las actividades de intermediación. Es fundamental que tu actividad sea de intermediario y no de compraventa directa de productos, ya que esto cambiaría tu clasificación CNAE.
- ✗Olvidar darse de alta en la Seguridad Social como autónomo antes de presentar el modelo 036. Muchos emprendedores cometen el error de presentar primero la declaración censal sin haber completado el registro previo en la Tesorería de la Seguridad Social, lo que puede causar rechazos o incompleciones en el trámite.
- ✗No especificar correctamente el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que corresponde a tu actividad de intermediación. Es necesario identificar el epígrafe correcto dentro de la sección de comercio al por mayor para evitar problemas con la administración tributaria.
- ✗Presentar el modelo 036 después de treinta días desde el inicio de la actividad, incurriendo en un incumplimiento de plazos que puede acarrear sanciones administrativas. Debes calcular correctamente la fecha de inicio y presentar el formulario dentro del plazo establecido.
- ✗No actualizar el modelo 036 cuando cambian los datos de tu actividad, como la incorporación de nuevos productos de intermediación o cambios en tu domicilio fiscal. La declaración censal debe mantenerse actualizada durante toda la vida de tu actividad económica.
- ✗Confundir el modelo 036 (declaración general) con el modelo 037 (declaración simplificada). Aunque eres persona física, si tienes empleados o tu actividad no cumple ciertos requisitos, deberás usar el modelo 036 en lugar del 037.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037?▼
¿Necesito pagar el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) como intermediario?▼
¿Cuándo debo presentar las declaraciones de IVA si soy intermediario?▼
¿Qué ocurre si inicio mi actividad de intermediario sin haber presentado el modelo 036?▼
¿Cuáles son mis obligaciones principales como intermediario del comercio al por mayor?▼
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